PLIEGO DE PETICIÓN DE OFERTAS PARA EJECUCIÓN DE UN ESTUDIO DE MINIMIZACIÓN DE OLORES EN LA PLANTA DE COMPOSTAJE DE FELANITX
PLIEGO DE PETICIÓN DE OFERTAS PARA EJECUCIÓN DE UN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX
Control extraordinario
ABRIL 2019
ÍNDICE DE CONTENIDO
1. OBJETO XXX XXXXXX Y ANTECEDENTES 2
3. DURACIÓN DEL CONTRATO 3
4. OTROS SERVICIOS 3
5. VALIDEZ DE LA PETICIÓN DE OFERTA 4
7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 4
9. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO 8
10. CONDICIONES GENERALES DE COMPRA DE TIRME 9
12. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 11
13. RESPONSABILIDAD SOCIAL Y MEDIOAMBIENTAL 13
15. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA 19
16. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 19
17. INSPECCIÓN DEL SERVICIO 20
18. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 20
ANEXO I: Registro de documentación para coordinación de actividades 24
ANEXO II: Autorización del personal para acceso a las instalaciones de TIRME 28
ANEXO III : Responsabilidad Social 30
ANEXO IV: Declaración Jurada de idoneidad empresarial 32
ANEXO V: Tratamiento y cesión de datos de carácter personal 34
1. OBJETO XXX XXXXXX Y ANTECEDENTES
Una de las plantas gestionadas por TIRME es la Planta de Compostaje de lodos ubicada en el término municipal de Felanitx (Zona 6). Se ha recibido recientemente la autorización de gestor de la instalación y uno de los condicionantes de la autorización es la ejecución de un estudio de minimización de olores en la instalación con el objeto de llevar a cabo modificaciones para reducir su impacto en el entorno.
El presente pliego tiene por objeto definir las condiciones técnicas, económicas y administrativas que han de regir la prestación de los servicios de ejecución de este estudio de olores para TIRME, S.A.
2. ALCANCE DE LA OFERTA.
Las entidades que opten por ofertar el servicio de ejecución del estudio de minimización de olores solicitado deben tener la capacidad técnica para realizar este tipo de estudios y debe incluir en su oferta la experiencia acreditada en este tipo de trabajos.
La ubicación de la instalación de TIRME donde se van a realizar los trabajos se encuentra en la denominada Zona 6 del Plan Director de Residuos, en el término municipal de Felanitx.
En cuanto al alcance del estudio de minimización de olores, como mínimo debe contener:
Descripción de la instalación en la zona de estudio.
Caracterización de los focos generadores de olor, incluyéndose medidas en los mismos de al menos: unidades de olor (conforme a la norma UNE EN 13725), COT, H2S y NH3. Para estos últimos se utilizarán métodos de medida adecuados y normalizados.
Influencia en el entorno de los focos generadores teniendo en cuenta los factores ambientales (meteorología, orografía, etc). Se realizará un estudio de dispersión.
Medidas de minimización propuestas para la minimización de olores. Estas medidas se basarán en las mejores tecnologías disponibles teniendo en cuenta el tipo y tamaño de la instalación (instalación de tratamiento biológico aeróbico de pequeño tamaño).
Dichos trabajos se han de reflejar en un informe final, del cual se emitirán cuatro copias firmadas en soporte papel y también en soporte informático.
3. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del Contrato será de 45 días naturales, plazo máximo para la entrega del informe correspondiente tras la adjudicación y firma del contrato.
4. OTROS SERVICIOS
Las ofertas presentadas deben tener contemplado:
- Planificación de los trabajos y finalización del informe teniendo en cuenta el plazo de entrega de 45 días naturales desde la firma del contrato.
- Organización de los muestreos concretando las fechas con TIRME.
- Desplazamientos y toma de todas las muestras referenciadas en cantidad suficiente para llevar a cabo todos los parámetros solicitados, así como la preparación, el envío, el almacenamiento y la conservación de las mismas. Se seguirán normas europeas/nacionales/internacionales para este proceso.
- Los análisis se llevarán a cabo por laboratorios acreditados, que cubran el máximo número de parámetros acreditados dentro de los que se solicitan.
- Se deberán entregar de cada informe emitido cuatro copias firmadas en soporte papel, así como en soporte informático, a ser posible también firmado electrónicamente.
- Envío de adelanto de análisis a solicitud de TIRME.
- Avisos inmediatos a interlocutor de TIRME ante la detección de incidencias en los análisis efectuados.
- Confidencialidad de todos los datos referentes a los controles realizados.
5. VALIDEZ DE LA PETICIÓN DE OFERTA
La entidad ofertante deberá presentar su oferta con fecha límite del 14 xx xxxx de 2019.
Si pasado este periodo, no se ha presentado tal oferta, TIRME S.A. podrá interpretar que a la entidad ofertante no le interesa que se le adjudique dicho trabajo. Las ofertas recibidas fuera de plazo serán penalizadas en la valoración (con 10 puntos negativos sobre 100) y sólo se incluirán en el caso de que los trabajos no se hayan adjudicado.
La oferta deberá ser enviada antes de la fecha antes citada a la dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.
Para cualquier consulta pueden dirigirse también al correo anterior o llamar al 971435050 y solicitar hablar con alguien del personal del área de Medio Ambiente.
6. CERTIFICADOS
El firme compromiso de TIRME con la calidad y la excelencia nace en la propia empresa, formalizándose con la implantación en el año 2000, de un sistema de gestión voluntario basado en las normas internacionales de la serie ISO 9000.
En la actualidad además contamos con las siguientes certificaciones:
Gestión Ambiental UNE-EN-ISO 14001
Empresa Familiarmente Responsable
Seguridad y Salud en el Trabajo según la norma OSHAS 18001:2007
Seguridad de la información según la norma UNE-ISO/IEC 27001
Eficiencia Energética según la norma UNE-EN-ISO-50001
Modelo de Responsabilidad Social según la norma RS-10.
Certificación Compliance Penal UNE19601
Se valorará que el ofertante disponga de certificaciones similares.
7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
- Las entidades que opten por ofertar el servicio de ejecución del estudio de olores solicitado deben tener la capacidad técnica para realizar este tipo de estudios y debe incluir en su oferta la experiencia acreditada en este tipo de trabajos.
- El ofertante nombrará a una persona de su organización que actuará como Representante único e interlocutor ante TIRME para cualquier asunto relacionado con la ejecución del Contrato.
- El ofertante se compromete a prestar los servicios requeridos dedicando los equipos, el personal y los medios materiales necesarios.
- En aquellos trabajos que se requiera de la figura de Recurso Preventivo, éste será personal del Ofertante, estándo incluido en la oferta económica este aspecto.
- Las tomas de muestras se realizarán de acuerdo la metodología estandarizada más adecuada para los trabajos a realizar. Se incluirá en la oferta la metodología propuesta.
- Los métodos analíticos serán los más adecuados y fiables para la obtención de resultados con garantías de calidad. Deberán utilizarse métodos de análisis estandarizados basados en normas europeas, españolas, internacionales, etc. Se incluirán en la oferta los métodos propuestos.
- Se deberá indicar siempre dentro de los boletines de análisis la incertidumbre asociada a cada uno de los parámetros analizados. Se escogerán los métodos analíticos que proporcionen la mínima incertidumbre, cumpliendo siempre con los límites de detección indicados anteriormente.
- Se debe entregar una tabla, en la que se indique para cada uno de los parámetros que se solicitan: el método de toma de muestras, el método de análisis (norma sobre la que está basado) y el límite de detección asociado, para cada uno de los parámetros.
- El ofertante se compromete a prestar los servicios requeridos dedicando los equipos, el personal y los medios materiales e instrumentales más adecuados y necesarios.
- Se deberá asumir la carga de personal necesaria para cumplir con los plazos indicados.
- Los trabajos de campo se desarrollarán por las mañanas, de lunes a viernes, entre las 7 h y las 15 h, acordándose el inicio de los trabajos con el Área de Medio Ambiente. En caso de incidencias, el horario será acordado por ambas partes.
- Se tendrán en cuenta para la elaboración de la planificación de los muestreos los festivos existentes en Mallorca (festivos nacionales, autonómicos y municipales).
- El personal que participe en todo el proceso deberá estar entrenado y poseer los conocimientos y capacidades necesarias para llevar a cabo los procesos.
- El ofertante será responsable y asumirá a su coste el mantenimiento adecuado, consumibles, pólizas de seguros, revisiones periódicas, revisiones obligatorias y la limpieza de la maquinaria y/o vehiculos con los que presten los servicios.
- El ofertante se compromete a aportar su propia infraestructura, organización, medios y materiales propios para desarrollar el objeto del Contrato.
- El ofertante se compromete a aportar los medios y el establecimiento de los planes, medidas, dispositivos, señalización y servicios necesarios para atender en condiciones óptimas a la seguridad y salud del personal.
- Toda máquina o vehículo que el ofertante emplee para la ejecución de este contrato, ha de disponer de certificado CE y cumplir la normativa vigente en cuanto a limitación de emisiones a la atmósfera que sea de aplicación en cada momento, asi como toda la normativa aplicable de la DGT e Industria
- Los plazos de entrega del presente pliego se entienden como días naturales, contándose como 30 días naturales en los casos en los que se especifique un horizonte temporal de un mes.
- Los servicios que el ofertante no realice de forma directa y se cubran mediante subcontratación serán indicados en la oferta.
- Los retrasos o incumplimientos producidos en el servicio darán derecho a reclamación, comprometiendose el ofertante a recuperar el servicio y llegar a los valores pactados con los medios que estime oportunos en un plazo no superior a un día laborable. Si no fuera así TIRME, se reserva el derecho de contratar otros medios y podrá descontar el posible sobrecoste del mismo de la facturación pendiente.
- El ofertante se compromete a usar la maquinaria y/o vehiculo mas adecuado y seguro para cada trabajo y situación.
- El ofertante debe tener actualizadas las Licencias, Permisos y Autorizaciones Oficiales precisos para su actividad y para el uso de la maquinaría y productos que utilice.
- Todo incumplimiento de las Normas de Circulación que derive en infracción será responsabilidad del ofertante.
- Se pondrá en conocimiento de los Responsables de TIRME cualquier tipo de percance, siniestro o incidente en el que se vea involucrado cualquier equipo, sea propiedad de TIRME o no, en el plazo máximo de 24 horas.
- Será por cuenta y responsabilidad del ofertante la correcta Gestión de los Residuos que genere en la ejecución de los trabajos, así como dejar los emplazamientos que utilice en correcto estado de orden y limpieza.
- El ofertante será responsable de cumplir y hacer cumplir a todo su personal las normas de Seguridad e Higiene en el trabajo que le sean de aplicación, tomando las medidas necesarias y dotándose de los medios precisos para su estricto cumplimiento, asumiéndo como propias las normas internas de TIRME en este aspecto, a efectos de mínimos. Incluirá en su oferta la dotación de los EPI’s necesarios para el correcto cumplimiento de los trabajos de manera segura.
- TIRME se reserva el derecho de rescindir el contrato ante incumplimientos reiterados de las normas de seguridad.
- El ofertante se compromete a entregar a TIRME, en el plazo máximo de 15 días de la firma del contrato, la evaluación de riesgos de su personal incluyendo las tareas específicas a ejecutar incluidas en este contrato. Igualmente se compromete a acudir al centro de trabajo a solicitudes de TIRME personal de Prevención de Riesgos Laborales, con un preaviso de 1 semana, en los caso no urgentes, y de 2 días en los urgentes, para realizar la supervisión y Acta de Coordinación de Actividades de aquellos trabajos no contemplados específicamente. Asimismo, se compromete a modifciar y entregar a TIRME la evaluación de riesgos modificada a raiz de estos eventos , en el plazo máximo de 15 días a partir del Acta de coordinación o supervisión de la nueva tarea.
- El ofertante se compromete a cumplir con el estandar de calidad exigido, TIRME se reserva el derecho de rescindir el contrato ante incumplimiento reiterados de la calidad del servicio.
- El ofertante entregará en nota aparte, las mejoras que incorpore a los servicios solicitados, con cuantificación de las mismas.
- El ofertante entregará en nota aparte, todo aquello contemplado en esta solicitud de oferta que no cumpla la oferta presentada, con cuantificación de las mismas.
- El ofertante solicitará cuanta información considere oportuna a fin de evaluar convenientemente el alcance de la oferta que se le solicita. Asimismo, podrá concertar una visita a las instalaciones objeto del contrato a tal fin. El ofertante no podrá alegar discrepacias menores en los datos del citado anexo o falta de información ante incumplimientos de contrato.
- Dadas las características de estacionalidad y los cambios de producción que puedan surgir al ser un servicio público, el ofertante se compromente a asumir los cambios en el servicio debidos a estos motivos, modificando las frecuencias o lo que sea preciso para el adecuado cumplimiento.
- El Ofertante se compromete a poner los medios humanos y materiales que se le soliciten en casos de necesidades extra puntuales, con celeridad y en las condiciones económicas incluidas presente oferta.
8. CONDICIONES ECONÓMICAS
El ofertante propondrá el precio de los servicios ofertados para la ejecución del contrato. El resto de los servicios solicitados en este pliego deberá estar repercutido en este precio.
9. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
En cuanto a la facturación se aplicarán las siguientes reglas:
- La facturación será por control efectivamente realizado y tras la recepción de los correspondientes informes de inspección/datos en todos los soportes indicados. No se aceptarán aquellas facturas que se emitan antes o con fecha anterior de la entrega de los informes/datos indicados.
- Tirme, S.A., en el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de emisión de la factura, procederá a dar su conformidad a la misma y ordenará su pago al proveedor mediante transferencia bancaria.
- En la factura se deberán desglosar claramente todos los conceptos objeto de la facturación.
- No se aceptará ninguna factura que no incluya el número de Pedido de Tirme.
- Las facturas han de ser entregadas al Departamento de Contabilidad de Tirme, lo antes posible tras la emisión del correspondiente informe de inspección a los técnicos del Área de Medio Ambiente a través de correo electrónico (xxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx).
- En caso de que por indicación de Tirme o por cualquier otra causa no se realice una parte del servicio, el importe correspondiente será deducido del precio final ofertado.
10. CONDICIONES GENERALES DE COMPRA DE TIRME
Todas las transacciones comerciales generadas en Tirme, deben llevar asociadas un Pedido Comercial de Compra de material o servicio.
Como muestra de transparencia y de lucha contra la corrupción todos los Pedidos y Contratos en los que participa Tirme, se hayan sujetos a las Condiciones Generales de Compra, las cuales puede consultar en: xxxx://xxx.xxxxx.xxx
11. RESPONSABILIDAD
- El ofertante deberá cumplir con las responsabilidades profesionales correspondientes a los trabajos necesarios para prestar los servicios objeto de esta Oferta y posterior Contrato.
- El ofertante dispondrá de Trabajador designado responsable, interlocutor con TIRME para las tareas diarias y la resolución de los correctivos e incidentes menores. Dispondrá de medio de localización instantánea durante la jornada laboral y mensajería para las notificaciones fuera de horario a resolver al día siguiente.
- El ofertante dispondrá de un interlocutor válido a efectos de supervisión del cumplimiento del contrato, modificaciones del alcance, resolución de incidentes graves o reincidentes, Prevención de Riesgos laborasles y cuantos hechos inherentes al contrato deban resolverse.
- Entregará a TIRME información de los productos químicos utilizados, junto a su ficha de seguridad y comunicará cualquier cambio al respecto.
- Vigilar que todo el personal de su entidad o de cualquier subcontrata que preste servicios para él en relación al objeto del presente contrato deberá ir reglamentariamente uniformado, así como respetar y cumplir las normas internas y de funcionamiento de TIRME.
- En el caso de anuncio de convocatoria de huelga, con cumplimiento de la legalidad vigente, el ofertante se comprometerá a proponer al Comité de Empresa, o en su caso a la Autoridad Gubernativa competente, la negociación de unos Servicios Mínimos, para cubrir, en la medida de lo posible, el servicio contratado.
- En caso de que la entidad contratada no preste el servicio necesario, TIRME se reserva el derecho de realizar el servicio con otros medios con el fin de evitar un problema en sus instalaciones, repercutiendo el sobrecoste que esto le supusiera al contratista.
- En caso de siniestro, accidente o incidente SIEMPRE Y EN TODO CASO se debe aportar y promover las acciones necesarias para minimizar los daños y garantizar la seguridad de las personas y de las cosas.
- En caso de cualquier siniestro, accidente o incidente el ofertante se compromete a ponerlo en conocimiento del personal de TIRME de manera oral de forma inmediata, y entrega de informe al respecto en el plazo de 48 horas.
- En el caso de un siniestro que derive en una pérdida total del equipo propiedad de TIRME, entendiéndose por tal la reparación que exceda del 80% de su valor, el ofertante se compromete a la reposición del mismo por su valor venal.
- En caso de ser necesario, la gestión de grúas y servicios adicionales (reparación de daños a bienes, limpieza, retirada de residuos incluidos los transportados,...) para normalizar la situación serán a cargo del ofertante.
- Todos los daños causados a los equipos e instalaciones de Tirme serán reparados/repuestos por la entidad causante de los mismos. Debiendo quedar normalizado el servicio para su uso en el período más breve posible con el fin de no afectar a la producción de las Plantas.
- Toda responsabilidad de un mal uso o mantenimiento de los equipos debe ser asumida por el contratista e indemnizar a Tirme si procede.
- El ofertante entregará informe externo sobre el balance y las cuentas financieras del ofertante, según lo presentado en el plan general contable y en el registro mercantil, donde se defina el histórico y la situación presente del ofertante, desde el punto de vista económico (flujos de caja, rentabilidad, solvencia, endeudamiento, …) y de recursos humanos (evolución del personal propio contratado). En el caso de que el ofertante presente una situación financiera comprometida o en situación de riesgo, éste será descartado del concurso.
12. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
- En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente y de las Normas de Seguridad y Salud Laboral, el ofertante asume el compromiso expreso de observar las correspondientes normas de Prevención de Riesgos Laborales, así como las respectivas instrucciones específicas que Tirme tenga establecidas en sus centros de trabajo, por lo que será responsable de los eventuales incumplimientos que se produzcan.
- La coordinación de actividades preventivas será realizada por el Servicio de Prevención Propio (SPP) y por el Coordinador de Actividades Preventivas (CAP), conforme al RD 171/2004 y en coordinación con el Área de Medio Ambiente de TIRME.
- Antes del inicio de los trabajos se debe realizar la coordinación de actividades preventivas entre la entidad contratista directa y TIRME. El SPP se pondrá en contacto con el contratista paara solicitar toda la documentación de seguridad necesaria según el Anexo I.
- El ofertante en calidad de proveedor de TIRME, S.A., se obliga a entregar a esta la documentación solicitada en el Anexo I “Registro de Entrega de Documentación para Coordinación de Actividades”, notificando fehacientemente a TIRME, S.A. de inmediato cualquier cambio en su entidad que pudiera afectar de algún modo a esta materia, así como se compromete al fiel cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre
- El suministro debe cumplir con todos los requisitos de seguridad establecidos tanto por el CAP como por el SPP.
- En el caso de ser el adjudicatario de los servicios, se le podrá solicitar la entrega de un Plan Específico de Prevención (PEP que deberá entregarse junto con el resto de documentación de seguridad y salud.
- El representante designado por el ofertante, se obliga a asistir a los Comités de Seguridad y Salud o Comisiones de Prevención a las que fuera convocado.
- El ofertante entregará la documentación del sistema de organización de recursos para las actividades en materia de prevención previstas en el capítulo III artículo 10 del reglamento de los servicios de prevención y se compromete a comunicar a TIRME S.A cualquier modificación que se produzca en este sentido, como responsable de todo el personal que utilice para la ejecución de este Contrato responderá ante las Autoridades, Organismos y Tribunales de la correcta aplicación de la Legislación Vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de la adecuada adaptación de su actuación al contenido de su evaluación de riesgos, y así como de las normas de seguridad aplicables al presenta servicio y a la
documentación entregada por TIRME S.A. “Documentación a entregar a empresas que realizan su trabajo en TIRME S.A.”
- Todo el personal deberá utilizar los equipos de protección individual (EPI) adecuados y específicos para el trabajo a realizar, cumpliendo las normas aplicables, dichos equipos correrán a cargo de la entidad subcontratista.
- Las infracciones reiteradas en materia de Prevención de Riesgos Laborales cometidas por un trabajador de la subcontrata, obligarán a la misma a su sustitución.
- El Subcontratista esta obligado a presentar a TIRME S.A., el certificado de la formación e información recibida por cada uno de ellos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales al inicio del servicio, periódicamente (según Plan de formación de la entidad) y previo a la incorporación de algún trabajador.
- Asimismo señalará el procedimiento asistencial para atender a sus posibles accidentados, indicando clínica, médico, etc., donde serán atendidos en caso necesario.
- Se deberá de aportar la documentación acreditativa de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificantes de los reconocimientos médicos, donde se indique que es apto para el trabajo que desarrolle) al inicio del servicio, periódicamente (según Planificación de Vigilancia de la Salud) y previo a la incorporación de algún trabajador.
- Designará a un representante en materia de PRL de nivel básico como mínimo como su encargado para exigir a sus operarios el cumplimiento de la normativa vigente, así como del Plan de Seguridad y Salud que les son de aplicación.
- Ante el incumplimiento por parte del Subcontratista de sus obligaciones en los temas de Prevención y Riesgo Laboral, , TIRME S.A. podrá resolver el contrato sin que tenga derecho a indemnización alguna, independientemente de los daños y perjuicios que TIRME S.A. pudiesen reclamarle.
- El Subcontratista enviará, anualmente o cada vez que haya cambios, copia a TIRME S.A. de toda la documentación requerida por Xxx.
- Como responsable de todo el personal que contrate para la ejecución de este Contrato, responderá ante las Autoridades y Tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente, especialmente en materia laboral y de Seguridad Social. Aportando la certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la S.S.
- El Subcontartista se compromete a mantener informado puntualmente a TIRME S.A de los trabajadores que presten sus servicios para el objeto del contrato, entregando un listado
de personal, fotocopias de los DNI así como las sucesivas altas y bajas, con aportación de los contratos de trabajo. En cualquier momento que se le exija, deberá acreditar a TIRME S.A. el cumplimiento de sus obligaciones en dichas materias, y de forma específica el hallarse al corriente en el pago de los salarios y de las cuotas de la Seguridad Social.
- El Subcontratista deberá de presentar a su vez fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de la entidad, así como del seguro de circulación de la maquinaria/vehículo.
- TIRME S.A. podrá resolver unilateralmente el Contrato si, de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social a que se refiere el Xxx. 00, xxx. 0 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx, resultasen descubiertos por cuotas atrasadas.
- No se le permitirá a la subcontratación de otras empresas u organismos, sin autorización expresa, teniendo que prestar los servicios afectos al contrato personal y vehículos de su propia plantilla. En caso de que se le autorice la subcontratación de otra empresa, todas las cláusulas anteriores aplican igualmente para las empresas o entidades subcontratadas. El Subcontratista emitirá un listado anual con sus subcontratas autorizadas que presten sus servicios en el ámbito del contrato y que deberá ser actualizado en cualquier caso cuando haya cambios.
13. RESPONSABILIDAD SOCIAL Y MEDIOAMBIENTAL
En la cultura corporativa de TIRME SA, la Responsabilidad Social es un elemento estructural clave.
- Como consecuencia de ello, el Proveedor de TIRME, S.A, debe cumplir los compromisos marcados en relación a la responsabilidad social, especificados en el apartado 6.2 de las Condiciones Generales de Compra. Además el contratista debe materializar dicho compromiso cumplimentado y entregando a TIRME la declaración jurada de ausencia de incidentes en materia de legislación laboral especificada en el Anexo III.
- El coste de todas las medidas que la entidad tenga que adoptar a fin de dar cumplimiento a las obligaciones medioambientales establecidas en esta cláusula o a cualesquiera de las obligaciones con trascendencia medioambiental que fueran exigibles a su actividad por la normativa vigente, será sufragado por la entidad, salvo que explícitamente se establezca en las condiciones particulares del contrato cualquier régimen de asignación de costes diferente.
- Cualquier incidente que pueda tener repercusión medioambiental ocasionada por la entidad en el desarrollo del contrato, será comunicado inmediatamente a Tirme, por cualquier
medio que permita tener constancia de su recepción, con independencia de que la entidad adopte todas las medidas a su alcance que exija la normativa vigente y la gravedad de la situación.
- En el caso de que la actividad desarrollada por la entidad en virtud del contrato, genere residuos de cualquier naturaleza en las zonas adscritas a Tirme para el cumplimiento de sus fines, y específicamente en aquellas áreas que hayan sido cedidas o concesionadas para el desarrollo de la actividad de la entidad, cumplirá las siguientes obligaciones:
a) La entidad, no abandonará residuos de cualquier naturaleza en las instalaciones, terrenos, canalizaciones de agua, redes de drenaje ni formará vertederos.
b) La entidad, almacenará los residuos en contenedores adecuados a la naturaleza de los mismos, no pudiendo almacenarlos sobre terrenos, canalizaciones de agua, redes de drenaje, etc., con el fin de evitar la contaminación del terreno, medio hídrico o las redes de aguas, la aparición de malos olores y el impacto visual.
c) La entidad recogerá los derrames de residuos, para lo cual dispondrá de medios personales y materiales necesarios y adecuados.
d) La entidad gestionará sus residuos por su cuenta, no pudiendo hacer uso de las instalaciones de Tirme, salvo autorización expresa, en cuyo caso deberá cumplir las condiciones especificadas en dicha autorización.
e) En el caso de que la entidad esté obligada a gestionar residuos propiedad de Tirme, esta gestión deberá realizarse de acuerdo con la legislación vigente, haciendo entrega a Tirme de la documentación requerida o derivada de dicha gestión.
- En el caso de que la actividad desarrollada por la entidad en virtud del contrato conlleve la necesidad de almacenar materiales o sustancias peligrosas de cualquier naturaleza en las zonas adscritas a Tirme para el cumplimiento de sus fines, y específicamente en las áreas que hayan sido cedidas o concesionadas cumplirá las siguientes obligaciones:
a) El acopio de materiales y el depósito temporal de material reutilizable deberá realizarse en zonas autorizadas por Tirme, en cuyo caso se cumplirán las condiciones especificadas en dicha autorización.
b) La entidad no almacenará sustancias peligrosas sobre el terreno desnudo, o en las proximidades de arquetas o canalizaciones de agua, redes de drenaje, etc.
c) En caso de almacenamiento de combustibles, la entidad dispondrá de mecanismos para la detección de fugas. Si se detectase algún tipo de fuga, la entidad estará obligada, por un lado a la elaboración de los estudios necesarios, incluida la
realización de analíticas para determinar la naturaleza del elemento fugado, el alcance de la fuga y de la contaminación, y por otro a comunicar a Tirme los resultados.
d) La entidad adoptará las medidas necesarias (cubetos, separadores, etc.) para evitar la incorporación de sustancias peligrosas al terreno, medio hídrico o las redes de aguas, tanto si están almacenadas en depósitos fijos como en depósitos móviles, zonas de almacenamiento, etc.
e) La entidad recogerá los derrames de materiales o sustancias peligrosas de cualquier naturaleza, ya sea en áreas pavimentadas o sobre terreno desnudo, para lo cual dispondrá de medios personales y materiales necesarios y oportunos. Posteriormente realizará la adecuada retirada y almacenamiento de los materiales o sustancias peligrosas recogidas.
- Los vehículos y maquinaria de la entidad serán objeto de los correspondientes controles de ITV, de cualesquiera inspecciones obligatorias, o en su defecto un mantenimiento planificado, en los plazos normativamente señalados o asumidos en virtud del mencionado mantenimiento planificado.
a) La entidad adoptará las medidas necesarias (cubetos, separadores, etc.) para evitar la incorporación de contaminantes al terreno, medio hídrico o las redes de aguas, durante las operaciones de mantenimiento y lavado de vehículos y equipos de cualquier naturaleza.
b) La entidad estacionará sus vehículos y maquinaria en lugares habilitados para ello y siempre que fuera posible sobre terreno pavimentado o en otras áreas expresamente autorizadas por Tirme para tal fin, en cuyo caso deberá cumplir las condiciones especificadas en dicha autorización.
c) La entidad recogerá los derrames que se produzcan durante el desarrollo de sus trabajos, ya sea en áreas pavimentadas o sobre terreno desnudo, para lo cual dispondrán de los medios materiales y humanos necesarios y oportunos. Posteriormente realizará la adecuada retirada y almacenamiento de los residuos que se pudieran producir.
d) La entidad no abandonará y/o desguazará vehículos o equipos de cualquier naturaleza en las zonas adscritas a Tirme para el cumplimiento de sus fines, salvo autorización expresa, en cuyo caso deberá cumplir las condiciones especificadas en dicha autorización.
- Como la actividad desarrollada en los trabajos objetos del contrato, conllevan emisiones a la atmósfera, la entidad adoptará las medidas adecuadas para su minimización.
Tirme podrá solicitar los resultados de las medidas adoptadas, estando la entidad obligada a suministrar la información pertinente.
- La entidad no realizará vertidos que previsiblemente contengan sustancias contaminantes, ya sea de forma directa o indirecta, a las redes de agua residuales, pluviales, terreno o medio hídrico de los recintos adscritos a Tirme para el cumplimiento de sus fines, salvo que la entidad cuente con la autorización expresa de Tirme, en cuyo caso deberá cumplir las condiciones especificadas en dicha autorización que incluirá, si es necesario, un tratamiento previo del vertido.
- Antes de la finalización del contrato, las instalaciones y / o terrenos utilizados por la entidad quedarán libres de residuos, vertidos, materiales de construcción, maquinaria, etc., y de cualquier tipo de contaminación.
- Al efecto de lo dispuesto en el apartado doce, la entidad elaborará a requerimiento expreso de Tirme los estudios para la evaluación de los daños ambientales que su actividad hubiera podido causar en suelo, subsuelo, acuífero, aguas superficiales u otro ámbito del entorno ambiental, y ello sin perjuicio de que la entidad realice cualquier estudio o informe que fueran requeridos por las administraciones competentes.
- Igualmente, la entidad está obligada a reparar los daños, dando cuenta a Tirme de dicha reparación a través de un estudio que demuestre la efectividad de las medidas adoptadas.
- La entidad responderá ante cualesquiera administraciones, europeas, estatales, autonómicas o locales de las infracciones de cualquier normativa con trascendencia medioambiental que le sean imputadas a la misma o a sus contratas y / o subcontratas, así como de los daños y perjuicios derivados de sus actividades o de las actividades de sus contratas y / o subcontratas, sean o no causados de forma dolosa, tanto por actuación como por omisión, incluidos los relativos a la imagen pública de Tirme.
En el caso de que debido a actuaciones u omisiones de la entidad, de sus contratistas o subcontratistas, Tirme fuese sancionada bien en exclusiva o con carácter solidario, la entidad se obliga a abonar a Tirme la cantidad que resulte de la sanción, al primer requerimiento de Tirme, sin perjuicio de las acciones legales que posteriormente le pudieran corresponder.
- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones medioambientales establecidas en esta cláusulas será considerado como infracción contractual, independientemente de las sanciones administrativas y de la indemnización por daños y perjuicios a que hubiere lugar. Estas infracciones llevarán aparejadas la imposición de las correspondientes sanciones en forma de penalizaciones contractuales, pudiendo llegar a ser causa de rescisión del contrato.
14. CONFIDENCIALIDAD
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, “LOPD”), los datos de carácter personal del responsable (en adelante, el “PROVEEDOR”), serán recogidos en ficheros de datos cuyo Responsable es TIRME,S.A., pudiendo el PROVEEDOR, ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de dichos datos, en los términos y condiciones previstos en la propia LOPD y en su normativa de desarrollo, en las oficinas de TIRME,S.A.
- Los datos personales del Proveedor o, en su caso, de la persona que le represente a los efectos del presente Contrato, serán tratados con la finalidad de poder gestionar y llevar un control de las relaciones con sus proveedores, esto es, entre otras, la gestión de facturación, de los pagos, así como, en su caso, cumplir con las obligaciones legales que pudieran derivarse de dichas relaciones.
- El Proveedor consiente que, en su interés o en el de la entidad a la que representa, TIRME, S.A. comunique sus datos de carácter personal a terceras personas para los fines antes indicados. Mediante la aceptación de lo dispuesto en la presente cláusula El Proveedor se da por informado de lo dispuesto en el artículo 27 LOPD relativo a la comunicación de la primera cesión de datos.
- Cada una de las Partes autoriza que aquellos datos de carácter personal que pudiesen haber facilitado o pudiesen facilitar a la otra, con ocasión de la suscripción y desarrollo del Contrato, podrán ser incorporados a ficheros automatizados de datos de carácter personal de gestión de clientes o proveedores según sea el caso, titularidad del Proveedor o de TIRME, respectivamente. Ambas Partes señalan sus respectivos domicilios sociales a los efectos del ejercicio de los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación establecidos por la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Cualesquiera documentos, datos y otra información relativa al Contrato que puedan ser manejados por cualquiera de las Partes de este Contrato, deberán ser tratados como estrictamente confidenciales y no deberán ser divulgados en modo alguno ni se darán a conocer a cualquier tercero sin el previo consentimiento expreso escrito de la Parte que haya facilitado dicho documento, dato o información, salvo que venga requerido por un órgano judicial o tribunal arbitral competente, en cuyo caso se acordaría por las Partes el modo de suministrar la información.
- Toda la información facilitada se considera privada y confidencial, siendo propiedad de quien la haya aportado, por lo que las otras Partes se abstendrán de realizar acciones u omisiones que perjudiquen la titularidad de la propiedad de dicha información por parte de quien la haya aportado.
- Esta obligación de confidencialidad perdurará tras la extinción del presente contrato.
- Ambas partes se obligan recíprocamente a transmitirse toda la información que pudiera ser necesaria para el adecuado cumplimiento de sus respectivas obligaciones.
- Tendrá la consideración de información confidencial toda la información que, cualquiera que fuere su soporte y forma de comunicación, hubiera sido comunicada por una de las partes a la otra y que haya sido clasificada como de propiedad exclusiva y/o confidencial o que, por su naturaleza y/o las circunstancias en que se produzca la revelación, deba de buena fe estimarse como confidencial. También tendrá la consideración de información confidencial el contenido del presente contrato y sus anexos.
- La información será tratada confidencialmente por las partes y no será revelada por el receptor sin el consentimiento previo del transmitiente de la información. A tal fin, ambas partes se obligan a adoptar cuantas medidas sean precisas para evitar que terceros no autorizados puedan acceder a la denominada información confidencial, así como a limitar el acceso a dicha información confidencial a los empleados autorizados que precisen disponer de ella para la ejecución del presente contrato, trasladándoles idéntica obligación de confidencialidad.
- Excepcionalmente, esta obligación de confidencialidad no será de aplicación a la información:
a) Que resulte accesible al público por causa distinta del incumplimiento de la obligación de confidencialidad por la parte receptora.
b) Que haya sido publicada con anterioridad a la fecha del presente contrato.
c) Que no esté sujeta a un acuerdo de confidencialidad entre las partes, siempre que este hecho sea puesto de manifiesto a la otra parte en el momento de la revelación.
d) Que sea recibida a través de terceros sin restricciones y sin que implique incumplimiento del presente contrato.
e) Que sea independientemente desarrollada por la parte receptora.
- Asimismo, no está sujeta a la obligación de confidencialidad aquí prevista la revelación de información confidencial que responda al cumplimiento de una orden de naturaleza judicial o administrativa, y siempre que la parte que hubiera recibido la orden correspondiente informe previamente por escrito a la otra parte acerca de la obligación de proceder a dicha revelación.
- Transcurrida la vigencia del presente contrato, las partes deberán devolver la información confidencial recibida o certificar haberla destruido.
15. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
- El Contrato se someterá expresamente al derecho español; tiene carácter mercantil, será interpretado en sus propios términos y se regirá por las cláusulas en él contenidas y, en lo que en ellas no estuviera previsto, se atendrán las Partes a las disposiciones del Código de Comercio o xx xxxxx especiales, a los usos y costumbre mercantiles y, en su defecto, a lo dispuesto en el Código Civil.
- Las Partes contratantes, con renunciaran a su propio fuero, se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales y Juzgados de Palma de Mallorca para dirimir las cuestiones que puedan derivarse en relación con la interpretación, cumplimiento, resolución y ejecución del presente Contrato.
16. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Las partes procurarán solucionar amistosamente todas las cuestiones que puedan surgir con motivo de la interpretación o cumplimiento del Contrato.
El contrato se podrá resolver por las causas y en la forma previstas por la Ley.
En particular, será causa de resolución del contrato por parte de TIRME S.A. sin que el Proveedor tenga derecho a indemnización alguna:
- La cesión del servicio objeto de este contrato a otra entidad, sin previa autorización expresa de TIRME S.A.
- El incumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas en materia de prevención de riesgos laborales.
- Si de la certificación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social (artículo 42 núm. 1 del Estatuto de los Trabajadores) y del Certificado de Contratistas y Subcontratistas (artículo 43 núm. 1F Ley General Tributaria.- Modelo 01-C), resultasen descubiertos por cuotas atrasadas.
- Que TIRME S.A. reciba orden expresa de resolución del contrato por parte del Consell de Mallorca
- Que la entidad ofertante no cumpla en algún momento con los requisitos técnicos para ejercer su labor en la comunidad autónoma.
- Que a juicio de Xxxxx S.A. el servicio no se preste con los estándares de calidad y excelencia que se exigen en la presente petición de ofertas.
- Que la entidad ofertante incumpla de manera sistemática los plazos de entrega exigidos por la legislación vigente.
En todo caso, cada una de las partes debería notificar fehacientemente por escrito a la otra su intención de resolver el contrato por cualquiera de las causas anteriormente citadas con la debida antelación, que tanto durante el período inicial de vigencia como durante los años siguientes objeto de prórroga, nunca será inferior a tres meses.
17. INSPECCIÓN DEL SERVICIO
TIRME, en calidad de Concesionario Público de la Gestión de Residuos Urbanos de Mallorca, así como el Consell de Mallorca, se reservan el derecho a inspeccionar, cualquiera de las fases del servicio contratado.
18. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Las entidades que opten por ofertar el servicio de ejecución del estudio de minimización de olores solicitado deben tener la capacidad técnica para realizar este tipo de estudios y debe incluir en su oferta la experiencia acreditada en este tipo de trabajos. Sólo se valorarán aquellas ofertas que cumplan las premisas de este pliego y que se indican en los puntos posteriores.
18.1. Criterios de Valoración de las ofertas
La selección de la entidad mejor valorada se realizará mediante la evaluación de las ofertas presentadas, atendiendo a los criterios técnico, económico y de la posible experiencia demostrada.
Las puntuaciones máximas para cada criterio son:
- OFERTA TÉCNICA: 50 puntos
- OFERTA ECONÓMICA: 40 puntos
- EXPERIENCIA CON EL PROVEEDOR: 10 puntos
La selección de la entidad mejor valorada se realizará mediante la evaluación de las ofertas presentadas, atendiendo a los criterios técnico, económico y de la posible experiencia demostrada (puntuación sobre 100).
18.2. Valoración Técnica
En la parte técnica las ofertas se evaluarán con respecto a los siguientes aspectos de cada una de ellas, con la puntuación máxima en cada una anotada a continuación, hasta llegar a un máximo de 50 puntos:
Alcance del suministro y documentación entregada. Se descartarán aquellas ofertas que no cumplan el alcance indicado en el pliego. Puntuación máxima (Pmáx) = 45
La oferta entregada debe hacer mención expresa y recoger todos los condicionantes del presente pliego. Se indicarán en nota aparte aquellos que no son recogidos.
Se deberá hacer mención expresa a las subcontrataciones que se realicen, indicándose el alcance de éstas.
Dentro de este punto se valorarán además:
a. Plazos de entrega: Se penalizará con 10 puntos por ampliaciones en los plazos de entrega.
b. Requisitos sobre informes. Se descartará la oferta si no se recoge expresamente los condicionantes sobre los informes indicados en el presente pliego.
c. Parámetros acreditados. Se restarán dos puntos por cada parámetro no incluido en el alcance de acreditación del laboratorio (máx. 8 puntos).
Seguro de Responsabilidad civil Pmax= 1
Es obligatoria la presentación del seguro de responsabilidad civil. El incumplimiento de este punto descartará la oferta automáticamente.
Certificaciones, Responsabilidad Social y Medioambiental. Pmax=4
Si se posee algún certificado de los indicados se valorará la oferta con 2 puntos por cada uno de ellos (máximo 4).
Es imprescindible la presentación de los certificados de los anexos III, IV y V firmados junto con la oferta. En el caso de no presentarse, se descartará la oferta.
18.3. Valoración Económica
En la parte económica no se admitirá ninguna oferta que esté por debajo del 20 % de la media aritmética de las ofertas presentadas, al considerarse baja temeraria, salvo que la entidad ofertante haya realizado anteriormente los trabajos para TIRME sin ninguna incidencia relacionada con falta de medios materiales o de recursos humanos, en cuyo caso se aceptará.
Se valorarán los costes asociados a los controles previstos de 1 año de servicio.
La valoración de la oferta económica se realizará con la fórmula:
Puntuación
40 (1 2 (Pi Pmin ))
i
Pmin
Donde:
Pi= Precio de la oferta (i) en euros.
Pmin= Precio menor ofertado sin incurrir en baja temeraria.
El valor obtenido se redondeará eliminando decimales. Los precios de las ofertas se considerarán sin el IVA.
Si el resultado resultase negativo, se considerará cero su puntuación.
18.4. Experiencia con el Proveedor
Debido a la criticidad del estudio ambiental que se está valorando, adicionalmente se valorará positivamente o negativamente en función de la experiencia que exista con contratos anteriores de la entidad ofertante en trabajos de envergadura similar (calidad del servicio, comportamiento ambiental, prevención de riesgos, flexibilidad ante las necesidades de la instalación, cumplimiento de plazos, etc.).
En caso de no existir se podrá valorar la experiencia con otros contratos de la entidad ofertante en un ámbito de actuación y envergadura similar al del servicio que se solicita en el presente pliego, en cuyo caso la entidad deberá presentar certificado de la empresa/entidad contratante en la que se indique que el trabajo se ha desarrollado satisfactoriamente.
Sobre este criterio se puntuará como máximo un total de 10 puntos (la mitad, en caso de que no se presenten certificados de las referencias).
Se podrán vetar ofertas en las que de forma objetiva se hayan tenido incidencias/penalizaciones/incumplimientos en contratos en los tres años precedentes a la fecha del presente pliego.
ANEXO I: Registro de documentación para coordinación de actividades
En caso de que la empresa ofertante resulte adjudicada se deberá presentar la documentación indicada más abajo a través de nuestra plataforma x-xxxxxxxx.xxx/xxxxx, siguiendo los siguientes pasos:
Para poder dar de alta y activar a los trabajadores que tengan que acceder a TIRME:
1.Será necesario que acceda a la aplicación a través de la dirección xxxxx://xxx.x- xxxxxxxx.xxx/xxxxx, con el Usuario y Password (contraseña) que les será facilitada por nuestro Servicio de Prevención.
2.En el caso de que Xxxxx vaya a enviar personal de su plantilla a nuestras instalaciones, una vez dentro de la aplicación deberá dar de ALTA a sus trabajadores en GESTIÓN-TRABAJADORES-NUEVO
3.Activar a los trabajadores en el Departamento/Área para el que van a trabajar, a través de GESTIÓN-ORGANIZACIÓN-PINCHANDO EN SU EMPRESA-BOTÓN DERECHO- AÑADIR TRABAJADOR
4. Cargar los archivos que se le solicitan dentro de la pestaña DOCUMENTACIÓN.
5.TIRME, a través de e-coordina, validará la documentación adjuntada y en caso de estar incompleta o incorrecta, automáticamente a través de la aplicación recibirá un correo electrónico indicándole el motivo.
6.Para aquellos documentos que dispongan de caducidad, la aplicación le enviará un correo electrónico recordatorio con el aviso.
Le recordamos que en el menú Ayuda, encontrará un manual completo y diferentes
videos de ayuda para facilitarle la ejecución de los procesos más habituales.
El soporte de consultoría telefónico estará habilitado de lunes a jueves (excepto festivos nacionales) en horario de 8h a 16h, Viernes y Agosto (de lunes a jueves excepto festivos nacionales) en horario de 8h a 15 h en el teléfono 00 000 00 00 o en la dirección de correo electrónico xxxxxxx@x-xxxxxxxx.xxx
La documentación que le solicitará la plataforma será la siguiente:
- Fotocopia de sus D.N.I. ( no caducados)
- Fotocopia de sus altas.
- Fotocopia de sus TC 2 y TC 1 mensuales.
- Fotocopia del seguro de responsabilidad civil.
- Certificación negativa por descubiertos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Certificado de contratistas y subcontratistas, art.43.1 f) Ley General Tributaria (Modelo 01C)
Remisión documentación sobre prevención de riesgos laborales.
El Departamento de Prevención de Riesgos Laborales a fin de dar cumplimiento a la ley 31/95 les solicita, que nos remitan con la mayor brevedad posible, la siguiente documentación en relación con los trabajos que su empresa realiza o realizará en TIRME:
- Documentación acreditativa del Sistema de Organización de recursos para las actividades preventivas (Capítulo III, artículo 10 del Reglamento de los Servicios de Prevención).
- Evaluación de riesgos de los puestos de trabajo en TIRME, en lo que se refiere a las condiciones de trabajo aportados por ustedes.
- Documento acreditativo de haber realizado la formación e información a los trabajadores. Sobre todo para los trabajos a realizar en las instalaciones de Tirme S.A.
- Documento acreditativo de haber realizado las labores relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores (Justificante de los reconocimientos médicos donde se indique que es APTO para el trabajo que desarrolla). Sólo se aceptará el personal APTO, no se admiten APTOS CON RESTRICCIONES o LIMITACIONES.
- Documento de nombramiento del responsable de seguridad o recurso preventivo (según trabajo a realizar) con acreditación de formación en materia de prevención de riesgos laborales como mínimo nivel básico.
- Documentos de control de entrega de los equipos de protección individual para el trabajo a realizar.
De acuerdo con el R.D. 216/99, y para poder definir las medidas a adoptar respecto a la coordinación de actividades preventivas de TIRME con las empresas Contratadas/subcontratadas que poseen trabajadores de empresas de trabajo temporal, les requiere que nos lo comuniquen de inmediato, para solicitarles la información pertinente. En caso contrario deben mandarnos documento acreditativo en el cual se notifique que no poseen trabajadores de empresas de trabajo temporal desarrollando sus funciones en TIRME.
Subcontratación.
- Deberá avisar a la persona de contacto si tuviera intención de subcontratar los trabajos solicitados para su aprobación y autorización.
- Si se aprobase y autorizase la subcontratación deberán solicitar a la empresa la misma documentación solicitada en este documento.
- Acreditación del deber de coordinación entre empresas concurrentes, (R.D., 171/2004).
- Acta de coordinación entre ustedes y sus subcontratas.
Documentación de autorización del personal.
- Debido a la existencia de un control de acceso a las instalaciones donde se realizará el trabajo, es imprescindible la cumplimentación del documento que se adjunta (Relación del personal: Nombre, apellidos, DNI y categoría profesional). Sólo se permitirá la entrada a dichas instalaciones al personal que en él se autorice. Cualquier cambio que se produzca, abandono, despido, incorporación, etc., se nos deberá comunicar de inmediato.
Durante la realización de trabajo.
- Si se supera el primer mes:
Se enviarán los TC1 y TC2 cada mes, para conformar la factura.
- Si se produce algún cambio del personal:
Se enviará el Alta en la Seguridad Social o TC2, Documento acreditativo de formación y reconocimiento médico del nuevo personal, de inmediato.
- Si se prolonga la estancia y se produce un cambio de actividad:
Se enviará la evaluación de riesgos de la nueva actividad a desarrollar.
ANEXO II: Autorización del personal para acceso a las instalaciones de TIRME.
Para conseguir la tarjeta de entrada del personal o acceder a nuestras instalaciones, la empresa contratista directa de TIRME S.A. deberá cumplimentar el siguiente documento.
Relación del personal: Nombre, apellidos, DNI y categoría profesional
Nombre y Apellidos | DNI | Categoría |
Si se subcontratan trabajos, rellenar el siguiente apartado:
La Empresa contratista de TIRME S.A. autoriza a la empresa subcontratista directa o indirecta de ésta para los trabajos de , el acceso a las instalaciones de TIRME, S.A. por subrogarse a nuestro Plan de Seguridad y Salud o Evaluación de Riesgos ( o haber presentado su propio Plan de Seguridad y Salud o Evaluación de riesgos) y poseer Servicio de Prevención.
Y autoriza el acceso a las instalaciones a los siguientes operarios:
Nombre y Apellidos | DNI | Categoría |
De los cuales, se confirma que poseen la formación e información necesaria, los epi’s adecuados y confirma que se les ha realizado el preceptivo reconocimiento médico.
ANEXO III : Responsabilidad Social
DECLARACIÓN JURADA DE AUSENCIA DE INCIDENTES EN MATERIA DE LEGISLACIÓN LABORAL | Código: R00-CO01-03 Revisión:1.2 Aprobado por: X. Xxxx | |
el: 08/04/2011 | ||
Página 1 de 1 |
TIRME es una empresa que ha asumido el compromiso de incorporar a su gestión las consideraciones sociales y de conciliación familiar, habiendo adquirido la correspondiente certificación y aspirando a ser reconocida a nivel interno y externo como una compañía responsable. Consecuentemente exige a sus proveedores un compromiso ético que queremos materializar mediante la siguiente declaración:
D/Xx………………………………………………………………………………………………………………………………….
de la Empresa ……………………………………………………………………………………………………………..
DECLARA:
Que la empresa a la que representa respeta en todo momento la legislación laboral vigente aplicable a sus actividades y centros de trabajo, no habiéndose producido incidentes relacionados con esta materia.
Que hasta la fecha de la presente declaración, y desde que se iniciaron los trabajos relacionados con el servicio solicitado por TIRME, no se han producido incidentes laborales relacionados con la ejecución del mismo.
Asimismo, se COMPROMETE a comunicar a TIRME incidentes relacionados con la legislación laboral que puedan afectar a la ejecución del servicio del que trae causa la presente relación.
Que la empresa a la que representa manifiesta su intención de respectar los principios que a continuación se detallan:
- El respecto a la dignidad humana
- La supresión de la explotación infantil
- La supresión del trabajo forzoso
- La no discriminación e igualdad ante la ley
- La igualdad de oportunidades
- La protección del medio ambiente en un marco de desarrollo sostenible
A los efectos que proceda extiendo la presente declaración en……………………………………………………
a ………………………………… de …………………………………………. de …………………
Firmado
(Sello de la empresa)
ANEXO IV: Declaración Jurada de idoneidad empresarial
ANEXO 1 CGCOS Declaración jurada de idoneidad empresarial de capacitación para la contratación en materia de capacitación, acreditación y legislación laboral. | Código: R00-CO01-11 Revisión:1.0 Aprobado por: R. Guinea Fecha: 08/02/2018 Página 1 de 1 |
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA EMPRESA:
D/Xx …………………………………………………………, con D.N.I , en representación de
la empresa contratista ……………………………………., con C.I.F. ………………………, y de sus subcontratistas, a los efectos del presente documento en calidad de
……………………………………….., y disponiendo de poder legal suficiente para actuar como representante de la citada empresa, a la vista de los datos obrantes en mi poder, y bajo mi responsabilidad, en relación a la documentación y acreditaciones necesarias para poder suscribir un contrato con la empresa Tirme, S.A.,
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que la empresa a la cual represento;
Cumple con todos los requisitos legales necesarios en todos los ámbitos de su actividad.
Dispone de toda la documentación técnica, administrativa y laboral que incluye todo lo referente a la prevención de riesgos laborales.
Está capacitada, debidamente acreditada y/o certificada para la ejecución del contrato. Puede demostrar su solvencia económica mediante cuentas auditadas.
Dispone de las pólizas de seguros de daños materiales y de responsabilidad civil con coberturas suficientes y acordes al objeto del contrato.
Que tiene en su poder, y presentará en tiempo y en la forma adecuada, toda la documentación necesaria para poder llevar a cabo con total garantía la ejecución del suministro, obra o servicio objeto del contrato.
Y para que así conste a todos los efectos firmo la presente “DECLARACIÓN RESPONSABLE” en………………............. a ………….. de ………………........ de 201...
ANEXO V: Tratamiento y cesión de datos de carácter personal
Código: R00-CO01-12 | ||
ANEXO 2 CGCOS Tratamiento y cesión de datos de carácter | Revisión:1.0 Aprobado por: R. Guinea Fecha: 08/02/2018 | |
personal | Página 1 de 1 |
COMUNICACIÓN DE LA EMPRESA: ……………………………………………………………………………………………..
Por medio de la presente, la empresa citada en el encabezamiento le informa que va a proceder a la comunicación y cesión de sus datos personales a la sociedad TIRME, S.A. puesto que en virtud del contrato mercantil de prestación de servicios suscrito entre ambas sociedades usted prestará servicios en las instalaciones de TIRME, S.A.
Pues bien, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, como hemos señalado en el párrafo anterior, le informamos que los datos personales que nos facilite durante la vigencia de nuestra relación laboral serán incorporados en un fichero responsabilidad de TIRME, S.A. a los meros efectos de que ésta pueda velar por el mantenimiento y cumplimiento tanto de la relación comercial existente como de las obligaciones legales que les son exigibles.
Asimismo, la cesión de sus datos personales a TIRME, S.A. tiene por finalidad autorizar su acceso automatizado a sus instalaciones puesto que requiere la identificación por huella da ctilar.
TIRME, S.A. se compromete a tratar confidencialmente los datos personales que nos facilite, no pudiendo revelar dichos datos a terceros sin la expresa autorización de la empresa contratista y el consentimiento previo del transmitente de la información.
A tal fin, TIRME, S.A. se obliga a adoptar cuantas medidas sean precisas para evitar que terceros no autorizados puedan acceder a la denominada información, así como a limitar el acceso a la misma a los empleados autorizados que precisen disponer de ella para la ejecución del presente contrato, trasladándoles idéntica obligación de confidencialidad. Únicamente quedará excluida de la obligación de confidencialidad aquí prevista la revelación de información que responda al cumplimiento de una orden de naturaleza judicial o administrativa.
Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos, usted podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a los datos cedidos a TIRME, S.A., en el centro de trabajo de la misma sito en Xxxx. xx Xxxxxx, xx 0,0 - 00000 Xxxxx xx Xxxxxxxx.
Recibí la información sobre la comunicación y cesión de los datos. Nombre del trabajador:
DNI:
Fecha: Firma: