PRESUPUESTO. PARTIDA PRESUPUESTARIA Cláusulas de Ejemplo

PRESUPUESTO. PARTIDA PRESUPUESTARIA. Anualidad Presupuesto
PRESUPUESTO. PARTIDA PRESUPUESTARIA. El contrato que se suscriba como consecuencia de este procedimiento se ampara en el crédito inicialmente consignado para el ejercicio 2015 en la partida presupuestaria: 0501. 34201.21300 – Mantenimiento de maquinaria, instalaciones y utillaje 0501. 34201.22103 – Combustible y carburantes. El precio estimado del contrato, asciende a 316.560 euros distribuidos en anualidades a razón de: PRESUPUESTO AÑO 2015: 4 meses… 4.840 euros PRESUPUESTO AÑO 2016: 12 meses… 14.520 euros PRESUPUESTO AÑO 2017: 12 meses………………..14.520.euros PRESUPUESTO AÑO 2018: 8 meses… 9.680 PRESUPUESTO AÑO 2015: 4 meses… 2.000 euros PRESUPUESTO AÑO 2016: 12 meses… 6.000 euros PRESUPUESTO AÑO 2017: 12 meses… 6.000 euros PRESUPUESTO AÑO 2018: 8 meses… 4.000 euros PRESUPUESTO AÑO 2015: 4 meses… 28.333,33 euros PRESUPUESTO AÑO 2016: 12 meses… 85.000,00 euros PRESUPUESTO AÑO 2017: 12 meses… 85.000,00 euros PRESUPUESTO AÑO 2018: 8 meses… 56.666,67 euros TOTAL PRESUPUESTO AMBAS PARTIDAS 316.560 euros El precio del contrato incluye todos los conceptos e impuestos inherentes a la prestación con IVA incluido. - Precios unitarios de biomasa Los precios unitarios se refieren a Kg de material depositado en el silo de la instalación, incorporando transposte, personal, ensayos necesarios para conocer su callidad y todos los coneptos inherentes a la prestación con excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido. - Precios unitarios de mantenimiento Los precios unitarios se refieren a cada actuación a realizar por unidad de las diferentes categorías, e incorporan todos los conceptos e impuestos inherentes a la prestación. - Precios unitarios de mano de obra en reparaciones No se establece precio unitario para esta variante. Se aplicará al contrato el precio/hora ofertado por el licitador que resulte adjudicatario en aplicación de los criterios objetivos de adjudicación. - Precio de piezas y materiales en reparaciones Se aplicarán al contrato los precios de tarifa oficiales de las piezas y materiales utilizados en las reparaciones contempladas en el contrato, a los que se aplicará el descuento ofertado por el adjudicatario. Los precios de piezas y materiales en reparaciones no admiten revisión de precios ya que estas se encuentran implícitas en las tarifas oficiales de los fabricantes en los diferentes años de prestación.
PRESUPUESTO. PARTIDA PRESUPUESTARIA. Se estima el valor del contrato en setenta y dos mil seiscientos euros (72.600,00 €) IVA incluido, contando los dos años de adjudicación inicial y distribuidas en las siguientes anualidades: Primer año 44.111,15 € 53.374,49 € Segundo año 44.111,15 € 53.374,49 € - Precios unitarios de mantenimiento Unidad de instalación frigorífica de potencia térmica < 70 Kw. 1,70 €/unidad Unidad de instalación frigorífica de potencia térmica > 70 Kw. 23,75 €/unidad Unidad de instalación caldera de gas-oil 23,75 €/unidad Unidad de instalación caldera de gas natural 23,75 €/unidad Unidad de instalación de ACS 23,75 €/unidad Unidad deshumectadora < 70 Kw. 4,50 €/unidad Unidad deshumectadora > 70 Kw. 23,75 €/unidad Unidad de instalación de placas solares 23,75 €/unidad Los precios unitarios se refieren a cada actuación a realizar por unidad de las diferentes categorías, e incorporan todos los conceptos e impuestos inherentes a la prestación con excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido. - Precios unitarios de mano de obra en reparaciones No se establece precio unitario para esta variante. Se aplicará al contrato el precio/hora de cuadrilla ofertado por el licitador que resulte adjudicatario en aplicación de los criterios objetivos de adjudicación. Se define cuadrilla el número necesario de personal de mantenimiento para realizar la actuación correspondiente. - Precio de piezas y materiales en reparaciones Se aplicarán al contrato los precios de tarifa oficiales de las piezas y materiales utilizados en las reparaciones contempladas en el contrato, a los que se aplicará el descuento ofertado por el adjudicatario. Los precios de piezas y materiales en reparaciones no admiten revisión de precios ya que estas se encuentran implícitas en las tarifas oficiales de los fabricantes en los diferentes años de prestación. El contrato que se suscriba como consecuencia de este procedimiento se ampara en el crédito inicialmente consignado para el ejercicio 2018 en la partida presupuestaria 0501. 34201.21300 – Mantenimiento de maquinaria, instalaciones y utillaje.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.