Aprobación del expediente Cláusulas de Ejemplo

Aprobación del expediente. 1. Completado el expediente de contratación, se dictará resolución motivada por el órgano de contratación aprobando el mismo y disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación. Dicha resolución implicará también la aprobación del gasto, salvo el supuesto excepcional previsto en la letra a) del apartado 3 del artículo 150, o que las normas de desconcentración o el acto de delegación hubiesen establecido lo contrario, en cuyo caso deberá recabarse la aprobación del órgano competente.
Aprobación del expediente. Completado el expediente de contratación, se dictará acuerdo por el órgano de contratación aprobando el mismo y disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación.
Aprobación del expediente. Una vez reunida la información sobre las características técnicas, el valor referencial y la disponibilidad presupuestal, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones remitirá el expediente de contratación al funcionario competente de acuerdo a sus normas de organización interna, para su aprobación. Tratándose de obras, se anexará, además, el Expediente Técnico respectivo y la Declaratoria de Viabilidad conforme al Sistema Nacional de Inversión Pública, según sea el caso.
Aprobación del expediente. 1. Completado el expediente de contratación, ce dictará recolución motivada por el órgano de contratación aprobando el micmo y dicponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación. Dicha recolución implicará también la aprobación xxx xxxxx, xxxxx en el cupuecto excepcional de que el precupuecto no hubiera podido cer ectablecido previamente, o que lac normac de decconcentración o el acto de delegación hubiecen ectablecido lo contrario, en cuyo caco deberá recabarce la aprobación del órgano competente. Ecta recolución deberá cer objeto de publicación en el perfil de contratante.
Aprobación del expediente. Completado el expediente de contratación, el órgano de contratación dicta resolución motivada de aprobación del mismo y se dispone la apertura del procedimiento de adjudicación. Dicha resolución debe comprender también la aprobación del gasto. Los expedientes de contratación pueden ultimarse con la adjudicación del contrato y su formalización correspondiente, aún cuando su ejecución, ya se realice en una o varia anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente. Para ello, podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias a las que esté sujeto el Organismo. Cuando el contrato se formalice en ejercicio anterior al de la iniciación del la ejecución, el pliego de cláusulas administrativas particulares deberá someter la adjudicación a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
Aprobación del expediente. El órgano de contratación aprobará el expediente de contratación y ordenará la publicación, en su caso, del anuncio de licitación. Sin perjuicio de las competencias atribuidas al órgano de contratación, la Secretaría General es el departamento responsable de impulsar los procedimientos de contratación, desarrollando las actuaciones que sean necesarias para materializar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Instrucciones y, entre ellos, la gestión de las publicaciones que sean necesarias. Para el cumplimiento de sus funciones, requerirá la documentación y colaboración necesaria de los servicios o departamentos de GICAMAN que deban proceder a su elaboración por razón del objeto del contrato, pudiendo servirse, en su caso, de la asistencia externa que estime precisa.
Aprobación del expediente. 31.1 El Comité Ejecutivo aprueba la inscripción del expediente, emite una Constancia de Registro y asigna un código que identifica al Proyecto. Una copia de la Constancia y del expediente del Proyecto serán entregados al FMV, así como cualquier modificación realizada al expediente inscrito.
Aprobación del expediente. Artículo 117. Aprobación del expediente.
Aprobación del expediente. Examinado el acuerdo de inicio del expediente y los Pliegos de Cláusulas elaborados, la unidad u órgano que tenga atribuida la función en las instrucciones sobre procedimiento de contratación aprobadas por la entidad, acordará aprobación de la contratación, de los Pliegos y ordenará la apertura de la licitación (Art. 117 LCSP) conforme al documento MODELO 14.
Aprobación del expediente. El Órgano de Contratación aprobará el expediente de contratación y ordenará la apertura del procedimiento de adjudicación y con ello la publicación del anuncio de licitación en los casos en que ello corresponda.