RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE Cláusulas de Ejemplo

RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Los actos dictados en el procedimiento de adjudicación tramitado en la presente contratación, entre los que se encuentra el presente Pliego, el de Prescripciones Técnicas Particulares y los demás documentos contractuales que establezcan las condiciones que deben regir la contratación, podrán ser objeto de recurso en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en el plazo de un mes. Corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo la resolución de las controversias que surjan en relación a la preparación, adjudicación y modificaciones del presente contrato, cuando la impugnación de esas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Las controversias que se susciten entre las partes sobre los efectos y extinción del presente contrato, salvo las modificaciones previstas en el párrafo anterior, deberán ser conocidas por el orden jurisdiccional civil, sometiéndose las partes a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxxx. Código/s CPV: 77230000-1 Servicios relacionados con la silvicultura División en lotes: NO Justificación de la no división en lotes del contrato: Todas las actividades del contrato corresponden a un único e indivisible servicio de gestión. Obligación del contratista de subrogarse en determinadas relaciones laborales, impuesta por una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general: [NO] Necesidades administrativas que satisfacer mediante el contrato: La restauración de la vegetación con el fin de incrementar la superficie arbolada de la región, y con ello su riqueza forestal, por entender que, entre otros beneficios, las actividades forestales y de conservación de la naturaleza constituyen uno de los yacimientos potenciales de creación de puestos de trabajo más importantes en Castilla y León. Así mismo, un hecho de todos conocido la importante función social, ecológica y económica de las choperas, contribuyendo de un modo decisivo a la conservación de nuestros suelos, al control de la erosión, y defendiendo de las inundaciones a poblados, cultivos y comunicaciones. Al mismo tiempo, proporcionan trabajo en el ámbito rural, aportan beneficios directos media...
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. ANEXO 1.– CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FORMULAS. ASPECTOS TÉCNICOS Y PUNTUACIÓN ANEXO 2.- MODELO DECLARACIÓN NO INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR ANEXO 3.- MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA O NO A GRUPO EMPRESARIAL ANEXO 4.- COMPROMISO DE EMPRESA ANEXO 5.- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO 6.- DECLARACIÓN DE CIFRA DE NEGOCIOS ANEXO 7.- DECLARACIÓN DE SERVICIOS REALIZADOS ANEXO 8.- MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE 1 ANEXO 9.- MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE 2 SERVICIO DE ARMONIZACIÓN PARA LA GENERACIÓN DE LAS BASES DE DATOS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA DE REFERENCIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA Valor técnico: hasta 21 puntos. Calidad del trabajo: hasta 9 puntos.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. De conformidad con lo establecido por la LCSP, el Tribunal Administrativo Xxxxx de Recursos Contractuales del Territorio Histórico de Bizkaia será competente para resolver las reclamaciones que se formulen por los legítimos interesados en aquellos casos que proceda recurso especial en materia de contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 44 LCSP. Contra la resolución del recurso especial sólo cabrá la interposición de recurso contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En aquellos casos en los que no proceda la interposición de recurso especial en materia de contratación, las cuestiones que se planteen en relación a la preparación o adjudicación del presente contrato, podrán ser objeto de recurso administrativo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la persona titular del Departamento de Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Xxxxx de Bizkaia. Alternativamente al citado recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Xxxxx en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante. Una vez formalizado el contrato todo litigio o discrepancia entre las partes contratantes que se derive de los efectos, interpretación, cumplimiento y extinción de la relación jurídica, con excepción de las modificaciones contractuales cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los artículo 204 y 205 de la presente Ley, cuando se entienda que dicha modificación debió́ ser objeto de una nueva adjudicación, se resolverá definitivamente ante los Tribunales Civiles, sometiéndose ambas partes voluntariamente al fuero de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx, con renuncia expresa a cualquier otro foro que pudiera corresponderles.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) cbdc22da-aa03-9d1a-096547789302 Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 50 FORMAN PARTE INSEPARABLE DE ESTE PLIEGO LOS SIGUIENTES ANEXOS: ANEXO 2: MODELO DE COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE ANEXO 4: MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO (Sobre 1) 60 ANEXO 5: MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA ANEXO 6: MODELO DE CERTIFICADO DE NO ESTAR INCURSO EN INCOMPATIBILIDAD PARA CONTRATAR (Sobre 1) 62 ANEXO 8: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX (Sobre 1) 64 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION CENTRALIZADA DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS INMUEBLES, DEPENDENCIAS Y OTROS ESPACIOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION XX XXXXXX MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO. EXPEDIENTE Nº:8413/2012 CONTRATO SERVICIOS-ABIERTO
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación. Serán competentes para resolver las controversias que surjan entre las partes en el contrato los Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo que tengan su jurisdicción en el lugar en el que el Consorcio tenga su sede. del día y es de aplicación a la licitación en él contenida. Vº Bº EL PRESIDENTE, LA SECRETARIA GENERAL, Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxx.: Xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxx ANEXO I OBJETO DEL CONTRATO NÚMERO EXPEDIENTE CODIGO CPV MANTENIMEINTO PRENDAS DE INTERVENCIÓN DE LOS BOMBEROS DE ESTE CONSORCIO. 02/2014. 50830000-2: Servicio de reparación de ropa y tejido CINCUENTA Y SEIS MIL EUROS (56.000.-€) IVA EXCLUIDO.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 38.1.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del TRLCSP, al estar la presente contratación sujeta a regulación armonizada, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de exclusión de licitadores de la Mesa de Contratación. No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107 del TRLCSP, sea preciso realizar una vez adjudicado el contrato, tanto si acuerdan como si no la resolución y la celebración de nueva licitación.
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos habrá lugar al recurso de reposición con carácter potestativo frente al mismo órgano que dicta la resolución que se impugna, y en todo caso al recurso contencioso administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción. Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 546520 U80AF-ZH02T-4YXFX 4A76ABDC4D9BA37212A0D60E5766394677D750F2) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento. Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 533766 1HTFK-I2ZKZ-KUW94 8D75A53F084F21AAEACDB2BAC1071141B164057A) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, x/x, 00000, Xxxxxx, teléfono: 000 00 00 00. Fax: 000 00 00 00. email: xxxxxxxx@xxxxxx.xx FIRMAS El documento ha sido firmado o aprobado por :
RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. ANEXO I Relación de trabajos similares realizados. ANEXO II Relación del personal que intervendrá en los trabajos. ANEXO III Programa de trabajo. ANEXO IV Modelo de contenido de notificación a licitadores de la adjudicación del contrato ANEXO V- Criterios no evaluables mediante fórmulas. Desglose