RECEPCIÓN DE OBRA Cláusulas de Ejemplo

RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRA, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRA, o antes, mediante el Libro de órdenes solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para la realización del Acto de Recepción Provisional. Si la OBRA, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final de la OBRA. Para la entrega provisional de la OBRA, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantía. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generales. La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba la carta de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepción, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepció...
RECEPCIÓN DE OBRA. EL CONTRATISTA” deberá comunicar por escrito a “EL AYUNTAMIENTO” la conclusión de la obra pública encomendada, para que éste verifique que está debidamente concluida dentro del plazo pactado en el presente contrato o en los convenios adicionales.
RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRA, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA tres (3) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la obra, o antes, solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para la realización del Acto de Recepción Provisional de la OBRA. Si la obra, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación:
RECEPCIÓN DE OBRA. Trigésima Novena.- Planilla de Liquidación Final Cuadragésima.- Procedimiento de pago de la planilla o certificado de
RECEPCIÓN DE OBRA. Cuando todos los trabajos que forman parte del Contrato hayan sido terminados en todas sus partes, se procederá previa solicitud del CONTRATISTA y dentro de los (10) diez días calendarios siguientes a esta solicitud a la verificación de las obras y se labrará un acta de recepción provisoria. Si durante la verificación de la obra, se encontrasen partes defectuosas o no aceptables, la CONTRATANTE hará constar en el acta de recepción provisoria. EL CONTRATISTA deberá reparar o subsanar estos defectos y comunicar por escrito al CONTRATANTE luego de haberlos efectuado. La recepción definitiva se efectuará dentro de los diez días calendarios siguientes a esta comunicación. En caso de comprobarse la inexistencia de defecto alguno, se procederá a la Recepción definitiva. En caso de subsistir algún defecto el CONTRATANTE fijará al CONTRATISTA un nuevo plazo para solucionar los defectos. El plazo contractual se refiere a la entrega definitiva de la obra.
RECEPCIÓN DE OBRA. Para la Recepción de la Obra se seguirá con las Indicaciones y Procedimientos establecidos en el Artículo 210° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Contratista presentará la Liquidación del contrato, debidamente sustentada, con la documentación y cálculos detallados, suscrita por el representante legal del Contratista. La Liquidación presentada por el Contratista será elevada a la Entidad de acuerdo al procedimiento indicado en el Artículo 211° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El contenido de la liquidación, será en estricta coordinación con el Supervisor o Inspector de Obra y la Oficina de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión. Una vez que la Liquidación haya quedado consentida, y se haya efectuado el pago, el Contrato quedará concluido debiendo cerrarse el expediente de contratación Previo al pago del saldo de Liquidación Final, la Entidad descontará del importe del mismo, los siguientes conceptos: Sumas anteriores ya pagadas en las planillas o valorizaciones mensuales de Avance de Obra, consignadas como saldo en contra del Contratista.
RECEPCIÓN DE OBRA. EL CONTRATISTA mediante comunicación escrita solicitará a SEDAPAL la recepción de la obra, indicándole la fecha de culminación. Asimismo, adjuntará dos (02) copias de los Documentos Técnicos completos para la Recepción de Obra, previstos en el Anexo de las Disposiciones Específicas, para dar inicio a su verificación. De no cumplir el Contratista dentro de los 10 días siguientes a su comunicación de haber culminado la Obra, SEDAPAL encargará a un tercero, la elaboración de dichos documentos técnicos, por cuenta y costo del Contratista, cargándole el costo en la Liquidación. SEDAPAL en un plazo de siete (7) días calendario de recibida la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, procederá a designar un Comité de Recepción, el cual estará integrado por lo menos por un representante de SEDAPAL, necesariamente Ingeniero y el Inspector de Obra. El Comité de Recepción procederá de conformidad con el Artículo 268° del Reglamento.
RECEPCIÓN DE OBRA.  Revisión de los Planos Post Construcción de la Obra  Revisión de los Metrados de Obra  Revisión de la Memoria Descriptiva de la Obra  Recepción Precia de Obra (con observaciones)  Suscripción del Acta con Observaciones  Supervisión del Levantamiento de Observaciones  Comunicación del Levantamiento de Observaciones a la EntidadRecepción Final de Obra.
RECEPCIÓN DE OBRA. Recepción provisional
RECEPCIÓN DE OBRA. 1. A través de su residente, el contratista solicitará en el Cuaderno de Obra la recepción de la misma, indicando la fecha de culminación. El inspector o supervisor en un plazo no mayor de cinco (5) días comunicará este hecho a la Entidad.