Cuestión de nulidad Cláusulas de Ejemplo

Cuestión de nulidad. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de TREINTA (30) DÍAS HÁBILES, a contar (según dispone el apartado 3 del art. 39 del TRLCSP):
Cuestión de nulidad. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP se podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de los 30 días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación del contrato o de su notificación a los licitadores, en los términos previstos en el artículo 39 del TRLCSP.
Cuestión de nulidad. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la cuestión de nulidad contractual en el plazo de 30 días hábiles, a contar, según dispone el apartado 3 del artículo 39 del TRLCSP: - Desde la publicación de la adjudicación del contrato en la forma prevista en el artículo 154.2 del TRLCSP, incluyendo las razones justificativas de la no publicación de la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea. - O desde la notificación a los licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 153 del TRLCSP en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente. Fuera de estos supuestos la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran 6 meses, a contar desde la formalización del contrato. ANEXO 1 DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (persona física/persona jurídica) Don/Doña ..........................................................................................., provisto/a de DNI n.º , en nombre propio o de la persona física/jurídica a la que representa (póngase la razón Que ni la persona abajo firmante, ni la persona física/jurídica que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad (para el caso de persona jurídica), se hallan incursas en las circunstancias de prohibición de contratar con la Administración enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, hace constar que dicha empresa se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Lugar, fecha y firma. ANEXO 2 OFERTA ECONÓMICA Don/Doña ...................................................................................................., con domicilio en , calle ............................................ y provisto/a de DNI n.º .................................., en nombre propio o en representación de la empresa …………………………................................................ con domicilio en ........................................., calle ............................................., teléfono n.º …......................., y CIF n.º ........................ DECLARA: Que enterado/a de las con...
Cuestión de nulidad. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la interposición de la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 39 del TRLCSP. Fdº: Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx. CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA Este contrato tiene por objeto el suministro, mediante renting, de equipos portátiles de transmisiones y controlador de central de los repetidores TETRA 2014, destinados al Servicio del Cuerpo de la Policía Local, como complemento imprescindible de las unidades operativas del mismo, cuyas características se especifican en el pliego de prescripciones técnicas particulares elaborado por el Jefe del Cuerpo de la Policía Local de Granada. El número y la denominación de los portátiles de sistema digital (TETRA) y sus complementos en es siguiente: - 225 PORTÁTILES TETRA CON GPS - 225 MICROALTAVOZ PARA PORTATIL TETRA - 225 BATERIAS DE RESERVA - 225 CARGADORES DE SOBREMESA - 225 FUNDAS PARA PORTATIL TETRA - CONTROLADOR NODO CENTRAL REDUNDANTE TETRA Y CONEXIÓN VÍA CECOCO, destinados al Servicio del Cuerpo de Policía Local como complemento imprescindible a la infraestructura necesaria que se encuentra en marcha. División en lotes: NO. Código CPV: 32000000-3 Equipos de radio, televisión, comunicaciones y telecomunicaciones y equipos conexos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: la presente tramitación se justifica en la necesidad que tiene la Policía Local de los artículos objeto de este contrato para su normal funcionamiento: El Decreto de Homogenización de Medios Técnicos de los Cuerpos de la Policía Local, (Decreto 93/2003, de 08 xx Xxxxx) establece dentro del equipo básico de los mismos, que los funcionarios de Policía cuando se encuentren de servicio irán dotados de un sistema adecuado de comunicaciones. También se deja constancia en escrito del Jefe del Cuerpo de la Policía Local, que se une al expediente, de la justificación que exige el artº 22 del TRLCSP. -- Órgano de contratación: la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Granada. -- Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública: el órgano titular de la contabilidad municipal.
Cuestión de nulidad. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la interposición de la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 39 del TRLCSP. Fdo. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx CONFORME EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA
Cuestión de nulidad. 34 PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE QUE NO EXISTEN DEUDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA EN PERÍODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DE GRANADA 47
Cuestión de nulidad. En los supuestos previstos en el artículo 37 de la LCSP, se podrá plantear la interposición de la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 39 de la LCSP. CONFORME EL ADJUDICATARIO, FECHA Y FIRMA POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA
Cuestión de nulidad. En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCAP, podrá plantear la interposición de la cuestión de nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, a contar (según dispone el apartado 3 del artículo 39 del TRLCAP):
Cuestión de nulidad. Toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad a que se refiere el artículo 37 LCSP, podrán interponer la cuestión de nulidad ante el órgano de contratación, en el plazo de TREINTA DIAS HABILES a contar desde la publicación de la adjudicación del contrato o desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos del rechazo de su candidatura o proposición. Fuera de los casos anteriormente indicados, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran SEIS MESES a contar desde la formalización del contrato.
Cuestión de nulidad. PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DEL SERVICIO DE ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL VIAJE PARA PERSONAS JUBILDAS X/X XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX X XX XXXXXX XX XXXXXXXX 0000. CAPÍTULO PRIMERO.- ELEMENTOS DEL CONTRATO