COMPROMISOS DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. El contratista se compromete a: - La realización de todas sus actividades sobre el ensayo clínico objeto de este contrato según la Legislación Vigente sobre EECC en España, y a actuar como garantes de la ejecución de este EC por parte del equipo investigador según la mencionada legislación - Trabajar con el equipo investigador y el promotor para garantizar un reclutamiento adecuado de los pacientes, según se especifica por protocolo, dentro de los plazos previstos - Tratamiento de los datos del estudio según la legislación vigente sobre la gestión de datos de EECC y las Buenas Prácticas Clínicas (BPC). - Compromiso especifico en Protección de datos en ejecución del contrato. El adjudicatario, en la medida en que acceda y trate datos de carácter personal de los sujetos participantes en el Proyecto queda obligado a la más estricta observancia de lo establecido en el reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como la normativa española concordante, y a la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente. El adjudicatario es, asimismo, responsable de garantizar la más estricta observancia de lo establecido a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, así como en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente, por el personal por él contratado para la realización del objeto del contrato, debiendo gestionar las autorizaciones de acceso a la documentación clínica, que resultaran pertinentes, de los pacientes incluidos en los ensayos con cada uno de los centros bajo la supervisión del/la investigador/a responsable y a los solos efectos de comprobar los datos aportados por éste en lo referente al cumplimiento del protocolo, garantizar que los datos son registrados de forma correcta y completa, así como asegurarse de que se hayan obtenido el consentimiento informado de todos los pacientes antes de su inclusión en el ensayo. La adjudicataria tendrá la consideración de encargada de tratamiento en relación con los centros de realización de los ensayos clínicos y únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en este contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservaci...
COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA declara bajo juramento no estar impedido de contratar con el Estado, y se obliga a elaborar los Expedientes Técnicos, de cada Etapa; y Ejecutar la obra indicada en la cláusula segunda, de acuerdo a las Bases y Expedientes Técnicos que forman parte de éste instrumento, y conforme a las Disposiciones Legales aplicables que declara conocer y cumplir. EL CONTRATISTA, en armonía con el Artículo 9° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se obliga a cumplir las responsabilidades derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. De conformidad con el Articulo 51° de la Ley, EL CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de la obra. El plazo de la responsabilidad no podrá ser inferior a siete años a partir de la conformidad de la obra otorgada por SEDAPAL. Del mismo modo, previo al inicio de los trabajos a que se refiere el presente contrato, EL CONTRATISTA, se obliga a tener aprobado el respectivo Estudio de Impacto Ambiental ante las Autoridades respectivas, de todo aquello que incida en la ejecución de la obra.
COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA declara bajo juramento no estar impedido de contratar con el Estado, y se obliga a Ejecutar la obra indicada en la cláusula Segunda, de acuerdo a las Bases y Expedientes Técnicos que forman parte de éste instrumento, y conforme a las Disposiciones Legales aplicables que declara conocer y cumplir. EL CONTRATISTA, en armonía con el Artículo 9° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se obliga a cumplir las responsabilidades derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. EL CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de la construcción. El plazo de la responsabilidad no podrá ser inferior a siete años a partir de la conformidad de la obra otorgada por LA ENTIDAD (Artículo 51° de la Ley)
COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. El Contratista asume ante el IPD el compromiso permanente de absolver o subsanar, oportunamente, cualquier observación o consulta referida al servicio o documentación que prestará y elaborará para éste, en las oportunidades que sean necesarias. El Contratista se compromete expresamente a subsanar o rectificar, a su propio peculio, los documentos que presente, sí estos son observados. El compromiso que asume el Contratista, implica tanto la absolución de las consultas en forma escrita como personalmente; e incluso, si fuera el caso, en lugar donde se ejecuten las obras. El Contratista no podrá negarse a cumplir estos compromisos bajo ninguna excusa, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobada. Al Contratista que obtenga la Buena Pro la ENTIDAD entregará el perfil aprobado del proyecto, en físico y en un CD., así como gestionara otras facilidades relativas a las justificadas que requiera el contratista para dicho fin. A través de la Unidad de Obras de la Oficina de Infraestructura- IPD, la ENTIDAD coordinará, hará seguimiento y controlará la ejecución del contrato; asimismo, a través del supervisor revisará las valorizaciones, los informes de obra y las liquidaciones de los contratos de obra entre otros documentos de obra y realizará las gestiones del caso para cancelación de las valorizaciones y de los servicios de supervisión. La Oficina de Infraestructura de la ENTIDAD se encargará, de coordinar el control, revisión y seguimiento de la ejecución del proyecto. Designar, a través de la Oficina de Infraestructura, al Supervisor y/o revisor del expediente técnico, así como al Comité de Recepción respectivamente. Seguir y cumplir los plazos de los procedimientos expuestos en los términos de referencia. La Oficina de Infraestructura gestionará la cancelación de las valorizaciones de los servicios de elaboración de expediente técnico con la revisión y aprobación y/o conformidad de la Unidad de Estudios y Proyectos durante la revisión y hasta la aprobación del expediente técnico y de la Unidad de Obras de la Oficina de Infraestructuras. Proporcionar la documentación necesaria solicitada por el Contratista para la ejecución de las actividades programadas. Brindar la conformidad técnica y efectuar el pago pactado. La Conformidad técnica del servicio, será emitida por la Unidad de Estudios y Proyectos, por la Unidad de Obras, en conjunto con la Oficina de Infraestructura según corresponda la etapa de elaboración del expediente técnico respectivamente...
COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. 2.1.-El programa se desarrollará en las siguientes Áreas de Intervención y con las actividades que a continuación se detallan: Se fomentará la participación satisfaciendo a las demandas y gustos expresados por los residentes y familias, y dando respuesta a las necesidades detectadas dentro de su ámbito de actuación.
COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. Las empresas licitadoras deberán presentar en su oferta, declaración formal del representante en la que se comprometa a que todas las intervenciones sean ejecutadas por técnicos especialistas debidamente formados y supervisados, según los procedimientos de calidad correspondientes para garantizar la seguridad y la disponibilidad de las instalaciones a su cargo, contado para ello con medios, asesoramiento y repuestos originales para productos de los elevadores existentes, y homologados para otros.
COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. 1. Limpieza del sitio.
COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. La obra la ejecutará el contratista a riesgo y xxxxxxx, manifestando conocer y aceptar el proyecto técnico que sirve de base a la presente contratación. Y por ello asume:
COMPROMISOS DEL CONTRATISTA. A la fecha de terminación del contrato:

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.