MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES Cláusulas de Ejemplo

MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. Las empresas licitadoras harán constancia expresa y detallada de la maquinaria y medios auxiliares que se adscriban al servicio, atendiendo no solamente a la funcionalidad de los mismos, sino también a criterios medioambientales, y que serán coherentes con los programas de trabajo y las zonas de actuación. En cualquier caso, la empresa adjudicataria deberá prever unos medios de reserva suficientes para garantizar la marcha normal de los trabajos. Será requisito imprescindible que la totalidad de la maquinaria sea de nueva adquisición.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. El contratista queda obligado a aportar en la obra el equipo de maquinaria y medios auxiliares y humanos que sean precisos para la buena ejecución de aquella, en los plazos parciales y totales convenidos.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. Toda la maquinaria será por cuenta del contratista, así como cualquier otro apero que sea necesario utilizar para la buena realización de los trabajos y que debidamente justificados su utilización deberá ser aprobada por los Servicios técnicos de la Concejalía de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible. La empresa adjudicataria dispondrá de los medios auxiliares necesarios para el desarrollo del servicio, detallándola para los diferentes trabajos a ejecutar. La adquisición o alquiler de todo tipo de material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será de cuenta y cargo del adjudicatario, así como los gastos de entretenimiento, combustible, conservación y mantenimiento para un perfecto funcionamiento durante el período de vigencia del contrato. El adjudicatario deberá aportar cuantas herramientas se precisen para una buena realización del servicio concursado y dispondrán de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. Todas ellas deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. 42.1. Las Empresas licitadoras harán constancia expresa y detallada de la maquinaria y medios auxiliares que se adscriban al servicio, atendiendo no solamente a la funcionalidad de los mismos, sino también a criterios medioambientales, y que serán coherentes con los programas de trabajo y las zonas de actuación.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. La maquinària a utilitzar serà la pròpia del transport del personal i estris de mà, en número suficient perquè no existeixin dependències o torns en el seu ús. Els vehicles per a traslladar el personal i les eines manuals hauran de ser els adequats per a complir els dos usos. Es valorarà positivament la major capacitat i versatilitat dels vehicles que l’empresa proposi en la seva oferta així com el seu estat i amortització. En tot cas els vehicles hauran de ser de color blanc i dotats de senyalització de vehicles de serveis, inclosa la dotació de la llum rotativa. En tots els vehicles es col·locarà, en la manera que es determini, el distintiu de l’Ajuntament de Cubelles. Tots els vehicles hauran de presentar una imatge digna i neta, sense que es permeti la modificació de la carrosseria o la col·locació de rètols, adhesius o altres marques i senyals alienes al servei o no autoritzades de manera expressa per l’Ajuntament de Cubelles. La recollida de residus i bosses es realitzarà amb l’assistència de vehicles especials, els quals concentraran aquests residus en els punts que s’assenyalin per a la seva recollida. La proposta podrà introduir millores en l’organització i la dotació dels sistemes de treball. Aquestes millores no podran, en cap cas, reduir les prestacions que es dedueixin dels sistemes i mitjans que es mencionen en el present plec i en els programes anuals. En el cas de presentar sistemes alternatius, l’empresa haurà d’acompanyar la documentació relativa als mateixos, incloent expressament les dades referides a rendiments i costos unitaris. La utilització dels vehicles en l’àmbit de la sorra es restringirà al màxim entre les 10 del matí i les 8 de la tarda, requerint-se permís especial del responsable tècnic dels treballs per la seva utilització dins d’aquesta franja horària.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. Será de cuenta y riesgo del CONTRATISTA el suministro, transporte, preparación, montaje y desmontaje en obra de toda la maquinaria y medios auxiliares, asumiendo aquella por entero las responsabilidades que se deriven de las disposiciones y condiciones de dichos medios auxiliares, en caso de insuficiencia o imperfección de los mismos.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. El adjudicatario dispondrá de la maquinaria y medios auxiliares necesarios para el desarrollo de su misión y la detallará en la oferta agrupándola de la siguiente manera: · Maquinaria para los trabajos de mantenimiento de praderas y arbustivas · Maquinaria para los trabajos de mantenimiento de arbolado · Maquinaria para los trabajos de limpieza. La adquisición de todo tipo de material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será de cuenta y cargo del adjudicatario, así como los gastos de entretenimiento, conservación y mantenimiento para un perfecto funcionamiento durante el período de vigencia del contrato. El Ayuntamiento entenderá que el material ofertado en la propuesta ha sido considerado por el licitador como suficiente para la realización de las labores de conservación y mantenimiento y de no resultar así, el adjudicatario deberá adquirir, a su riesgo y xxxxxxx, el preciso para la correcta prestación. Estará igualmente obligado a la reposición del material y maquinaria y únicamente cuando el Ayuntamiento ordene la modificación de las prestaciones inicialmente pactadas que aconsejare el interés público, habrá lugar a que el aumento de los materiales sea compensado económicamente. El adjudicatario deberá aportar cuantas herramientas se precisen para una buena realización del servicio concursado y dispondrá de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. Todas ellas deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento. El adjudicatario deberá tener un sistema de comunicación interna y externa de tal forma que durante la jornada laboral, el personal técnico y capataces y/o encargados puedan ser localizados por el Area de Obras y Servicios.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. El adjudicatario dispondrá de la maquinaria y medios auxiliares necesarios para el desarrollo de su misión. La adquisición de todo tipo de material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será por cuenta y cargo del adjudicatario (abonos, tratamientos de cualquier tipo, semillas, bolsas para residuos, etc) así como los gastos de entretenimiento y conservación para su perfecto funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato. Por parte de Limancar S.L.U se entenderá que el material ofertado en la propuesta ha sido considerado por el licitador como suficiente para la realización del servicio y de no resultar así el adjudicatario deberá adquirir, a su riego y xxxxxxx el preciso para su correcta prestación. Estará igualmente obligado a la reposición del material y la maquinaria cuando así sea requerido por los servicios municipales. El adjudicatario deberá aportar cuantas herramientas se precisen para una buena realización del servicio concursado y dispondrá de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. Todas ellas deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento. Para la prestación del servicio la empresa deberá contar, como mínimo, con la maquinaria que a continuación se relaciona: • Vehículo tipo Piaggio Xxxxxx o similar. • Vehículo tipo furgón para transporte del personal y herramientas. • Camión cuba con capacidad adecuada para tratamentos fitosanitarios. • Camión cuba sistema multilift, mínimo 300 kg de carga y 3 xxxxx. • Miniretro. • Camión canasta o plataforma elevadora. • Desbrozadoras. • Astilladora. • Cortasetos. • Cortacésped. • Motosierras. • Mochilas para usos varios. Así como todas las herramientas manuales y elementos accesorios necesarios para una adecuada prestación del servicio contratado. Se admite en lo relativo a vehículos o maquinarías especiales la justificación de alquiler de las mismas para el desarrollo de los trabajos, siempre que esta opción no provoque retrasos ni mermas de ningún tipo en el servicio. El coste de los arrendamientos será en todo momento con cargo al adjudicatario. • Vehículo tipo furgón para transporte del personal y herramientas. • Desbrozadoras. • Astilladora. • Cortasetos. • Cortacésped. • Motosierras. • Mochilas para usos varios.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. El adjudicatario dispondrá de la maquinaria y medios auxiliares necesarios para el desarrollo de su misión. La adquisición de todo tipo de material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será a cuenta y cargo del contratista, así como los gastos de conservación y mantenimiento, para un correcto funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato. La maquinaria o medios auxiliares, tales como andamios o plataformas elevadoras que fueran necesarios para el desarrollo de algunos servicios, se consideran incluidos en los precios unitarios sin que por ello pueda reclamarse cantidad adicional alguna. El adjudicatario deberá aportar cuantas herramientas se precisen para una buena realización del servicio contratado y dispondrá de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. Todas ellas deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento. El Ayuntamiento entenderá que el material ofertado en la propuesta ha sido considerado por el licitador como suficiente para la realización del servicio, y de no resultar así, el adjudicatario deberá adquirir, a su riesgo y xxxxxxx, el preciso para su correcta prestación. Estará, igualmente, obligado a la reposición del material y de la maquinaria y, únicamente, cuando la Corporación, por razones de interés público, ordene la modificación de las prestaciones inicialmente pactadas, habrá lugar a que el aumento de los materiales sea compensado económicamente.
MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES. Las empresas licitadoras harán constancia expresa y detallada de la maquinaria y medios auxiliares que se adscriban al servicio, atendiendo no solamente a la funcionalidad de los mismos, sino también a criterios medioambientales, y que serán coherentes con los programas de trabajo y las zonas de actuación. En el cuadro del apartado 5.1.1 se indican las cantidades mínimas de maquinaria de cada tipo que el contratista ha de tener a disposición del servicio. En las ofertas se podrán proponer una mayor cantidad que la señalada en dicho apartado, comprometiéndose el contratista a poner a disposición del servicio la relación ofrecida si resultase adjudicatario . En cualquier caso, la empresa adjudicataria deberá prever unos medios de reserva suficientes para garantizar la marcha normal de los trabajos. En la oferta se especificarán y describirán cada una de las máquinas que se propone poner a disposición del Servicio. Se indicarán, aparte de las unidades de cada tipo, las marcas y modelos concretos con sus características técnicas más significativas en relación con las labores a realizar con las mismas. Se adjuntarán los cálculos del coste anual de cada tipo, de forma que se justifique el abono de la cuantía del canon por la maquinaria que se oferta. Los cambios que se efectuen en tipos y modelos de maquinaria, así como las complicaciones el parque de maquinaria en cantidades o nuevos tipos, deberán ser previamente propuestos y aprobados por la D.F., y conllevarán la correspondiente actualización del coste de la maquinaria fijado en el canon.