Otros supuestos Cláusulas de Ejemplo

Otros supuestos. La privación de libertad, mientras no exista sentencia condenatoria, se considerará supuesto suspensivo con reserva del puesto de trabajo. En el supuesto de que dicha privación tuviera que ver con la relación laboral, se estará a lo dispuesto en el capítulo XI sobre ordenación jurídica xx Xxxxxx y Sanciones.
Otros supuestos. Previa negociación con los representantes sindicales del ámbito correspondiente y para aquellos servicios, oficinas, centros y dependencias que, por razón de su horario de apertura y funcionamiento u otras características especiales derivadas de su peculiar naturaleza o funciones así lo requieran, los Secretarios Generales u órgano equivalente de los Organismos Autónomos dependientes de la Administración de la Comunidad así como el Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, establecerán las adaptaciones oportunas del régimen de disfrute de las vacaciones, así como las compensaciones que en su caso puedan establecerse.
Otros supuestos. Previa negociación con el Comité de Empresa y para aquellos servicios, oficinas, centros y dependencias que, por razón de su horario de apertura y funcionamiento u otras características especiales derivadas de su peculiar naturaleza o funciones así lo requieran, el Ayuntamiento, establecerán las adaptaciones oportunas del régimen de disfrute de las vacaciones, compensándose con tres días adicionales.
Otros supuestos.  Si se ha marcado la opción jornada incompleta, independientemente del nº de horas que tenga el contrato habrá que aceptarlo xxxxxx se justifique alguna de las causas que figuran en el apartado anterior.
Otros supuestos. La tasa de interés general en el mercado en operaciones pasivas es de 30% 1 aproximadamente. Tasa de interés incremental del arrendatario 32%. Suponga que el arrendatario 2 no conoce la tasa de interés del contrato, y por tratarse de una máquina especial, el precio xx xxxxxxx del equipo no es claramente determinable. Se trata de un contrato de arrendamiento capitalizable, tipo venta, puesto que la 4 opción de compra es a un precio reducido. Se supone que no hay costos futuros para el arrendador, y el cobro de los pagos por rentas se encuentra razonablemente asegurado. El valor de la venta es el valor presente de la suma de $322,758, en virtud de 5 que el monto de la opción es mínimo, sobre todo si se consideran las tasas de interés tan altas, las que, obviamente sugieren una inflación. Tabla de amortización del arrendador 6 En el asiento 1 se dedujo del costo de ventas el valor presente de la opción de 1 compra, para cumplir con el párrafo 14 del boletín. Si el arrendatario no tomara la opción de compra, el bien regresaría al 2 arrendador, quien, seguramente, lo vendería en un precio mayor a $27,242. Empero, si lo vende a un precio menor, carecería de importancia relativa en el contorno económico de fin del tercer año. Los intereses de la opción de compra se reconocieron hasta que el arrendatario 3 decidió tomarla y pagarla, en virtud de no estar garantizada. En este problema se estimó un valor residual no garantizado, pero como ese 4 valor es un precio reducido se incluyó en el cálculo del valor presente. Si la opción de compra fuera alta y no estuviera garantizada por el arrendatario, el contrato probablemente sería operativo. Si la opción es garantizada por el arrendatario, el contrato sería probablemente de tipo capitalizable. Indudablemente que el arrendatario puede determinar la tasa de interés implícita 5 en el contrato, además debe tener conocimiento del precio xxx xxxxxxx del bien. Como se trata de una máquina específica, hemos supuesto que no tenemos medida xxxxx xxx xxxxxxx. Tabla de amortización. 6 Después del curso del 1er. año, las partes deciden cambiar el contrato del 1 ejemplo 1, por un contrato de arrendamiento operativo de tres años, que incluye rentas anuales de $115,000. Si observamos la tabla de amortización del arrendador, del ejemplo 1, podemos 2 determinar que tiene una inversión bruta y neta como sigue: La diferencia entre la inversión bruta y neta de $56,563, es igual al saldo de la cuenta de ingreso financiero no devengado. Cons...
Otros supuestos. Si una persona física o jurídica, pública o privada, tuviera necesidad, por cualquier causa, de desprenderse de residuos sólidos en cantidades superiores a lo habitual, no podrá depositarlos con los residuos habituales. En estos casos, la persona o entidad transpor- tará los residuos con sus propios medios a los puntos de transformación o eliminación que indique el Servicio Municipal competente, o bien podrá solicitar su retirada al mencionado servicio. En ambos casos, el Ayuntamiento podrá repercutir el correspondiente cargo por la eliminación o transformación de los residuos y, además, en el segundo caso, lo aumentará con el correspondiente cargo de transporte a los centros de eliminación o transformación.

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  • IMPUESTOS Y GASTOS El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente. Cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos al Banco de España como partidas independientes.

  • IMPUESTOS Y DERECHOS 17.1 En el caso de Bienes fabricados fuera del país del Comprador, el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, timbres, comisiones por licencias, y otros cargos similares impuestos fuera del país del Comprador.

  • OTROS GASTOS Todos los gastos de escrituras públicas, formalización del expediente, reintegro del mismo, anuncios y en general cuantos se produzcan a lo largo de la vigencia del contrato hasta la devolución de la garantía definitiva, serán de cuenta exclusiva del adjudicatario.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • PAGO DE IMPUESTOS Será responsabilidad y estará a cargo de “EL PROVEEDOR”, el pago de impuestos y derechos que de acuerdo con las Leyes Mexicanas aplicables, se generen con motivo del presente contrato, salvo el IVA, el cual será trasladado a “LA PROCURADURÍA”.

  • GASTOS E IMPUESTOS Los gastos e impuestos devengados por la formalización de la presente escritura de crédito hipotecario serán asumidos por las partes en los siguientes términos:

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • AMBITO DE APLICACION Toda la Institución, incluyendo depósitos periféricos, Agencias y Tesoros Regionales.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.

  • Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 19 del Anexo I al presente pliego. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 16 del Anexo I al presente pliego. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).