Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros Cláusulas de Ejemplo

Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. 1. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro. La comunicación de los daños y la obtención de cualquier información relativa al procedimiento y al estado de tramitación de los siniestros podrá realizarse: - Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica del Consorcio de Compensación de Seguros (900 222 665 o 000 000 000). - A través de la página web del Consorcio de Compensación de Seguros (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx). Valoración de los daños: La valoración de los daños que resulten indemnizables con arreglo a la legislación de seguros y al contenido de la póliza de seguro se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Abono de la indemnización: El Consorcio de Compensación de Seguros realizará el pago de la indemnización al beneficiario del seguro mediante transferencia bancaria.
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. 900 222 665 / 000 000 000 Para solicitar información y declarar siniestros causados por hechos de naturaleza extraordinaria (inundaciones, terremotos, actos terroristas…).
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. 900 222 665 / 000 000 000
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. 42 • I. RESUMEN DE LAS NORMAS LEGALES 43
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. Solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros: se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro. La comunicación de los daños y la obtención de cualquier información relativa al procedimiento y al estado de tramitación de los siniestros podrá realizarse: - mediante llamada al Centro de atención telefónica del Consorcio de Compensación de Seguros (900 222 665 o 000 000 000). - a través de la página web del Consorcio de Compensación de Seguros (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx).
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros a. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Com- pensación de Xxxxxxx, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del se- guro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. Domicilio Social: Xxxx Xxx X. Xxxxx xx Xxxx, 12 – 48001 Bilbao - Sociedad Inscrita en el Reg. Merc. xx Xxxxxxx: Tomo 3.678. Secc. 8ª, Hoja BI-854, Folio 38. C.I.F. A-48/051098
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. 1. La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 36.775, Folio 116, Sección 8, Hoja M-658809, Inscripción 2, N.I.F. W0049001A.
Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros. (Proce- dimiento de actuación en caso de siniestro)