Envío y Entrega Cláusulas de Ejemplo

Envío y Entrega. La entrega del Pedido debe hacerse en las cantidades y en las fechas especificadas por la Sociedad. La Sociedad, a su discreción, podrá rechazar la entrega temprana de los Productos. El tiempo es esencial con respecto al Pedido. Los Productos serán empacados adecuadamente, etiquetados de manera clara y protegidos de forma adecuada contra daños y deterioros en el tránsito. A menos que se establezca otra cosa en el Pedido, los Productos serán entregados en horas hábiles normales al lugar de operaciones de la Sociedad u otro lugar que pueda especificarse en el Pedido. El Vendedor se asegurará de que cada entrega vaya acompañada de una nota de entrega que se muestre de manera prominente y que enseñe, entre otras cosas, el número de Pedido, fecha del Pedido, número de paquetes y contenido. No se considerará que la Sociedad ha aceptado los Productos hasta que la Sociedad haya tenido quince (15) días para inspeccionarlos después de la entrega o dentro de un período razonable después de que cualquier defecto latente en los Productos se haya hecho patente. El Vendedor suministrará a la Sociedad a la entrega de los Productos todas las instrucciones operativas y de seguridad, avisos de advertencia mostrados claramente, y otra información que pueda ser necesaria para su uso, mantenimiento y reparación adecuados. Cuando la entrega de los Productos vaya a ser hecha a granel, la Sociedad se reserva el derecho a aceptar hasta cinco por ciento (5%) más o cinco por ciento (5%) menos que la cantidad pedida, y la cantidad entregada será shall pass from the Seller DDP (Delivered Duty Paid) pursuant to INCOTERMS version 2010.
Envío y Entrega. A menos que se establezca expresamente otra cosa en el Pedido, el tiempo de entrega no será esencial. El Comprador dará a la Sociedad aviso escrito con anticipación razonable de las fechas de envío y entrega solicitadas. Todos los calendarios de envío y fechas o períodos de entrega cotizados por la Sociedad son estimaciones únicamente y la Sociedad no es responsable de cualquier demora en el envío, transporte o entrega. A menos que se establezca otra cosa en el Pedido, la selección del transportista y ruta, de envío serán a opción de la Sociedad, pero la Sociedad no asumirá, al ejercer dicha opción de seleccionar al transportista y la ruta responsabilidad en relación con el envío, ni se interpretará en modo alguno que el transportista es el agente de la Sociedad. La Sociedad podrá hacer entregas parciales o podrá descontinuar entregas de cualesquiera Productos, en cualquier fecha, sin aviso. Los Productos serán entregados en los términos establecidos en el Pedido y aceptados por el funcionario autorizado de la Sociedad o contrato, o con base en INCOTERMS versión 2010, en caso de ventas internacionales. Sin el consentimiento expreso por escrito de la Sociedad, el Comprador no tendrá derecho a rehusarse a aceptar la entrega y/o devolver cualquier consignación de los Productos entregados por la Sociedad.
Envío y Entrega. 5.1 Las Fechas de Entrega, Fechas de Envío y Fechas de Finalización indicadas o "prometidas" son sólo estimaciones y asumen, entre otras cosas, la recepción oportuna del Comprador y otros de cualquier información necesaria, materias primas y herramientas, y de cualquier anticipo de pago requerido. En incumplimiento xx Xxxxxx de cumplir con una Fecha de Entrega indicada o Fecha de Finalización, no constituirá una violación del Contrato. (La "Fecha de Entrega" es la fecha en la que Timken ha satisfecho los Incoterms aplicables 2010 referida a la obligación de entrega. La "Fecha de Finalización" es la fecha en que Timken ha completado sustancialmente la ejecución de los Servicios que son objeto de una orden.) Timken será excusado de cualquier obligación de ejecución en la medida en que el desempeño xx Xxxxxx sea prevenido o retrasado por una causa o evento fuera de su control razonable, incluyendo un caso de fuerza mayor, acción de las autoridades gubernamentales (válida o no válida), incendios, inundaciones, tormentas, explosiones, disturbios, desastres naturales, guerra, sabotaje, problemas laborales (incluyendo paros, huelgas, retrasos), la imposibilidad o inhabilidad de obtener energía, material, mano de obra, equipo o transporte, o una orden judicial o administrativa. Si la producción xx Xxxxxx o la entrega se retrasan, Xxxxxx puede asignar la producción y entrega entre sus clientes de una manera que considere razonable.
Envío y Entrega. Los Bienes vendidos al Comprador de conformidad con estas Condiciones se enviarán de acuerdo con las condiciones de envío por escrito establecidas en la Orden de Compra. El Vendedor entregará los Bienes vendidos al Comprador a la dirección especificada en la Orden de Compra. El Vendedor enviará y entregará los Bienes adecuadamente empacados para su envío, conservación durante el envío y almacenamiento, incluida toda la documentación necesaria para su uso, mantenimiento y conservación. El Vendedor no es responsable de pagar los costos de empaque, envío, embalaje o costos relacionados, a menos que se especifique en la Orden de Compra. El Vendedor debe incluir el número de Orden de Compra en toda la correspondencia, documentos de envío, hojas de embalaje, conocimientos de embarque, guías aéreas y facturas. El Vendedor acepta inspeccionar los Bienes antes del envío para asegurarse de que los Bienes cumplan con las especificaciones establecidas en la Orden de Compra y cumplan con la Garantía de los Bienes aquí establecida.
Envío y Entrega. Salvo que en el Contrato se estipule expresamente lo contrario, la Sociedad entregará los Productos en las fechas de entrega acordadas conforme al Contrato. En caso de producirse un retraso en la entrega, el Comprador deberá conceder a la Sociedad un periodo de tolerancia de treinta (30) días; tras la expiración de dicho periodo de tolerancia de treinta (30) días, el Comprador tendrá derecho a resolver el Contrato, aunque con sujeción al envío de una notificación a tales efectos con treinta (30) días de antelación. Salvo que se estipule lo contrario en el Contrato, la selección de transportista y de la ruta del envío se realizarán a entera discreción de la Sociedad, pero la Sociedad, en el ejercicio de dicho derecho de selección para escoger el transportista y la ruta, no podrá asumir ningún tipo de responsabilidad en relación con el envío, ni se deberá interpretar en ningún momento que el transportista es el agente de la Sociedad. La Sociedad podrá realizar entregas parciales o suspender las entregas de cualquiera de los Productos, en cualquier momento, sin previo aviso, siempre que se cumplan las fechas de entrega acordadas y estipuladas en el Contrato pertinente. Los Productos se entregarán EXW en el punto de entrega convenido conforme al Contrato (INCOTERMS 2010) y aceptado por el agente autorizado de la Sociedad. Sin el consentimiento previo por escrito de la Sociedad, el Comprador no tendrá derecho a negarse a aceptar la entrega ni a devolver ninguna remesa de los Productos, ni ninguna parte de la misma, entregada por la Sociedad.
Envío y Entrega. 6.1 A menos que ambas partes acuerden lo contrario por escrito, el Proveedor organizará la entrega de productos por parte de un xxxxxx transportista (Incoterms FCA 2010) a las instalaciones de fabricación del Proveedor (o a un aeropuerto (internacional) cercano a las instalaciones de fabricación del Proveedor) según lo acordado entre las partes. Las fechas citadas o acordadas para la entrega de los Productos o la prestación de los Servicios son solo aproximadas y el Proveedor no será responsable de ningún retraso, sea cual sea su causa, y el tiempo no es esencial.
Envío y Entrega. El tiempo es algo esencial. No se realizará ninguna entrega parcial o de cantidades añadidas a menos que Netafim haya dado su consentimiento previo por escrito. Se considerará que todos los precios de los artículos expuestos en este acuerdo incluyen cualquier tarifa o costo relacionado con el manejo, empaque, embalaje, exportación, seguro, envío u otros gastos de entrega relacionados, a no ser que se establezca lo contrario en este acuerdo. A menos que Netafim lo apruebe específicamente por adelantado y por escrito, Netafim no será responsable de los costos y gastos de entrega (i) por un nivel de servicio (terrestre, aéreo, segundo día, día siguiente) que exceda del nivel de servicio de envío autorizado;
Envío y Entrega. 6.1 El Proveedor entregará o acordará la entrega de los Productos en fábrica (EXW, por sus siglas en inglés) al transportista seleccionado por el Comprador o según lo acuerden las partes. Las fechas de entrega de los Productos indicadas en la cotización del Proveedor son puramente estimativas, y el Proveedor no será responsable de ninguna demora en la entrega de los Productos por el motivo que sea y cuando el tiempo de entrega no sea vital.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.