Definición de Plan Comercial

Plan Comercial. Corresponde al Plan contratado por el ASOCIADO a la PRESTADORA, estableciéndose en éste, los términos, condiciones del/ los productos contratados y el precio del suministro de los mismos.
Plan Comercial. Se refiere a las características técnicas y operacionales de los Servicios Principales ofrecidos por PCSpA, así como a la estructura y nivel de las tarifas aplicables por los mismos al Suscriptor, según la o las opción(es) seleccionada(s) por éste.
Plan Comercial. Alude a las condiciones comerciales y características técnicas de los Servicios individuales o Paquetes de Servicios, según la opción seleccionada por el Suscriptor. El Plan Comercial se encuentra consignado en el Formulario de Solicitud de Servicio y en el Anexo Comercial entregado al Suscriptor.

Examples of Plan Comercial in a sentence

  • El plazo de vigencia del presente Contrato es de Doce (12) meses, que comienza en la fecha de compra del Servicio por parte del ASOCIADO y continúa por la duración del período del Servicio definido en el Plan Comercial seleccionado.

  • Conforme a lo establecido en el artículo 28º del Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones, en el caso de la contratación de un Plan Comercial que incluya múltiples servicios principales, el suscriptor podrá pagar uno o más de los servicios contratados en el Plan.

  • Dichos pagos parciales del Plan Comercial no podrán realizarse en forma reiterada, permitiéndose máximo 2 veces en 1 año calendario.

  • Se compone del Plan Comercial y los Servicios Adicionales que el Suscriptor haya contratado.

  • Una vez que las Relaciones Precedentes relacionadas con las áreas comerciales terminen, el Gestor tendrá derecho a explotar directa o indirectamente dichas áreas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 4.8 del Contrato, y con el Plan Comercial aprobado por el CETAC.

  • Para los productos usados en un ambiente / entorno comercial (es decir, para un uso distinto de un entorno residencial unifamiliar), se requiere un Plan Comercial.

  • VTR actualizará periódicamente tales umbrales para cada tipo de Servicio y Plan Comercial.

  • Mientras dure esta evaluación y en caso que el Plan Comercial del Cliente así lo contemple, VTR podrá entregar al Cliente, en comodato y de modo transitorio, otro Equipo, compatible con los Servicios de Telefonía Móvil o Banda Ancha Móvil y en un estado equivalente de conservación, según sea el caso.

  • En virtud de este Contrato, el CETAC explotará los Servicios Comerciales, a través del Gestor, quien tendrá el derecho exclusivo a operar, directa o indirectamente, las áreas comerciales designadas como tales en el Plan de Distribución de Areas y de conformidad con el Plan Comercial aprobado por el CETAC.

  • EL PROVEEDOR se obliga a proporcionar el servicio de acceso a internet de forma continua, uniforme, regular y eficiente, de acuerdo a los estándares de calidad previstos en el presente Contrato, , mediante el pago de la tarifa correspondiente al Plan Comercial seleccionado por parte del Usuario.


More Definitions of Plan Comercial

Plan Comercial. Los programas comerciales que el Cliente selecciona en la Carátula al momento de contratar los Servicios objeto del presente Contrato y que se detallan en la misma, y pueden ser consultados en la página de internet www.axtel.mxcom. Dichos programas comerciales determinarán las Tarifas previamente registradas y vigentes ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, y estarán sujetos a los términos del presente Contrato. Así mismo cualquier Carátula firmada por el Cliente formará parte integral del presente Contrato.
Plan Comercial. Se refiere a las características técnicas y operacionales de los Servicios Principales ofrecidos por MUNDO, así como a la estructura y nivel de las tarifas aplicables por los mismos al Suscriptor, según la o las opción(es) seleccionada(s) por éste.

Related to Plan Comercial

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • BANCOMER pagará a “EL CLIENTE” intereses respecto del Saldo Promedio Valorado a la tasa anualizada que para dicho “PERÍODO DE INTERESES” el propio “BANCOMER” de a conocer a su clientela y que se señala en la carátula del presente contrato. En el caso de “TASA VARIABLE” se determinará de conformidad con lo establecido en la carátula del presente contrato. “BANCOMER” dará a conocer las tasas de intereses aplicables al presente depósito, por escrito, por medios electrónicos, a través de publicaciones en periódicos de amplia circulación o de su colocación en los lugares abiertos al público en las oficinas de “BANCOMER” o bien en los estados de cuenta que “BANCOMER” remita a “EL CLIENTE”. Los intereses a que se refiere la presente cláusula, se calcularán respecto del número de días efectivamente transcurridos en cada “PERÍODO DE INTERESES”, dividiendo la tasa anualizada que corresponda al “PERÍODO DE INTERESES” de que se trate entre 360 (TRESCIENTOS SESENTA) y multiplicando el resultado así obtenido por el número de días efectivamente transcurridos en cada “PERÍODO DE INTERESES”, y se pagarán al final,es decir, cuando se realicen el total de los depósitos y se mantenga depositado por el periodo de tiempo establecido en el Anexo de Tabla de Depósitos e Instrucciones. En el caso de que “EL CLIENTE” incumpla dos o más depósitos consecutivos, “BANCOMER” dará por terminado el(los) contrato(s) previa notificación a “EL CLIENTE” y pondrá a disposición de “EL CLIENTE” sus recursos más los intereses correspondientes, calculados a Tasa Base únicamente en “LA CUENTA DE DEPÓSITO”. Cuando “EL CLIENTE” dé por terminado el presente contrato deberá dar aviso por escrito en cualquier sucursal “BANCOMER”, para lo cual “BANCOMER”, una vez recibido el aviso de terminación de “EL CLIENTE”, procederá a realizar el retiro de los recursos y serán depositados en “LA CUENTA DE DEPÓSITO”; “BANCOMER” abonará al día siguiente de la fecha de terminación del presente contrato los rendimientos correspondientes calculados únicamente a “TASA BASE” a “LA CUENTA DE DEPÓSITO”, de acuerdo a lo señalado en la cláusula de vigencia de este instrumento.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Bienes significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Equipaje Todos los objetos de uso personal que el asegurado lleve consigo durante el viaje, así como los expedidos por el medio de transporte utilizado para el viaje.

  • Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Reembolso reposición del dinero a quien lo había gastado.

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Vehículo Medio de transporte terrestre impulsado o no por su propio motor, provisto o no de remolque, destinado al transporte de personas, materiales o equipos utilizados para labores agrícolas, o de construcción, etc.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.