OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. El contratista estará sujeto, entre otras, al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. El concesionario viene obligado, con carácter general a: 1.Cumplir las obligaciones previstas en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el contrato que se formalice y demás documentación contractual y las instrucciones que en ejercicio de las potestades que le corresponda, le dirija este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes. 2. Prestar el servicio a su riesgo y xxxxxxx, con xxxxxxxx de todos los costes y gastos relacionados con el mismo. 3. Prestar el servicio con la calidad exigida y con estricta sujeción a lo exigido en la documentación contractual, pudiendo dictar las instrucciones oportunas, sin perjuicio de las potestades de la Administración. 4. Garantizar el derecho de los ciudadanos a ser beneficiarios del servicio, en los términos previstos en la documentación contractual. 5. No interrumpir la prestación del servicio por ningún motivo, ni aún en el caso de demora en el pago, salvo en los casos y con sujeción a los requisitos legalmente previstos. 6. Continuar en la prestación del servicio una vez extinguido el servicio, hasta el momento en que el mismo comience a ser prestado por un nuevo concesionario o por la propia entidad local. 7. Obtener todas las autorizaciones, permisos, trámites y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la prestación del servicio con anterioridad al comienzo del mismo. 8. Indemnizar los daños que se causen a terceros o a la entidad local como consecuencia de la prestación del servicio. A estos efectos, el concesionario deberá suscribir antes del inicio de la prestación del servicio, una póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de cobertura anual del 10% sobre el precio de licitación. 9. Cumplir las obligaciones de orden laboral, de seguridad social, de integración social de discapacitados/as y tributarias que le sean de aplicación. En particular, estará obligado a adoptar todas las medidas establecidas en la legislación vigente 10. Facilitar el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los servicios que corresponden a la entidad local, cumplimentando y presentando en el plazo fijado la documentación requerida por la Administración para el ejercicio de tales funciones. UGAO-MIRABALLES HIRI PRESTUAREN UDALA (BIZKAIA) XXXXXXXXXXXX XX XX X. XXXXX DE UGAO-MIRABALLES (BIZKAIA) 39
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. El Concesionario se obliga a cumplir las obligaciones dispuestas en esta Sección en todas las Etapas del Contrato.
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. Sin perjuicio de lo señalado en otras Secciones de este Apéndice, en otros Apéndices y/o en el Contrato de Concesión, el Concesionario deberá cumplir con las siguientes obligaciones generales de carácter ambiental durante la ejecución del Contrato:
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. (a) El Concesionario cumplirá desde la Fecha de Inicio con las exigencias ambientales establecidas por la Ley Aplicable y/o por la Autoridad Ambiental, contenidos en la Licencia Ambiental y/o Plan de Manejo Ambiental y/o PAGA y/o demás Licencias y Permisos de carácter ambiental.
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. (a) Para la ejecución del contrato y adelantar la gestión ambiental del proyecto, el Concesionario como mínimo debe contar con el siguiente personal con una dedicación del 100%: Fase de Preconstrucción: - Un Especialista ambiental para todo el proyecto. - Dos Residentes Ambientales para todo el proyecto. - Dos Auxiliares Ambientales para todo el proyecto. Estos profesionales deberán ser contratados dentro de los quince (15) días calendario siguientes de la suscripción del acta de inicio, con el fin de adelantar los trámites ambientales previos y en concordancia con las demás partes del contrato. Fase de Construcción: - Un Especialista ambiental para todo el proyecto. - Dos Auxiliares Ambientales para todo el proyecto - Un Residente Ambiental por cada dos (2) UF´s con actividades de construcción activas. - Un Inspector Ambiental por cada dos (2) UF´s con actividades de construcción activas. - Un Biólogo para todo el proyecto especialista en manejo de fauna y con conocimiento en implementación de planes de compensación del medio biótico. - Un Ing. Forestal con conocimiento en formulación, implementación y seguimiento de planes de compensación del medio biótico.
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. El Concesionario asumirá la plena responsabilidad del buen fin de la obra, siendo el único responsable, tanto frente al Ayuntamiento como frente a terceros, de los daños causados durante la ejecución de la misma y responsabilidades posteriores que puedan derivarse de ésta durante el periodo de la concesión. El concesionario está obligado a mantener en todo momento los servicios públicos existentes. Serán por cuenta del concesionario todos los medios requeridos para la materialización y puesta en funcionamiento de todos los elementos, unidades, etc., definidos en los documentos del proyecto. El concesionario tramitará y abonará todos los gastos exigidos para el funcionamiento de los edificios, incluidos los relativos a acometidas, pagos a compañías suministradoras y legalización de las instalaciones.
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. El Concesionario asumirá la plena responsabilidad del buen fin de la obra, siendo el único responsable, tanto frente al Ayuntamiento como frente a terceros, de los daños causados durante la ejecución de la misma y responsabilidades posteriores que puedan derivarse de ésta durante el periodo de la concesión. El concesionario está obligado a mantener en todo momento los servicios funerarios existentes. Serán por cuenta del concesionario todos los medios requeridos para la materialización y puesta en funcionamiento de todos los elementos, unidades, etc., definidos en los documentos del proyecto. El concesionario tramitará y abonará todos los gastos exigidos para el funcionamiento de los edificios, incluidos los relativos a acometidas, pagos a compañías suministradoras y legalización de las instalaciones. El adjudicatario de la concesión se compromete a garantizar que el Ayuntamiento xx Xxxxxxx tenga conocimiento mensual de los consumos energéticos generados en la prestación del servicio.
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. El concesionario está sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones de conformidad con el artículo 288 de LCSP:
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. La Concesión