Ámbito territorial y funcional Cláusulas de Ejemplo

Ámbito territorial y funcional. El presente convenio, regulará las relaciones laborales entre los Trabajadores/as y las Empresas, que ejerzan la actividad de Limpieza de Edificios y Locales en la Provincia xx Xxxx, y que mantengan centros de trabajo en la misma, aunque las Centrales o domicilios sociales, radiquen fuera de la provincia, manteniéndose las condiciones contractuales más beneficiosas.
Ámbito territorial y funcional. 1. El presente Convenio Colectivo Provincial será de obligado cumplimiento en todas las actividades propias del sector de la construcción, que son las siguientes:
Ámbito territorial y funcional. El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todas las empresas que, incluidas dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se dediquen a la actividad de limpieza de edificios y locales, tales como oficinas, hospitales, aeropuertos, puertos, barcos, aviones, etcétera, aunque las empresas radiquen fuera de las Islas Baleares. Igualmente quedan afectados por este Convenio los trabajadores que prestan servicios de recogida, arrastre y colocación de carritos. El presente Convenio Colectivo se aplicará a las empresas de servicios cuyo objeto social sea, entre otros, la limpieza de edificios y locales por cuenta de terceros, respecto al personal a su servicio que cubra tal actividad, salvo que le resulte aplicable otro Convenio Colectivo que, en su conjunto y cómputo global y anual, supere las condiciones establecidas en este Convenio Colectivo. Las empresas que contraten o subcontraten con otros la realización de servicios correspondientes a las actividades habituales o propias del sector, deberán garantizar que el personal afectado serán retribuidos/as en las mismas condiciones que vienen recogidas en el presente Convenio Colectivo, a no ser que el trabajo que estén desempeñando corresponda o tenga reconocido, en el convenio o legislación supletoria, un salario superior.
Ámbito territorial y funcional. El presente convenio es de ámbito provincial y de aplicación a las empresas y trabajadores que ejerzan su actividad en la provincia de Huelva en el sector de Limpieza de Edificios y Locales.
Ámbito territorial y funcional. La eficacia y obligatoriedad de este Convenio afecta a todas las actividades pertenecientes a Siemens, S.A., siendo su ámbito interprovincial y abarcando el total de la Empresa. cve: BOE-A-2014-8743
Ámbito territorial y funcional cve: BOE-A-2015-4537 La eficacia y obligatoriedad de este Convenio colectivo afecta a todas las actividades pertenecientes a Nokia Solutions and Networks Spain, S.L. (en adelante, la «Empresa»), siendo su ámbito interprovincial y abarcando la totalidad de la Empresa.
Ámbito territorial y funcional. Los preceptos de este convenio regulan las relaciones laborales de todas las empresas o centros de trabajo dedicados al transporte sanitario terrestre, aéreo y marítimo de enfermos y/o accidentados así como el transporte de órganos, sangre, muestras biológicas y equipos médicos en la Comunidad de Madrid, aun cuando la sede central de la empresa radique fuera de dicho ámbito territorial.
Ámbito territorial y funcional. Las actuaciones y trabajos desarrollados tendrán el ámbito territorial definido en la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020”. El Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx facilitará las instalaciones donde desarrollar los trabajos, cuando la naturaleza de los mismos así lo requiera.
Ámbito territorial y funcional. El presente con- venio será de aplicación en la provincia xx Xxxxxxxxx. Obliga a las empresas y trabajadores del sector de la industria y los servicios del metal tanto en su proceso de producción, como en el de transformación en sus diversos aspectos de manipulación o almacenaje, comprendiéndose asimismo aquellas empresas, centros de trabajo, talleres de reparación de vehículos, con inclusión de los xx xxxxxx, engrase e instalación de neumáticos, o aquellos otros en los que se lleven a cabo trabajos de carácter auxiliar, complementarios o afines, directamente relacionados con el sector o tareas de instalación, montaje, reparación, man- tenimiento o conservación, incluidas en dicha rama o en cual- quiera otra que requiera tales servicios, así como las empresas fabricantes de componentes de energía renovable. También será de aplicación a las industrias metal gráficas y de fabricación de envases metálicos y boterío, cuando en la fabricación de los envases se utilice chapa de espesor superior a 0’5 mm. , joyería y relojería, fontanería, instalaciones eléctricas, de aire acondicionado, calefacción, gas, placas solares y otras actividades auxiliares o complementarias de la construcción, tendidos de líneas de conducción de energía, tendidos de cables y redes telefónicas, señalización y electrificación de ferrocarriles, instaladores y mantenedores de grúas torre, industrias de óptica y mecánica de precisión, recuperación y reciclaje de materias primas secundarias metálicas, fabricación o manipulación de circuitos impresos de fibra óptica, así como aquellas actividades, específicas y/o complementarias, relativas a las infraestructuras tecnológicas y equipos de información y las telecomunicaciones. Estarán así mismo afectadas por el convenio aquellas acti- vidades nuevas o tradicionales, afines o similares a las incluidas en los apartados anteriores del presente artículo. Quedarán únicamente excluidas del ámbito del convenio colectivo las empresas dedicadas a la venta de artículos en proceso exclusivo de comercialización. Las partes firmantes del Convenio acuerdan adherirse al nuevo listado de CNAES que se está negociando entre CONFE- METAL, CC.OO. y UGT.
Ámbito territorial y funcional. Son partes firmantes del presente convenio las asociaciones empresariales Asociación de Empresarios de Garajes, Aparcamientos, Estaciones de Engrase, Lavado, Mantenimiento y Autoestaciones de Madrid (AMEGA), y Asociación Española de Aparcamientos y Garajes (ASESGA), y las centrales sindicales Comisiones Obreras (Sector de Carretera y Logística de Madrid de FSC-CC.OO.) y Unión General de Trabajadores (Sindicato de Carreteras y Urbanos de FeSMC-UGT Madrid). El presente convenio será de aplicación a todas las empresas de la Comunidad Autónoma de Madrid, cuya actividad se refiera a garajes, aparcamientos, estaciones de engrase y lavado, y estaciones terminales de autobuses.