Reparaciones Cláusulas de Ejemplo

Reparaciones. Cuando las obras no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en éste contrato o conforme a las instrucciones de “EL AYUNTAMIENTO”, este ordenará su reparación o reposición inmediata con las obras adicionales que resulten necesarias, las cuales hará por su cuentaEL CONTRATISTA” sin que tenga derecho de retribución alguna; en este caso “EL AYUNTAMIENTO” si lo estima necesario, podrá ordenar la suspensión parcial o total de la obra contratada en tanto no se lleven a cabo dichos trabajos, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para la terminación de la obra.
Reparaciones. El arrendador se obliga a reparar, con la mayor rapidez posible, las averías notificadas en tiempo y forma por el arrendatario, de conformidad con estas condiciones generales, que se produzcan como consecuencia inmediata de los desgastes por el uso normal del material arrendado. En relación con tales reparaciones, mientras las mismas tengan una duración inferior a veinticuatro horas, se estimarán como un mantenimiento normal de la maquinaria, sin derecho a deducción alguna del precio del arriendo. Si en opinión del arrendador, tal operación pudiera superar dicho plazo desde el momento del aviso de avería, o bien no fuera aconsejable realizarla, sustituirá el material averiado, en la medida de lo posible, por otro de la misma capacidad y especificaciones generales. La imposibilidad de sustituir momentáneamente algunos de los elementos arrendados, no dará por si misma lugar a la resolución del contrato, pero en ese caso se reducirá proporcionalmente la renta por el tiempo tardado durante la sustitución del elemento averiado.
Reparaciones. Los daños que se ocasionen al Inmueble por el Arrendatario, por responsabilidad suya o de sus dependientes, serán reparados y cubiertos sus costos de reparación en su totalidad por el Arrendatario. Igualmente, el Arrendatario se obliga a cumplir con las obligaciones previstas en los artículos 2029 y 2030 del Código Civil. Parágrafo: El Arrendatario se abstendrá de hacer mejoras de cualquier clase al Inmueble sin permiso previo y escrito del Arrendador. Las mejoras al Inmueble serán del propietario del Inmueble y no habrá lugar al reconocimiento del precio, costo o indemnización alguna al Arrendatario por las mejoras realizadas. Las mejoras no podrán retirarse salvo que el Arrendador lo exija por escrito, a lo que el Arrendatario accederá inmediatamente a su xxxxx, dejando el Inmueble en el mismo buen estado en que lo recibió del Arrendador, salvo el deterioro natural por el uso legitimo.
Reparaciones. CUANDO LA OBRA PÚBLICA NO SE HAYA REALIZADO DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN ESTE CONTRATO O CONFORME A LAS INSTRUCCIONES DE “LA SECRETARÍA”, ÉSTA ORDENARÁ SU REPARACIÓN O REPOSICIÓN INMEDIATA CON LOS TRABAJOS ADICIONALES QUE RESULTEN NECESARIOS, LOS CUALES HARÁ POR SU CUENTAEL CONTRATISTA” SIN QUE TENGA DERECHO DE RETRIBUCIÓN ALGUNA; EN ESTE CASO “LA SECRETARÍA” SI LO ESTIMA NECESARIO, PODRÁ ORDENAR LA SUSPENSIÓN PARCIAL O TOTAL DE LA OBRA PÚBLICA CONTRATADA EN TANTO NO SE LLEVEN A CABO DICHOS TRABAJOS Y SIN QUE ÉSTO SEA MOTIVO PARA AMPLIAR EL PLAZO SEÑALADO PARA LA TERMINACIÓN DE LA MISMA.
Reparaciones. MEJORAS: 8.1 El local arrendado deberá ser restituido al vencimiento del contrato en perfecto estado de conservación y con todas las instalaciones en funcionamiento del sistema de luz, del sistema de gas, planta de tratamientos cloacales, sistema de agua y del sistema de calefacción, siendo las partes que la componen las siguientes y que debe ser restituidas por el LOCATARIO al LOCADOR: xxxxxxxxxxxxx. El mantenimiento y las reparaciones estarán a cargo exclusivo del LOCATARIO, se efectuarán aplicando las reglas del buen arte y el LOCATARIO no tendrá derecho a reclamar al LOCADOR el pago de gastos de mantenimiento, ni de reparaciones, ni de mejoras de ninguna naturaleza.- 8.2 Todas las mejoras, obras y refacciones que se introduzcan en el local alquilado, deberán contar con la previa aprobación de EL LOCADOR y a la finalización de el contrato todas las mejoras, obras y refacciones que realice el LOCATARIO, quedarán incorporadas al local a favor de EL LOCADOR, sin cargo ni obligación alguna para éste y sin derecho del LOCATARIO a reclamar el pago de mejoras de ninguna naturaleza. 8.3 Como elemento esencial del presente contrato EL LOCATARIO se obliga a construir, colocar, reparar en caso de ser necesario y mantener en perfecto estado de conservación durante toda la vigencia del presente a su exclusivo costo los porta esquíes necesarios y que superen la cantidad de comensales del local. 8.4 El mantenimiento de la planta de tratamientos cloacales, servicio de agua, instalaciones de luz, gas y calefacción, serán a cargo del LOCATARIO, como así también la limpieza de nieve en el deck y escaleras de salida al deck.- Novena:
Reparaciones. El Vendedor no será responsable de ningún daño sufrido por los productos, partes o stock que hubieran sido entregados para reparación, mantenimiento o por cualquier otro motivo. Además de lo establecido en el párrafo 8 arriba, la responsabilidad del Vendedor se limitará a los casos de su propia negligencia, e incluso en ese caso sólo hasta el monto resultante de cancelar sus cargos por reparaciones o mantenimiento de los productos, partes o stock dañados.
Reparaciones. 52.1.- Durante el plazo de garantía señalado en el apartado anterior, el Contratista deberá corregir o subsanar prontamente, con el mínimo daño para la obra, cualquier anomalía que sea imputable a defectos de construcción o calidad deficiente de los materiales o elementos empleados, atendiendo a las ordenes que este sentido le proporcione la Dirección Facultativa o la JUNTA.
Reparaciones. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda ocupada por el Portero serán a cargo del mismo.
Reparaciones. Los daños que se ocasionen al Inmueble por el Arrendatario, por responsabilidad suya o de sus dependientes, serán reparados y cubiertos sus costos de reparación en su totalidad por el Arrendatario. En todo caso, el Arrendatario se obliga a restituir el Inmueble en el mismo estado en que lo ha recibido, salvo el deterioro natural por el uso legitimo. Las reparaciones locativas al Inmueble estarán a cargo del Arrendatario. Parágrafo 1: El Arrendatario se abstendrá de hacer mejoras de cualquier clase al Inmueble sin permiso previo y escrito del Arrendador. Las mejoras al Inmueble serán del propietario del Inmueble y no habrá lugar al reconocimiento de costo, precio o indemnización alguna al Arrendatario por las mejoras realizadas. Las mejoras no podrán retirarse salvo que el Arrendador lo exija por escrito, a lo que el Arrendatario accederá inmediatamente y a su xxxxx, dejando el Inmueble en el mismo buen estado en que lo recibió del Arrendador.
Reparaciones. Artículo 21).- DESALOJO DE LA VIVIENDA DEL PORTERO. Artículo 22).- SUPRESIÓN DEL SERVICIO DE PORTERÍA.