PERIODICIDAD DE PAGO Cláusulas de Ejemplo

PERIODICIDAD DE PAGO. Frecuencia en la que el Asegurado se compromete a realizar los pagos de la prima (anual, semestral, cuatrimestral, trimestral, bimensual o mensual) en el domicilio de la Compañía según se muestra en las Condiciones Particulares.
PERIODICIDAD DE PAGO. El Asegurado puede optar por liquidar la prima anual de manera fraccionada, ya sea con periodicidad mensual, trimestral o semestral. Si el Asegurado opta por el pago fraccionado de la prima, las exhibiciones deberán ser por periodos de igual duración, no inferiores a un mes y vencerán al inicio de cada periodo pactado, aplicándose la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Asegurado y MetLife en la fecha de la celebración del contrato. En caso de que el Asegurado optare por liquidar sus primas mediante descuentos en su nómina, tendrá la obligación de verificar que el descuento se encuentra incluido en sus recibos de pago, en caso de que no aparezca deberá comunicarlo por escrito, dentro de los siguientes 15 días naturales.
PERIODICIDAD DE PAGO. Frecuencia en la que el Asegurado se compromete a realizar los pagos de la prima (anual, semestral, cuatrimestral, trimestral,
PERIODICIDAD DE PAGO.  Semestral  Anual PAQUETES EDADES  1 Titular  Edad Mínima de Ingreso: 18 años.  Edad Máxima de Ingreso: 69 años y 364 días.  Edad Máxima de permanencia: 74 años y 364 días.  Todas las Agencias de la Caja. PRECIOS 1 Titular
PERIODICIDAD DE PAGO. Mensual: Trimestral: X Anual:
PERIODICIDAD DE PAGO. El pago es anual por adelantado.
PERIODICIDAD DE PAGO. Frecuencia en la que el Contratante se compromete a realizar los pagos de la prima (anual, semestral, cuatrimestral, trimestral, bimensual o mensual) en
PERIODICIDAD DE PAGO. Procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 216.4 del TRLCSP, según redacción dada por la ley 13/ 2014 de 14 de julio y Disposición Adicional sexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
PERIODICIDAD DE PAGO. La cancelación xxx xxxxxxxx, conformado por principal e intereses, se efectuarán mediante cuotas mensuales y niveladas todo de conformidad con las condiciones determinadas en el cronograma de pago que al efecto emita el BANCO, documento que será firmado por el DEUDOR(A) el cual será entregado. El DEUDOR(A) efectuará la forma de pago mediante depósito, cheque o transferencias en las cuentas bancarias que indique por escrito el BANCO.
PERIODICIDAD DE PAGO. El Asegurado definirá la periodicidad en la que desea realizar las Aportaciones, la cual podrá ser mensual, trimestral, semestral o anual.