Información Médica Cláusulas de Ejemplo

Información Médica. La enfermera del Colegio tratará los datos de salud de los alumnos, cumpliendo con su deber xx xxxxxxx profesional y guardando la más estricta confidencialidad. No obstante, en caso de que se produjera una situación de emergencia o de seguridad para el resto de la comunidad escolar (por ejemplo, una situación que pudiera llevar a un contagio generalizado), la enfermera del Colegio podrá revelar aquella información sobre un alumno del Colegio que resulte necesaria para aplicar las medidas de seguridad oportunas en el Colegio. Tal información se compartirá de forma confidencial.
Información Médica. Los padres y/o tutores declaran que la información médica proporcionada está completa y exacta.
Información Médica. El Asegurado deberá suministrar todas las informaciones requeridas por la Aseguradora sobre su estado de salud, antes y después de la emisión de la Póliza y autorizará a los profesionales o instituciones donde hubiera sido o sea tratado, a fin de que suministren por su cuenta toda la información necesaria para integrar una cabal y completa historia clínica cuando la Asegurado lo requiera.
Información Médica. El asegurado o el contratante del seguro autoriza expresamente a cualquier médico, empleado de hospital o cualquier otra persona que le haya atendido o haya sido consultada por el asegurado, para que suministre a La Compañía toda la información que ésta considere necesaria y solicite en cualquier tiempo.
Información Médica. Usted tiene derecho a solicitar que nos comuniquemos con usted sobre cuestiones médicas, en un lugar determinado o de cierta manera. Por ejemplo, puede pedirnos que únicamente lo llamemos por teléfono a su trabajo, o que utilicemos un buzón en una oficina de correos para comunicarnos con usted. Para solicitar comunicaciones confidenciales, debe enviar su solicitud detallada por escrito a: Privacy Office of Contra Xxxxx County (Oficina de Privacidad del Condado de Contra Xxxxx), 00 Xxxxxxx Xxxxx #310-E, Xxxxxxxx, CA 94553. Cuando podamos cumplir con su solicitud de manera razonable y legal, lo haremos.
Información Médica. Los padres y/o tutores declaran que la información médica proporcionada está completa y exacta. Acuerdo de Conducta Digital de Tecnología: Los padres y/o tutores declaran haber revisado, comprender y estar de acuerdo con toda la información en el Acuerdo de Conducta Digital que el/los hijo/s o menor/es bajo tutela firmarán durante el primer mes de clases. EC-K: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx/XXX SPA EC-K.pdf G1-G3: H:\Documents\My Documents\Rolforms2021/DCA SPA G1-G3.pdf G4-G5: H:\Documents\My Documents\Rolforms2021/DCA SPA G4-G5.pdf G6 -G12: H:\Documents\My Documents\Rolforms2021\DCA SPA MS&HS.pdf Reglamento Interno: Los padres y/o tutores declaran haber leído el Reglamento Interno publicado en el enlace: Reglamento Interno 2021-2022, y estar de acuerdo con el mismo y se comprometen a cumplir con lo indicado en dicho documento. Asimismo, declaran conocer que el contenido del Reglamento Interno podrá ser modificado, lo que les será oportunamente comunicado y se comprometen a revisar. Si tuvieran alguna consulta, por favor contactar a la Dirección Peruana del Colegio al correo xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx Participación de los Padres de Familia y/o tutores: El Colegio Xxxxxxxxx es un colegio internacional y sujeto a un régimen especial e independiente que ofrece una preparación educativa bajo altos estándares de calidad en idioma inglés para alumnos desde los 3 años de edad hasta el décimo segundo grado. El Colegio Xxxxxxxxx espera que los padres de familia y/o tutores se comprometan a apoyar la Misión, Valores Fundamentales y Objetivos Estratégicos del Colegio Xxxxxxxxx, que se indican en la parte inferior: MISIÓN DEL COLEGIO XXXXXXXXX - Nuestra misión es empoderar a nuestros estudiantes para que persistan en su pasión por el aprendizaje, lleven una vida basada en la integridad personal y creen soluciones socialmente responsables. Nosotros creemos que: acoger y valorar la diversidad sustenta y enriquece la vida. servir desarrolla al individuo y cimienta el sentido de comunidad. la experiencia es la fuente más profunda del aprendizaje. cada persona tiene el potencial para contribuir. la integridad del individuo es fundamental para el logro de una comunidad saludable. elegir empodera. la supervivencia de la humanidad depende de la salud del medio ambiente.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.