Common use of Prevención de riesgos laborales Clause in Contracts

Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente y de las Normas de Seguridad y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas en sus centros de trabajo, por lo que será responsable de los eventuales incumplimientos que se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPP. - En el caso de ser el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y salud. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambios.

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Samples: Pliego De Petición De Ofertas

Prevención de riesgos laborales. Los elementos objeto de este Acuerdo Marco se ajustarán a la normativa que les resulte de aplicación y, en especial, deberán llevar incorporado el marcado CE y estar sujetos a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. En concreto, se compromete a dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 de dicha norma con respecto a la legislación vigente y coordinación de las Normas de Seguridad y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas actividades empresariales en sus centros un mismo centro de trabajo, por lo en el Reglamento que será responsable desarrolla dicho precepto, el Real Decreto 171/2004, de los eventuales incumplimientos que se produzcan30 de enero. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento Los trabajadores de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por empresa adjudicataria que preste el CAP como por el SPP. - En el caso de ser el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y salud. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a servicio en las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales instalaciones de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de Universidad xx Xxxxxxx deberán tener la formación e información recibida por cada uno sobre “prevención de ellosriesgos laborales” y sobre los riesgos específicos y generales de su puesto de trabajo, en materia conforme a la citada normativa. - En caso de Prevención duda se deberá contactar con el Servicio de prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidadUniversidad xx Xxxxxxx. No conformidades - La US se reserva la aplicación de las penalizaciones que pudieran derivar del incumplimiento estricto de los requisitos contenidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas o de los compromisos adquiridos en la oferta del contratista. - Las "No Conformidades" que se evidencien serán comunicadas en tiempo y forma al contratista, y la posible penalización que se aplique (nota de abono en factura) dependerá de la motivación, gravedad, tiempo de respuesta y previo reiteración. Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio, en la forma establecida en este Anexo, exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público pone a disposición de candidatos y licitadores para tal fin. A continuación se indica el enlace en el que los licitadores podrán consultar la guía de servicios de licitación electrónica que facilita la Plataforma de Contratación del Sector Público, relativa a la incorporación preparación y presentación de algún trabajadorofertas. El licitador deberá firmar las proposiciones y archivos que las incluyen en su presentación, utilizando la firma electrónica que le proporcionará la propia Plataforma. Igualmente, la documentación anterior deberá ser firmada manualmente y adjuntada en formato Portable Document Format (PDF, ISO 32000-1) o en formato Open Document Format (ISO/IEC 26300:2006). Para garantizar la confidencialidad del contenido de los archivos hasta el momento de su apertura, la Herramienta cifrará dichos archivos en el envío. Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará al licitador un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Los licitadores presentarán tres archivos: - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la Archivo 1: documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajadorrequisitos previos. - Designará Archivo 2: documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante un representante en materia juicio de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicaciónvalor. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista Archivo 3: documentación relativa a los criterios de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda adjudicación valorados mediante la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Socialfórmulas. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete ARCHIVO Nº 1 DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS PREVIOS Documentación a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambios.incluir:

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Samples: servicio.us.es

Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Excma. Diputación Provincial de Albacete conocerá las medidas preventivas en materia laboral y sanitaria adoptadas por la empresa que resulte adjudicataria con respecto a sus trabajadores así como las posibles repercusiones de éstas con respecto a los profesionales del Centro a prestar los Servicios de Limpieza, todo ello de conformidad con lo dispuesto establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales (B.O.E. nº 269, de 10 de noviembre), modificaciones posteriores y legislación vigente que desarrolla dicha ley. Se realizarán por parte del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Empresa del adjudicatario los reconocimientos médicos periódicos, vacunaciones y programas de las Normas Salud necesarios en función de Seguridad y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas los riesgos inherentes al trabajo; así mismo la empresa contará con un Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas propio o ajeno, que Tirme tenga establecidas deberá coordinarse con el propio de la Excma. Diputación Provincial de Albacete en sus centros de trabajo, por lo que será responsable de los eventuales incumplimientos aquellos aspectos que se produzcandeterminen en la legislación competente, presente o futura, según lo establecido en el presente pliego y normas aplicables descritas anteriormente. - La coordinación empresa adjudicataria deberá aportar un plan de actividades preventivas será realizada por el prevención de riesgos laborales específico del presente contrato de prestación del Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRMELimpieza. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPP. - En el caso de ser la materia que en este punto nos ocupa, la Prevención de Riesgos Laborales, tienen una especial importancia las Directivas Comunitarias, así como la normativa específica del sector en el adjudicatario cual se enmarca el adjudicatario. Así, la empresa que desarrolle el servicio de limpieza de los servicios, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad Centros y salud. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales Edificios de la correcta aplicación Diputación de la Legislación Vigente Albacete, deberá ajustarse a lo concretado en materia de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, tal y como dispone la norma general la Ley 31/1995, de la adecuada adaptación 8 de su actuación al contenido Noviembre, de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de "Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador Laborales", sobre las siguientes materias: - Planificación de la subcontrataprevención en riesgos y salud laborales, obligarán a así como la misma a su sustituciónevaluación periódica de la misma. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado Ordenación de un conjunto coherente y general de medidas preventivas y control de la efectividad de las mismas. - Cumplimiento en las obligaciones dispuestas hacia el trabajador, en relación con su derecho a participación, comunicación, formación e información recibida por cada uno sobre materia de ellosriesgos laborales. De esta manera, la plantilla y, en materia su caso, el sistema de Prevención representación que en salud laboral proceda, según criterios de Riesgos Laborales plantilla y condiciones de trabajo, han de estar debidamente informados sobre los riesgos a los que están expuestos (riesgos existentes) y la forma de prevenirlos (prevención activa previa al inicio del serviciodaño). La empresa adjudicataria deberá presentar la evaluación de riesgos obligatoria de los puestos de trabajo desempeñados por sus trabajadores en este contrato, periódicamente (según Plan debiéndose comprobar que comprenden todas las tareas que deban realizar en este centro de formación trabajo, incluyendo la utilización de máquinas u herramientas. Asimismo, se tendrán en buena cuenta las directivas europeas que tienen un claro carácter armonizador de la entidad) variada legislación existente en los países comunitarios, y previo en especial la Directiva del Consejo 89/391/CEE, de 12 xx Xxxxx y sus actos modificativos, relativa a la incorporación aplicación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial las medidas para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá promover la mejora de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia seguridad y de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para en el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exijael seno de la Unión Europea, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materiasesta es considerada como marco normativo, y de forma específica según la cual "la prevención se planificará desde la misma concepción del proceso productivo, el hallarse al corriente en el pago diseño de los salarios puestos de trabajo y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza organización y métodos del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidadpropio trabajo, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá adaptándolo a la subcontratación persona y procurando sustituir lo peligroso por lo que no sea o entrañe menor riesgo. Se antepondrán las medidas de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos protección colectiva a las de su propia plantillaprotección individual". En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambios.FIRMADO POR: NIF: P0200000H

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Samples: app.dipualba.es

Prevención de riesgos laborales. Los trabajadores adscritos a la prestación del presente contrato, deberán estar formados e informados por el adjudicatario en los términos establecidos por la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales. En este sentido, el adjudicatario declara conocer y haber informado y formado teóricamente y prácticamente de forma adecuada, al personal dependiente del mismo en el cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente las normas individuales y de las Normas colectivas de Seguridad y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas en sus centros de trabajoLaboral aplicable, por lo que será responsable serán de los su exclusiva responsabilidad las eventuales incumplimientos sanciones que se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar esta materia pudiera imponer la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRMEautoridad laboral. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda adjudicatario velará por la documentación salud y la seguridad de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad sus empleados, y de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta cuantas personas resulten directa o indirectamente afectadas por la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPPejecución del trabajo pactado. - En el caso de ser Para ello el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar la entrega dispondrá de un Plan Específico plan de Prevención (PEP prevención adecuado que deberá entregarse junto con el resto de documentación garantice unas condiciones óptimas de seguridad y salud. - El representante designado por , el ofertante, se obliga a asistir a los Comités cumplimiento de las disposiciones de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación Laboral y el adecuado conocimiento por parte del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento personal de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentidoriesgos, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales medidas preventivas y de la adecuada adaptación emergencia propias de su actuación al contenido puesto de su evaluación de riesgostrabajo y las facilitadas por CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y S.A. El adjudicatario facilitará a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar sus trabajadores los equipos de protección colectiva e individual (EPI) adecuados y específicos para que sean necesarios en función de los riesgos existentes en el trabajo desarrollo de los trabajos o servicios a realizar, cumpliendo . En este sentido el adjudicatario velará por la adecuada utilización estos equipos de protección. El adjudicatario aplicará en todo momento las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan instrucciones de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante determine CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE, S.A. En este sentido, el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboraladjudicatario, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente remitir a TIRME S.A CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE, S.A. la documentación que éste le solicite, para justificar que cumple la normativa legal vigente en materia de prevención de riesgos. El adjudicatario, comunicará a CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE, S.A., cualquier cambio o modificación que se produzca durante la vigencia del presente contrato respecto a los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contratotrabajadores, entregando un listado de personallos servicios, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos equipos de trabajo. En cualquier momento Para el caso que se le exijaautorice por escrito la subcontratación por CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE, S.A., la empresa adjudicataria deberá acreditar a TIRME S.A. garantizar el cumplimiento de sus obligaciones la estipulación 10.4, xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas y Particulares, por parte de la/s empresa/s a las que en dichas materiassu caso hubiera cedido o subcontratado el presente contrato. La empresa adjudicataria será la responsable de trasladar a los cesionarios o subcontratistas la información en materia de prevención de riesgos que hubiera sido facilitada por CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE, y de forma específica S.A. Así mismo la empresa adjudicataria deberá solicitar, a la/s empresa/s a las que en su caso hubiera cedido o subcontratado el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del presente contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambios.facilitar a CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE, S.A., la acreditación por escrito los siguientes puntos:

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Samples: www.correosexpress.com

Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente y de las Normas de Seguridad y Salud Laboralsalud laboral. Todo el personal afectado por el presente convenio, el ofertante asume el compromiso expreso cumplirá y hará cumplir a tenor de observar las correspondientes normas la responsabilidad derivada del contenido de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas en sus centros su puesto de trabajo, por lo que será responsable cuanto en materia de los eventuales incumplimientos que salud laboral se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y contempla en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 y reglamentos que la desarrollen, así como la específica emanada de la empresa a través de sus servicios técnicos, sobre todo en el campo preventivo. En todas aquellas materias que afecten a la Seguridad y Salud en el trabajo, será de aplicación la Ley 31/1995, de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPP. - En el caso de ser el adjudicatario de los serviciosnoviembre, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y salud. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de demás normativa concordante. La protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes, a estos efectos, ambas partes acuerdan abordar la aplicación de esta materia. Delegados de prevención. Por lo que se refiere a la figura de los reconocimientos médicos, donde Delegados de Prevención se indique que es apto para estará a lo dispuesto en el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia artículo 35 de la Salud) y previo a la incorporación LPRL. Los Delegados de algún trabajador. - Designará a un representante Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de PRL prevención de nivel básico como mínimo como riesgos en el trabajo y serán elegidos por y entre los representantes de los trabajadores conforme a la escala establecida en el artículo 35 de la LPRL. En las empresas de hasta treinta trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal. Será de aplicación a los Delegados de Prevención, en su encargado para exigir condición de representantes de los trabajadores, lo previsto en el artículo 37 de la LPRL. En lo que se refiere a sus operarios competencias y facultades se estará a lo previsto en el cumplimiento artículo 36 de la normativa vigenteLPRL. Garantías y sigilo profesional de los delegados de prevención. Lo previsto en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores en materias de garantías será de aplicación a los Delegados de Prevención en su condición de representantes de los trabajadores. El tiempo utilizado por los Delegados de Prevención para el desempeño de sus funciones previstas en la Ley 31/1995, así será considerado como de ejercicio de funciones de representación a efectos de la utilización del Plan crédito de horas mensuales retribuidas previsto en la letra e) del citado artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores. No obstante lo anterior, será considerado en todo caso como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al citado crédito horario, el correspondiente a las reuniones del Comité de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante y a cualesquiera otras convocadas por el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente empresario en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos prevención de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidadriesgos, así como el destinado a las visitas previstas en la letra a) y c) del seguro de circulación número 2 del artículo 36 de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadasLey 31/1995. El Subcontratista emitirá un listado anual con empresario deberá de proporcionar a los Delegados de Prevención los medios y la formación en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambiosfunciones.

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Samples: Convenio Colectivo De Las Empresas De Captación

Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento Para la evaluación de lo dispuesto riesgos del puesto de trabajo a distancia de la persona trabajadora se establece un modelo de autoevaluación que se realizará por parte de la propia persona trabajadora. Con el objetivo de poder desarrollar correctamente esta autoevaluación del puesto de trabajo las personas trabajadoras recibirán una formación online en la legislación vigente y de las Normas de Seguridad y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas de PRL (Prevención de Riesgos Laborales), uso correcto de PVD (Pantallas de Visualización de Datos), y ergonomía en el puesto de trabajo. Para que sea de aplicación este acuerdo será imprescindible que la persona trabajadora acredite disponer de un espacio, así como con los medios necesarios, de conformidad con la normativa relativa a la Prevención de Riesgos Laborales. El chequeo de autocomprobación de la persona trabajadora es condición necesaria para la concesión del teletrabajo y se realizará previamente al desarrollo del mismo. Para ello se completará un formulario preparado por el Servicio de Prevención Ajeno (Quirónprevención) siguiendo las respectivas instrucciones específicas facilitadas y una vez finalizado este formulario, el mismo será enviado a dicha empresa para que Tirme tenga establecidas un técnico independiente de Quirónprevención realice las comprobaciones oportunas y facilite las conclusiones, y recomendaciones necesarias, en sus centros su caso, para validar que el puesto de trabajotrabajo es apto para prestar servicios. Además, posteriormente se realizará un visado, por lo que será responsable de los eventuales incumplimientos que se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el parte del Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley Empresa y un seguimiento de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto resultados por el CAP como por el SPP. - En el caso de ser el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención las partes implicadas en las correspondientes reuniones preceptivas del CUSS (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y salud. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités Comité Único de Seguridad y Salud o Comisiones Salud). A continuación, mediando autorización de la persona trabajadora, y siempre que el puesto de trabajo presente dificultades de adaptación al teletrabajo detectadas en las conclusiones del Servicio de Prevención Ajeno, se podrá acordar una comprobación de las condiciones del lugar donde se desarrolla el teletrabajo, pudiendo llevarse a cabo dicha valoración por medios telemáticos o similares. Con el objetivo de garantizar el aprendizaje y el trabajo en grupo la Empresa adaptará las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos acciones formativas al trabajo a distancia para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de garantizar la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como formación de las normas personas trabajadoras. En los casos que por la tipología del curso o por tratarse de seguridad aplicables un trabajo en grupo se requiera presencialidad, se asistirá al presenta servicio y centro de trabajo o de formación, aunque coincida con una jornada de teletrabajo, preavisando de tal circunstancia a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos persona trabajadora con una antelación mínima de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc48 horas., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambios.

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Samples: Acuerdo De Teletrabajo De Deutsche Bank, Sae

Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente y de las Normas de Seguridad y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas en sus centros de trabajo, por lo que será responsable de los eventuales incumplimientos que se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPP. - En el caso de ser el adjudicatario resultar adjudicatarios, los licitadores y licitadoras asumirán, como condición especial de los serviciosejecución, se le podrá solicitar la entrega obligación de un Plan Específico designar una persona de Prevención (PEP que deberá entregarse junto contacto, vinculada a la empresa y con el resto formación específica en la materia, para la supervisión y control de documentación la aplicación de las condiciones de seguridad y saludsalud laboral exigibles así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito, sin perjuicio de las funciones encomendadas al coordinador de seguridad y salud en aquéllos contratos en los que esta figura tenga carácter preceptivo. - El representante designado por el ofertanteAdjudicatario deberá observar en la ejecución del contrato cuantas medidas de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud exijan las disposiciones legales vigentes o, aun sin ser legalmente exigibles, aconseje la prudencia para evitar que se produzcan accidentes, se obliga causen daños o perjuicios a asistir terceros o se incurra en infracciones sancionables penal o administrativamente, de todo lo cual será directo responsable el Adjudicatario respecto a los Comités Aparkabisa. En consecuencia, el Adjudicatario asumirá cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades normativa vigente en materia de prevención previstas de riesgos laborales, tanto en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación lo que se produzca refiere a la actividad contratada con Aparkabisa como a la que a su vez pueda subcontratar con terceros, en los términos establecidos por la legislación aplicable. A este sentidorespecto, como responsable el Adjudicatario deberá tener en todo momento a disposición de todo el personal que utilice para Aparkabisa la ejecución documentación acreditativa del cumplimiento de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente obligaciones del Adjudicatario en materia de Prevención prevención de Riesgos Laborales riesgos laborales. En el supuesto de que el Adjudicatario incumpla las obligaciones establecidas en la presente Cláusula, dicho incumplimiento será causa suficiente y justificada de terminación anticipada del Contrato por el Adjudicatario, responsabilizándose plenamente el Adjudicatario, sin límite alguno, de cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse para Aparkabisa del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en materia laboral, de Seguridad Social y de la adecuada adaptación prevención de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantillariesgos laborales. En caso de que se le autorice derivase para Aparkabisa algún tipo de responsabilidad civil o administrativa por incumplimiento de lo establecido en esta Cláusula, aquélla será siempre repercutible frente al Adjudicatario, bien con cargo a los capitales asegurados en las pólizas de seguro que tenga suscritas el Adjudicatario, en su caso, bien con cargo a las garantías, o bien mediante deducción de la subcontratación Factura o documento acreditativo equivalente correspondiente. La empresa adjudicataria realizará durante la ejecución del contrato acciones de otra empresasensibilización, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente formación y orientación dentro de la jornada laboral, para las empresas el conocimiento de los derechos establecidos en la ley o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito convenio colectivo de aplicación, en materia de conciliación de la vida laboral y familiar de personas trabajadoras. La empresa adjudicataria establecerá medidas que faciliten la conciliación de la vida laboral, personal y familiar del contrato personal adscrito a la ejecución del contrato, que podrán consistir en alguna de las siguientes: • Flexibilidad de los horarios laborales de entrada y que deberá ser actualizado salida en cualquier caso cuando haya cambiosel trabajo y de las pausas o descanso para la comida, café, etc. • Adecuación de los horarios a los ritmos cotidianos de las personas: medida de adecuación de los horarios laborales a los horarios de los transportes, de las escuelas, de los comercios, etc. • Teletrabajo: trabajo a distancia sin estar de forma permanente en el puesto de trabajo y haciendo uso de las nuevas tecnologías. • Apoyo económico para sufragar gastos de escuelas infantiles y de otros centros de atención a personas dependientes. • Reserva de plazas en escuelas infantiles cercanas a la organización laboral o disponer de guarderías propias. • Realización de la formación interna de la organización en horario laboral, o bien, en parte de éste. • No establecer reuniones en tiempos límites de descanso.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Del Contrato De Servicios Energeticos Con Mantenimiento Y Garantía Total De Las Instalaciones De Alumbrado Exterior De Aparkabisa

Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento El adjudicatario acreditará la aplicación de lo dispuesto en la legislación vigente y de las Normas de Seguridad y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas demás normas relativas a la adopción de normas preventivas en sus centros el ámbito laboral integrando la prevención de trabajo, por lo que será responsable riesgos laborales en los sistemas de gestión de la empresa. Con el objetivo de garantizar la salud y seguridad de los eventuales incumplimientos trabajadores que se produzcan. - La coordinación desarrollen actividades en las instalaciones de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) SEA y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área fin de Medio Ambiente mantener una información recíproca en materia de TIRME. - Antes del inicio prevención, de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto acuerdo con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 Laborales, el adjudicatario, antes del comienzo de 8 su actividad, aportará a SEA la siguiente documentación: ►Persona de noviembre - El suministro debe cumplir contacto (nombre y teléfono). ►Modelo de organización preventiva adoptado en la empresa (si es propio, titulación del responsable y si es concertado con todos los requisitos entidad ajena, documento de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPPconcierto). - En el caso ►Evaluación de ser el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar riesgos laborales para la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y saludsalud en el trabajo. - El representante designado por el ofertante►Planificación de la actividad preventiva, se obliga a asistir a los Comités incluidas las medidas de Seguridad protección y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse. ►Fotocopia del listado de aptitudes, incluido en el capítulo III artículo 10 del reglamento informe de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes efectuado por un especialista acreditado en Medicina del Trabajo. ►Documento acreditativo de la formación e información preventiva recibida por cada trabajador para el desempeño de su puesto de trabajo. ►Certificado que acredite que los equipos de trabajo, los de protección individual y demás medios auxiliares que procedan y que utilicen los trabajadores en las instalaciones de SEA disponen de la correspondiente certificación CE. ►Certificación que acredite que, en caso de necesidad y en función de los reconocimientos médicostrabajos a realizar, donde dispone de recursos preventivo, mediante la presentación de copia de la formación. Deberá aportar por escrito el documento en el que conste la organización de recursos preventivos con los que cuenta su empresa, así como la identidad de los delegados de prevención de su empresa si estuviera obligado a tenerlos por el número de trabajadores. Dichos recursos preventivos contarán con capacidad suficiente que le exige el artículo 32.3 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. ►Cumplimentación de la ficha de descripción de los medios técnicos, equipos de protección y productos (anexos V.I, V.II y V.III). ► SEA se indique reserva el derecho, a través de su Servicio de Prevención, de ejercer las competencias atribuidas como titular del Centro de Trabajo en el que es apto prestarán sus servicios el personal de la contrata de limpieza. - CONFIDENCIALIDAD EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES. El adjudicatario informará a los empleados que presten servicio en las instalaciones de SEA, sobre las siguientes obligaciones, encontrándose vinculados por éstas tanto el adjudicatario como el personal a su cargo, durante la vigencia del contrato y una vez concluido éste: Obligación de garantizar y velar por el respeto en el carácter confidencial y secreto profesional de cualquier dato o información de SEA. Obligación de evitar que la documentación o información de las instalaciones de SEA llegue a poder de terceras personas, o a personas distintas de las autorizadas por SEA, prohibiéndose la reproducción total o parcial de la documentación de SEA. El adjudicatario se obliga a comunicar a SEA, como responsable de la información confidencial manejada, sobre cualquier incidencia de la que tenga conocimiento. El adjudicatario responderá de los daños causados a SEA y de los daños ocasionados a terceros por reproducción total o parcial de la documentación propiedad de SEA, falta de confidencialidad o sustracción, que se derive directa o indirectamente del incumplimiento derivado de las obligaciones asumidas en el desempeño de sus funciones, de conformidad con lo establecido en el presente pliego. - CLÁUSULA PARA PRESTACINES DE SERVICIO SIN ACCESO A DATOS PERO QUE PUEDAN TENER CONTACTO CON ELLOS. De conformidad con el artículo 83 del RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/99, de protección de datos de carácter personal, queda expresamente prohibido el acceso por el contratista, empleados, colaboradores, subcontratistas y empleados o colaboradores de aquellos, a los datos personales que pudieran contenerse en los documentos, equipos informáticos, ficheros de datos, automatizados o no, en cualquier otro soporte o medio, informático o no, a los que pudieran tener acceso, directa o indirectamente, como consecuencia y/o con ocasión de la prestación de servicios objeto del presente contrato. El contratista se obliga a guardar secreto total y absoluto respeto de todos los datos de carácter personal que hubiera podido conocer, directa o indirectamente, con motivo de la prestación de servicios objeto de este contrato, siendo dicha obligación igualmente exigible a sus empleados y/o colaboradores, así como a sus subcontratistas y empleados y/o colaboradores de aquellos, siendo responsable directo el contratista del incumplimiento de dicha obligación por cualquiera de ellos, y obligándose expresamente a exigir a los mismos, con carácter previo a su asignación para prestación de los servicios contratados, la xxxxxxxx por escrito de dicha obligación xx xxxxxxx. El contratista se obliga a cumplir cualesquiera otras normas, presentes o futuras, que resulten de aplicación en materia de confidencialidad, de deber xx xxxxxxx y protección de datos de carácter personal. - COBERTURA DE DAÑOS. Los daños de cualquier clase que por negligencia, impericia, imprudencia o mala fe durante el desempeño de los trabajos o como consecuencia de los mismos se causen en las instalaciones de SEA o como consecuencia de ellos se produzcan daños a terceras personas o bienes situados en las dependencias objeto de la presente licitación, será responsabilidad del adjudicatario, obligándose a responder del daño causado. EL adjudicatario responderá de la sustracción de mobiliario, material, valores o efectos, cuando quede suficientemente probado que ha sido realizado por su personal. - INSPECCIÓN DEL SERVICIO. El adjudicatario se someterá a la inspección y control de SEA, pudiendo supervisar en todo momento los trabajos realizados del personal empleado, con el único fin de verificar si cumple con lo ofertado y exigido en los diferentes puntos de los pliegos de condiciones y de prescripciones técnicas. EL adjudicatario se obliga a atender las sugerencias y requerimientos que SEA realice en orden a una buena prestación del servicio. SEA podrá exigir del adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios cuando incumpla su horario, no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido, o no proceda con la debida corrección en sus dependencias y ello suponga un perjuicio para el trabajo que desarrolle) al inicio desarrollo del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso perjuicio de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios organización del trabajo en el ámbito laboral y las actuaciones en materia disciplinaria sea competencia exclusiva del contrato y que contratista. Esta sustitución deberá ser actualizado producirse en cualquier caso cuando haya cambiosel plazo máximo de 24 horas a partir del día siguiente de recibir la oportuna comunicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Del Contrato De Servicios De Limpieza De Las Oficinas De “Suelo Empresarial Del Atlántico, s.l., Sme

Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento El trabajador tiene derecho a una protección eficaz de lo dispuesto su integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales, prestando especial atención al derecho a la dignidad, intimidad y no discriminación laboral, así como el deber de observar y poner en práctica las medidas de prevención de riesgos que se adopten legal y reglamentariamente. La organización y los medios preventivos necesarios para tal fin, serán los adecuados a la actividad de la Empresa, contando para ello con la modalidad preventiva que se estructura a través del Servicio Mancomunado de Prevención de Riesgos Laborales del Grupo Telefónica. Es objetivo de Telefónica Móviles España continuar profundizando en la legislación vigente integración de la prevención de riesgos laborales en todos los niveles jerárquicos de la Empresa, en línea con la Política de Prevención de Riesgos Laborales implantada en la Compañía, así como de los nuevos requerimientos legales establecidos en la Ley de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales y el RD 604/2006 por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Prevención. La eficaz integración de la actividad preventiva se garantiza mediante la implantación y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de Telefónica Móviles España previamente debatido en el seno de su Comité Intercentros. Como instrumentos esenciales para la aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales se desarrollan la Evaluación de Riesgos Laborales y la Planificación anual de la Actividad Preventiva. cve: BOE-A-2013-6677 En la citada Planificación de la Actividad Preventiva se recogerán en cada ejercicio los compromisos asumidos por cada una de las Normas Áreas de especial relevancia en la Prevención de Riesgos Laborales (Seguridad y Salud LaboralProtección, Formación, Red y Operaciones, Servicio Mancomunado de Prevención de Riesgos Laborales…) consiguiéndose de esta forma potenciar, en el ofertante asume el compromiso expreso ámbito de observar las correspondientes normas sus respectivas competencias, la implantación efectiva del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas en sus centros de trabajo, por lo que será responsable de los eventuales incumplimientos que se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento integración de la Ley prevención de Prevención riesgos laborales en todos sus procesos, permitiendo adoptar las medidas necesarias para la protección de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPP. - En el caso de ser el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y salud. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes trabajadores. En lo relativo a la evaluación de riesgos laborales, durante la vigencia del presente Convenio, se procederá a editar la Evaluación General de Riesgos de Telefónica Móviles España. Con este documento se pretende integrar en la misma las conclusiones que durante estos años se han aportado en las Evaluaciones de Riesgos realizadas en TME, incluir las innovaciones normativas en la materia y la nueva realidad laboral de la empresa. Como actuación conducente a garantizar la protección debida para con sus trabajadores, Telefónica Móviles España promoverá la impartición de las acciones formativas necesarias, suficientes y adecuadas en materia preventiva, en su vertiente teórica y práctica, y muy especialmente con la acción formativa del recurso preventivo que permitan al personal acomodarse a los reconocimientos médicoscambios organizativos que las nuevas tecnologías puedan traer consigo preservando su salud física, donde se indique que es apto para mental y social, entendida como el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia concepto integral formulado por la Organización Mundial de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambios.

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Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento cve: BOE-A-2023-8179 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Las partes firmantes del presente convenio colectivo son plenamente conscientes de lo dispuesto la importancia que tiene preservar la seguridad de las personas trabajadoras y el derecho a la integridad física de todos los que intervienen con su trabajo en el proceso productivo de este sector, y por ello, llaman muy especialmente la atención de las personas destinatarias de este convenio colectivo, para que cumplan y hagan cumplir las normas de prevención de riesgos laborales establecida por la legislación vigente en la materia, extremando la vigilancia de las obligaciones legales de prevención que tienen las empresas y las de cumplimiento por parte de sus trabajadores/as de las normas establecidas y de las Normas instrucciones que al respecto reciban. Delegados/as de Seguridad Prevención: De conformidad con lo previsto en los artículos 35 y Salud Laboral36 de la Ley 31/1995, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como se designarán: Delegados/as de Prevención en todos los centros de trabajo en los que existan Delegados/as de Personal y Comités de Seguridad y Salud en aquellos centros que cuente con 50 o más trabajadores/as. En los centros en que no existan representación legal del personal, las personas trabajadoras podrán elegir directamente, por mayoría simple, quien o quienes habrán de desempeñar el cometido de delegado/a de prevención, procurando siempre que tenga una adecuada formación en la materia, y hasta tanto exista representación legal de las personas trabajadoras. Comité Intercentros de Seguridad y Salud: Se acuerda constituir un Comité Intercentros de Seguridad y Salud en el Trabajo, que queda integrado por cuatro representantes de cada una de las dos partes firmantes del presente convenio colectivo, y que serán designados, una vez éste entre en vigor, por las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas en sus centros de trabajopartes firmantes. De entre ellos, se designará, por lo cada parte, un Copresidente del Comité. Las personas que será responsable conformen este Comité Intercentros deberán ser Delegados/as de los eventuales incumplimientos que se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRMEPrevención. El SPP se pondrá en contacto con reglamento de funcionamiento de este Comité tendrá el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según mismo contenido que el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada del Comité Paritario previsto en el Anexo I “Registro artículo 8 de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”este convenio colectivo, notificando fehacientemente con las modificaciones precisas en cuanto a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad denominaciones y personas que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley lo integran. Las funciones del Comité Intercentros de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 serán las de 8 estudio, propuesta y ejecución, en su caso, de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPP. - En el caso de ser el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y salud. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades acciones en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, que sean comunes a todos los centros de trabajo. Exámenes médicos: La Empresa ofrecerá anualmente a toda la plantilla un Reconocimiento Médico cuyo protocolo médico estará supeditado siempre a los riesgos específicos de cada actividad y así como puesto de las normas trabajo. Dicho reconocimiento médico será de seguridad aplicables carácter voluntario, salvo en los casos en los que sea cuestión imprescindible para mantener una acreditación y/o requisito indispensable para el desarrollo del servicio al presenta servicio y cliente, en cuyo caso la persona trabajadora no se podrá negar a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo realización del mismo. La Empresa publicará en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio primer trimestre del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando año un listado de personal, fotocopias de puestos en los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar estará obligado a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambiospasar este reconocimiento médico.

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Prevención de riesgos laborales. En cumplimiento —El trabajador tiene derecho a una protec- ción eficaz de lo dispuesto su integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos labo- rales, prestando especial atención al derecho a la dignidad, intimidad y no discriminación laboral, así como el deber de observar y poner en práctica las medidas de prevención de riesgos que se adopten legal y reglamentariamente. La organización y los medios preventivos necesarios para tal fin, serán los adecuados a la actividad de la empresa, contando para ello con la modalidad preventiva que se estruc- tura a través del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y los nuevos requerimientos legales establecidos en la legislación vigente Ley de Reforma del Marco Normativo de la Prevención xx Xxxx- gos Laborales y el Real Decreto 604/2006, por el que se modifica el Reglamento de las Normas los Servicios de Seguridad Prevención. La eficaz integración de la actividad preventiva se garantiza mediante la implantación y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Como instrumentos esenciales para la aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales se desarrollan la Evalua- ción de Riesgos Laborales y la Planificación de la Actividad Preventiva. Como actuación conducente a garantizar la protección debida para con sus trabajado- res, así se promoverá la impartición de las acciones formativas necesarias, suficientes y ade- cuadas en materia preventiva, en su vertiente teórica y práctica, que permitan al personal acomodarse a los cambios organizativos que las nuevas tecnologías puedan traer consigo preservando su salud física, mental y social, entendida como el concepto integral formula- do por la Organización Mundial de la Salud. BOCM-20150704-1 Los trabajadores tienen derecho a la consulta y participación en las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas cuestiones relacio- nadas con la prevención de riesgos en sus centros de el trabajo, por lo que será responsable . Esta participación la ejercitarán a través de los eventuales incumplimientos que se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio Delegados de Prevención Propio (SPP) y por los Comités de Seguridad y Salud. Sus normas de fun- cionamiento estarán descritas mediante el Coordinador Reglamento de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio Funcionamiento Interno de los trabajos se debe realizar Comités de Seguridad y Salud, aprobado por ambas Representaciones. Todos los trabajadores de la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá empresa podrán someterse a una reconocimiento médico periódico, que tendrá carácter obligatorio en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada los términos previstos en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPPLaborales. - En el caso de ser el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y saludSÁBADO 0 XX XXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado. - El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación. - Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle. - El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx. - Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambios.157

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Samples: w3.bocm.es

Prevención de riesgos laborales. En Al objeto de proteger la vida y la seguridad perso- nal de los trabajadores, se declara por las partes, de importancia primordial el puntual cumplimiento de lo dispuesto las disposiciones generales y particulares de esta indus- tria en la legislación vigente y materia de las Normas de Seguridad y Salud LaboralSeguridad, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas en sus centros de trabajo, por lo que será responsable de los eventuales incumplimientos que se produzcan. - La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME. - Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I. - El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada Higiene en el Anexo I “Registro Trabajo y prevención de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”riesgos laborales, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio contenidas tanto en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 como en sus disposiciones complementarias y de 8 de noviembre - El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPPdesarrollo. - En el caso de ser el adjudicatario Para mejor protección de los serviciostrabajadores se esta- blece como equipo básico de protección el siguiente: Mono, casco, guantes, botas de seguridad, cha- quetas de agua y gafas contra el polvo. Los equipos específicos para trabajos especiales serán los que se le podrá solicitar la entrega regule legalmente. Los locales de un Plan Específico trabajo, talleres, cuadros de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto con- trol, oficinas, laboratorios, etc., cumplirán estrictamente lo dispuesto en cuanto a alumbrado, temperatura, nivel de documentación de seguridad ruidos y saludambiente. - El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités Comité de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a se regirá por las que fuera convocadodisposiciones legales. - El ofertante entregará la documentación Los miembros del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.” - Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista. - Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución. - El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario. - Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador. - Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan Comité de Seguridad y Salud que les son dispondrán de aplicación. - Ante una hora semanal dentro de la jornada de trabajo y sin pérdida de retribución para el incumplimiento por parte del Subcontratista desem- peño de sus obligaciones funciones. Todos los trabajadores tienen a su disposición los elementos de seguridad, equipos básicos de protec- ción y los específicos de trabajos especiales que regu- la las disposiciones legales aplicables, los cuales ne- cesariamente deberán ser correctamente utilizados en los temas trabajos correspondientes, y su no utilización o uso inadecuado será de Prevención la exclusiva responsabilidad del trabajador obligado a ello. Todos y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente cada uno de los daños trabajadores de este cen- tro, sin distinción de categoría, contraen la obligación y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarleadquieren el personal derecho de mostrar su negativa a realizar cualquier trabajo o función que, a su juicio, no reúna las condiciones de Seguridad e higiene necesa- rias, poniéndolo inmediatamente en conocimiento del Comité y de la Dirección del Centro, para su urgente subsanación. - El Subcontratista enviaráServicio de Botiquín contará con un A.T.S. duran- te la jornada normal de trabajo, anualmente o cada vez que haya cambios, copia debiendo dotar la Em- presa dicho Botiquín de los elementos necesarios a TIRME S.A. jui- cio del personal facultativo para lograr una mayor efectividad en el cumplimiento de toda la documentación requerida por Xxxsu cometido. - Como responsable de Anualmente a todo el personal que contrate afectado por éste Convenio se hará un «chequeo» suficiente para la ejecución deter- minar su estado de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S. - El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social. - El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo. - TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas. - No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambiossalud.

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