Cláusula de Protección Cláusulas de Ejemplo

Cláusula de Protección. Si alguna de las provisiones de este contrato fuera declarada ilegal por una corte de jurisdicción competente, esas provisiones serán anuladas inmediatamente, dejando el resto del Contrato en completo vigor y todas las partes deberán entonces negociar otras provisiones que estén en conformidad con las leyes aplicables.
Cláusula de Protección. “En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO.”
Cláusula de Protección. “En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO. El presente documento carece de valor si no está acompañado del respectivo contrato firmado por los representantes del Banco. Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). Las partes acuerdan que estos costos durante la vigencia del crédito podrán ser modificados por el Banco, por los motivos y en los plazos que se establezcan en el contrato respectivo. El cliente se obliga a cumplir con las obligaciones de pago a su cargo en forma puntual y a constituir las garantías cuando corresponda. Los intereses compensatorios se devengarán hasta que la deuda quede íntegramente cancelada, aún cuando lo adeudado esté siendo cobrado en la vía judicial. Se aplicarán una penalidad a partir del día siguiente de la fecha de pago de no haberse cumplido con el mismo, se cobrará una sola vez por cada cuota vencida. Ante el incumplimiento del pago según las condiciones pactadas, se procederá a realizar el reporte correspondiente a las Centrales de Riesgo con la calificación que corresponda, de conformidad con el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente. Los efectos generados en caso el CLIENTE reestructure o refinancie el préstamo serán: i) deterioro de la clasificación crediticia del CLIENTE en el sistema financiero; y ii) cambio de las condiciones originales xxx xxxxxxxx, generándose un nuevo cronograma que incluirá la deuda vencida más los cargos respectivos. El cliente podrá realizar pagos anticipados por el saldo del crédito, en forma total o parcial con la correspondiente reducción de intereses al día de pago. Cuando se produzca un pago anticipado parcial de la deuda, EL CLIENTE podrá optar por reducir el importe de las cuotas o disminuir el plazo del crédito por periodos anuales. Todas las condiciones se refieren al tarifario a la fecha en que se emite la presente Hoja Resumen. ITF aplicable a las transacciones antes señaladas estarán afectas a la tasa actual es de 0.005%. Datos del cronograma: El monto total a pagar por intereses, el monto total a pagar por el crédito, la tasa de costo efec...
Cláusula de Protección. “En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO. El presente documento carece de valor si no está acompañado del respectivo contrato firmado por los representantes del Banco. Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a).
Cláusula de Protección. La versión registrada en los medios electrónicos del BANCO prevalecerá para el caso de que (i) el CLIENTE hubiera obtenido el presente formato de contrato a través de la página web del BANCO, o a través de cualquier otro medio electrónico que el BANCO hubiera puesto a su disposición, y (ii) existiera alguna discrepancia entre el texto del presente documento impreso y el texto del archivo electrónico del cual se tomó. Conformes las partes de su integridad, lo suscriben a los días del mes de del 20 . REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES): Denominación/Razón Social: RUC: Domicilio: Correo Electrónico: REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES): Nombres y Apellidos: Nombres y Apellidos:
Cláusula de Protección. “En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO. , de del . Cliente Sr(a). Cónyuge del Cliente Sr(a). Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). Información de los Costos y Condiciones Crediticias. Ley 27768 / Resolución S.B.S. N° 1765 – 2005 y sus modificatorias Apellidos y nombres de el/la cónyuge de EL CLIENTE: Producto: Moneda: Soles Dólares Monto Mínimo del Crédito/ Línea Crédito1: T.E.A. Fija (Compensatoria): % T.C.E.A. Xxxx Xxxxx Efectivo: % Total de intereses: De acuerdo a cronograma adjunto Cantidad de Cuotas: Periodo xx xxxxxx: días Periodicidad de Pago: Seguro de desgravamen: Individual Conyugal Solicito la entrega del cronograma final a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas. Seguro Desgravamen sobre saldo deudor (Prima Bruta Mensual)2 Titular Titular y Cónyuge 0.077 % 0.15 % Seguro al Bien (Prima Bruta Mensual)3 Inmuebles Maquinarias y Equipos 0.025 % (Sobre valor de fábrica) Comisión por Portes No aplica Comisión por Administración de Póliza Endosada4 US$ 15 Comisión por Revisión de Valuación5 US$ 10 Gasto por Valuación/Tasación6 S/. 132 Penalidad por Xxxx Xxxxxx:7 Al día 1 S/. 25.00 US$ 10.00 Al día 3 S/. 50.00 US$ 20.00 Al día 5 S/. 80.00 US$ 32.00 Al día 9 S/. 120.00 US$ 48.00 Gastos Judiciales8 Se cobrarán según las tarifas relacionadas al proceso judicial Comisión de Estudio de Títulos US$ 25 o S/. 82.50 Elaboración de Contrato de Garantía Real (hipoteca o garantía mobiliaria) US$ 25 o S/. 82.50 Gastos Notariales9 S/.300 / S/.250 / S/.60 Gastos Registrales10 De acuerdo a aranceles de Registros Públicos Levantamiento de Garantías11 Elaboración de Minuta de Levantamiento de Garantía Real (hipoteca y garantía mobiliaria). US$ 50 o S/. 165 Elaboración de Minuta de Levantamiento de Garantía Mobiliaria Vehicular. US$ 50 o S/. 165 Comisión por Estudio de Poderes US$ 10 o S/. 33 Cartas Notariales S/. 15 (por carta) Legalización copia de documento S/. 4.72 (por hoja) Las partes acuerdan que estos costos durante la vigencia del crédito podrán ser modificados por EL BANCO, de acuerdo a condiciones xxx xxxxxxx. EL BANCO se obliga a comunicar dichas variacio...
Cláusula de Protección. La versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO prevalecerá para el caso de que i) EL CLIENTE hubiera obtenido el presente formato de contrato a través de la página web de EL BANCO, o a través de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, y ii) existiera alguna discrepancia entre el texto del presente documento impreso y el texto del archivo electrónico del cual se tomó.
Cláusula de Protección. “En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que LA FINANCIERA hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de LA FINANCIERA.  ,   de   de 200  CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. R.U.C. N° 20255993225 Dirección: Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx 0000, Xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Provincia y Departamento de Lima. Funcionario:   Documento de Identidad:  Funcionario:  Documento de Identidad:  Datos de inscripción de poderes: Partida Electrónica N° ………….. del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Jurídicas de Lima Denominación o Razón Social:  R.U.C. N°   Dirección:   Representante:   Cargo:   Documento de Identidad:  Representante:  Cargo:   Documento de Identidad:  Datos de inscripción de poderes:  Apellidos y Nombres:   Documento de Identidad:  Apellidos y Nombres:   Documento de Identidad:  Domicilio:  Firma Firma
Cláusula de Protección. La versión registrada en los medios electrónicos del BANCO, prevalecerá para el caso de que i) el PAGADOR hubiera obtenido el presente formato de contrato de la página web del BANCO, o a través de de cualquier otro medio electrónico que el BANCO hubiera puesto a su disposición, y ii) existiera alguna discrepancia entre el texto del presente documento impreso y el texto del archivo electrónico del cual se tomó. Conformes las partes de su integridad, lo suscriben a los días del mes de del 20 . REPRESENTANTE(S) LEGALE(S): REPRESENTANTE(S) LEGALE(S): Firma y xxxxx xxx XXXXXXX Nombres y Apellidos: Firma y xxxxx xxx XXXXXXX Nombres y Apellidos:

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.