Partes negociadoras Cláusulas de Ejemplo

Partes negociadoras. El presente convenio ha sido negociado de parte empresarial, Unión de campesinos xx Xxxxxxxx Xxxx (UCCL); Unión de Pequeños Agricultores (UPA); Asociación Agraria Jó- venes Agricultores (ASAJA); Federación Agraria Abulense (FAA) y por la parte social, por Unión General de Trabajadores (U.G.T.) y Comisiones Obreras (CC.OO.). - Preparador de tierra 5,81 € 46,53 € - Siembra y abono a mano 5,81 € 46,53 € - Manipulador Productos Fitosanitarios 5,81 € 46,53 € - Recolección patatas de carga 5,81 € 46,53 € - Escarde y clareó 5,81 € 46,53 € - Recolección a brazo y mano 5,81 € 46,53 € - Trabajos en labores xx xxxxx 7,11 € 56,88 € - Sulfatado, Azufrado y podadores 7,11 € 56,88 € - Recolección a brazo y mano 7,11 € 56,88 € - Hortelano 5,81 € 46,53 € - Hortelano con contrato más de tres meses 39,45 € - Regador 5,81 € 46,53 € - Regador con contrato más de tres meses 39,45 € - Riego con cobertura total 39,45 € - Entresaque, aclareo, recolección y escarde 7,44 € 59,48 € - Recolección 5,33 € 42,65 € - Preparación, roturación, deshoje y selección 5,81 € 46,53 € - Ganadero 5,81 € 46,53 € - Tractorista 5,81 € 46,53 € - Faenas no tipificadas 5,78 € 46,28 € - Salario mínimo en nave 50,59 € - Salario mínimo campo para replanteo, riego y escarde 53,56 € - Recolección en campo 53,89 € - Abastecimiento y retirada de planta en nave 53,87 € La planta se abonará, no siendo por ello susceptible de modificación económica du- rante la vigencia del presente convenio, de acuerdo al siguiente precio: - 1 céntimo por planta para el año 2015. - Cuando se realicen trabajos de replanteo con productos tóxicos, el salario base será in- crementado en un 15%. - Salario mínimo garantizado 5,62 € 44,99 € Este salario mínimo garantizado lo recibirá el/la trabajador/a cuando no llegue a los 245 Kgrs. semanales xx xxxxxxxxx de 1ª, siempre que sea por circunstancias ajenas a él o ella, y siempre y cuando a lo largo de ese periodo haya recolectado un mínimo de 220 Kgrs. En caso contrario al trabajador percibirá única y exclusivamente los kilos recolecta- dos, a partir de los 245 Kgrs. El precio de recogida será: Recolección xx xxxxxxxxx de 1ª ——-————————————- 1,058 €./Kilo.
Partes negociadoras. El presente Xxxxxxxx se suscribe, por la parte empresarial, por la Dirección de la Empresa XILEPLANT, S.L. y, por la parte social, por el representante unitario de los trabajadores democráticamente elegido, previa constitución a tal efecto de la Comisión Negociadora.
Partes negociadoras. El presente Convenio se concierta, por una parte, entre la Agrupación Industrial de Hosteleros Segovianos y, por otra, la representación de los trabajadores/as del sector a través de las centrales Sindicales de U.G.T. y CC.OO. La apertura de nuevos ámbitos negociales se comunicará a la Comisión Paritaria de este Conve- nio. En aquellas empresas afectadas por este Convenio Colectivo, en las que se promueva la nego- ciación de un nuevo convenio de empresa, la parte promotora comunicará por escrito la iniciativa de dicha promoción, a la otra parte, a la Comisión Paritaria del presente Convenio y a la Autoridad La- boral a través del REGCON, expresando detalladamente las materias objeto de negociación.
Partes negociadoras. El presente convenio colectivo ha sido negociado y concertado mediante una comisión negociadora compuesta paritariamente por representantes de la Empresa y delegadas de personal de la empresa.
Partes negociadoras. Este Convenio ha sido firmado por el delegado de personal en representación de los trabajadores y la representación de la empresa Valoriza Servicios Medioambientales, S.A. El presente Xxxxxxxx entra en vigor al día siguiente de su firma, no obstante, los aspectos salariales tendrán efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2018, extendiéndose su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. Cualquiera de las partes firmantes del convenio colectivo podrá proceder a su denuncia con una antelación mínima de dos meses a la fecha de su finalización, para lo cual deberán dirigir un escrito a la otra parte. En caso de no existir escrito de denuncia por alguna de las partes que firman el convenio en el plazo establecido, el convenio colectivo se considerará prorrogado de año en año, manteniéndose vigente en su totalidad hasta la firma de un nuevo convenio que lo sustituya. Para el supuesto de que el convenio colectivo sea denunciado de conformidad con el procedimiento establecido en el presente artículo, el convenio se considerará prorrogado hasta que se firme uno nuevo que lo sustituya, manteniéndose vigente en su totalidad.
Partes negociadoras. CAPÍTULO I
Partes negociadoras. El presente Convenio se suscribe, por la parte empresarial, por la Dirección de la Empresa Plasbel Plásticos, S.A.U.(en lo sucesivo, Plasbel) y, por la parte social, por los representantes unitarios de los trabajadores democráticamente elegidos (en particular, el Comité de Empresa de Plasbel), previa constitución a tal efecto de la Comisión Negociadora.
Partes negociadoras. El presente Convenio se suscribe, por la parte empresarial, por la Dirección de la Empresa Desarrollos y productos agrícolas Familia Durán S.L., D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, como Consejero Delegado, y por la parte social, por el delegado de personal
Partes negociadoras. Este Convenio se ha negociado, de una parte, en representación del personal laboral, por los sindicatos UGT y CCOO y, de otra, en representación de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares, las personas designadas con dicha finalidad.
Partes negociadoras. El presente convenio colectivo tiene por objeto regular las materias de índole económico, laboral, social y de representación de los trabajadores y, en general, cuantas otras afecten a las condiciones de empleo y al ámbito de relaciones de los trabajadores y Bureau Veritas Inversiones, S.L., y han formado parte de la Comisión Negociadora, de una parte, la Dirección de la Empresa, en representación de la misma, y de otra, los legales representantes de los trabajadores (Delegados de Personal y Comité de Empresa de los centros existentes en Madrid y Barcelona), mutuamente reconocidos como interlocutores válidos. El convenio ha sido concertado por la representación empresarial y por cinco de los ocho miembros del banco social, que representan a la mayoría de los trabajadores afectados. Los cinco miembros que han firmado el convenio concurrieron a las elecciones sindicales bajo las siglas de CC.OO., los tres representantes de los trabajadores que no firman el convenio lo hicieron bajo las siglas de UGT y CGT.