Definición de Asegurado Adicional

Asegurado Adicional. Persona que, a opción del asegurado, sea designada por este para el manejo de la póliza contratada. En el caso de pólizas individuales, el Asegurado Adicional debe tener relación directa con el asegurado (padres, cónyuge o hijos).
Asegurado Adicional en cualquier cuadro o Anexo, que forme parte de las Póliza, será considerado también como Asegurado incluido en las Declaraciones de la Póliza según aparezcan sus intereses, y solamente cubierto respecto a la pérdida proveniente de un Accidente que ocurra a cualquiera de los Objetos amparados por la Póliza en el lugar donde se incluye el Asegurado Adicional.
Asegurado Adicional. En todas las pólizas deberá incluirse a YPF E&P BOLIVIA y/o YPFB como Asegurado Adicional, sin perjuicio que el Contratante no perderá su condición xx Xxxxxxx, por cualquier daño que sufran sus bienes y cuya responsabilidad sea del Contratista o de los Subcontratistas de los éste se sirve.

Examples of Asegurado Adicional in a sentence

  • Mediante la presente cobertura, se ampara las consultas de control mensual del recién nacido hasta su primer año de vida, siempre y cuando el parto haya sido cubierto por la presente póliza y el recién nacido haya sido inscrito como Asegurado Adicional dentro de los treinta (30) días de su nacimiento.

  • Se deberá nombrar a AcuaMed como Asegurado Adicional, recibiendo las indemnizaciones si el riesgo que determina el siniestro corresponde a AcuaMed.

  • Las pólizas de seguro de responsabilidad civil deberán nombrar a AcuaMed como Asegurado Adicional, recibiendo las indemnizaciones si el riesgo que determina el siniestro corresponde a AcuaMed.

  • Las personas físicas x xxxxxxx serán Asegurado Adicional bajo esta Póliza solamente si el Asegurado, en cumplimiento de un contrato o acuerdo escrito, estuviere obligado a suministrar a tales personas físicas x xxxxxxx seguro como el otorgado por esta Póliza.

  • Asegurado Principal: $ 600.000 (Seiscientos mil pesos uruguayos) Asegurado Adicional - Cónyuge (Opcional, sin cargo) $ 300.000 (Trescientos mil pesos uruguayos) A partir de los 65 años de edad, la cobertura se limita exclusivamente a Muerte Accidental, y el capital asegurado, tanto en el caso del Asegurado Titular como del Asegurado Adicional, se disminuye al 60% del contratado.


More Definitions of Asegurado Adicional

Asegurado Adicional es cada persona natural cliente del Asegurado Principal, bajo la modalidad post-pago, que tiene interés asegurable sobre el Equipo Asegurado y que ha firmado el Contrato de Arrendamiento respecto del Equipo Asegurado y que cumple con las condiciones de asegurabilidad y cobertura previstas en las presentes Condiciones Generales.
Asegurado Adicional. Persona natural cuyos datos de identificación constan en las Condiciones Particulares y cuya vida se asegura mediante la contratación de una Cláusula Adicional (Muerte para asegurado adicional y/o Invalidez Total y Permanente para Asegurado Adicional).
Asegurado Adicional. Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”) y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio ambiente del Sector Hidrocarburos (“Agencia”) por sus respectivos derechos e intereses.
Asegurado Adicional. El Ayuntamiento de Tarifa será asegurado adicional sin perder por ello su condición xx xxxxxxx frente al resto de asegurados. La empresa adjudicataria al inicio del contrato tendrá suscritos los seguros obligatorios de responsabilidad civil de uso y circulación de vehículos a motor y embarcaciones que corresponda suscribir.
Asegurado Adicional. Ayuntamiento xx Xxxxxxx Esta póliza cubrirá las responsabilidades de todo tipo que pudieran originarse como consecuencia de la explotación de la concesión y ejecución del contrato. - Responsabilidad civil general o de explotación, al objeto de cubrir los daños producidos a terceros por las actividades personales, materiales, perjuicios consecutivos y todo tipo de gastos. - Responsabilidad civil del subcontratista, entendiéndose por tal la que el asegurado debe afrontar por actos de sus subcontratistas en conexión con su propia actividad. Los límites generales por siniestro y los sublímites por victima serán los que marque la ley 13/1999 del Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (art. 14.c)) y de acuerdo al Decreto 109/2005 (pto. 4.2 del anexo) que regula los requisitos de los contratos de Responsabilidad Civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. En caso de que se agoten dichas cantidades deberán reponerse automáticamente. Responsabilidad patronal por la misma cuantía que el seguro de Responsabilidad Civil de explotación por siniestro y 300.000 € de límite por víctima. El concesionario deberá acreditar ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxx el pago anual de los recibos de las anteriores pólizas, debiendo entregar estas pólizas antes de la firma del contrato objeto de adjudicación. – El Ayuntamiento xx Xxxxxxx con el fin de verificar el estado de las instalaciones podrá contratar una auditoría externa que verifique el estado de la instalación a cargo de la empresa adjudicataria. – Cumplir cuantas otras obligaciones vengan impuestas al concesionario en el presente Xxxxxx y en los Reglamentos u Ordenanzas Municipales que afecten al Servicio. – Para llevar a buen término lo establecido en las condiciones anteriores, el concesionario deberá realizar cuantas inversiones sean necesarias a lo largo del contrato. – Comunicar al Ayuntamiento xx Xxxxxxx cualquier anomalía que surja durante la ejecución del contrato solicitando el apoyo y la protección del mismo cuando ello sea preciso. – Todas aquellas otras obligaciones recogidas en el presente Pliego.
Asegurado Adicional. Persona natural cuya vida se asegura en virtud de la contratación de cláusulas adicionales a la presente póliza.
Asegurado Adicional. Es la persona nombrada como tal en la solicitud.