Régimen económico de la concesión Cláusulas de Ejemplo

Régimen económico de la concesión. 15 24. Régimen tarifario. 15 25. Actualización de tarifas. 15 26. Medios de pago. 15 27. Compensación. 15
Régimen económico de la concesión. 4. CANON‌ El canon a abonar será el propuesto por el oferente.
Régimen económico de la concesión. El canon que el contratista deberá satisfacer por la utilización del bien de dominio público será el importe que figura en el Anexo I “Cuadro de características del contrato”.
Régimen económico de la concesión. Se estará a las determinaciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas particulares y el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Régimen económico de la concesión. Valor estimado del contrato: Se ha calculado el valor estimado del contrato (cifra de negocio obtenida en el período contractual como contrapartida a la prestación del servicio en cuestión) como resultado de la suma de los flujos de caja estimados para los 25 años de concesión y tenidos en cuenta para el Estudio de Viabilidad económico-financiera, esto es, 2.966.862´37 € Presupuesto del contrato y crédito en que se ampara: el presente contrato no genera gastos para el Ayuntamiento de Granada. Gastos de primer establecimiento: 5.800 €.
Régimen económico de la concesión. 5.1.- La empresa concesionaria realizará la gestión del servicio, corriendo con los gastos de mantenimiento de las instalaciones, así como los suministros y contrataciones de servicios complementarios, reparaciones y mejoras.
Régimen económico de la concesión. El precio de la concesión, susceptible de ser mejorado por el licitador al alza, será el siguiente: -540 €/mes. El abono se ha de realizar en los diez primeros días naturales de cada mes conforme a las instrucciones que para el pago que se den al adjudicatario por parte del Ayuntamiento. El abono del primer mes se realizará en los diez primeros días del mes siguiente al que se haya formalizado el contrato de forma prorrateada según el período del mes que haya estado a disposición del adjudicatario, esto es, desde la formalización del contrato. El titular de la concesión deberá correr con todos los gastos e impuestos derivados de la formalización de la concesión, así como los que correspondan a su utilización, de los vigentes y los que en un futuro pudieran estipular las diferentes administraciones. El canon es un ingreso de Derecho público. La falta de pago en los plazos señalados llevará consigo el devengo de los recargos previstos en el Reglamento General de Recaudación y el abono de los intereses que correspondan, además, en su caso, de la extinción de la concesión El valor estimado del presente contrato es de 19.440€ (EUROS), considerando el importe total estimado por el órgano de contratación incluida las prórrogas de acuerdo al art.88 del TRLCSP.
Régimen económico de la concesión. Regla 18: Tasas Regla 19: Gastos derivados del otorgamiento de la concesión
Régimen económico de la concesión. Regla 18.
Régimen económico de la concesión. La entidad adjudicataria percibirá, por cada plaza ocupada durante el período de liquidación que corresponda, una cantidad igual a la suma de la cuota de escolaridad y la cuota de horario ampliado (hasta 3 horas), en función de su uso para cada una de las plazas, fijadas en su proposición económica. A este respecto se entiende que se está haciendo uso del horario ampliado durante los meses comprendidos entre la fecha en la que el alumno cause alta en horario ampliado y la fecha en la que el alumno cause baja en horario ampliado (la comunicación por parte de los usuarios de no asistencia al centro durante el mes de julio no será considerada como baja a estos efectos). Dicha cantidad será aportada de la siguiente manera: