Common use of SUPERVISIÓN DEL CONTRATO Clause in Contracts

SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. Paralelamente a las tareas de autocontrol que ejerce el Contratista se realizarán las tareas de supervisión que aquí se establecen. La Contratante designará un grupo de técnicos que conformará el Órgano de Control del contrato. Este es el órgano de máxima jerarquía en la función de control, los técnicos que lo integren ejercerán sus funciones de manera técnicamente independiente. El Órgano de Control de la Contratante estará representado por un Ingeniero debidamente calificado que, como Supervisor de Obra, tendrá la responsabilidad de la Supervisión. El Supervisor de Obra podrá ser un funcionario de la Contratante o un consultor contratado a tal fin. Todas las tareas de supervisión que se detallan a continuación serán realizadas por el Supervisor de Obra o el Órgano de Control, según corresponda, con equipos propios de la Contratante o por terceros contratados para tal fin. En ambos casos el equipo será seleccionado teniendo en cuenta la oportunidad, conveniencia, idoneidad y naturaleza de la tarea a realizar. La supervisión cumple varias funciones que van variando en sus objetivos e intensidad a lo largo del contrato, estas son: SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE “PUESTA A PUNTO” Y “COMPLEMENTARIAS”. La supervisión de las obras de “puesta a punto” tiene por objeto asegurar el completo apego a las condiciones que debe cumplir el autocontrol de la empresa Contratista e incluye la comprobación estadística de los ensayos de control de calidad. Esta tarea comprenderá, además, la verificación de la calibración de los equipos usados por el equipo de autocontrol, la idoneidad del personal, el cumplimiento de las normas de ensayo, de los pliegos de condiciones técnicas, de las frecuencias de ensayo y de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales, procesos y productos terminados. El Supervisor de Xxxx realizará informes mensuales al Órgano de Control de la contratante, y a la empresa Contratista acerca de la forma en que se realiza el autocontrol especificando las posibles desviaciones, errores y omisiones, su gravedad y las medidas que se han tomado o que se deberán tomar para corregirlas.

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Samples: Pliego De Condiciones – Proyecto, Pliego De Condiciones – Proyecto

SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. Paralelamente a las tareas de autocontrol que ejerce el Contratista se realizarán las tareas de supervisión que aquí se establecen. La Contratante designará un grupo de técnicos que conformará el Órgano de Control del contrato. Este es el órgano de máxima jerarquía en la función de control, los técnicos que lo integren ejercerán sus funciones de manera técnicamente independiente. El Órgano de Control de la Contratante estará representado por un Ingeniero debidamente calificado que, como Supervisor de Obra, tendrá la responsabilidad de la Supervisión. El Supervisor de Obra podrá ser un funcionario de la Contratante o un consultor contratado a tal fin. Todas las tareas de supervisión que se detallan a continuación serán realizadas por el Supervisor de Obra o el Órgano de Control, según corresponda, con equipos propios de la Contratante o por terceros contratados para tal fin. En ambos casos el equipo será seleccionado teniendo en cuenta la oportunidad, conveniencia, idoneidad y naturaleza de la tarea a realizar. La supervisión cumple varias funciones que van variando en sus objetivos e intensidad a lo largo del contrato, estas son: SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE “PUESTA A PUNTO” Y “COMPLEMENTARIAS”. La supervisión de las obras de “puesta a punto” tiene por objeto asegurar el completo apego a las condiciones que debe cumplir el autocontrol de la empresa Contratista e incluye la comprobación estadística de los ensayos de control de calidad. Esta tarea comprenderá, además, la verificación de la calibración de los equipos usados por el equipo de autocontrol, la idoneidad del personal, el cumplimiento de las normas de ensayo, de los pliegos de condiciones técnicas, de las frecuencias de ensayo y de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales, procesos y productos terminados. El Supervisor de Xxxx realizará informes mensuales al Órgano de Control de la contratante, y a la empresa Contratista acerca de la forma en que se realiza el autocontrol especificando las posibles desviaciones, errores y omisiones, su gravedad y las medidas que se han tomado o que se deberán tomar para corregirlas. En el correr de los primeros cinco días del mes que corresponda, la supervisión deberá evaluar la totalidad del circuito siguiendo la metodología establecida en el Anexo IX. Luego, siguiendo lo establecido en el CAPITULO XIV, calculará el Coeficiente Técnico de Disponibilidad de cada tramo y las Faltas no Críticas y Críticas que afectarán la liquidación anual del Pago Por Disponibilidad. Si como resultado de la evaluación se hubieran detectado incumplimientos a los estándares, comenzarán a correr los plazos de respuesta con que cuenta el Contratista para levantar el incumplimiento. El Supervisor de Obra comunicará los resultados detallados de estas evaluaciones a la empresa Contratista y al Órgano de Control de la Contratante dentro de los cinco días siguientes de realizada la evaluación. La supervisión realizará la evaluación del IRI y de acuerdo a su resultado, siguiendo lo establecido en el CAPITULO XIV calculará, si las hubiere, las Faltas no Críticas y Críticas que afectarán la liquidación anual del Pago Por Disponibilidad e informará de todo lo actuado a la empresa Contratista, en un plazo xx xxxx días hábiles. Como resultado de las cuatro evaluaciones trimestrales del Nivel de Servicio al Usuario y de la evaluación anual del IRI el Contratista puede haber acumulado un cierto número xx Xxxxxx no Críticas y Críticas. La Supervisión de Obra realizará un detallado informe anual dirigido al Órgano de Control de la contratante. En este documento, además de las consideraciones que estime oportunas, deberá informar acerca del cumplimiento de la empresa Contratista en relación al autocontrol, a los valores obtenidos de NSU y a las mediciones de IRI y en aplicación de lo establecido en el CAPITULO XIV realizará la liquidación anual definitiva correspondiente al Pago Por Disponibilidad.

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Samples: Contrato De Participacion Publico/Privado

SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. Paralelamente Para la ejecución del Contrato resultante de este proceso de Contratación, el Ordenador del Gasto designará un funcionario para que ejerza esta función, el cual será notificado por el Jefe del Grupo Gestión de Contratos una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del respectivo contrato, quien deberá velar por los intereses del HOSPITAL y en especial tendrá las siguientes: FUNCIONES GENERALES. 1) EN EL ASPECTO TÉCNICO – ADMINISTRATIVO. a) Verificar que las especificaciones y condiciones particulares de los bienes contratados, correspondan a las tareas de autocontrol que ejerce solicitadas, definidas y aceptadas en el Contratista se realizarán las tareas de supervisión que aquí se establecen. La Contratante designará un grupo de técnicos que conformará el Órgano de Control del contrato. Este es b) En los eventos que así lo determine el órgano contrato, o si la naturaleza del mismo lo requiere, el supervisor deberá suscribir conjuntamente con el CONTRATISTA y el HOSPITAL, las actas de máxima jerarquía iniciación o de recibo de bienes, dentro del término que se haya establecido en el contrato. c) Citar o convocar a reuniones al CONTRATISTA, al HOSPITAL y a los funcionarios que tengan un interés directo en la función de control, los técnicos que lo integren ejercerán sus funciones de manera técnicamente independiente. El Órgano de Control ejecución del contrato o hayan participado en la elaboración de la Contratante estará representado por un Ingeniero debidamente calificado que, como Supervisor solicitud de Obra, tendrá la responsabilidad oferta y elaboración de la Supervisión. El Supervisor de Obra podrá ser un funcionario de la Contratante o un consultor contratado a tal fin. Todas las tareas de supervisión que se detallan a continuación serán realizadas por el Supervisor de Obra o el Órgano de Control, según corresponda, con equipos propios de la Contratante o por terceros contratados para tal fin. En ambos casos el equipo será seleccionado teniendo en cuenta la oportunidad, conveniencia, idoneidad y naturaleza de la tarea a realizar. La supervisión cumple varias funciones que van variando en sus objetivos e intensidad a lo largo minuta del contrato, estas son: SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE “PUESTA A PUNTO” Y “COMPLEMENTARIAS”cuando se tengan dudas sobre los términos del contrato y/o se considere necesario para la normal ejecución y desarrollo del mismo. La supervisión d) Exigir la buena calidad y correcto funcionamiento de las obras los bienes contratados y abstenerse de “puesta a punto” tiene por objeto asegurar dar el completo apego respectivo cumplido si éstos no corresponden a las condiciones calidades, cantidades y especificaciones técnicas exigidas. e) Verificar que debe cumplir el autocontrol CONTRATISTA entregue los bienes que presentó en la propuesta. En el evento de que algunos de los bienes no sean acordes con lo estipulado en el contrato y en la oferta, éste exigirá al CONTRATISTA que sean cambiados o ajustados en el menor tiempo posible, o en el indicado para estos eventos en el contrato para que pueda darse una adecuada ejecución del mismo. f) En coordinación con el Jefe del Grupo de Contratación del Hospital Militar dar el visto bueno para expedir las certificaciones de cumplimiento de los contratos, cuando éstas sean solicitadas por el CONTRATISTA. g) Resolver todas las consultas presentadas por el CONTRATISTA y hacer las observaciones que estime conveniente. h) Solicitar la suspensión temporal de la empresa Contratista e incluye la comprobación estadística ejecución de un contrato por circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito, justificando plenamente las circunstancias del tiempo, modo y lugar que originan los ensayos hechos de control de calidada suspensión, ante el competente contractual mediante documento escrito, para que éste emita su autorización. Esta tarea comprenderá, además, la verificación de la calibración de los equipos usados por el equipo de autocontrol, la idoneidad del personal, el cumplimiento de las normas de ensayo, de los pliegos de condiciones técnicas, de las frecuencias de ensayo y de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales, procesos y productos terminados. El Supervisor de Xxxx realizará informes mensuales al Órgano de Control de la contratante, y i) Constatar a la empresa Contratista acerca fecha de la forma en que se realiza el autocontrol especificando las posibles desviaciones, errores y omisionesvencimiento del contrato, su gravedad y las medidas que se han tomado o que se deberán tomar para corregirlas.total cumplimiento. Si llega a tener dudas sobre la ejecución del mismo no podrá expedir el acta de recibo final,

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Samples: Carta De Presentación

SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. Paralelamente La UNIVERSIDAD ejercerá la vigilancia, supervisión, seguimiento, evaluación y control de los trabajos para verificar que se desarrollen y se entreguen conforme a los términos pactados, a través de la Interventoría ejercida por sociedad XXXXXXXX, identificada con N.I.T. XXXXXXXXX-X, y/o por el profesional XXXXXXXX, adscrito a la D.O.D.F. quien ejercerá como Supervisor del Contrato. Tanto la sociedad Interventora como el Supervisor del contrato están facultados para hacer solicitudes e impartir instrucciones al CONTRATISTA sobre asuntos de su responsabilidad y éste debe acatarlas. Todas las tareas comunicaciones y solicitudes destinadas al CONTRATISTA serán expedidas o ratificadas por escrito y formarán parte de autocontrol que ejerce el Contratista se realizarán las tareas de supervisión que aquí se establecen. La Contratante designará un grupo de técnicos que conformará el Órgano de Control los documentos del contrato. Este es el órgano de máxima jerarquía en la función de control, los técnicos que lo integren ejercerán sus Serán funciones de manera técnicamente independiente. El Órgano de Control de la Contratante estará representado por un Ingeniero debidamente calificado que, como Supervisor de Obra, tendrá la responsabilidad de la Supervisión. El Supervisor de Obra podrá ser un funcionario de la Contratante sociedad Interventora y/o un consultor contratado a tal fin. Todas las tareas de supervisión que se detallan a continuación serán realizadas por el Supervisor de Obra o el Órgano de Control, según corresponda, con equipos propios de la Contratante o por terceros contratados para tal fin. En ambos casos el equipo será seleccionado teniendo en cuenta la oportunidad, conveniencia, idoneidad y naturaleza de la tarea a realizar. La supervisión cumple varias funciones que van variando en sus objetivos e intensidad a lo largo del contrato, estas todas las acciones tendientes a asegurar, para la UNIVERSIDAD, que el CONTRATISTA cumpla con las obligaciones pactadas en el contrato para la correcta ejecución de su objeto, así como las que están contenidas en el Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD en su artículo noventa y dos (92) y subsiguientes, así como las demás normas concordantes. Entre otras, sus obligaciones son: SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE “PUESTA A PUNTO” Y “COMPLEMENTARIAS”10.1. La supervisión Estudiar y tener pleno conocimiento xxx xxxxxx de las obras de “puesta a punto” tiene por objeto asegurar el completo apego a las condiciones que debe cumplir el autocontrol condiciones, de la empresa Contratista e incluye la comprobación estadística de los ensayos de control de calidadoferta o propuesta seleccionada y del contrato. Esta tarea comprenderá, además, la verificación de la calibración de los equipos usados por el equipo de autocontrol, la idoneidad del personal, el cumplimiento de las normas de ensayo, de los pliegos de condiciones técnicas, de las frecuencias de ensayo y de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales, procesos y productos terminados10.2. El Supervisor de Xxxx realizará informes mensuales al Órgano de Control de la contratante, y Representar a la empresa Contratista acerca de UNIVERSIDAD ante el CONTRATISTA en la forma adecuada ejecución del contrato, apoyándola en que se realiza el autocontrol especificando las posibles desviaciones, errores la dirección y omisiones, su gravedad coordinación del mismo en concordancia con la misión y las medidas que se han tomado o que se deberán tomar para corregirlas.los

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Samples: Contrato De Obra en La Modalidad De Precios Unitarios Fijos Sin Formula De Reajuste

SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. Paralelamente La supervisión del contrato estará a las tareas de autocontrol que ejerce el Contratista se realizarán las tareas de supervisión que aquí se establecen. La Contratante designará un grupo de técnicos que conformará el Órgano de Control cargo del contrato. Este es el órgano de máxima jerarquía en la función de control, los técnicos que lo integren ejercerán sus funciones de manera técnicamente independiente. El Órgano de Control Coordinador de la Contratante estará representado por un Ingeniero debidamente calificado que, como Supervisor Unidad de Obra, tendrá la responsabilidad Sistemas de la Supervisión. El Supervisor Dirección Nacional de Obra podrá ser un funcionario Derecho de Autor, quien de acuerdo con la Contratante o un consultor contratado a tal fin. Todas las tareas de supervisión que se detallan a continuación serán realizadas ley, velará por el Supervisor de Obra o estricto cumplimiento del objeto contractual, y realizará el Órgano de Controlseguimiento técnico, según corresponda, con equipos propios de la Contratante o por terceros contratados para tal fin. En ambos casos el equipo será seleccionado teniendo en cuenta la oportunidad, conveniencia, idoneidad jurídico y naturaleza de la tarea a realizar. La supervisión cumple varias funciones que van variando en sus objetivos e intensidad a lo largo económico del contrato, estas son: SUPERVISIÓN y responderá por sus actuaciones u omisiones que generen daño a la entidad. De otra parte el Director General adicional al supervisor ha designado un delegado del nominador experto en materia de tecnologías, quien participará en los Comités Técnicos y como apoyo a la Unidad de Sistemas validará las respuestas a las observaciones de los oferentes interesados previo a emitir un concepto oficial. De dicha actuación el contratista delegado rendirá informe escrito al Director General. 8 TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LAS OBRAS DE “PUESTA A PUNTO” Y “COMPLEMENTARIAS”LOS RIESGOS PREVISIBLES INVOLUCRADOS EN LA CONTRATACIÓN En desarrollo de lo señalado en la Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012, artículo 3 y la ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12 y con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso licitatorio se procede a realizar el análisis de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación. Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente numeral y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación. La supervisión Dirección Nacional de las obras Derecho de “puesta a punto” tiene por objeto asegurar el completo apego a las condiciones que debe cumplir el autocontrol de la empresa Contratista e incluye la comprobación estadística de los ensayos de control de calidad. Esta tarea comprenderá, además, la verificación de la calibración de los equipos usados por el equipo de autocontrol, la idoneidad del personal, el cumplimiento de las normas de ensayo, de los pliegos de condiciones técnicas, de las frecuencias de ensayo y de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales, procesos y productos terminados. El Supervisor de Xxxx realizará informes mensuales al Órgano de Control de la contratante, y a la empresa Contratista acerca de la forma en que se realiza el autocontrol especificando las posibles desviaciones, errores y omisiones, su gravedad y las medidas que se han tomado o que se deberán tomar para corregirlas.Autor no estará obligada

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Samples: www.derechodeautor.gov.co

SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. Paralelamente Para la ejecución del Contrato resultante de este proceso de Contratación, el Ordenador del Gasto designará un funcionario para que ejerza esta función, el cual será notificado por el Jefe del Grupo Gestión de Contratos una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del respectivo contrato, quien deberá velar por los intereses del HOSPITAL y en especial tendrá las siguientes: FUNCIONES GENERALES. 1) EN EL ASPECTO TÉCNICO – ADMINISTRATIVO. a) Verificar que las especificaciones y condiciones particulares de los bienes y/o contratados, correspondan a las tareas de autocontrol que ejerce solicitadas, definidas y aceptadas en el Contratista se realizarán las tareas de supervisión que aquí se establecen. La Contratante designará un grupo de técnicos que conformará el Órgano de Control del contrato. Este es b) En los eventos que así lo determine el órgano contrato, o si la naturaleza del mismo lo requiere, el supervisor deberá suscribir conjuntamente con el CONTRATISTA y el HOSPITAL, las actas de máxima jerarquía iniciación o de recibo de bienes, dentro del término que se haya establecido en el contrato. c) Citar o convocar a reuniones al CONTRATISTA, al HOSPITAL y a los funcionarios que tengan un interés directo en la función de control, los técnicos que lo integren ejercerán sus funciones de manera técnicamente independiente. El Órgano de Control ejecución del contrato o hayan participado en la elaboración de la Contratante estará representado por un Ingeniero debidamente calificado que, como Supervisor solicitud de Obra, tendrá la responsabilidad oferta y elaboración de la Supervisión. El Supervisor de Obra podrá ser un funcionario de la Contratante o un consultor contratado a tal fin. Todas las tareas de supervisión que se detallan a continuación serán realizadas por el Supervisor de Obra o el Órgano de Control, según corresponda, con equipos propios de la Contratante o por terceros contratados para tal fin. En ambos casos el equipo será seleccionado teniendo en cuenta la oportunidad, conveniencia, idoneidad y naturaleza de la tarea a realizar. La supervisión cumple varias funciones que van variando en sus objetivos e intensidad a lo largo minuta del contrato, estas son: SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE “PUESTA A PUNTO” Y “COMPLEMENTARIAS”cuando se tengan dudas sobre los términos del contrato y/o se considere necesario para la normal ejecución y desarrollo del mismo. La supervisión d) Exigir la buena calidad y correcto funcionamiento de los bienes contratados y abstenerse de dar el respectivo cumplido si éstos no corresponden a las calidades, cantidades y especificaciones técnicas exigidas. e) Verificar que el CONTRATISTA entregue los bienes que presentó en la propuesta. En el evento de que algunos de los bienes no sean acordes con lo estipulado en el contrato y en la oferta, éste exigirá al CONTRATISTA que sean cambiados o ajustados en el menor tiempo posible, o en el indicado para estos eventos en el contrato para que pueda darse una adecuada ejecución del mismo. f) En coordinación con el Jefe del Grupo de Contratación del Hospital Militar dar el visto bueno para expedir las certificaciones de cumplimiento de los contratos, cuando éstas sean solicitadas por el CONTRATISTA. g) Resolver todas las consultas presentadas por el CONTRATISTA y hacer las observaciones que estime conveniente. h) Solicitar la suspensión temporal de la ejecución de un contrato por circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito, justificando plenamente las circunstancias del tiempo, modo y lugar que originan los hechos de a suspensión, ante el competente contractual mediante documento escrito, para que éste emita su autorización. i) Constatar a la fecha de vencimiento del contrato, su total cumplimiento. Si llega a tener dudas sobre la ejecución del mismo no podrá expedir el acta de recibo final, hasta tanto no se aclaren las dudas o novedades que considere son irregulares. Para que el Supervisor expida el acta de recibo final del contrato, deberá verificar que todas las obligaciones contractuales se hayan cumplido a cabalidad y que puede procederse a su respectivo pago final. j) Elaborar el proyecto de acta de liquidación del contrato inmediatamente finalice el plazo de ejecución del mismo. k) De conformidad con lo estipulado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, debe exigir al CONTRATISTA el cumplimiento a sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de sus empleados cuando a ello haya lugar mediante certificación suscrita por el Representante Legal y/o Revisor Fiscal, acompañada de la respectiva planilla de pago, antes de realizar cualquier pago y con anterioridad a la elaboración de la respectiva acta de liquidación, en la que se establezca una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, debe informar al Ordenador del Gasto para que se retengan las sumas adeudadas al sistema en el momento de la liquidación y el HOSPITAL le efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, conforme lo define el reglamento. 2) EN EL ASPECTO LEGAL. a) Cumplir y hacer cumplir todas y cada una de las obras de “puesta a punto” tiene por objeto asegurar el completo apego a cláusulas contractuales y en especial, las condiciones que debe cumplir el autocontrol de la empresa Contratista e incluye la comprobación estadística de los ensayos de control de calidad. Esta tarea comprenderá, además, la verificación de la calibración de los equipos usados por el equipo de autocontrol, la idoneidad del personal, el cumplimiento de las normas de ensayo, de los pliegos de condiciones técnicas, de las frecuencias de ensayo y de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales, procesos y productos terminados. El Supervisor de Xxxx realizará informes mensuales al Órgano de Control de la contratante, y a la empresa Contratista acerca de la forma en que se realiza el autocontrol especificando las posibles desviaciones, errores y omisiones, su gravedad y las medidas que se han tomado o que se deberán tomar para corregirlasobligaciones contraídas.

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Samples: Carta De Presentación

SUPERVISIÓN DEL CONTRATO. Paralelamente a las tareas de autocontrol que ejerce el Contratista se realizarán las tareas Las actividades de supervisión del presente contrato por parte del Ministerio serán realizadas por la Dirección Nacional Electoral (DINE), en adelante denominada “la Supervisión”, quien intervendrá en todas las cuestiones concernientes a la prestación del servicio y verificará el cumplimiento de los plazos y demás obligaciones contractuales. Las partes acuerdan que aquí la DINE se establecen. La Contratante designará un grupo reserva el derecho de técnicos que conformará efectuar auditorías periódicas en las instalaciones del cocontratante involucradas con el Órgano servicio, con el objeto de Control verificar el cumplimiento del contrato. Este es La DINE no tendrá limitaciones en cuanto al acceso a los datos, a la documentación técnica relacionada y a la realización de auditorías periódicas en las instalaciones de las partes, a fin de verificar el órgano cumplimiento de máxima jerarquía todos los aspectos contemplados en la función propuesta. Actuará en carácter de controlrepresentante del cocontratante, ejerciendo el control permanente de la ejecución y el cumplimiento de los técnicos aspectos técnicos, reglamentarios, legales y administrativos que lo integren ejercerán sus funciones rijan el servicio. Toda instrucción, orden, norma, etc., que la Supervisión imparta al Director o a la Directora General del Proyecto será considerada como recibida por el cocontratante. La incomparecencia del Director o la Directora General del Proyecto o su negativa a la firma de manera técnicamente independientedocumentos, notas y actas, inhabilitará al cocontratante para los reclamos inherentes a la operación realizada. El Órgano control de Control los trabajos por el Ministerio no disminuirá de la Contratante estará representado por un Ingeniero debidamente calificado que, como Supervisor de Obra, tendrá ningún modo y en ningún caso la responsabilidad de la Supervisión. El Supervisor de Obra podrá ser un funcionario de la Contratante del cocontratante, quien será responsable por toda omisión, accidentes, daños y/o un consultor contratado a tal fincontratiempos. Todas las tareas comunicaciones entre la Supervisión y el cocontratante se realizarán únicamente por correo electrónico. A tal fin, dentro de supervisión que se detallan a continuación serán realizadas por el Supervisor de Obra o el Órgano de Control, según corresponda, con equipos propios los DOS (2) días hábiles posteriores al perfeccionamiento de la Contratante o por terceros contratados para tal fin. En ambos casos orden de compra, el equipo será seleccionado teniendo en cuenta cocontratante informará a la oportunidadSupervisión el/los correo/s electrónico/s propuesto/s a efectos de documentar las comunicaciones, convenienciaórdenes, idoneidad y naturaleza instrucciones y/u observaciones referidas a la ejecución de la tarea orden de compra que disponga la Supervisión; asimismo, se cursarán por idéntica vía las solicitudes del cocontratante, al correo electrónico definido por la Supervisión a realizar. La supervisión cumple varias funciones que van variando en sus objetivos e intensidad a lo largo del contrato, estas son: SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE “PUESTA A PUNTO” Y “COMPLEMENTARIAS”. La supervisión de las obras de “puesta a punto” tiene por objeto asegurar el completo apego a las condiciones que debe cumplir el autocontrol de la empresa Contratista e incluye la comprobación estadística de los ensayos de control de calidad. Esta tarea comprenderá, además, la verificación de la calibración de los equipos usados por el equipo de autocontrol, la idoneidad del personal, el cumplimiento de las normas de ensayo, de los pliegos de condiciones técnicas, de las frecuencias de ensayo y de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales, procesos y productos terminados. El Supervisor de Xxxx realizará informes mensuales al Órgano de Control de la contratante, y a la empresa Contratista acerca de la forma en que se realiza el autocontrol especificando las posibles desviaciones, errores y omisiones, su gravedad y las medidas que se han tomado o que se deberán tomar para corregirlasesos fines.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares