Oficial Administrativo Cláusulas de Ejemplo

Oficial Administrativo. Es quien bajo la dirección del Jefe de Administración, o del titular de la empresa, ejerce funciones burocráticas y contables, que exigen iniciativa y responsabilidad.
Oficial Administrativo. Es el trabajador, que actúa a las órdenes de los directivos del centro y tiene a su cargo un servicio determinado dentro del cual, con iniciativa y responsabilidad, con o sin otros trabajadores a sus órdenes, realiza trabajos que exijan cálculos, estudios, preparación y condiciones adecuadas, tales como cálculos de estadística, transcripciones de libros de cuentas corrientes, redacción de correspondencia con iniciativa propia, liquidaciones y cálculos de nóminas de salarios, sueldos y operaciones análogas, de forma manual o mecanizada. Se consideran incluidos en esta categoría los cajeros de cobros y pagos sin firma, que perciben plus de quebranto de moneda. En general todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas y que tengan relación con lo anterior.
Oficial Administrativo. Es el trabajador, que actúa a las órdenes de los directivos del centro y tiene a su cargo un servicio determinado dentro del cual, con iniciativa y responsabilidad, con o sin otros traba- jadores a sus órdenes, realiza trabajos que exijan cálculos, estudios, preparación y condicio- nes adecuadas, tales como cálculos de estadística, transcripciones de libros de cuentas co- rrientes, redacción de correspondencia con iniciativa propia, liquidaciones y cálculos de nóminas de salarios, sueldos y operaciones análogas, de forma manual o mecanizada. Se consideran incluidos en esta categoría los cajeros de cobros y pagos sin firma, que perci- xxx plus de quebranto de moneda. En general todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas y que tengan relación con lo anterior.
Oficial Administrativo. Es aquel personal que tiene a su cargo y desarrolla, con adecuada preparación profesional, tareas administrativas de los departamentos, servicios o secciones de la administración de una empresa, ejerciéndolas con iniciativa y responsabilidad y que puede o no tener personal bajo su supervisión. Puede tener asimismo asignadas funciones informáticas bajo la supervisión y orden de un superior.
Oficial Administrativo. Es el trabajador que, en posesión de los conocimientos técnicos y prácticos necesarios para la vida mercantil, realiza trabajo que requieren iniciativa propia , tales como redacción de correspondencia o de contratos mercantiles corrientes, elaboración estadística con capacidad analítica, gestión de informes, transcripción de libros de contabilidad, liquidación de subsidios y seguros sociales. etc.
Oficial Administrativo. Es quien realiza trabajos que requieren iniciativa propia, como redacción de correspondencia, contratos mercantiles, facturas, etc., elaboración de estadísticas, gestión de informes, trascripción de libros de contabilidad, etc. Operador de máquinas contables. Es quien utiliza algunos de los diversos tipos de máquinas de procesos de datos, para lo que poseerá los conocimientos sobre sus sistemas y técnicas.
Oficial Administrativo de 1.ª: Es la trabajadora que actúa bajo las ordenes de un jefe y tiene a su cargo un tra- bajo determinado que requiere un cálculo, estudio, preparación y condiciones adecuadas.
Oficial Administrativo. Es el trabajador, que actúa a las órdenes de los directivos del centro y tiene a su cargo un servicio determinado dentro del cual, con iniciativa y responsabilidad, con o sin otros trabajadores a sus órdenes, realiza trabajos que exijan cálculos, estudios, preparación y condiciones adecuadas, tales como cálculos de estadística, transcripciones de libros de cuentas corrientes, redacción de correspondencia con iniciativa propia, liquidaciones y cálculos de nóminas de salarios, sueldos y operaciones análogas, de forma manual o mecanizada. Se consideran incluidos en esta categoría los cajeros de cobros y pagos sin firma, que perciben plus de quebranto de moneda. En general todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas y que tengan relación con lo anterior. Conductor: Deberán realizar los trabajos propios de su especialidad en relación con los vehículos automóviles al servicio de los centros y deberán ejecutar las reparaciones que no requieran elementos de taller. Gerocultor/a: Es el personal que, bajo la dependencia del director del centro o persona que se determine, tiene como función principal la de asistir al usuario en las actividades de la vida diaria que no pueda realizar por él solo y efectuar aquellos trabajos encaminados a su atención personal y de su entorno. Guardará absoluto silencio sobre los procesos patológicos que sufran los usuarios, así como cualquier asunto referente a su intimidad, y siempre actuará en coordinación y bajo la responsabilidad de los profesionales de los cuales dependan directamente. Entre otras sus funciones son: Higiene personal del usuario. Según el plan funcional de los centros, deber efectuar la limpieza y mantenimiento de los utensilios del usuario, hacer las camas, colaborar en mantener ordenadas las habitaciones, recoger la ropa, llevarla a la lavandería y encargarse de las ropas de los usuarios. Dar de comer a aquellos usuarios que no lo puedan hacer por sí mismos. En este sentido, se ocupará igualmente de la recepción, distribución y recogida de las comidas a los usuarios. Realizar los cambios de postura y aquellos servicios auxiliares que de acuerdo con su preparación técnica le sean encomendados. Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de los usuarios. Limpiar y preparar el mobiliario, materiales y aparatos de botiquín. Acompañar al usuario en las salidas que éste deba realizar ya sean para citas médicas, excursiones, gestiones, etc. Colaborar con el equipo de profe...
Oficial Administrativo. Es la persona que de forma cualificada y con iniciativa propia realiza trabajos de carácter administrativo así como aquella que desempeña funciones de secretario/a a las órdenes inmediatas de un superior. Grupo II.2. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Oficial de taller. Es la persona que fabrica todo tipo de dispositivos ortopédicos a medida y/o seriados, incluyendo el calzado, aplicando las técnicas y procesos específicas para su fabricación, atendiendo a los requisitos sanitarios, estéticos y técnicos demandados, los criterios ergonómicos, biomecánicos, y de prescripción facultativa, siguiendo las instrucciones del responsable técnico, cumpliendo la normativa sanitaria y técnica vigente, los criterios de calidad, así como las condiciones destinadas a prevenir los riesgos personales y ambientales. Asimismo adapta productos seriados bajo la supervisión del Técnico Ortopédico, realiza el montaje y la distribución de dichos dispositivos dentro o fuera del establecimiento. De forma específica se incluyen en este puesto de trabajo las cualificaciones de mecánico ortopédico x xxxxxxxx ortopédico.
Oficial Administrativo. 4.2. Auxiliar Administrativo.