Definición de Proponente Plural

Proponente Plural. Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en el pliego de condiciones (Consorcio o Unión Temporal).
Proponente Plural. Es el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras jurídicas de Consorcio, Unión Temporal, o Promesa de Sociedad Futura, quienes presentan de forma conjunta una Propuesta para participar en la Licitación que se convoca a través del presente Xxxxxx. Cuando en estos Pliegos se haga referencia a Proponente de forma general, sin hacer referencia específica a Proponente Plural se entenderá en todos los casos que también incluye al Proponente Plural.
Proponente Plural. Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en los TERMINOS DE CONDICIONES (Promesa de sociedad futura, Consorcio o Unión Temporal).

Examples of Proponente Plural in a sentence

  • El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los integrantes del Proponente Plural.

  • Los Proponentes y sus Miembros, en caso de Proponente Plural, al elaborar su Propuesta, deberán tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cuales quiera que ellos sean, se deberán basar estrictamente en sus propios estudios técnicos y en sus propias estimaciones.

  • Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma, traducción que deberá ser efectuada por un traductor oficial debidamente registrado como tal en Colombia o en el país de origen del Proponente o integrante del Proponente Plural.

  • En caso que el Proponente resulte seleccionado y no aporte los documentos con todas las formalidades establecidas en los TCC antes de la suscripción del Contrato, se procederá de conformidad con el numeral 9.2. Los Formatos de los presentes TCC que deben diligenciar y completar los Proponentes Individuales o los miembros del Proponente Plural, no deberán presentarse legalizados o apostillados, según el caso.

  • Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un Proponente Plural éste cederá su participación a un tercero de las mismas condiciones que se acreditaron en la Propuesta por parte del respectivo Miembro del Proponente Plural, previa autorización escrita de Colombia Compra Eficiente.

  • Así mismo, implica para el Proponente y sus Miembros, en caso de Proponente Plural, el conocimiento de la legislación colombiana en materia de contratación estatal y el régimen jurídico aplicable y vigente de las actividades y servicios objeto de la presente Licitación.

  • El Proponentes Individual o los miembros del Proponente Plural proveniente de aquellos países signatarios de la Convención de la Haya citada en este numeral podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, la consularización descrita en el numeral 3.7.2.1 o la apostilla descrita en el presente numeral.

  • La xxxxxxxx a que se refiere el presente párrafo deberá ser hecha por el Miembro del Proponente Plural respectivo en el documento de constitución de la forma asociativa correspondiente, sea el acuerdo de conformación del Consorcio o de la Unión Temporal.

  • El Proponentes Individual o los miembros del Proponente Plural proveniente de aquellos países signatarios de la Convención de la Haya citada en este numeral podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, la consularización descrita en los presentes TCC o la apostilla descrita en el presente numeral.

  • En virtud de lo anterior, será responsabilidad de los Proponentes y de sus Miembros, en caso de Proponente Plural: • Presentar su Propuesta con estricta sujeción al Pliego de Condiciones, los Documentos del Proceso y la Ley, so pena de RECHAZO de esta.


More Definitions of Proponente Plural

Proponente Plural. Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en el pliego de condiciones para presentar propuesta (Ej.: Consorcio o Unión Temporal).
Proponente Plural. Son el consorcio, unión temporal o propuesta conjunta bajo promesa de constituir una sociedad futura, que presenta una propuesta para participar en la Licitación a que se refiere el presente Pliego de Condiciones.
Proponente Plural. Es la promesa de sociedad futura, el Consorcio, Unión Temporal o cualquier otra figura asociativa permitida por la Ley, conformada por personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, con el único propósito de presentar Propuesta de forma conjunta en la Convocatoria Pública y, de resultar Adjudicatarios, ejecutar el Contrato de Obra, conforme a lo indicado en el presente Pliego.
Proponente Plural. Es el grupo de personas jurídicas nacionales o extranjeras asociadas entre sí mediante Consorcio o Unión Temporal que presentan de forma conjunta una Propuesta para participar en el Concurso.
Proponente Plural. Formas de asocaición previstas en la Ley y regladas en el pliego de condiciones (Consorcio o Unión Temporal o Promesa de Sociedad) Propuesta:Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en el presente iPelgo de Condiciones; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma.

Related to Proponente Plural

  • Proponente Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación.

  • Oferente/Proponente Persona natural o jurídica legalmente capacitada para participar en el proceso de licitación.

  • Indicador de desempeño Avance financiero de las obras y servicios. Para 2012, Fonatur Constructora, S.A. de C.V. estableció el indicador de avance físico de obra y servicios ejecutados, con el propósito de medir su avance en el año. Al cierre del año este indicador fue del 49.19 por ciento, debido a la recomendación de los comisarios. Ejercicio 2013 Por instrucción del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., a partir del 21 xx xxxxx de 2012 se suspendieron temporalmente las negociaciones y firma de nuevos contratos de obras y servicios con FONATUR y terceros, por lo que estos se reanudaron a partir del segundo semestre del ejercicio 2013. Actividad Institucional 002, Programa Presupuestario M.-001 Actividades de Apoyo administrativo, presupuesto modificado 63.7 millones de pesos, presupuesto ejercido 55.6 millones de pesos, variación (8.1 millones pesos). Esta actividad presente un subejercicio en el capítulo 2000, materiales y suministros y 3000 de servicios generales, debido principalmente a que no se realizaron todas las contrataciones contempladas con Fonatur y Terceros. Actividad Institucional 004, Programa Presupuestario 1.-E009, Conservación y Mantenimiento de infraestructura básica con otros entes públicos y privados, presupuesto modificado 511.4 millones de pesos, presupuesto ejercido 311.5 millones de pesos, variación (199.8 millones de pesos). Esta actividad presenta un subejercicio mayo en el capítulo 2000 materiales y suministros, debido a que se realizó un menor número de adquisiciones de materiales por el menor nivel de obra realizada con Xxxxxxx y terceros.

  • Definición Es aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato. El contrato de trabajo indefinido podrá ser verbal o escrito. El contrato de trabajo indefinido podrá celebrarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos. cláusulas específicas Los contratos indefinidos pueden en algunos casos ser beneficiarios de Incentivos a la contratación, cuando se cumplan los requisitos que en cada caso se exijan por la Normativa de aplicación, dependiendo de las características de la empresa, del trabajador y, en su caso, de la jornada.

  • Beneficiario Preferente Es la persona física o moral que, previo acuerdo con la Compañía y a solicitud del Contratante, tiene derecho al servicio o pago de Pérdida Total que corresponda a los riesgos de Daños Materiales o Robo Total hasta por el importe de la suma asegurada sobre cualquier otra persona. Para que el Beneficiario preferente tenga derecho a exigir los beneficios contratados, su nombre o razón social deberá precisarse en un endoso, mismo que forma parte integrante de la póliza.

  • Valor Convenido Se entenderá como valor convenido, la cantidad fijada de común acuerdo entre la Compañía y el Asegurado como monto a indemnizar y opera en caso de pérdida total para las coberturas 1. Daños Materiales y 2. Robo Total. Dicha cantidad se establece en la carátula de la póliza.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Oferente es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a licitación.

  • Condiciones Particulares Es el conjunto de cláusulas que particularizan un Contrato de Seguro, según aspectos relativos al riesgo individualizado que se asegura, datos del Contratante, Asegurado y beneficiario, vencimiento del contrato, periodicidad del pago xx xxxxxx e importe de las mismas, riesgos cubiertos y deducibles.

  • Ley Aplicable significa respecto de cualquier Persona, (i) cualquier estatuto, ley, reglamento, ordenanza, regla, sentencia, orden, decreto, permiso, concesión, otorgamiento, franquicia u otra disposición o restricción gubernamental o cualquier interpretación o administración de cualesquiera de los anteriores por cualquier Autoridad Gubernamental (incluyendo, sin limitar, las Autorizaciones Gubernamentales) y (ii) cualquier directriz, lineamiento, política, requisito o cualquier forma de decisión o determinación similar por cualquier Autoridad Gubernamental que sea obligatoria para dicha Persona, en cada caso, vigente actualmente o en el futuro.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Anexo Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Tasa de Referencia significa la TIIE o, en su caso, la tasa sustitutiva que se establezca conforme a lo señalado en el presente Pagaré.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.

  • Contratista es el oferente adjudicatario.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Legislación Aplicable significa las leyes y cualquier otro instrumento que tenga fuerza xx xxx en el país del Cliente, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • LUGAR Sistema de Información Pública Gubernamental, denominado Compranet. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, código postal 03330 DIA: 01 MES: Julio AÑO: 2019 HORA: 16:00 hrs. LUGAR: Xxxx xx xxxxxx xxxxxxx xx xx xxxx 0 cuadrante 2-34 en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, código postal 03330

  • Licitación Pública Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los Pliegos de Condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. La licitación pública nacional va dirigida a los Proveedores nacionales o extranjeros domiciliados legalmente en el país.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.

  • Empleados Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas o realizar tareas auxiliares que comporten atención a las personas.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.