FRANQUICIAS Cláusulas de Ejemplo

FRANQUICIAS. Se acordarán franquicias con goce de haberes en el cumplimiento de la jornada de labor, en los casos y condiciones que seguidamente se establecen:
FRANQUICIAS. En caso de ocurrencia de un siniestro amparado por las condiciones señaladas, el arrendatario deberá abonar a GAM: -Máquinas con un valor de compra unitario superior a 6.000 Euros: 10% del importe del siniestro, con un mínimo de 6.000 Euros. En caso de que el siniestro tenga un coste inferior a 6.000 Euros el arrendatario abonará el coste del siniestro. -Máquinas con un valor de compra unitario inferior a 6.000 Euros: el valor de reparación o reposición de la máquina. -Los daños causados a buques tendrán una franquicia de 12.000 Euros.
FRANQUICIAS. Las oficinas nacionales de información y la Agencia Central de Información se beneficia- rán de franquicia postal, así como de todas las exenciones previstas en el Art 110, y, en toda la medida posible, de franquicia telegráfica o, por lo menos, de considerable reduc- ción de tarifas.
FRANQUICIAS. La franquicia a cargo del asegurado será:
FRANQUICIAS. En cualquier siniestro cubierto por este seguro, será de aplicación una franquicia de 300 €, salvo para los riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros, en cuyo caso será de aplicación la que corresponda según su reglamento. Así mismo, en daños por agua la franquicia será el 10% del siniestro, con mínimo de 150 € y máximo de 1.500 €. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL: CONTURSA contratará en nombre del expositor, póliza de seguro de Responsabilidad Civil General con las siguientes características: 1.-Período de Garantía: desde la entrada al recinto ferial incluyendo el montaje, hasta la salida del mismo recinto incluyendo el desmontaje. 2.-Garantía: La responsabilidad civil extra contractual que pueda sobrevenir para el expositor con ocasión de su participación en la Feria siempre que les sean reclamados daños materiales y/o corporales o perjuicios derivados de dichos daños. 3.-Asegurados: los expositores, su personal dependiente y subcontratistas de aquellos. Los subcontratistas que trabajen para y por cuenta del expositor para el montaje/ desmontaje, deberán disponer de póliza de seguro de Responsabilidad Civil. 4.-Terceros: en principio lo es cualquier visitante, el propietario xxx xxxxxxx ferial, la Institución Feria Iberoamericana xx Xxxxxxx, los demás expositores y el personal de éstos.
FRANQUICIAS. En caso de que para alguno de los riesgos se concertase franquicia, la Compañía sólo se hará responsable en cada siniestro indemnizable que afectase a dicho riesgo del exceso sobre la cantidad acordada a tal efecto en las Condiciones Particulares. Si existiesen dos o más franquicias aplicables, se tendrá en cuenta exclusivamente la de mayor importe.
FRANQUICIAS. La Compañía Aseguradora podrá ofertar la franquicia que estime más conveniente para esta Excelentísima Corporación.
FRANQUICIAS. Ninguna.
FRANQUICIAS. Serán de aplicación las siguientes franquicias por siniestro:  Responsabilidad Civil Profesional: 10% de la reclamación con un mínimo de 200 € por siniestro.  Pérdida de documentos: 15% del valor del documento  Resto de garantías: 150 €. Dichas franquicias quedarán a cargo del Asegurado en cada siniestro, cualquiera que sea el número de perjudicados. Queda expresamente indicado que los límites de indemnización contratados actuarán en exceso de las franquicias mencionadas. En el caso de que un siniestro afecte a más de una cobertura de la póliza se aplicará la franquicia más alta de las afectadas.
FRANQUICIAS. Sin franquicia.