Definición de Informe técnico

Informe técnico. Emitido por la Arquitecto Técnico Municipal; favorable, conforme al cual: Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado.
Informe técnico. Emitido por la Arquitecta Municipal; favorable, conforme al cual:
Informe técnico. Emitido por la Arquitecto Técnico Municipal; favorable a la realización de las obras, con los siguientes condicionantes:

Examples of Informe técnico in a sentence

  • Debe ser un Informe técnico de cada evento donde se describa el detalle del evento y las modificaciones que se generaron.

  • Informe técnico con el detalle de horas de soporte especializado.

  • Una copia del Informe técnico y legal que acompaña la Resolución del Titular de la Entidad será remitida al Ministerio de Economía y Finanzas y al OSCE en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles a su emisión.

  • Informe técnico de valoración (anexo IV) de propuestas recibidas y las razones de su aceptación o rechazo.

  • Al término de este período, el Centro deberá estar en perfecto estado de uso, lo que se acreditará mediante el Informe técnico de reversión del Centro.


More Definitions of Informe técnico

Informe técnico. Emitido por la Arquitecto Técnico Municipal; favorable, conforme al cual: Según el Texto Refundido del Plan General de Ordenación (TRPGO) del municipio xx Xxxxxx (BOPA 28-10- 2015), el inmueble de referencia se sitúa en Xxxxx Xxxxxx, bajo la calificación de Según Alineación Grado 2. Se trata de un inmueble con Grado de Protección Parcial, incluido en el Anexo IV de elementos protegidos de las Normas Urbanísticas del TRPGO, con el número 35 xxx xxxxx xxxxxx xx Xxxxxx. El artículo 109 del TRPGO establece que las obras que se realicen sobre los inmuebles afectados por un Grado de Protección Parcial, serán las tendentes a su conservación mejorando sus condiciones de habitabilidad o uso, manteniendo su configuración parcial, su envolvente exterior y sus elementos significativos. Se permiten con carácter general y preferente, las obras cuyo fin sea la restauración y por tanto las de consolidación y mantenimiento, así como las obras de rehabilitación y las parciales de reestructuración. El uso solicitado de local con destino a frutería en planta baja está contemplado en el artículo 294 del TRPGO, para locales en edificaciones según alineación, admitiéndose el uso comercial en la Categoría 1ª, locales comerciales hasta 250 m², en Situación 1ª, es decir, en planta baja de edificio de viviendas. Por lo anteriormente indicado y realizada la visita de comprobación, se informa favorable la legalización de las obras (por importe de 5.791,36 €), el entronque a la red de agua y saneamiento, así como la Licencia de Apertura y Puesta en Funcionamiento de la Actividad, siendo la superficie dedicada a frutería de 85,21 m². VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006). VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 362/2015 de 30 xx xxxxx de 2015. De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD, Conceder a Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, con NIF: 09.443.227W, salvo el d...
Informe técnico. Emitido por la Arquitecta Municipal; favorable, con el siguiente tenor literal:
Informe técnico. Emitido por el Ingeniero Técnico Agrícola Municipal; favorable, conforme al cual:
Informe técnico. Emitido por el Ingeniero Técnico Municipal; favorable, con los siguientes condicionantes:
Informe técnico. Emitido por la Arquitecta Municipal; favorable, conforme al cual: Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado. Interesado: Xxx Xxxx Xxxxxxx Vallejo Ibáñez, con D.N.I: 13728245M y domicilio para notificaciones en Queruas (Xxxxxx). Fecha de solicitud: 10 xx xxxxx de 2015. Núm. de registro de entrada: 3.070. Datos de la solicitud objeto de licencia: Trámites previos: En sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local con fecha 5 de noviembre de 2014, previos los trámites e informes oportunos, se concede licencia para proyecto básico y ejecución.
Informe técnico. Emitido por la Arquitecto Técnico Municipal a la realización de las obras descritas en el presupuesto, con los siguientes condicionantes: Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre Interesado: Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, con N.I.F.: 33.764.952-D y domicilio para notificaciones en Gijón, C/Xxxxx Xxxxxxx, 3-4º izqda. Fecha de solicitud: 6 de febrero de 2015. Núm. de registro de entrada: 596. Datos de la solicitud objeto de licencia: Informe técnico: Emitido por la Arquitecto Técnico Municipal; favorable a la realización de las obras, con los siguientes condicionantes:
Informe técnico. La Supervisión de Obra es la obligada a realizar los controles antes mencionados y descritos. Deberá elaborar un Informe Técnico que señale la metodología empleada en cada ensayo, sus correcciones, resultados, recomendaciones y conclusiones. El Informe incluirá además el análisis y/o resultado estadístico de las pruebas hidraulicas, estructuras obras de concreto armado realizados durante la ejecución de la obra, comparando con los parámetros o requisitos exigidos en las especificaciones técnicas. El Informe Técnico será presentado a la Municipalidad Distrital de Yanahuara y se incluirá en el informe de situación de la obra, que presenta el Supervisor anticipadamente a la Comisión de Recepción y será requisito indispensable para la Recepción de la Obra. El Supervisor debe controlar permanentemente la calidad del material empleado en la construcción de la obra, en tal sentido los resultados finales del control deben estar dentro de los parámetros exigidos. En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas, la Supervisión definirá los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, siendo estos trabajos por cuenta del Contratista, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna por dichos trabajos, toda vez que el Contratista está en la obligación de terminar correctamente el trabajo. Sin embargo, el Supervisor no se eximirá de la responsabilidad de estos resultados, por lo que se hará acreedor de la sanción indicada en los Términos de Referencia. El Supervisor de Xxxx presentará a la Entidad la siguiente documentación, como resultado de la prestación de servicios: 1 Informe Diagnóstico relacionado con la revisión y verificación del Expediente Técnico, formulando sus conclusiones y recomendaciones.