CONTRATACIONES GENERALES Cláusulas de Ejemplo

CONTRATACIONES GENERALES. Los seguros de compras y contrataciones generales, adicionalmente a los requerimientos generales del punto 3.6.1 y 3.6.2, deberán incluir lo siguiente: Seguro de Responsabilidad Civil: El Proveedor/Contratista deberá contratar un seguro de responsabilidad civil amparando todo daño que pueda causar el Proveedor/ Contratista o sus subcontratistas a terceras personas y/o cosas de terceros, daños al medio ambiente, contaminación y/o polución repentina, súbita y accidental, como asimismo las que pudiera ocasionar a YPF y/o a su personal y/o a sus cosas con relación a las actividades y/u objeto específico del presente contrato. La suma asegurada mínima requerida y de utilización exclusiva para YPF será de USD 2.000.000 (dos millones de dólares estadounidenses) por evento, y con una franquicia no mayor a USD 5.000 (cinco mil dólares estadounidenses) por evento. La póliza deberá indicar que cubre la responsabilidad civil cruzada, contractual, subsidiaria de contratistas y subcontratistas, responsabilidad por daños materiales y/o personales ocasionados a terceros, así como la responsabilidad derivada de daños materiales, daños corporales y sus consecuencias sufridas por empleados del Proveedor/Contratista, o cualquier persona vinculada al Proveedor/Contratista mediante cualquier relación laboral o de aprendizaje, todo ello desde la fecha de inicio de los Trabajos hasta la expiración del Período de Garantía, y sin que las mismas representen un requerimiento taxativo de cobertura.
CONTRATACIONES GENERALES. Los seguros de compras y contrataciones generales, adicionalmente a los requerimientos mencionados previamente, deberán incluir lo siguiente: La suma asegurada mínima requerida y de utilización exclusiva para YPF E&P Bolivia S.A. será de USD 2.000.000.- (Dos millones de dólares estadounidenses) por evento. La póliza deberá indicar que cubre hasta la expiración del Período de Garantía. Dicho seguro incluirá al Contratante como asegurado adicional, sin perder su condición xx xxxxxxx (RC cruzada); adicionalmente debe considerar como mínimo las siguientes ampliaciones de cobertura: responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil emergente de filtración, polución y contaminación súbita y accidental incluyendo los gastos de remoción, remediación y limpieza, responsabilidad contractual, responsabilidad civil de vehículos propios, no propios y/o alquilados, incluyendo pasajeros, en exceso de póliza primaria. En caso que, por el tipo de obra, el Subcontratista del Titular contrate un seguro de Equipos que incluya cobertura de Responsabilidad Civil, el seguro específico de Responsabilidad Civil definido en este artículo 15.3, deberá actuar en exceso del seguro primario incluido en el seguro de Equipos. Todo Riesgo Operativo: Cuando corresponda el Proveedor/Subcontratista del Titular deberá contratar un seguro de Todo Riesgo Operativo para cubrir las pérdidas o daños a la/s propiedad/es (Incluidos, pero no limitados a los Bienes e instalaciones) utilizadas por el Contratista y/o Subcontratista del Titular en las Operaciones Petroleras. Cuando corresponda deberá contemplar la cobertura de control y/o descontrol de los pozos de gas y/o petróleo emergente de las Operaciones Petroleras.
CONTRATACIONES GENERALES. Los seguros de compras y contrataciones generales, adicionalmente a los requerimientos generales del punto 12, deberán incluir lo siguiente: El mencionado seguro deberá amparar también la responsabilidad civil emergente de la operación del equipo, y si el mismo circulara en la vía pública, se deberá adicionar el seguro de responsabilidad civil automotor indicado en el punto 12.
CONTRATACIONES GENERALES. Los seguros de compras y contrataciones generales, adicionalmente a los requerimientos generales del punto 12, deberán incluir lo siguiente: S.A. será de US$ 2.000.000.- (Dos millones de Dólares) por evento. La póliza deberá indicar que cubre hasta la expiración del período de garantía. Dicho seguro incluirá YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. como asegurados adicionales, sin perder su condición xx xxxxxxx (responsabilidad civil cruzada); adicionalmente, debe considerar como mínimo las siguientes ampliaciones de cobertura: responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil emergente de filtración, polución y contaminación súbita y accidental incluyendo los gastos de remoción, remediación y limpieza, responsabilidad contractual, responsabilidad civil de vehículos propios, no propios y/o alquilados, incluyendo pasajeros, en exceso de póliza primaria. En caso de Obras, el Subcontratista del Titular contrate un seguro de equipos que incluya cobertura de responsabilidad civil, el seguro específico de responsabilidad civil, deberá actuar en exceso del seguro primario incluido en el seguro de equipos. El mencionado seguro deberá amparar también la responsabilidad civil emergente de la operación del equipo, y si el mismo circulara en la vía pública, se deberá adicionar el seguro de responsabilidad civil automotor indicado en el punto 12.
CONTRATACIONES GENERALES. Los seguros de compras y contrataciones generales, adicionalmente a los requerimientos generales del punto 3.6.1 y 3.6.2, deberán incluir lo siguiente:

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.