Common use of Prevención de riesgos laborales Clause in Contracts

Prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulgen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista deberá satisfacer todo lo previsto, en su Sector, por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias. En especial, lo relativo a los principios de la acción preventiva (art.15 de la Ley 31/1995), información de los trabajadores (art.18 de la Ley 31/1955), formación de los trabajadores (art.19 de la Ley 31/1995), equipos de trabajo y medios de protección (art.17 de la Ley 31/1955),recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores y suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir. Dichos requisitos serán acreditados ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo. GISPASA es una empresa comprometida con la protección del medio ambiente y cumple con los requisitos de de las normas UNE-EN ISO 9001-2008 Y UNE-EN ISO 14001:2004 en calidad y medio ambiente respectivamente , disponiendo de los correspondientes certificados emitidos por AENOR. En consecuencia, GISPASA solicita y exige al adjudicatario su colaboración en el cumplimiento de los procedimientos internos establecidos y en la correcta actuación ambiental, es decir, cumpliendo con la legislación ambiental aplicable a las actividades que desempeña, así como a otros requisitos que GISPASA suscriba. La empresa adjudicataria deberá colaborar activamente con GISPASA en lo relativo a la vigilancia de los impactos ambientales asociados a su actividad y servicios, y en la obtención de datos relativos al seguimiento de aspectos ambientales derivados de la ejecución de este contrato (consumo de recursos, generación de residuos, vertidos, etc.). Todo ello deberá llevarse a cabo mediante una competencia, concienciación y formación ambiental del personal adecuada, por lo que GISPASA pondrá a disposición del adjudicatario nuestro Sistema Integrado de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) que incluyen entre otros temas la correcta gestión de residuos en las instalaciones del nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx, el consumo responsable y el funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión. También el adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación ambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado.

Appears in 3 contracts

Samples: www.asturias.es, www.asturias.es, www.asturias.es

Prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado al cumplimiento En materia de riesgos laborales, se estará a lo establecido en Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx Xxxxx, por el que se Aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, su artículo 52.1, y que afirma, en relación a la normativa aplicable que las prescripciones técnicas se establecerán “sin perjuicio de las instrucciones o reglamentos técnicos nacionales, siempre y cuando sean compatibles con el derecho comunitario, las prescripciones técnicas serán definidas por referencia a normas que transpongan normas europeas “, de modo que lo dispuesto en este apartado, como en el resto xxx Xxxxxx, se estará a lo prescrito por la normativa nacional y europea, que en el caso de la materia que en este punto nos ocupa tienen una especial importancia las directivas comunitarias, así como la normativa específica del sector en el cual se enmarca el adjudicatario. Así, la empresa que desarrolle el servicio de limpieza de edificios y dependencias objeto del presente concurso para adjudicación de contratos de servicios, deberá ajustarse a lo concretado en materia de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como dispone la norma general la Ley 31/1995, de 8 de noviembreNoviembre, sobre de “Prevención de Riesgos Laborales, sobre las siguientes materias: ▪ Planificación de la prevención en riesgos y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enerosalud laborales, así como la evaluación periódica de la misma. ▪ Ordenación de un conjunto coherente y general de medidas preventivas y de control de la efectividad de las normas que se promulgen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista deberá satisfacer todo lo previstomismas ▪ Cumplimiento en las obligaciones dispuestas hacia el trabajador, en relación con su Sectorderecho a participación, por comunicación, formación e información sobre materia de riesgos laborales. De esta manera, la Reglamentación vigente plantilla y en su caso, el sistema de representación que en salud laboral proceda, según criterios de plantilla y condiciones de trabajo, han de estar debidamente informados y formados sobre los riesgos a los que están expuestos (riesgos existentes), y la forma de prevenirlos (prevención activa previa al daño). Asimismo, la empresa adjudicataria deberá aportar un Plan de Prevención de Riesgos laborales específico para este contrato, y establecer el mecanismo de formación adecuada del personal asignado a este servicio. Además, la empresa adjudicataria deberá cumplir con las obligaciones documentales desarrolladas en el RD 171/2004 en lo que a la Coordinación de Actividades Empresariales se refiere. Periódicamente se organizarán reuniones de coordinación entre el Comité de Seguridad y Salud del Institut Municipal de l’Esport y representantes del Servició de Prevención de Riesgos Laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias. En especial, lo relativo a los principios (propio o ajeno) de la acción preventiva (art.15 empresa ganadora. Deberán equipar a su personal con los equipos de protección individual adecuados para cada trabajo y estos deberán ser suficientes, siguiendo todas las pautas establecidas en el RD 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la Ley 31/1995), información utilización por parte de los trabajadores (art.18 de equipos de protección individual. Su personal deberá estar formado e informado sobre la Ley 31/1955), formación utilización de los trabajadores (art.19 de la Ley 31/1995), mismos. Las diferentes máquinas y equipos de trabajo y medios de protección (art.17 de la Ley 31/1955),recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores y suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir. Dichos requisitos serán acreditados ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo. GISPASA es una empresa comprometida con la protección del medio ambiente y cumple adjudicataria deberán cumplir con los requisitos establecidos en el RD 1215/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, constar con la documentación pertinente, estar en buenas condiciones de uso y se deberán acreditar la realización de las normas UNE-EN ISO 9001-2008 Y UNE-EN ISO 14001:2004 pertinentes revisiones realizadas por los organismos competentes, en calidad y medio ambiente respectivamente caso de que ello sea necesario. Su uso se realizará siempre según las instrucciones del fabricante. Se nos comunicará si el personal que debe utilizarlas necesita algún tipo de formación o permiso complementario o extraordinario para ello. Así mismo, disponiendo de los correspondientes certificados emitidos por AENOR. En consecuencia, GISPASA solicita y exige al adjudicatario su colaboración en el cumplimiento de los procedimientos internos establecidos y en la correcta actuación ambiental, es decir, cumpliendo con la legislación ambiental aplicable a las actividades que desempeña, así como a otros requisitos que GISPASA suscriba. La empresa adjudicataria deberá colaborar activamente con GISPASA en lo relativo a la vigilancia aportarnos las fichas de seguridad de los impactos ambientales asociados a su actividad y servicios, y en la obtención de datos relativos al seguimiento de aspectos ambientales derivados de la ejecución de este contrato (consumo de recursos, generación de residuos, vertidos, etc.). Todo ello deberá llevarse a cabo mediante una competencia, concienciación y formación ambiental del personal adecuada, por lo productos que GISPASA pondrá a disposición del adjudicatario nuestro Sistema Integrado de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) que incluyen entre otros temas la correcta gestión de residuos sean utilizados en las instalaciones del nuevo Hospital Universitario Central xx XxxxxxxxIME. El personal de dicha empresa conocerá su existencia y contenido, debiendo de ser estas fichas fácilmente localizables en caso de emergencia. En el consumo responsable y supuesto de trabajos de limpieza especialmente delicados, como por ejemplo la limpieza de algunos cristales, se estará a lo dispuesto en el funcionamiento del Sistema Integrado procedimiento o protocolo de Gestiónactuación que el IME marque al respecto. También el adjudicatario adoptará El personal de limpieza podrá formar parte de los diferentes equipos establecidos en los planes de autoprotección de las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación ambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizadoinstalaciones.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Del Servicio De Limpieza Del Palacio Municipal De Deportes

Prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado Esta cláusula se incluye al cumplimiento amparo de lo establecido en el SISTEMA DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES del Servicio Andaluz de Salud, en particular al “Procedimiento de contratas y coordinación de actividades empresariales”. La adjudicataria deberá contar con un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos LaboralesLaborales y en el Real Decreto 39/1997, y del por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997y con toda la normativa vigente relativa a esta materia, de 17 manera que se garantice la seguridad y salud de enerolos trabajadores. Así mismo velará en todo momento por el cumplimiento de lo requerido en materia de Seguridad y Salud Laboral, tanto por la legislación aplicable como por las normas internas del Servicio Andaluz de Salud. Los requisitos en materia de seguridad y salud derivan de la identificación y análisis de las tareas a contratar. En su oferta técnica, el licitador incluirá: ▪ Descripción pormenorizada de las tareas a realizar, debiendo hacer referencia a los materiales, productos químicos y equipos a utilizar, así como el compromiso de aportar la documentación solicitada en el caso de que sea adjudicada la oferta, debiendo cumplir con las normas que se promulgen durante obligaciones derivadas de la ejecución coordinación preventiva con la empresa contratante. ▪ El documento (DOC02-01): “Registro del contrato. La empresa contratista deberá satisfacer todo lo previsto, en su Sector, por cumplimiento de la Reglamentación vigente Ley de Prevención de Riesgos Laborales estando por empresas contratadas por el Servicio Andaluz de Salud”, que deberán aportar en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesariasla oferta cumplimentado y firmado. (Se adjunta como Anexo VI a este Pliego). En especialcaso de subcontratistas y trabajadores autónomos, lo relativo La Adjudicataria obligará a los principios anteriores al cumplimiento de los requisitos de seguridad y salud establecidos solicitándoles documento que acredite estar en disposición de lo contenido en el DOC02-01 (“Registro del cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales por empresas contratadas por el Servicio Andaluz de Salud”). La Dirección de los centros adscritos a la PLS xx Xxxxxxx se reserva la facultad de proceder a la rescisión del contrato en caso de incumplimiento grave o incumplimientos repetidos de las normas de seguridad establecidas y consensuadas. Una vez formalizado el contrato, la empresa adjudicataria entregará los documentos necesarios que justifiquen el cumplimiento de las exigencias del DOC02.01, entre ellos, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, el nombramiento, en su caso, de las personas que actúen como recurso preventivo, la relación de trabajadores y otras personas autorizadas para acceder al centro de trabajo, e información sobre equipos de trabajo que se utilizaran en la actividad contratada. También deberá entregar relleno el documento DOC02.02. Toda esta documentación deberá estar a disposición de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales de los centros adscritos a la PLS xx Xxxxxxx previo al inicio de la actividad. Para un eficaz control del cumplimiento de las normas de seguridad estipuladas contractualmente es recomendable que las empresas actuantes hayan designado interlocutores, que preferentemente serán miembros de los respectivos Servicios de Prevención o cualquier otro recurso preventivo, y se haya programado un calendario de reuniones ordinarias y se hayan previsto las situaciones que puedan dar lugar a reuniones extraordinarias. En aquellos casos que la Dirección de los centros adscritos de la PLS xx Xxxxxxx lo considerase oportuno se instaurará un sistema de evaluación periódica del grado de cumplimiento por parte de la adjudicataria de las normas de seguridad establecidas. Dichas evaluaciones deberán estar documentadas y serán realizadas por la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales (U.P.R.L.) en colaboración con los demás servicios implicados. La prevención de riesgos laborales se realizará mediante la planificación de la acción preventiva (art.15 de la Ley 31/1995)empresa, información para ello la adjudicataria deberá realizar la evaluación inicial de los trabajadores (art.18 riesgos, que tendrá en cuenta la naturaleza de la Ley 31/1955)actividad, formación las condiciones de trabajo existentes y la posibilidad de que el trabajador sea especialmente sensible frente a determinados riesgos. Esta evaluación se deberá repetir cuando cambien cualquiera de estas condiciones. Este plan deberá ser aprobado por la Dirección de los trabajadores (art.19 centros adscritos a la PLS xx Xxxxxxx, estableciéndose un plazo de tres meses para su presentación, desde la fecha de inicio del contrato. Se establecerán controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la Ley 31/1995)actividad de los trabajadores, debiéndose modificar las medidas de prevención cuando, como resultado de estos controles, se aprecie por el empresario que son inadecuadas a los fines de protección requeridos. La adjudicataria deberá asegurarse que los equipos de trabajo y medios sean adecuados para el trabajo que vaya a realizarse. Si la utilización de un equipo puede presentar un riesgo específico, se reservará su uso a los encargados del mismo, adoptando las medidas que reduzcan los riesgos al mínimo. La adjudicataria deberá proporcionar a los trabajadores equipos de protección (art.17 de la Ley 31/1955),recabando cuando sea preciso de los fabricantesindividual adecuados frente a aquellos riesgos que no se hayan podido evitar, importadores y suministradores para los equipos y medios de protección vigilará que precisen adquirir. Dichos requisitos serán acreditados ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo. GISPASA es una empresa comprometida con la protección del medio ambiente y cumple con los requisitos de de las normas UNE-EN ISO 9001-2008 Y UNE-EN ISO 14001:2004 en calidad y medio ambiente respectivamente , disponiendo de los correspondientes certificados emitidos sean efectivamente utilizados por AENORéstos. En consecuencia, GISPASA solicita y exige al adjudicatario su colaboración en el cumplimiento caso de los procedimientos internos establecidos y en emergencia colectiva la correcta actuación ambiental, es decir, cumpliendo con la legislación ambiental aplicable a las actividades que desempeña, así como a otros requisitos que GISPASA suscriba. La empresa adjudicataria deberá colaborar activamente cumplir con GISPASA lo dispuesto en lo relativo a la vigilancia el Plan de los impactos ambientales asociados a su actividad y serviciosAutoprotección del Centro, y en la obtención de datos relativos al seguimiento de aspectos ambientales derivados de la ejecución de este contrato (consumo de recursos, generación de residuos, vertidos, etc.). Todo ello deberá llevarse a cabo mediante una competencia, concienciación y formación ambiental del personal adecuada, por lo que GISPASA pondrá a disposición del adjudicatario nuestro Sistema Integrado de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) que incluyen entre otros temas la correcta gestión de residuos colaborando en las instalaciones del nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxxactuaciones recogidas en el citado Plan, el consumo responsable tanto en situaciones de emergencias reales como en simulacros o ejercicios de capacitación y el funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión. También el adjudicatario adoptará las medidas oportunas preparación para el estricto cumplimiento de la legislación ambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizadoemergencias.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Particulares De La Concesión De Dominio Público De Gestión Y Explotación De Aparcamientos Del Hospital Universitario Reina Sofía, Perteneciente Al Servicio Andaluz De Salud

Prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulgen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista deberá satisfacer todo lo previsto, en su Sector, por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias. En especial, lo relativo a los principios de la acción preventiva (art.15 de la Ley 31/1995), información de los trabajadores (art.18 de la Ley 31/1955), formación de los trabajadores (art.19 de la Ley 31/1995), equipos de trabajo y medios de protección (art.17 de la Ley 31/1955),recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores y suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir. Dichos requisitos serán acreditados ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo. GISPASA es una empresa comprometida con la protección del medio ambiente y cumple con los requisitos de de las normas UNE-EN ISO 9001-2008 Y UNE-EN ISO 14001:2004 en calidad y medio ambiente respectivamente , disponiendo de los correspondientes certificados emitidos por AENOR. En consecuencia, GISPASA solicita y exige al adjudicatario su colaboración en el cumplimiento de los procedimientos internos establecidos y en la correcta actuación ambiental, es decir, cumpliendo con la legislación ambiental aplicable a las actividades que desempeña, así como a otros requisitos que GISPASA suscriba. La empresa adjudicataria deberá colaborar activamente con GISPASA en lo relativo a la vigilancia de los impactos ambientales asociados a su actividad y servicios, y en la obtención de datos relativos al seguimiento de aspectos ambientales derivados de la ejecución de este contrato (consumo de recursos, generación de residuos, vertidos, etc.). Todo ello deberá llevarse a cabo mediante una competencia, concienciación y formación ambiental del personal adecuada, por lo que GISPASA pondrá a disposición del adjudicatario nuestro Sistema Integrado de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) que incluyen entre otros temas la correcta gestión de residuos en las instalaciones del nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx, el consumo responsable y el funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión. La adjudicataria responderá de cualquier incidente medioambiental que causara. Para evitarlos adoptará con carácter general las medidas preventivas oportunas en especial las relativas a evitar vertidos indeseados, emisiones contaminantes, y abandono de cualquier tipo de residuo con extrema atención a la gestión de peligrosos. También el adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación ambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado.

Appears in 1 contract

Samples: www.asturias.es

Prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado Con objeto de dar adecuado cumplimiento al cumplimiento artículo 24 de la Ley ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre de Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997al R. D. 171/2004, de 17 30 de enero, así como por el que se desarrolla el precitado artículo, y a la demás normativa en materia de coordinación de actividades empresariales para la prevención de los riesgos laborales, la empresa adjudicataria del procedimiento de contratación se obliga a utilizar los medios de coordinación y los sistemas y procedimientos de información que CORREOS EXPRESS designe. Los trabajadores adscritos a la prestación del presente contrato deberán estar formados e informados por el adjudicatario en los términos establecidos por la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales. En este sentido el adjudicatario declara conocer y haber informado y formado teóricamente y prácticamente de forma adecuada, al personal dependiente del mismo en el cumplimiento de las normas individuales y colectivas de Seguridad y Salud laboral aplicable, por lo que se promulgen durante serán de su exclusiva responsabilidad las eventuales sanciones que en esta materia pudiera imponer la autoridad laboral. El adjudicatario velará por la salud y la seguridad de sus empleados, y de cuantas personas resulten directa o indirectamente afectadas por la ejecución del contratotrabajo pactado. La empresa contratista deberá satisfacer todo lo previstoPara ello el adjudicatario dispondrá de un plan de prevención adecuado que garantice unas condiciones óptimas de seguridad y salud, en su Sector, el cumplimiento de las disposiciones de seguridad y salud laboral y el adecuado conocimiento por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias. En especial, lo relativo a los principios de la acción preventiva (art.15 de la Ley 31/1995), información parte del personal de los trabajadores (art.18 riesgos, las medidas preventivas y de la Ley 31/1955), formación emergencia propias de los trabajadores (art.19 de la Ley 31/1995), equipos su puesto de trabajo y medios las facilitadas por Correos Express El adjudicatario facilitará a sus trabajadores los equipos de protección (art.17 de la Ley 31/1955),recabando cuando sea preciso colectiva e individual que sean necesarios en función de los fabricantes, importadores riesgos existentes en el desarrollo de los trabajos o servicios a realizar. En este sentido el adjudicatario velará por la adecuada utilización de estos equipos de protección. El adjudicatario aplicará en todo momento las normas e instrucciones de Seguridad y suministradores Salud que determine Correos Express En este sentido el adjudicatario se compromete a remitir a Correos Express la documentación que éste le solicite para los equipos y medios justificar que cumple la normativa legal vigente en materia de protección prevención de riesgos. El adjudicatario comunicará a Correos Express cualquier cambio o modificación que precisen adquirir. Dichos requisitos serán acreditados ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento se produzca durante la vigencia del presente contrato orespecto a los trabajadores, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo. GISPASA es una empresa comprometida con la protección del medio ambiente y cumple con los requisitos de de las normas UNE-EN ISO 9001-2008 Y UNE-EN ISO 14001:2004 en calidad y medio ambiente respectivamente , disponiendo de los correspondientes certificados emitidos por AENOR. En consecuencia, GISPASA solicita y exige al adjudicatario su colaboración en el cumplimiento de los procedimientos internos establecidos y en la correcta actuación ambiental, es decir, cumpliendo con la legislación ambiental aplicable a las actividades que desempeña, así como a otros requisitos que GISPASA suscriba. La empresa adjudicataria deberá colaborar activamente con GISPASA en lo relativo a la vigilancia de los impactos ambientales asociados a su actividad y servicios, y en la obtención equipos de datos relativos al seguimiento de aspectos ambientales derivados de la ejecución de este contrato (consumo de recursostrabajo, generación de residuos, vertidos, etcproductos químicos.). Todo ello deberá llevarse a cabo mediante una competencia, concienciación y formación ambiental del personal adecuada, por lo que GISPASA pondrá a disposición del adjudicatario nuestro Sistema Integrado de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) que incluyen entre otros temas la correcta gestión de residuos en las instalaciones del nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx, el consumo responsable y el funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión. También el adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación ambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado.

Appears in 1 contract

Samples: mnhlicitaciones.com

Prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado al cumplimiento La empresa adjudicataria cumplirá las disposiciones de la Ley 31/1995, de 8 de noviembrenormativa general y autonómica, sobre Prevención de Riesgos LaboralesPREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. De forma especial asumirá los compromisos siguientes: pie_firma_corto_dipu_01 3A6619B75BF10FBB598F Este documento constituye el resguardo del original del registro del Ayuntamiento xx Xxxxx. Podrá verificarse en xxx.xxxxx.xx Firmado por DGDO. DE SEGURIDAD Y TRAFICO, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulgen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista deberá satisfacer todo lo previsto, en su Sector, por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias. En especial, lo relativo a los principios de la acción preventiva (art.15 de la Ley 31/1995), información de los trabajadores (art.18 de la Ley 31/1955), formación de los trabajadores (art.19 de la Ley 31/1995), equipos de trabajo y medios de protección (art.17 de la Ley 31/1955),recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores y suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir. Dichos requisitos serán acreditados ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo. GISPASA es una empresa comprometida con la protección del medio ambiente y cumple con los requisitos de de las normas UNE-EN ISO 9001-2008 P. CIVIL Y UNE-EN ISO 14001:2004 en calidad y medio ambiente respectivamente , disponiendo de los correspondientes certificados emitidos por AENOR. En consecuencia, GISPASA solicita y exige al adjudicatario su colaboración en F. Y FIESTAS XXXXXXXX XXXX XXXXXXXXX el cumplimiento de los procedimientos internos establecidos y en la correcta actuación ambiental, es decir, cumpliendo con la legislación ambiental aplicable a las actividades que desempeña, así como a otros requisitos que GISPASA suscriba. 29/10/2015 ▪ La empresa adjudicataria deberá colaborar activamente guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con GISPASA motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), consecuentemente queda prohibida cualquier cesión, reproducción, comunicación, manipulación, o puesta a disposición a terceras personas físicas o jurídicas, no consentida expresamente por los órganos competentes del Ayuntamiento xx Xxxxx, incurriendo en lo relativo caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). ▪ La empresa adjudicataria deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos anteriormente en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la vigilancia de los impactos ambientales asociados a su actividad y serviciosprestación del servicio objeto del presente pliego. (art. 10 LOPD) ▪ La empresa adjudicataria, y en la obtención cuanto al tratamiento de datos de carácter personal o relativos al seguimiento de aspectos ambientales derivados a los/as usuarios/as del servicio, deberá respetar en todo caso las prescripciones de la ejecución Ley Orgánica 15/1999, de este contrato (consumo 13 de recursosdiciembre, generación de residuosProtección de Datos de Carácter Personal, vertidosespecialmente las siguientes obligaciones, etc.)conforme a lo dispuesto en los art. Todo ello deberá llevarse a cabo mediante una competencia, concienciación 9 y formación ambiental del personal adecuada, por lo que GISPASA pondrá a disposición del adjudicatario nuestro Sistema Integrado de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) que incluyen entre otros temas la correcta gestión de residuos en las instalaciones del nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx, el consumo responsable y el funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión. También el adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento 12 de la legislación ambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado.citada norma:

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir

Prevención de riesgos laborales. El contratista está obligado al cumplimiento de adjudicatario deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembreNoviembre, sobre de Prevención de Riesgos Laborales, y del el Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado el Real Decreto 17/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el Art. 24 de la Ley 31/95, en materia de coordinación de actividades empresariales y cuantas otras norma, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito así como en el Real Decreto 337/2010, de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas por el que se promulgen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista deberá satisfacer todo lo previstoaprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, en su Sectorde 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Reglamentación vigente Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción, y su legislación complementaria y de desarrollo. El adjudicatario deberá elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales estando que será revisado y aprobado, si procede, por acuaMed. El adjudicatario deberá concertar con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA), para las actividades preventivas que se deriven de la evaluación de riesgos de la actividad contenida en posesión dicho plan, y para la evaluación y revisiones periódicas que procedan de cuantas acreditaciones legales sean necesariasla evaluación de riesgos de la actividad (controles periódicos, mediciones higiénicas y vigilancia de la salud de sus trabajadores). En especialTambién será responsable dicho SPA del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 171/04 de 30 de enero, lo relativo por el que se desarrolla el art 24 de la ley 31/95, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, especialmente las establecidas en el art. 10, así como el desarrollo de las actividades recogidas en los art. 11 al 14 que se refieren a medios de coordinación. El Plan de Prevención de Riesgos Laborales deberá contener, al menos: ➢ Actividades y documentos técnicos: - Memoria - Concierto con Servicio de Prevención Ajeno - Evaluación inicial de riesgos, incluyendo: Mediciones de luz y ruido y contaminantes Evaluación ergonómica de los distintos puestos de trabajo Riesgos físicos - Planificación de la actividad preventiva - Inspecciones de seguridad para verificar el seguimiento de la planificación preventiva - Curso de formación en materia de riesgos laborales a los principios trabajadores para la obtención de la acción preventiva (art.15 cualificación de técnico básico en PRL. - Elaboración del plan de autoprotección y realización de simulacros de evacuación ➢ Vigilancia de la Ley 31/1995)salud con entidad acreditada, información según art. 22 de la LPRL Toda la documentación relacionada con la presente cláusula (relación nominal e identificación de los trabajadores, identificación y nombramiento de los trabajadores (art.18 de la Ley 31/1955), formación de los trabajadores (art.19 de la Ley 31/1995), equipos de trabajo y medios de protección (art.17 de la Ley 31/1955),recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores y suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir. Dichos requisitos serán acreditados ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo. GISPASA es una empresa comprometida con la protección del medio ambiente y cumple con los requisitos de de las normas UNE-EN ISO 9001-2008 Y UNE-EN ISO 14001:2004 en calidad y medio ambiente respectivamente , disponiendo de los correspondientes certificados emitidos por AENOR. En consecuencia, GISPASA solicita y exige al adjudicatario su colaboración en el cumplimiento de los procedimientos internos establecidos y en la correcta actuación ambiental, es decir, cumpliendo con la legislación ambiental aplicable a las actividades que desempeña, así designados como a otros requisitos que GISPASA suscriba. La empresa adjudicataria deberá colaborar activamente con GISPASA en lo relativo a la vigilancia de los impactos ambientales asociados a su actividad y servicios, y en la obtención de datos relativos al seguimiento de aspectos ambientales derivados de la ejecución de este contrato (consumo de recursos, generación de residuos, vertidosrecurso preventivo, etc.)) deberá ser presentada por la empresa adjudicataria con carácter previo al inicio de los trabajos objeto de este contrato. Todo ello deberá llevarse a cabo mediante una competencia, concienciación y formación ambiental del personal adecuada, por lo El coste de todas las actividades preventivas que GISPASA pondrá a disposición del adjudicatario nuestro Sistema Integrado de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) que incluyen entre otros temas la correcta gestión de residuos deban realizarse en las instalaciones del nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx, el consumo responsable y el funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión. También el adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación ambiental normativa vigente que sea de aplicación al trabajo realizadoserá por cuenta del adjudicatario.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Reguladoras