Inmueble Cláusulas de Ejemplo

Inmueble. Bien que cumple las condiciones del código civil para recibir ese calificativo: incluye las partes del inmueble que, de acuerdo con la ley y las condiciones de acceso y técnico, pueden individualizarse para efectos de la prestación del servicio a ciertos usuarios distintos de los que habitan o permanecen en otra parte del mismo bien.
Inmueble. El inmueble donde se prestará el servicio será construcción exprofeso, desarrollada en apego a los Requisitos que se deberán considerar para la elaboración de Proyecto, Construcción, Equipamiento y Aspectos de Seguridad, para el Servicio de Guardería en los Esquemas de Prestación Indirecta, contenidos en el Apéndice 12 del Anexo Técnico, Anexo __ (____) del presente instrumento jurídico. La capacidad total instalada del inmueble es de ____ lugares y serán exclusivamente para la atención de menores derechohabientes de “EL INSTITUTO”, que comprenderán de los 43 (cuarenta y tres) días de nacidos hasta el día en que cumplan 4 (cuatro) años, con la distribución por sala de atención especificada en los Planos arquitectónicos de la guardería, que se integran como ANEXO ( ) _______. La guardería no podrá iniciar operaciones sin contar con los servicios de agua potable, energía eléctrica, gas LP o natural, teléfono y servicio de internet. En localidades donde no se cuente con drenaje, podrá utilizarse fosa séptica conforme a la normatividad aplicable en cada localidad. El servicio se prestará en las instalaciones de acuerdo a la propuesta de “EL PROVEEDOR”, una vez que le sea entregada la certificación del inicio de operaciones por parte del Administrador del Contrato en la Delegación correspondiente. La capacidad instalada total del inmueble será exclusivamente para la atención de menores derechohabientes de “EL INSTITUTO”. “EL PROVEEDOR” se obliga a cumplir con los requerimientos en materia de seguridad y protección civil establecidos en los artículos 41 al 49 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y, del 35 al 39 de su Reglamento, así como en los Estándares de Seguridad en Guarderías del IMSS, Apéndice 13 del Anexo Técnico “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar el servicio de guardería infantil que incluirá la guarda, custodia, el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la educación y la recreación de los hijos de los asegurados de “EL INSTITUTO”, cuidando y fortaleciendo la salud del niño y su buen desarrollo futuro, así como la formación de sentimientos de adhesión familiar y social; la adquisición de conocimientos que promuevan la comprensión, el empleo de la razón y de la imaginación; a constituir hábitos higiénicos y de sana convivencia, cooperación en el esfuerzo común con propósitos y metas comunes; todo ello de manera sencilla y acorde a su edad y a la realidad social, y con absoluto ...
Inmueble. Un lote de terreno, ubicado en el Municipio de Medellín, Comuna Poblado, Carretera Variante Las Palmas – La Ceja, con un área aproximada de 17.792 mts2, identificado con el FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIRIA Nro. 001- de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicas de Medellín – Zona Sur.
Inmueble. El bien raíz y otros derechos asociados, identificados en el Certificado, incluyendo cualquier construcción o mejora construida con anterioridad a la Fecha de Cobertura Individual, y sujeto a las Restricciones indicadas en el Certificado;
Inmueble. Ver Continente.
Inmueble. El Arrendatario reconoce que recibe el Inmueble en buen estado, en condiciones de higiene, seguridad y salubridad, con todo señalado en el inventario correspondiente, todo lo cual devolverá al terminarse el Arrendamiento con el deterioro natural de su uso, siendo por cuenta suya los gastos de reparación y obligándose a indemnizar al Arrendador por cualquier daño y perjuicios causados por variaciones en el Inmueble. El Arrendatario está de acuerdo en que no podrá, sin el consentimiento previo y por escrito del Arrendador, variar la forma del Inmueble, comprometiéndose a devolverlo en el estado en que lo recibió. Para efectuar cualquier mejora o instalación en el Inmueble, deberá obtener autorización previa y por escrito del Arrendador, ya que en caso contrario, todas aquellas que puedan ser aprovechables, quedarán a beneficio del Inmueble, sin que exista obligación del Arrendador de cubrir el importe pagado por las mismas, o a su elección de restablecer el Inmueble a su estado normal, por lo que el Arrendatario se obliga a pagar los gastos que se originen por lo anterior.
Inmueble. “EL ARRENDATARIO” CONVIENE EN QUE EL INMUEBLE ARRENDADO LO RECIBE EN BUEN ESTADO, EN CONDICIONES DE HIGIENE, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD, CON LO SEÑALADO EN EL INVENTARIO CORRESPONDIENTE, TODO LO CUAL DEVOLVERÁ AL TERMINARSE EL ARRENDAMIENTO CON EL DETERIORO NATURAL DE SU USO, SIENDO POR CUENTA SUYA LOS GASTOS DE REPARACIÓN OBLIGÁNDOSE A INDEMNIZAR AL ARRENDADOR POR CUALQUIER DAÑO O VARIACIÓN EN EL INMUEBLE ARRENDADO, CAUSADO POR SU CULPA O POR LA DE SUS EMPLEADOS, PARIENTES Y DEMÁS PERSONAS QUE ACUDAN AL MISMO, COMPROMETIÉNDOSE A MANTENER ASEADOS Y EN BUEN ESTADO LOS SERVICIOS E INSTALACIONES EXISTENTES. LO ANTERIOR ES DE ACUERDO A LOS ARTÍCULOS 2878, 2879 Y 2880 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA. NO PODRÁ “EL ARRENDATARIO” SIN CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE “EL ARRENDADOR”, VARIAR LA FORMA DEL INMUEBLE ARRENDADO, COMPROMETIÉNDOSE A DEVOLVERLO EN EL ESTADO EN QUE LO RECIBIÓ, COMO LO PREVIENE EL ARTÍCULO 2878 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE COAHUILA VIGENTE. PARA EFECTUAR CUALQUIER MEJORA O INSTALACIÓN EN EL INMUEBLE ARRENDADO, DEBERÁ OBTENER AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “EL ARRENDADOR”, YA QUE EN CASO CONTRARIO, TODAS AQUELLAS QUE PUEDAN SER APROVECHABLES, QUEDARÁ A BENEFICIO DE ELLA, SIN QUE EXISTA OBLIGACIÓN DEL PROPIETARIO DEL INMUEBLE DE CUBRIR EL IMPORTE PAGADO POR LAS MISMAS, O A SU ELECCIÓN DE RESTABLECER EL BIEN INMUEBLE A SU ESTADO ANTERIOR, POR LO QUE “EL ARRENDATARIO” SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN PARA LLEVARLO A CABO.
Inmueble. Se entiende como tal las construcciones fijas, con todas sus adiciones o anexos, incluyendo las instalaciones de cañerías sanitarias e hidráulicas; las instalaciones eléctricas; aparatos, maquinaria y accesorios estacionarios para calefacción, refrigeración, ventilación y alumbrado; ascensores, divisiones, rejas, vidrios, puertas, ventanas, chimeneas, mejoras locativas, refacciones y en general todos los demás implementos e instalaciones permanentes que forman parte de las construcciones incluyendo los costos de dirección de obra e interventoría, cuyo valor está incluido en la suma asegurada. Comprende muebles, enseres y electrodomésticos y toda clase de máquinas, utensilios de oficina aunque no se hayan determinado específicamente pero estén incluidos dentro de la suma asegurada, y se encuentren ubicados dentro del predio descrito en la póliza.
Inmueble. Es el o los bienes inmuebles que se encuentran descritos en el Anexo I.
Inmueble. El Arrendador arrienda el siguiente Inmueble (los detalles se presentan a continuación) al Arrendatario: Inmueble que se alquilará: Villa Xx. X0-X0, 00 Xxxx Xxxx Street, Distrito Tay Ho, Hanoi, Vietnam ("Inmueble"). Superficie: 300 m² Sin amueblar.