CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibición para contratar establecidos en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. Los licitadores tendrán que demostrar experiencia en el sector y acreditar su solvencia económica, técnica y profesional de la siguiente manera:  Solvencia económica: Se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos:  Original de informe de instituciones financieras. donde conste la consideración de buen cliente  Declaración de la cifra anual global de negocio en los últimos tres años  Solvencia técnica y profesional: Se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos de cada uno de los siguientes documentos:  Relación de principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.  Documentación acreditativa de la composición de la plantilla de la empresa y tipología de contratos. La acreditación de cada uno de los documentos exigidos se presentarán de la manera siguiente: - Certificados firmados por los apoderados La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria. De conformidad con lo señalado en los artículos art. 126 y 143 de la Ley de Contratos del Sector Público el procedimiento a que se refiere el presente Pliego será anunciado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Además los anuncios se publicarán en el perfil de contratante ubicado en la página web institucional, en cumplimiento del art. 42 LCSP.
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad establecidos en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, y estén en posesión de la clasificación o solvencia requerida en el Pliego de Condiciones Técnicas. La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria.
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibición para contratar establecidos en el artículo 60 deL TRLCSP. Los licitadores tendrán que demostrar experiencia en el sector y acreditar su solvencia económica, técnica y profesional de la siguiente manera: • Solvencia económica y financiera:
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibición de contratar establecidos en el artículo 60 del TRLCSP. La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria. La acreditación de la solvencia económica y profesional se efectuara de la siguiente forma:  Solvencia económica:
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Al tratarse de un contrato de exclusividad no es necesario exigir criterios de selección, si bien el licitador deberá cumplir con los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas establecidos en el artículo 60 del TRLCSP.
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibición de contratar establecidos en el artículo 60 del TRLCSP. Las condiciones de solvencia económica, técnica y profesional, o clasificación, deberán poseerlas los licitadores con anterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación de ofertas. En la declaración responsable que figura como Anexo al final del presente xxxxxx estará incluida la declaración de estar en posesión del medio concreto; no obstante, la documentación justificativa será aportada por el licitador propuesto como adjudicatario con el resto de documentación exigida en la resolución de requerimiento y clasificación, de conformidad con lo establecido en la cláusula de “adjudicación”. Se podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria. La acreditación de la solvencia económica y técnica se efectuará de alguna de estas dos formas:
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibición para contratar establecidos en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los licitadores tendrán que demostrar experiencia en el sector y acreditar su solvencia económica, técnica y profesional de la siguiente manera: • Solvencia económica: Se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos: • Original de informe de instituciones financieras. donde conste la consideración de buen cliente • Declaración de la cifra anual global de negocio en los últimos tres años , que deberá de ser superior a 200.000,00€ anuales • Solvencia técnica y profesional: Se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos de cada uno de los siguientes documentos: • Relación de principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. • Documentación acreditativa de la composición de la plantilla de la empresa y tipología de contratos. • Relación de los servicios prestados en los tres últimos años, en estos ámbitos: • Programas de Educación Social dirigido a Familias y menores y • Programas relacionados con mujer y violencia de género y violencia entre iguales y • Programas de formación con la administración pública en mujer y en menores. La acreditación de cada uno de los documentos exigidos se presentarán de la manera siguiente: - Certificados firmados por los apoderados La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria. La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente. Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica: • Diseño de metodología de evaluación y seguimiento 10 • Recursos humanos a aportar por la entidad para el desarrollo del proyecto 10 • Garantías de estabilidad en el equipo de profesionales 10 • Diseño de actividades a realizar 10 • Aspectos de calidad en la gestión del proyecto 9 La...
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad establecidos en el artículo 60 del TRLCSP, y estén en posesión de la solvencia requerida a continuación. La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria. Los licitadores tendrán que demostrar experiencia en el sector y acreditar su solvencia económica, técnica y profesional de la siguiente manera:
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad establecidos en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, y estén en posesión de la clasificación requerida. Para concurrir a esta licitación, los ofertantes deberán estar en posesión de la siguiente CLASIFICACIÓN: GRUPO L “SERVICIOS ADMINISTRATIVOS”, Subgrupo 6) servicios de portería, control de acceso e información al público. Categoría C GRUPO U “SERVICIOS GENERALES”, Subgrupo 7) otros servicios no determinados. Categoría C La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria.
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad establecidos en el artículo 60 TRLCSP. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. Por otro lado, los licitadores que concurran podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante. Cuando en representación de una sociedad concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Solvencia económica y financiera, deberá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios: Volumen anual de negocios en los últimos tres años en el ámbito empresarial a que se refiere este contrato, que deberá ser superior en cada año por importe igual o superior a DOSCIENTOS MIL euros. Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, por importe igual o superior a TRESCIENTOS MIL euros. Asimismo se unirá compromiso de renovación que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la duración del contrato. Solvencia técnica y profesional, se acreditará por lo siguiente: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años en la rama de hostelería que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos; relación que habrá de acreditarse mediante certificados o visados expedidos por el órgano competente o por el empresario privado. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del contrato. La acreditación de cada uno de los documentos exigidos se presentará mediante certificados firmados por los apoderados. Se podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentació...