Obligación de pago Cláusulas de Ejemplo

Obligación de pago. 37.1 En consideración de los Servicios que el Consultor preste de acuerdo con este Contrato, el Contratante efectuará dichos pagos al Consultor en la forma que se contempla en las CGC siguientes.
Obligación de pago. Las partes acuerdan que el monto a pagar por cualquier gasto y/o tributo que grave la propiedad del Bien o la transferencia de éste será de cargo del CLIENTE. En este sentido, el CLIENTE deberá reembolsar a INTERBANK el monto que éste hubiese pagado por cualquiera de dichos conceptos dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepción del requerimiento formulado al efecto por INTERBANK, en el que se especifique el monto del desembolso efectuado, bajo el concepto de Reembolso de Gastos, al mismo que se le aplicará el impuesto general a las ventas vigente a la fecha efectiva del cobro.
Obligación de pago. 41.1 Como contraprestación por los Servicios prestados por el Consultor en virtud de este Contrato, el Contratante efectuará los pagos al Consultor en la forma indicada en la siguiente sección F de estas CGC.
Obligación de pago. Artículo 7.-
Obligación de pago. Por concepto de la prestación de los Servicios de consultoría conforme a lo acordado contractualmente, el Contratante pagará al Consultor la remuneración conforme se dispone en la Sección E (Pagos al Consultor) de estas CGC.
Obligación de pago. El pago de la prima es obligación del Asegurado y nada impide que pueda ser pagada por cualquier otra persona, sin necesidad de justificar ningún interés. La prima de este contrato de seguro se compone de la suma de las primas netas de las coberturas indicadas en las Condiciones Particulares y el Impuesto que corresponda. La forma de pago de las primas puede ser único o diferido.
Obligación de pago. El Suscriptor deberá pagar a VTR la renta mensual y/o las demás tarifas vigentes e informadas por VTR a la fecha de inicio del suministro del(los) Servicio(s), que correspondan al Plan Comercial contratado por el Suscriptor. Salvo que expresamente se indique lo contrario en el Plan Comercial del Suscriptor, en el Contrato y/o en estas CGC, las rentas mensuales y tarifas deberán pagarse por mes anticipado, a excepción de los cargos variables por consumo incluidos en la Cuenta Única Telefónica, el Servicio de Acceso a Internet que se cobre según el consumo efectuado por el Suscriptor, los Servicios Adicionales (incluidos los Paquetes y canales Premium de Programación) de prestación ocasional, todos los cuales serán cargados en el Documento de Cobro del período de facturación siguiente al de su prestación
Obligación de pago. El Cliente deberá pagar al Consultor por los Servicios de acuerdo con la Cláusula 6.
Obligación de pago. Cada Banco Central se compromete a dar curso a todos los pagos realizados por el sml, siempre que cumplan con los preceptos de este Convenio y del Re- glamento y sean previa e íntegramente pagados por las Entidades Autorizadas remitentes o por el otro Banco Central, conforme el caso. En caso que se produzca cualquier cambio sustancial adverso en las condi- ciones de los mercados financiero o cambiario de Argentina o de Uruguay, motivado, por ejemplo, por factores naturales, políticos, sociales, económicos o financieros, internos o externos, siempre que sean de carácter extraordina- rio y creen obstáculos al cumplimiento normal de las obligaciones asumidas por los Bancos Centrales bajo el presente Convenio, o resulten perjudiciales para los intereses de los Bancos Centrales, éstos podrán efectuar la suspensión temporaria del registro de operaciones en el sml en determinado día, mante- niendo, sin embargo, la Compensación y Liquidación diaria de las operaciones ya registradas. El Banco Central que desee suspender temporalmente el funcionamiento del sml deberá comunicar por escrito al otro Banco Central su decisión al respec- to, antes del inicio del horario para el intercambio de archivos conteniendo las operaciones, y estimar, en cuanto sea posible, el tiempo de duración de la suspensión. También será suspendido el funcionamiento del sml en los casos de incumpli- miento del Banco Central deudor definidos en el Reglamento.
Obligación de pago. El cliente se obliga a abonar el importe de los servicios contratados a través de la cuenta corriente indicada en la cabecera de este contrato o cualquier otro medio de pago al uso. En el caso de pago a través de cuenta corriente CHUBB queda autorizada para la presentación de cuantos recibos sea procedente emitir en virtud de dicha operación. Para la realización del pago se emitirá la factura correspondiente por el importe pactado en el presente contrato con las actualizaciones que proceda aplicar. Acceso de los operarios a las instalaciones del cliente. El cliente estará obligado a permitir la entrada y a facilitar la labor de los operarios xx XXXXX en el caso de que deba proceder a la retirada, revisión y/ o reparación de los materiales y equipos suministrados.