Instalaciones fijas Cláusulas de Ejemplo

Instalaciones fijas. El Ayuntamiento pondrá a disposición del adjudicatario la parcela que ha dado soporte a la actual contrata, sita en la Partida de Vallongas-Paratge Els Cremats, 03291 (Elche) con una extensión aproximada de 22.000 m2. El acceso a estas instalaciones será vigilado y restringido así como de uso exclusivo para la prestación de los servicios incluidos en el presente contrato, no pudiendo ejercer de base ni central subsidiaria para el servicio de otros municipios. En dichas instalaciones fijas se ubican la oficina central, vestuarios, taller y almacén de taller, además de zonas de almacenaje abierto y bajo techo. Los gastos de energía eléctrica y agua de estas instalaciones, así como la de los cuartelillos y puntos limpios correrá a cargo del adjudicatario. Dichas instalaciones satisfarán en todo momento las condiciones de seguridad y salud indicadas en la normativa de prevención de riesgos laborales vigente, así como el resto que le sean de aplicación, como la relativa al almacenaje de herramientas, productos de limpieza, combustible, etc. Las instalaciones contarán con un estado y presencia óptima en todo momento. El adjudicatario deberá tratar las xxxxx xxx xxxxxx de los medios con los dispositivos necesarios, de forma que se minimicen los impactos sobre la red de saneamiento en cumplimiento de lo dispuesto en la ordenanza municipal. En la base se localizarán la dirección y administración del servicio, el consultorio médico, los servicios técnicos, salas de reuniones y resto de despachos. Deberá contar con los sistemas de comunicación necesarios (voz y datos) para establecer una conexión con las dependencias municipales (ordenador, líneas telefónicas y conexión a internet) y poder recibir y contestar a las notificaciones emitidas desde el Departamento de Limpieza y por los ciudadanos.
Instalaciones fijas. La empresa adjudicataria dispondrá, en el área de influencia de la concesión, de las instalaciones fijas necesarias para la prestación del servicio. Estas instalaciones deberán disponer del tamaño suficiente que garantice el normal funcionamiento de la flota adscrita, abarcando zona de aparcamiento cubierto, taller y oficinas. Estas instalaciones además deberán estar adaptadas en cuanto a baños, vestuarios y salas de espera para atender las necesidades propias de los hombres y las mujeres que trabajarán en las mismas. Asimismo, deberá disponer de aquellos elementos necesarios para el cuidado y mantenimiento de los vehículos adscritos. También contarán con la infraestructura necesaria para el correcto funcionamiento del sistema Lurraldebus. Las instalaciones deberán cumplir la normativa vigente en materia de protección del medio ambiente (Ley 3/1998, de 27 de febrero, de Protección General del Medio Ambiente y normas concordantes), y sobre actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Las empresas licitadoras deberán aportar los títulos de disposición de las instalaciones que propongan. La posibilidad de habilitar nuevos espacios en el futuro como estacionamiento y cuidado de la flota queda supeditada al cumplimiento de la normativa citada y al previo conocimiento y aprobación de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa. En este caso, el concesionario asumirá todos los costes del traslado a las nuevas cocheras. El concesionario está obligado a mantener en perfectas condiciones la totalidad de las instalaciones afectas a la prestación de este servicio.
Instalaciones fijas. El adjudicatario deberá disponer para la realización del servicio de local - oficina ubicada en la zona próxima a la Zona de Regulación.
Instalaciones fijas. Se considerarán instalaciones fijas, los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, etc., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material así como para la concentración y distribución del mismo, incluyendo las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios. etc.), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad y Salud Laboral. La red de instalaciones fijas habrá de garantizar los objetivos de una mayor eficiencia operativa, de acuerdo con la naturaleza y la distribución espacial de los diferentes servicios previstos, tanto de limpieza como de recogida así como la mejor distribución de los recursos materiales y/o humanos correspondientes. Las instalaciones fijas necesarias para la realización de los servicios se clasifican en: ➢ Base de Operaciones o Parque Central y Oficinas. ➢ Cantones.
Instalaciones fijas. Se considerarán instalaciones fijas los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, etc., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material y para la concentración y distribución del personal, incluidas las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios, etc.), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Para la concentración y distribución del personal que presta los diferentes servicios el licitador propondrá la utilización de locales estratégicamente situados en la ciudad, cuyo número será el que estime necesario. El licitador deberá indicar en su propuesta el número, dimensión equipación y ubicación de los locales. Por parte del Ayuntamiento se proporcionará un local en la C/ Palangreros. Para la ubicación de las instalaciones fijas del Servicio el adjudicatario dispondrá de una nave taller, preferiblemente en el termino municipal de Portugalete y obligatoriamente fuera xxx Xxxxx Urbano con una superficie útil no inferior a los 1.000 m2. Dicha nave, deberá estar operativa en un plazo no superior a un mes desde la fecha de adjudicación. Esta nave deberá ser guardería de vehículos adscritos al servicio. El licitador deberá indicar en su propuesta el número, dimensión equiparación y ubicación de esta nave.
Instalaciones fijas. Debido a la naturaleza del servicio, la empresa adjudicataria no deberá disponer de forma obligatoria para la realización del servicio de un Local-oficina ubicado en la ciudad.
Instalaciones fijas. Servicios de Txingudi, pondrá a disposición del Adjudicatario las instalaciones fijas que se detallan en el ANEXO VII. Estas serán utilizadas por el contratista en las condiciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Instalaciones fijas. Las naves y oficinas de las que disponga la empresa concesionaria para el desarrollo de sus cometidos habrán de cumplir con todos los requisitos legales pertinentes y deberán estar debidamente identificadas.
Instalaciones fijas. Para la guarda y mantenimiento del material, así como para albergar debidamente al personal y, de acuerdo con las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y disposiciones vigentes, el concesionario dispondrá de las actuales instalaciones propiedad del Ayuntamiento junto al antiguo vertedero municipal. Dichas instalaciones cuentan con la superficie necesaria para albergar los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal y demás dependencias requeridas para el normal desarrollo del servicio. Las instalaciones que utilice el adjudicatario, deberán estar siempre en buenas condiciones de uso, por lo que deberá seguirse un programa de mantenimiento y conservación, durante el tiempo de duración de la presente licitación, debiendo incluir dicho programa en su oferta. Los gastos asociados a mejoras o modificaciones en las instalaciones fijas, así como los gastos de conservación y mantenimiento de las mismas, serán por cuenta y cargo del adjudicatario. El licitador podrá proponer un plan de mejora de las instalaciones siempre y cuando esto no suponga incremento alguno en el presupuesto inicialmente previsto, ni merme las condiciones de habitabilidad, seguridad y operatividad de la solución propuesta. Para aportar datos que permitan valorar la eficacia y viabilidad del sistema de trabajo propuesto, los licitadores deberán aportar la siguiente documentación: Memoria, planos y presupuesto de las obras de mejor adecuación de las instalaciones, que el Excmo. Ayuntamiento pone a disposición, para los fines de la contrata, todo ello firmado por un técnico competente.
Instalaciones fijas. Los licitadores propondrán los edificios, instalaciones y recintos que pondrán a disposición del servicio. Las instalaciones deberán ubicarse en el término municipal. Las instalaciones albergarán las oficinas, dependencias destinadas a los trabajadores, talleres, almacén, parque de maquinaria, vehículos y contenedores. Dispondrán de dependencias para el personal, con áreas de vestuarios, aseos, etc., apropiadas y dimensionadas en base a la normativa de seguridad y salud laboral. El licitador deberá indicar en su propuesta el número de instalaciones, dimensión equipamiento y ubicación de las mismas.