Propiedad Accionaria Cláusulas de Ejemplo

Propiedad Accionaria. Los siguientes directores poseen la siguiente participación accionaria: Accionista Cargo Cantidad de acciones Porcentaje Los presentes accionistas cuentan con los derechos de preferencia que se especifican en el presente Prospecto. Adicionalmente, no existen convenios que otorguen participación a los empleados en el capital del Emisor. A la fecha de este Prospecto, el capital accionario del Emisor es de $ 161.573.745 (Pesos ciento sesenta y un millones quinientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco), compuesto por 161.573.745 acciones escriturales de valor nominal $1 (un) cada una. Este aumento de capital fue inscripto en la IGJ con fecha 8 xx xxxxx de 2015, bajo el número 9429 del Libro 74, Tomo- de Sociedades por Acciones. Durante los 3 años que anteceden al presente prospecto, la Sociedad ha modificado su capital social y así, la cantidad de acciones que tenían los accionistas, de acuerdo a la información que se detalla a continuación. El 21 de septiembre de 2011 los accionistas Xxxxx X. Xxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxxxx, realizaron un aporte irrevocable de capital por $ 40.500.000 (Pesos cuarenta millones quinientos mil), que fue utilizado para realizar un aporte irrevocable de capital a BST el que fue oportuna y debidamente aceptado por el Directorio y los accionistas del Banco. El aporte que los Sres. Accionistas realizaron fue de $ 20.250.000 (Pesos veinte millones doscientos cincuenta mil) cada uno. Por asamblea extraordinaria del 19 xx xxxxx de 2012 se resolvió capitalizar dicho aporte, ascendiendo el capital social de $ 86.073.745 (Pesos ochenta y seis millones setenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco) a la suma de $ 126.573.745 (Pesos ciento veintiséis millones quinientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco). Dicho aumento fue inscripto en la IGJ con fecha 26 de octubre de 2012, bajo el número 16154 del Libro 61, Tomo- de Sociedades por Acciones. Con fecha 10 xx xxxx de 2013 se resolvió por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del Emisor capitalizar los aportes irrevocables de capital efectuados por los Sres. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, por la suma total de $5.000.000 (Pesos cinco millones), y en consecuencia, aumentar el capital social en $5.000.000, respetando la proporción de acciones ordinarias Clase A y acciones ordinarias Clase B y los votos de la sociedad. Así el capital social quedó integrado por $ 131.573.745 (Pesos ciento treinta y un millones quinient...
Propiedad Accionaria. El Emisor es una empresa panameña, 100% subsidiaria de Panama Power Holdings, Inc. % que % Respecto al Representan Cantidad de Total de Acciones Respecto de la Acciones Emitidas y en Número de Cantidad Total Directores, Dignatarios, Ejecutivos y Administradores 0 0 0 0 Otros Empleados 0 0 0 0 El capital autorizado del Emisor es de 25,000 acciones comunes sin valor nominal, de las cuales se encuentran emitidas y en circulación 20,150 acciones comunes. Durante el 2009, el Emisor incrementó su capital social autorizado de 10,000 acciones comunes sin valor nominal a 20,040 acciones comunes sin valor nominal, emitiendo ese mismo año la totalidad de dichas acciones. El 00 xx xxxxx xx 2010, Panama Power Holdings, Inc. adquirió el 50.1% de interés accionario en la empresa Hydro Caisán, S.A., mediante la suscripción de nuevas acciones del capital de esta empresa, completando en el 2010 la adquisición del 100% de interés accionario en Hydro Caisán, S.A., mediante la compra del 49.9% de interés accionario en dicha empresa. Mediante Escritura Xxxxxxx Xx. 00000 inscrita el 12 de julio de 2011, El Emisor incrementó su capital social autorizado de 20,040 acciones comunes sin valor nominal a 25,000 acciones comunes sin valor nominal, dada la fusión en el Emisor xx Xxxxxxx Business, S.A., propietaria de terrenos que forman parte del proyecto, la cual era hasta el momento 100% subsidiaria de Panama Power Holdings, Inc.. El Emisor no tiene compromisos de aumentar el capital ni obligaciones convertibles. Al 30 de septiembre de 2011 no había acciones en tesorería. El Emisor no tiene arreglos que incluyan a empleados en el capital, ni reconoce opciones de acciones u otros valores.
Propiedad Accionaria. El Emisor es una empresa privada con un (1) accionista (Empresa General de Inversiones, S.A.) la cual al 30 xx xxxxx de 2004 mantenía la siguiente composición accionaría de su grupo de empleados: Directores, Dignatarios, Ejecutivos y Administradores 0 0% 0 0% Otros Empleados 0 0% 0 0% Empresa General de Inversiones, S.A. es el único accionista del Emisor el cual posee 9,798,108 acciones comunes y emitidas representando el 100% del total de las acciones del Emisor.
Propiedad Accionaria. La propiedad accionaria directa de los directores, dignatarios y ejecutivos principales se presenta a continuación: Grupo Cantidad de acciones % del total de acciones emitidas Número de accionistas % del número de accionistas Directores, dignatarios y Ejecutivos principales 0 0% 0 0% Otros empleados 0 0% 0 0%
Propiedad Accionaria. El 100% de las acciones emitidas y en circulación del Emisor son propiedad de G.B. Group Corporation, empresa de tenencia pública registrada en la SMV según consta en la Resolución No.CNV-081-02 de 20 de febrero de 2002 y listada la BVP. A continuación se brinda información sobre la tenencia de las acciones de G.B. Group Corporation por parte de Directores, Dignatarios, Ejecutivos Clave y Administradores del Emisor: Grupo de Accionistas Acciones Emitidas y en Circulación % de Acciones Emitidas y en Circulación Número de Accionistas Directores, Dignatarios, Ejecutivos Clave y Administradores de Global Bank Corporation 12,213,717 73.9% 22 Otros Empleados 0 0% 0 No existe un plan de opciones de acciones del Emisor para sus ejecutivos o empleados. Al 30 xx xxxxx de 2015, el plan de opción de acciones de G.B. Group Corporation de los empleados del Emisor asciende a US$660,938.00 en comparación con US$981,756 que eran para el cierre del año fiscal 2014. Todas las acciones comunes de G.B. Group Corporation tienen iguales derechos y privilegios. Cada acción común tendrá derecho a un voto en las reuniones de los accionistas. Queda entendido que para los efectos de quórum y votación en las reuniones de la Junta General de Accionistas de G.B. Group Corporation sólo se tomarán en cuenta las acciones comunes.
Propiedad Accionaria. La siguiente sección presenta información global acerca de la propiedad efectiva de acciones del Emisor: Grupo de Empleados Cantidad de Acciones % Respecto del total de acciones comunes emitidas y en circulación Número de accionistas % Que representan respecto de la cantidad total de accionistas Directores, Dignatarios, Ejecutivos y Administradores 346,405 80.5% 8 57.14% Otros Accionistas 83,912 19.5% 6 42.86% Otros Empleados 0 0.00% 0 0.00% Los Directores y Dignatarios que son poseedores directos de las acciones del Emisor tienen igual derecho a voto. Ningún Director, Dignatario, Ejecutivo, Administrador, Asesor o Empleado tiene opciones sobre acciones del Emisor. No existen acuerdos que incluyan a empleados en el capital del Emisor, tales como arreglos que impliquen el reconocimiento de opciones sobre acciones u otros valores.
Propiedad Accionaria. 1. Con relación a las personas indicadas con la presente Sección, Suministre la información global que se requiere en el siguiente cuadro sobre la propiedad efectiva de acciones del emisor o de su persona controladora. Mencione separadamente si tienen derechos de votos diferentes, asi como las opciones que tengan sobre acciones del emisor o su persona controladora. La información sobre opciones deberá incluir: el título y monto de los valores cubiertos por las opciones, el precio de ejercicio, el precio de compra y cuando existe, la fecha de expiración de la opción. GRUPO DE EMPLEADOS CANTIDAD DE ACCIONES %RESPECTO DEL TOTAL DE ACCIONES EMITIDAS NÚMERO DE ACCIONISTAS % QUE REPRESENTAN RESPECTO DE LA CANTIDAD TOTAL DE ACCIONISTAS Directores, Dignatarios, Ejecutivos y Administradores 200,000 20% 25 25% Otros empleados 100,00 10% 50 50% Las cifras en el cuadro se incluyen a manera de ejemplo, únicamente.
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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

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  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.