CLASIFICACIÓN EXIGIDA Cláusulas de Ejemplo

CLASIFICACIÓN EXIGIDA. Grupo: U Subgrupo : 5 Categoría: B
CLASIFICACIÓN EXIGIDA. No procede
CLASIFICACIÓN EXIGIDA. A la vista del importe del contrato, art. 65: NO SE EXIGE. Compromiso de adscripción medios materiales o personales, y nombres y cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del contrato:SI 5 Ordinaria o de urgencia, art. 109 y 112 TRLCSP. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx del Río Segura (Murcia) Pág. 18/24
CLASIFICACIÓN EXIGIDA. No se exige
CLASIFICACIÓN EXIGIDA. Cuando la suma de los presupuestos de licitación para todo el contrato (4 Cursos) de todas las rutas a las que un licitador se presente sea igual o superior a 120.202,42 € (IVA incluido), éste deberá estar en posesión de la siguiente clasificación: GRUPO: R- SERVICIO DE TRANSPORTES; SUBGRUPO: 1- TRANSPORTE EN GENERAL. CATEGORÍA: Categoría A: Cuando la anualidad media de la suma de las rutas a las que licite sea inferior a 150.000 €. Categoría B: Cuando la anualidad media de la suma de las rutas a las que licite sea igual o superior a 150.000 € e inferior a 300.000 €. Categoría C: Cuando la anualidad media de la suma de las rutas a las que licite sea igual o superior a 300.000 € e inferior a 600.000 €. Categoría D: Cuando la anualidad media de la suma de las rutas a las que licite sea igual o superior a 600.000 €.” En dichos escritos (el texto es el mismo en todos ellos) hacen referencia a que adjuntan la misma documentación que enviaron a la Junta Consultiva de Contratación para solicitar la clasificación, que en la actualidad todavía no poseen, porque, dicen, no depende del administrado sino de la Administración, pero que a su juicio cumplen todos los requisitos para obtenerla y solicitan que se les dé por subsanadas las deficiencias apreciadas en la documentación del sobre nº1. La Mesa de Contratación decide no tener en cuenta documentación contenida en los sobres, puesto que no es competencia de la Mesa otorgar o denegar la clasificación, sino comprobar que a fecha de finalización del plazo de subsanación de defectos u omisiones apreciados en el sobre nº 1, cumplen con todos los requisitos previos exigidos para la contratación. A esto habría que sumarle que, como anteriormente se ha dicho, estos escritos han tenido entrada el día 16, cuando el plazo de subsanación finalizaba a las 14:00 horas del día 11 de julio de 2013. Por tanto no se modifica la lista de las empresas excluidas de la licitación donde figuran las 5 empresas relacionadas en el párrafo anterior.” que rige la contratación”.
CLASIFICACIÓN EXIGIDA. No se requiere exigencia de clasificación, conforme a lo dispuesto en el art. 77 de la LCSP. Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX Sin perjuicio de lo expuesto, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx acreditará, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional establecidos en los apartados 12.3 y 12.4 del presente pliego, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. Así mismo, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimosexta de la LCSP, si a la licitación concurren empresarios extranjeros de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar se podrá realizar: - bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado Miembro de la Unión Europea, o - bien mediante la documentación acreditativa de los citados extremos, que deberá presentar en el plazo concedido para la presentación de la garantía definitiva. Según lo establecido en los artículos 37 y 38 del RGLCAP, la clasificación aplicable a cada uno de los lotes, atendiendo a la correspondencia entre subgrupos de clasificación de servicios y códigos CPV incluidos en cada subgrupo del Anexo II del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público (RGLCAP), será la siguiente: 27/07/2018 11:16:01 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) db06185e-aa03-8bd0-594191290460
CLASIFICACIÓN EXIGIDA. No se exige. Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: Si -Solvencia técnica- Relación de los trabajos realizados, en los últimos tres años, que tengan relación con el objeto del contrato, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, a esta relación se acompañará una declaración jurada del representante de la empresa confirmando la veracidad de dicha relación. -Solvencia económica- se podrá acreditar por uno de los siguientes medios: - Declaración de entidad financiera en la que se expresa que la empresa licitadora es solvente para realizar el objeto de presente contrato, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios.
CLASIFICACIÓN EXIGIDA. De conformidad con lo establecido en la letra b) del número 1 del artículo 65 del TRLCSP, no será exigible la clasificación del contratista.
CLASIFICACIÓN EXIGIDA. No. Requisitos: -Solvencia económica y financiera: .-Declaraciones apropiadas de entidades financieras en la que se recoja que el empresario que realiza la oferta tiene solvencia económica y financiera para la realización de este contrato o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. -Solvencia técnica: - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos por un mínimo global de 66.000,00 €. Los servicios o trabajos efectuados se acreditaran mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. .- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. .- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.