OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. La ASEGURADORA se compromete y obliga a efectuar la cobertura del SEGURO, objeto del presente contrato de acuerdo a la(s) póliza(s) de seguros, especificaciones técnicas, características, plazo y lugar señalado en las bases del Documento Base de Contratación, la propuesta adjudicada, así como a los términos y condiciones del presente contrato.
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. En virtud del presente Compromiso, la Aseguradora se obliga a usar la Información Confidencial, únicamente para preparar su Postura y, en caso de adjudicación, para la ejecución del respectivo Contrato de seguros; por ende, solo podrá utilizarla para los fines aquí previstos, quedando total y expresamente prohibida cualquier otra utilización o tratamiento y muy especialmente para fines comerciales o de otro tipo en provecho propio o de terceros, a menos que reciba la previa y expresa autorización escrita del Banco. Parágrafo. La Aseguradora reconoce y acepta que la Información Confidencial sólo podrá ser utilizada para el propósito expresado en este Compromiso. Adicionalmente, sólo podrá darla a conocer a aquellos empleados o trabajadores, que tengan necesidad legítima de conocerla para la mencionada finalidad. Los empleados, trabajadores o asesores con acceso a Información Confidencial deberán ser informados de su carácter confidencial y conocer los términos de este Compromiso, a los cuales se deberán adherir antes de recibirla.
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. LA ASEGURADORA ESTARÁ OBLIGADA A EFECTUAR EL PAGO DEL SINIESTRO, DENTRO DEL MES SIGUIENTE A LA FECHA EN QUE EL ASEGURADO O BENEFICIARIO ACREDITE SU DERECHO, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 1077 DEL CÓDIGO DE COMERCIO COLOMBIANO.
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. Pago de los daños, perjuicios, daño moral consecuencial, etc. por los que sea responsable “EL ASEGURADO”, conforme a lo previsto en este contrato hasta el límite máximo de responsabilidad por evento. Pago de los gastos de defensa de “EL ASEGURADO”, dentro de las condiciones de este contrato, incluyendo entre otros: El importe de la prima por fianzas judiciales que “EL ASEGURADO” deba otorgar en garantía del pago de las sumas que se le reclamen a título de responsabilidad civil cubierta por este contrato. En consecuencia, no se considerarán comprendidas dentro de las obligaciones que “LA ASEGURADORA” asuma bajo este contrato, la prima por fianzas que “EL ASEGURADO” otorgue como caución para obtener la libertad preparatoria, provisional y/o condicional durante un proceso penal. Los gastos, costas e intereses legales que deba pagar “EL ASEGURADO” por Resolución Judicial o Arbitral Ejecutoriadas. Los gastos en que incurra “EL ASEGURADO” con motivo de la tramitación y liquidación de las reclamaciones. El pago de los gastos de defensa que refiere este numeral estará cubierto hasta el límite máximo de responsabilidad por evento, pero sin exceder del 10% (diez por ciento) dicho límite para gastos de defensa. En el supuesto de que “LA ASEGURADORA” no asuma la dirección del proceso legal, pagará por anticipado a “EL ASEGURADO”, hasta por la cantidad que se obligó a pagar por este concepto, para que “EL ASEGURADO” cubra los gastos de su defensa, la que deberá realizar con la diligencia debida. En ningún caso ampara ni se refiere a reclamaciones y/o responsabilidades: Daños a consecuencia de terremoto y/o erupción volcánica, o a consecuencia de la penetración de agua de lluvia o inundación con excepción de 1.3 Responsabilidad civil de Obras de arte propiedad de terceros en exposición y 1.6 Responsabilidad civil por transporte de bienes.
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. LA ASEGURADORA se obliga para con BANCOMPARTIR a:
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. LA ASEGURADORA se obliga a acatar el Reglamento de Recaudo que EL BANCO tiene establecido y que se anexa al presente Convenio.
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. La Aseguradora se obliga con el Tomador a:
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. Artículo
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. 1.- QUE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO CUMPLAN CON LAS ESPECIFICACIONES, CARACTERÍSTICAS, FRECUENCIAS Y TIEMPOS ESTABLECIDOS EN LOS ANEXOS QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO Y A QUE LA REALIZACIÓN DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PARTES DEL SERVICIO SE EJECUTEN, ASÍ COMO A RESPONDER POR SU CUENTA DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE POR SU INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, SE LLEGUEN A CAUSAR A “LA SECRETARÍA” O EN SUS BIENES PATRIMONIALES.
OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. 1.- Proporcionar a EPSEL S.A. el servicio materia del presente contrato en forma eficaz y eficiente, respetando las condiciones contractuales.