Inhabilitados para participar (Arts. 158 y 159 LACAP) Cláusulas de Ejemplo

Inhabilitados para participar (Arts. 158 y 159 LACAP). La institución inhabilitará para participar en procedimientos de contratación administrativa, al ofertante o contratista que incurra en alguna de las conductas detallas en el artículo 158 o lo establecido en el artículo 159 de la LACAP.
Inhabilitados para participar (Arts. 158 y 159 LACAP). La institución inhabilitará para participar en procedimientos de contratación administrativa, al ofertante o contratista que incurra en alguna de las conductas detallas en el artículo 158 o lo establecido en el artículo 159 de la LACAP. La adjudicación se efectuará en un plazo no mayor de SESENTA (60) días calendario después del acto de apertura de ofertas, pudiendo el Titular de la institución, en casos excepcionales, prorrogarlos por TREINTA (30) días más. De conformidad al artículo 61 de la LACAP, el Titular xxx XXXXXX podrá suspender la Licitación, dejarla sin efecto o prorrogar el plazo de la misma sin responsabilidad alguna ante el o los licitantes, sea por caso fortuito, fuerza mayor o por razones de interés público. El titular xxx XXXXXX emitirá una Resolución Razonada de tal decisión, la cual será notificada oportunamente a los oferentes. El Titular xxx XXXXXX podrá adjudicar de forma total o parcial el servicio requerido y se reserva el derecho de declarar desierto el proceso cuando solo hubiere una oferta y no cumpla con lo requerido en la Base o no estuviere acorde con los precios xx xxxxxxx, o las ofertas presentadas no cumplen con lo solicitado en la Base de Licitación. Cuando el Titular xxx XXXXXX no aceptare la recomendación de la oferta mejor evaluada de acuerdo al análisis realizado por la Comisión Evaluadora de Xxxxxxx, deberá consignar y razonar por escrito su decisión y podrá optar por alguna de las otras ofertas consignadas en la misma recomendación, o declarar desierto el/los Ítems. Con base al Artículo 56 de la LACAP el Titular xxx XXXXXX, a propuesta de la Comisión Evaluadora de Ofertas, emitirá la respectiva Resolución para la presente Licitación. Al momento de la Adjudicación, el MINSAL sin ninguna responsabilidad se reserva el derecho de disminuir las cantidades a adquirir hasta donde lo permita la disponibilidad presupuestaria y estas no tendrán variación del precio unitario o de otros términos y condiciones. Se establece un plazo xxxxxx xx XXXX (10) DÍAS CALENDARIO, a partir de la notificación de la Resolución de Adjudicación, para que el Adjudicatario presente en la UACI del Nivel Superior xxx XXXXXX, ubicada en Xxxxx Xxxx Xx. 827, San Xxxxxxxx, la nota de aceptación, indicando en la misma a la persona que autoriza legalmente para suscribir el contrato, agregando los documentos que legitimen la calidad con que actúa; así como todas las solvencias requeridas e indicadas en esta Base de Licitación, las cuales deberán estar vige...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.