CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. De conformidad con los artículos 2.2.1.1.1.6.2 y 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, se definen los factores habilitantes, y de calificación y evaluación de las propuestas, con el fin de definir la oferta más favorable para la EMB, de acuerdo con la ley. Se debe justificar y explicar en detalle en qué consiste cada criterio, definir qué puntaje o porcentaje se asigna a cada uno de ellos, cómo se realiza la sumatoria de los puntajes obtenidos para cada criterio, cómo se obtiene el puntaje máximo y cuál es la fórmula para definir el puntaje. La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera, la capacidad de organización y de contratación de los proponentes no son objeto de puntaje, estos requisitos son objeto de verificación y se consideran habilitantes. En caso de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, la dependencia interesada en la contratación debe definir el perfil del contratista requerido para el cumplimiento del objeto del contrato (idoneidad o experiencia). Igualmente se debe definir la forma en que se verifican los requisitos habilitantes y se asigna puntaje en caso de propuestas presentadas por proponentes plurales (consorcios y/o uniones temporales y/o promesas de sociedad futuras). El área interesada en la contratación, junto con la Gerencia de Riesgos y Seguridad, deben establecer cuáles riesgos deben estar amparados por una garantía otorgada de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. La cuantía y vigencia de los amparos deben definirse, de acuerdo con lo establecido en la Sección 3 – Garantías, Subsección 1 – Generalidades del Decreto 1082 de 2015 y demás disposiciones legales vigentes. Se entiende por mecanismo de cobertura del riesgo el instrumento otorgado por los oferentes o por el contratista, en favor de la EMB o en favor de terceros, con el objeto de garantizar, entre otros: (i) la seriedad de su ofrecimiento; (ii) el cumplimiento de las obligaciones que para aquel surjan del contrato y de su liquidación; (iii) la responsabilidad extracontractual que pueda surgir para la administración por las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas y/o terceros; (iv) la calidad del bien o servicio a contratar; y (v) los demás riesgos a que se encuentre expuesta la administración según el contrato. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura, la garantía de...
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. La Ley 1150 de 2007 en su artículo 5º establece que es “… objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca”, en concordancia con lo cual el artículo 26 del Decreto 1510 de 2013, prevé que en la licitación pública y en la selección abreviada de menor cuantía, “… la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo- beneficio. Si la Entidad Estatal decide determinar la oferta de acuerdo con el literal (b) anterior debe señalar en los pliegos de condiciones:
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. La Agencia Nacional de Contratación – Colombia Compra Eficiente, llevó a cabo la licitación CCENEG- 000-00-0000, mediante la cual se realizó la selección objetiva de los proveedores del Acuerdo Marco de Precios para la contratación del Servicio Integral de Aseo y Cafetería IV generación de cada una de las regiones de cobertura y cuyos requisitos habilitantes según el pliego de condiciones de citada licitación fueron: La capacidad jurídica, la experiencia, la capacidad financiera y la capacidad organizacional. Así mismo se empleó criterios de evaluación de ofertas, tales como, factores económicos, técnicos y el estímulo a las Industria Nacional y las pequeñas y medianas empresas. A la Entidad Compradora le corresponde seleccionar al Proveedor que ofrece las condiciones más favorables teniendo en cuenta que el criterio para escoger la mejor oferta es el menor precio. Los proveedores seleccionados por Colombia Compra Eficiente para el desarrollo de este Acuerdo Xxxxx por Regiones son las siguientes: No Región de Cobertura Departamentos de las dependencias PGN Proveedores seleccionados para el AMP-126-2023 UNIÓN TEMPORAL GRUPO ADIN UNIÓN TEMPORAL EASYCLEAN ASEO PROFESIONAL No Región de Cobertura Departamentos de las dependencias PGN Proveedores seleccionados para el AMP-126-2023 1 Guajira, Xxxxxxxxx, Xxxxx N & R INTEGRAL SERVICE COMPANY SAS CONSERJES INMOBILIARIOS LTDA UNIÓN TEMPORAL ASEO COLOMBIA AMP4 UNIÓN TEMPORAL SERVICIOS INTEGRALES CLEANER S.A UNIÓN TEMPORAL ECOLIMPIEZA 4G CONSORCIO ELITE UNIÓN TEMPORAL R&J 2022 COMPAÑÍA DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN S.A. SERDAN S.A KIOS S.A.S ASECOLBAS LTDA UNIÓN TEMPORAL CCE AMP IV 2022 UNIÓN TEMPORAL EMINSER - SOLOASEO 2023 UNIÓN TEMPORAL OUTSOURCING GIAF GRUPO GESTIÓN EMPRESARIAL COLOMBIA SAS LIMPIEZA INSTITUCIONAL LASU S.A.S SOCIETY SERVICES GENERAL SAS UNIÓN TEMPORAL LADOINSA 2022 INTERASEO S.A.S. E.S.P INCINERADOS DEL HUILA-INCIHUILA S.A.S E.S.P. 2 Atlántico, Bolívar, Sucre, Córdoba UNIÓN TEMPORAL GRUPO ADIN UNIÓN TEMPORAL ASEO COLOMBIA AMP4 CONSERJES INMOBILIARIOS LTDA CLEANER S.A UNIÓN TEMPORAL EASYCLEAN ASEO PROFESIONAL CONSORCIO ELITE UNIÓN TEMPORAL R&J 2022 UNIÓN TEMPORAL CLEAN COLOMBIA UNIÓN TEMPORAL ECOLIMPIEZA 4G UNIÓN TEMPORAL SERVICIOS INTEGRALES BRILLASEO S.A.S UNIÓN TEMPORAL CONASEAR UNIÓN TEMPORAL SERVIASEAMOS COMPAÑÍA DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN S.A. SERDAN S.A ASECOLBAS LTDA UNIÓN TEMPORAL CCE AMP IV 2022 UNIÓN TEMPORAL EMINSER - SOLOASEO 2023 UNIÓN TEMPORAL OUTSOURCING GIAF. GRUPO GESTIÓN EMPRESA...
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. De acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la ley 1150 de 2.007, modificado por el artículo 219 del Decreto Nacional 019 de 2.012, reglamentado por el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2.015, que dispone: “(…) la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes y formulas” JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN De acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la ley 1150 de 2.007, modificado por el artículo 219 del Decreto Nacional 019 de 2.012, reglamentado por el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2.015, que dispone: “(…) la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes y formulas” De acuerdo al Artículo 5°, Numeral 1 de la Ley 1150 de 2007, los siguientes Factores serán objeto de Verificación de Cumplimiento como Requisitos Habilitantes para la participación en el Proceso de Selección, y no otorgarán puntaje alguno a los proponentes. La verificación será CUMPLE / NO CUMPLE. Para efectos de la evaluación de los requisitos habilitantes, que hayan sido objeto de verificación por parte de las Cámaras de Comercio y se requieran para el presente proceso de selección, el Municipio tomará la información correspondiente del Certificado en el que conste la inscripción en el Registro Único de Proponentes, el cual deberá estar vigente y en firme. Si la información no hubiere sido verificada por la Cámara de Comercio correspondiente o si el Municipio requiere documentación o información adicional a la presentada por los interesados ante las Cámaras de Comercio para inscribirse en el Registro Único de Proponentes, esta deberá ser aportada por los proponentes o requerida por el Municipio con el fin de efectuar la verificación necesaria para la evaluación. De acuerdo al Artículo 5°, Numeral 1 de la Ley 1150 de 2007, los siguientes Factores serán objeto de Verificación de Cumplimiento como Requisitos Habilitantes para la participación en el Proceso de Selección, y no otorgaran puntaje alguno a los proponentes. La verificación será CUMPLE / NO CUMPLE.
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. En lo que respecta a la determinación de la oferta más favorable para la Entidad, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de evaluación, en una escala entre 0 a 1.000 puntos: Experiencia adicional del proponente 600 puntos Experiencia específica adicional de los perfiles mínimos exigidos. 300 puntos Incentivo por apoyo a la industria nacional 100 puntos Se asignará el máximo puntaje de 600 PUNTOS a los proponentes que acrediten a través de certificaciones, experiencia adicional, de acuerdo con lo siguiente: Años de experiencia en interventoría técnica y/o supervisión a contratos que incluya actividades de desarrollo de software de código seguro: Entre 1 y 2 años 200 Entre 3 y 4 años 400 Mayor a 4 años 600 Se asignará el máximo puntaje de 300 PUNTOS a los proponentes que acrediten experiencia específica adicional de los perfiles mínimos exigidos, teniendo en cuenta el parámetro establecido a continuación: - La experiencia específica adicional se debe acreditar con la respectiva certificación de experiencia. Si acredita experiencia de cinco (5) años en supervisión de proyectos de sistemas de información de infracciones de tránsito. 100 Si acredita experiencia en supervisión en dos (2) proyectos de tecnologías de la información. 100 Si acredita experiencia en consultoría y/o supervisión en dos (2) proyectos de tecnologías de la información. 50 Si acredita experiencia en consultoría y/o supervisión en un (1) proyecto de tecnologías de la información. 50 Menos del 50% del recurso humano nacional. 0 puntos 50% recurso humano nacional 50 puntos 51% al 99% del recurso humano nacional. 75 puntos 100% recurso humano nacional 100 puntos
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. De conformidad con lo establecido en el numeral 1º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. Los requisitos habilitantes para los procesos de selección se determinan considerando las condiciones mínimas con las que deben contar los proponentes, de tal suerte que se garantice que el futuro contratista cuente con la capacidad e idoneidad suficientes para ejecutar el objeto del contrato. Una vez verificados los requisitos habilitantes la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado seleccionará la oferta más favorable teniendo en cuenta factores técnicos y económicos, para tal efecto realizará la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes y formulas o representado en la mejor relación de costo beneficio para la Entidad.
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. De conformidad con lo establecido por el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018 y el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes es objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgan puntaje.
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. De los criterios habilitantes Análisis del riesgo y la forma de mitigarlo.
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. En lo que respecta a la determinación de la oferta más favorable para la Entidad, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de evaluación, en una escala entre 0 a 1.000 puntos: Experiencia adicional del proponente 600 puntos Formación adicional de cuatro (4) perfiles mínimos exigidos 250 puntos Propuesta económica 100 puntos Incentivo por apoyo a la industria nacional 50 puntos TOTAL 1.000 puntos Se asignará el máximo puntaje de 600 PUNTOS a los proponentes que acrediten a través de certificaciones, experiencia adicional, de acuerdo con lo siguiente: Años de experiencia en la implementación, operación y administración de sistemas de información que incluya el registro y administración de infracciones de tránsito en vía nacional, que comprendan hardware, software, comunicaciones y operación: Entre 1 y 3 años 200 Entre 4 y 6 años 400 Mayor a 6 años 600 Se asignará el máximo puntaje de 250 PUNTOS a los proponentes que acrediten formación académica adicional de 4 personas del equipo mínimo exigido, teniendo en cuenta el parámetro establecido a continuación: - La formación académica adicional se debe acreditar con el respectivo título, acta de grado, diploma o certificación. Si acredita una (1) certificación en Project Management Professional PMP. 70 Si acredita una (1) certificación en Oracle 60 Maestría en Administración (MBA) 60 Maestría en Administración (MBA) 60 En cada una de las propuestas presentadas, deberá incluirse la propuesta económica con el objeto a contratar y su correspondiente porcentaje de retribución. El valor total de la propuesta no podrá superar el 6% incluido IVA como porcentaje de retribución. No se aceptarán propuestas complementarias o propuestas de modificaciones presentadas con posterioridad a la fecha y hora del cierre del proceso contractual. Se calificará con un puntaje máximo de CIEN PUNTOS (100) puntos la mejor propuesta económica; al menor porcentaje de retribución que no podrá ser superior al 6% incluido IVA del valor que le corresponde a la DITRA de las multas canceladas, originadas en comparendos impuestos en las vías nacionales por dicha Dirección, una vez descontado el valor asignado al sistema que administra las infracciones de tránsito a nivel nacional, se calificará con la siguiente fórmula: Cuando de conformidad con la información a su alcance la Entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el porcentaje ofertado. Oídas la...
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. 3.1.1. Requisitos habilitantes.