Common use of Importe del Contrato Clause in Contracts

Importe del Contrato. El presupuesto máximo del contrato ( DOS AÑOS) asciende a la cantidad de SIETE MIL EUROS (7.000,00 €), que se desglosa en la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €), correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto en el artículo 9.3.a) del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la administración, el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máxima. El precio final del contrato vendrá determinado por los suministros reales a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. Se fija como valor estimado del contrato el importe total calculado para la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo, debiendo incluirse el importe necesario en los presupuestos de gastos de las distintas anualidades.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Y Prescripciones Tecnicas Para La Contratacion Del Suministro De Pienso Destinado a La Alimentacion De Los Perros Alojados en El Refugio De Perros Y Gatos Abandonados, Procedimiento Negociado Sin Publicidad

Importe del Contrato. El presupuesto máximo importe del presente contrato ( DOS AÑOS) asciende a la cantidad cuantía de SIETE MIL EUROS a **** € , e I.V.A. al 18% de **** €, lo que hace un presupuesto total de **** €.; siendo la renta mensual de *** € IVA incluido, (7.000,00 €*** € de principal y **** € de IVA.). La renta se hará efectiva dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante ingreso en la cuenta corriente que indique el arrendador. Se incluirán asimismo los gastos a que se refiere la cláusula 12ª.1 del presente contrato, que a todos los efectos tendrán el mismo tratamiento jurídico que la renta propiamente dicha. La renta se desglosa actualizará cada año de vigencia del contrato, aplicando a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización. Para la primera actualización se tomará como referencia el que corresponda al último Índice que estuviera publicado en la cantidad fecha de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €), correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto en el artículo 9.3.a) celebración del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas y en las entregas a las necesidades de la administración, sucesivas el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máximaque corresponda al último aplicado. El precio final se abonará con cargo a la partida ***** del contrato vendrá determinado vigente Presupuesto Municipal. La eficacia del presente expediente de contratación queda demorada a 1 de enero de 2012, esto es, de tramitación anticipada, por los suministros reales a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. Se fija como valor estimado del contrato el importe total calculado para la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, lo que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar garantizar las obligaciones derivadas del mismo, debiendo incluirse el importe necesario contrato en los presupuestos ejercicios correspondientes. Todo ello a los efectos de gastos lo previsto en el artículo 93 párrafo 5 y 94 xxxxxxx 0 de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. De acuerdo con lo previsto en el artículo 79 y siguientes del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, y en el artículo 174 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las distintas anualidadesHaciendas Locales, para arrendamientos de bienes inmuebles pueden adquirirse compromisos por gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, siempre que su ejecución se inicie en el propio ejercicio y que, además, se encuentren en alguno de los casos siguientes, sin que resulte de aplicación la limitación temporal de cuatro años. Como quiera que, este es un expediente de tramitación anticipada al surtir efecto el contrato a partir de enero de 2012, como tal, no existen compromisos económicos para el ejercicio 2011, por lo que el gasto plurianual deberá autorizarse en el momento en que la ejecución del contrato se inicie.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrán De Regir La Tramitación Por Urgencia De Contrato Del Arrendamiento De Local De Negocio Con Opcion De Compra Consistente en Nave Industrial****.

Importe del Contrato. Página2 El presupuesto máximo importe del presente contrato ( DOS AÑOS) asciende a la cantidad cuantía de SIETE VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS EUROS (7.000,00 €), que se desglosa en la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 28.800,00€) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €), correspondiente estando exento de IVA al IVA (10%). Según lo dispuesto en el artículo 9.3.a) del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo formación de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la administración, el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máxima. El precio final del contrato vendrá determinado por los suministros reales a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. Se fija como valor estimado del contrato el importe total calculado para la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido 20.1.9º de la Ley 37/1992 de contratos 29 de diciembre sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido. El precio del Sector Público servicio se prestará por el lote único que incluye los dos certificados de profesionalidad incluidos en la cláusula 1 de este pliego. Teniendo en cuenta que la adjudicación definitiva se hará por lote único, por lo que los licitadores deberán presentarse a los dos certificados de profesionalidad y con los módulos formativos que los componen relacionados en la clausula 1 de este pliego y atendiendo las especificaciones de los Reales Decretos que los regulan. Este contrato se encuentra financiado con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo estatal y la participación de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid. El presupuesto total de la acción formativa de que se trate está calculado en función del número de horas y número de alumnos previstos, de tal forma que el presente expediente queda sometida Ayuntamiento de Campo Real se reserva la posibilidad de adecuar el presupuesto adscrito a cada acción formativa en función de las modificaciones o variaciones que pudieran producirse en la misma en relación con los objetivos formativos, número de horas o número de alumnos previstos, documentación entregada, nivel de satisfacción de las alumnos/as, la calidad e idoneidad de las instalaciones y equipamientos, cuando como consecuencia de las inspecciones realizadas en las acciones formativas por los técnicos municipales o de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda se detectara algún tipo de incumplimiento a este respecto. Por lo tanto se podrán aplicar minoraciones sobre el presupuesto aceptado de producirse las circunstancias mencionadas. Asimismo se producirá una minoración del presupuesto si una vez finalizado el curso existen alumnos con faltas de asistencia no justificadas conforme a la condición suspensiva normativa, criterio de la existencia Consejería de crédito adecuado Economía, Empleo y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo, debiendo incluirse el importe necesario en los presupuestos de gastos de las distintas anualidadesHacienda.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Para La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, De La Prestación Del Servicio De Acciones Formativas

Importe del Contrato. Los precios unitarios de licitación, importes sin IVA, serán: LOTE 1: HORMIGONES. HORMIGÓN HM-20/P/20/IIa de resistencia característica, elaborado en planta y transportado hasta obra. M3. 60,00 49,00 € 2.940,00 € HORMIGÓN PREMEZCLADO HM-25 EN SECO de resistencia característica, elaborado en planta y transportado hasta obra. con tamaño máximo del árido 20mm. y exposición tipo de ambiente IIa. M3 60,00 51,00 € 3.060,00 € HORMIGÓN HA-25/P/20/IIa de M3. 350,00 51,00 € 17.850,00 El presupuesto máximo del contrato ( DOS AÑOS) de licitación asciende a la cantidad de SIETE MIL EUROS veintiocho mil ochocientos cincuenta y ocho euros con cincuenta céntimos (7.000,00 28.858,50 euros), correspondiéndole un IVA de cinco mil euros con cincuenta céntimos (5.000,50 €), ; siendo valor estimado del contrato de veintitrés mil ochocientos cincuenta euros (23.850 €). El licitador deberá indicar en su proposición económica el desglose de los precios unitarios para cada uno de los productos a suministrar. Se entenderá que las ofertas de los licitadores incluyen todos los gastos necesarios para efectuar el suministro a pie de obra. El precio unitario del contrato será el que resulte de la adjudicación e incluirá como partida independiente el IVA. Las entregas de los materiales se desglosa realizarán según las necesidades en la cantidad ejecución de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €)las obras a lo largo del periodo de ejecución del contrato. El Ayuntamiento, correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto en el artículo 9.3.a) del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas acuerdo a las necesidades de la administraciónobra, se reservará el presupuesto indicado se determina con carácter derecho de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta no agotar el Presupuesto importe máximo señalado. del objeto de este contrato El importe se abonará con cargo al presupuesto municipal vigente En ningún caso pueden considerarse los datos el supuesto de que, con motivo de la baja en el precio unitario de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máxima. El precio final del contrato vendrá determinado por los suministros reales bienes a los precios unitarios ofertados suministrar ofertado por el adjudicatario. Se fija como valor estimado adjudicatario para un lote, se produjera un ahorro respecto del contrato el importe total calculado para la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será presupuesto de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas licitación del mismo, debiendo incluirse el importe necesario de dicho ahorro podrá ser destinado, a criterio del órgano de contratación, a incrementar el número de unidades a suministrar del lote o lotes adjudicados a un mismo adjudicatario, hasta igualar el correspondiente presupuesto de licitación, concretándose así en los presupuestos el momento de gastos la adjudicación. Dada la naturaleza de las distintas anualidadesla prestación, no se establece la posibilidad de revisión del precio del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Suministro De Hormigón

Importe del Contrato. El presupuesto máximo Estando las entregas subordinadas a las necesidades del contrato ( DOS AÑOS) asciende a la cantidad de SIETE MIL EUROS (7.000,00 €), que se desglosa en la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €), correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto en el artículo 9.3.a) del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos Ayuntamiento y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina no pudiendo ser definidas éstas con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, la licitación versará sobre precios unitarios, de modo que el tipo ofertado y por estar subordinadas tanto el precio del contrato a lo largo de su ejecución, será el porcentaje (%) de baja global que se aplicará sobre el precio de referencia semanal de los diferentes combustibles publicado en el Boletín Petrolero de la Dirección General de Energía y Transportes de la Comisión Europea son tasas http:// xxxxxxxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/ en el momento en que se realicen las entregas solicitudes del suministro a lo largo de la duración del contrato. El precio resultante de aplicar el porcentaje (%) de baja al precio de referencia semanal publicado en el Boletín mencionado en el párrafo anterior será vinculante para el licitador. Si durante alguna semana no se publicase por dicho Organismo los precios indicativos del combustible, se tomará como referencia para el cálculo del precio, el publicado en la semana inmediatamente anterior. El porcentaje de baja ofertado por el licitador permanecerá fijo e invariable durante la vigencia del contrato. En el precio máximo de licitación están incluidas las tasas especiales aplicables a hidrocarburos y todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole. En el pliego de prescripciones técnicas se relaciona a efectos informativos el consumo medio previsto para un año, pudiendo variar las cantidades a suministrar en función de las necesidades de la administraciónCorporación, no obligándose al consumo de la totalidad. El presupuesto anual de la licitación es de cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y tres euros (52.863,00 €), más once mil ciento un euros con veintitrés céntimos (11.101,23 €) de IVA, lo que hace un total de sesenta y tres mil novecientos sesenta y cuatro euros con veintitrés céntimos (63.964,23 €). El valor estimado del contrato, considerando la duración del mismo (2 años), asciende a la cantidad de 105.726,00 € (I.V.A. Excluido). De igual manera, la cantidad de gasóleo “C” consumido en el presupuesto indicado ejercicio anterior fue de 78.900 litros. El valor estimado del contrato, al ser un suministro de periodicidad, se determina ha obtenido de acuerdo con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos previstalo establecido en el art. 88.5 a) del TRLCSP, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos en base al valor real total de los suministros indicados vinculantes para realizados durante el Ayuntamiento, ni ejercicio precedente. Este importe se establece como cantidad mínima ni como cantidad máximaimporte máximo a adquirir y variará en función de las necesidades reales que se vayan produciendo y en último término de las cantidades de artículos efectivamente solicitados. El precio final del contrato vendrá determinado por los suministros reales se abonará con cargo a las partidas que se indican a continuación del vigente Presupuesto Municipal y sucesivos a los precios unitarios ofertados que se extienda la vigencia del mismo: Los pagos al contratista se efectuarán contra factura debidamente conformada por el adjudicatarioresponsable del contrato. Se fija como valor estimado presentará una factura mensual que englobe todos los pedidos realizados en dicho periodo de tiempo. A la factura se le adjuntarán copia de los albaranes de entrega con el sello y firma del contrato el importe total calculado responsable de la unidad administrativa, lo que acreditará la recepción del suministro. Las facturas que no cumplan estos requisitos serán devueltas al adjudicatario para la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €)su subsanación. De conformidad con lo dispuesto El contratista deberá presentar las facturas en el artículo 110.2 registro general del Texto Refundido Ayuntamiento de Callosa xx Xxxxxx, situado en la Ley Plaza de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva España número 1 de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismoesta localidad, debiendo incluirse el importe necesario en o mediante los presupuestos de gastos de las distintas anualidadesmedios telemáticos legalmente establecidos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Contrato

Importe del Contrato. El presupuesto máximo importe de ejecución del contrato ( DOS AÑOSno podrá superar el precio de 14,80 euros por hora, IVA no incluido, con un presupuesto anual aproximado de 10.952,00 €, (IVA no incluido) asciende existiendo el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven del cumplimiento del contrato. Serán desestimadas las ofertas económicas que superen dicho precio. Se garantizará a cada monitor/a contratado una retribución bruta de 11,50 €/ hora. Teniendo en cuenta dicho dato, se oferta la cantidad contratación para un año, del 1 xx xxxxx de SIETE MIL EUROS 2017 a 31 xx xxxx de 2018, prorrogable por anualidades hasta un máximo de 4 años con incremento del IPC xx Xxxxxxx, es decir hasta el 31 xx xxxx de 2021, es por un importe total de 43.808,00 euros (7.000,00 €IVA no incluido). El cuadro resumen de la calendarización prevista de julio 2017 – mayo 2018 sería el siguiente: Apertura al Público: 4 h/semana X 2 monitores/as X 30 semanas = 240 h 1 MONITOR/A – COORDINADOR/A 157,5 LUDOTECA XX XXXXXX Apertura al Público: 5h/día X 2 monitores/as X 38 días = 380 h Coordinación: 1 MONITOR/ – CORDINADOR: (190 - 20) 210 400 30´/día X 1 monitor/s X 38 días (+ 1 h.) = 20 h 1 MONITOR/A: 190 CAMPAMENTOS XX XXXXXX Organización, coordinación 40 h 1 MONITOR/A 40 Por ello, se prevén 300 horas en ludoteca de invierno, 400 en la xx xxxxxx y 40 de preparación general del campamento, que se desglosa en la cantidad hacen un total de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA 740 horas. Las horas establecidas, podrán cambiar dependiendo de necesidades y calendario escolar de cada uno de los cursos escolares.  GASTOS DE MANTENIMIENTO Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS MATERIAL Los gastos de mantenimiento (6.363,64 €luz, agua, limpieza…) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS precisos para el desarrollo del programa correrán a cargo del Ayuntamiento y material (636,36 €)fungible, correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto en el artículo 9.3.alúdico-didáctico, digital…) del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades cargo de la administraciónentidad adjudicataria. Se pondrá a disposición del/ adjudicatario/a todo el material (mobiliario, etc.) que el presupuesto indicado se determina ayuntamiento disponga. El inventario podrá ser revisado por el Ayuntamiento en cualquier momento, siendo obligación de la entidad adjudicataria dar cuenta a aquél con carácter inmediato de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores cualquier pérdida o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máxima. El precio final del contrato vendrá determinado por los suministros reales a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. Se fija como valor estimado del contrato el importe total calculado para la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo, debiendo incluirse el importe necesario en los presupuestos de gastos de las distintas anualidadesdeterioro.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Esenciales Para La Contratación De La Asistencia Técnica Que Tiene Por Objeto La Prestación Del Servicio De Ludoteca Municipal

Importe del Contrato. El presupuesto máximo importe del contrato ( DOS AÑOS) de arrendamiento, asciende a la cantidad de SIETE cuantía de: CIENTO VEINTISEIS MIL EUROS EUROS, (7.000,00 €126.000.-€), que se desglosa en la cantidad de SEIS MAS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS DE IVA, (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €), correspondiente al IVA (10%26.460). Según lo dispuesto El precio de compra del bien inmueble, (en el artículo 9.3.a) del TRLCSP, por tratarse caso de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la administración, el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose ejercitar el Ayuntamiento la facultad opción de solicitar su suministro según las necesidades realescompra de la forma ya expresada en los presentes pliegos), inferiores o superioreses de SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado(643.450.-€), MAS IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES DEL QUE ESTA EXENTO. En ningún caso pueden considerarse los datos Pero tal y como se ha indicado en la clausula primera de este pliego, si esta Administración Local ejercita la opción de compra, dentro de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máxima. El precio final cuatro años de duración del contrato vendrá determinado por los suministros reales a los precios unitarios ofertados de arrendamiento, al precio citado de compra, se descontará el 80% de las cantidades abonadas en concepto xx xxxxx mensual del arrendamiento. La renta mensual del arriendo, será abonada por el adjudicatario. Se fija como valor estimado Ayuntamiento de Barbate, al titular del contrato inmueble, en los diez primeros días de cada mes, en la cuenta que el importe total calculado para mismo designe a tal efecto en la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €)Tesorería municipal. De conformidad con lo dispuesto estipulado en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos Arrendamientos Urbanos, la parte arrendataria y optante, hará entrega a la firma del Sector Público contrato a la adjudicación definitiva arrendadora oferente en concepto de dos meses de fianza, la cantidad de CINCO MIL EUROS, (5.000.-€). Dicha cantidad habrá de ser devuelta a la parte arrendataria y optante, el Ayuntamiento de Barbate, al término o resolución anticipada de la relación contractual, siempre y cuando devuelva el inmueble objeto de arrendamiento, en perfecto estado de mantenimiento y conservación, y al corriente en todos sus pagos. En ningún caso la Fianza, tendrá la condición de cantidad asimilada a la renta, ni podrá usarse para sustituir el pago de esta. El importe del arrendamiento, se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 920/202-00, del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato. El importe de la compra, en caso de que el Ayuntamiento ejercite dicha opción durante los cuatro años de vigencia del arriendo, deberá contar con consignación presupuestaria suficiente, en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva presupuesto de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo, debiendo incluirse el importe necesario en los presupuestos de gastos de las distintas anualidadescorporación municipal.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Y Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir El Contrato De Arrendamiento Con Opción De Compra De Un Inmueble Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Sin Promover Concurrencia en La Oferta

Importe del Contrato. El presupuesto importe del presente contrato, calculado para los cuatro años que es el plazo máximo del contrato ( DOS AÑOS) de vigencia, asciende a la cantidad cuantía de SIETE MIL EUROS (7.000,00 €)28.800 € euros, al que se desglosa en la cantidad adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €)6.048 € euros, correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto en el artículo 9.3.a) del TRLCSP, por tratarse que supone un total de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la administración, el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máxima34.500 € euros. El precio final del contrato vendrá determinado por los suministros reales a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. Se fija como valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 28.800,00 €, calculado según lo siguiente: (600 € x12 meses x 4 años) (IVA excluido), teniendo en cuenta las posibles prórrogas y modificaciones del mismo. El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 342.22710 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe total calculado aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato. EL IMPORTE DEL CONTRATO SE ABONARÁ POR MENSUALIDADES, PREVIA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE. PARA 2017, EL IMPORTE MÁXIMO DE LA MENSUALIDAD QUEDA FIJADO EN LAS SIGUIENTES CUANTÍAS: .- Importe del servicio ……………………. 600 €. .- IVA 21 % ……………………………….. 126 €. .- TOTAL FACTURA MENSUAL……….. 726 €. Cód. Validación: AZFALZH223TP5X45QFKL56GFK | Verificación: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 19 Este importe quedará modificado, para la duración íntegra del contratocada anualidad posterior a 2017, prórrogas incluidas, que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida cuantía equivalente a la condición suspensiva evolución que haya experimentado el IPC durante el año anterior, calculado entre el 1 de la existencia enero y el 31 de crédito adecuado diciembre. Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden tanto el precio del contrato como el Impuesto sobre el Valor Añadido y suficiente para financiar demás tributos que sean de aplicación según las obligaciones derivadas del mismo, debiendo incluirse el importe necesario en los presupuestos de gastos de las distintas anualidadesdisposiciones vigentes. La cantidad correspondiente al IVA figurará como partida independiente.

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Importe del Contrato. El presupuesto máximo importe del presente contrato ( DOS AÑOS) asciende a la cantidad cuantía de SIETE MIL EUROS 20.000 euros anuales; el precio cierto anterior queda desglosado en un valor estimado de 66.115,68 euros (7.000,00 €), que se desglosa en la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €cuatro años) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €), correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto y en el artículo 9.3.a) Impuesto sobre el Valor Añadido de 13.884,32 euros. El importe se abonará con cargo a la partida 311 1331 227040 “Seguridad: custodia, depósito y almacenaje grúa” del TRLCSP, vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por tratarse de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la administración, el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máximaquedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato y debiendo adoptar la Corporación el compromiso de incorporar al Presupuesto del ejercicio 2014, 2015, 2016 y 2017 crédito suficiente para cubrir los gastos de la contratación en los referidos ejercicios económicos. El Presupuesto aprobado para el año 2013 contempla la siguiente partida: No obstante, en la base 12 de las aprobadas para la ejecución del Presupuesto 2013, se consideran partidas ampliables aquéllas que correspondan a gastos financiados con recursos expresamente afectados, teniendo la condición de ampliables únicamente aquellos créditos que a continuación se relacionan: “La partida de gasto SEGURIDAD: SERVICIO RETIRADA DE VEHÍCULOS, con cargo al importe de los ingresos que se verifiquen por el concepto Tasa retirada de vehículos de la vía pública.” El importe referenciado en la consignación presupuestaria anual xxxxxxxx en máximo, el precio final descompuesto de los diversos componentes de la prestación partiendo de las tarifas vigentes. La Ordenanza Reguladora de la tasa por la prestación del contrato vendrá determinado por servicio de retirada de vehículos de la vía pública y subsiguiente custodia de los suministros reales mismos, tras la última modificación aprobada y publicada en el BOP nº 290 de 7 de diciembre de 2011, establece las siguientes tarifas: Tarifa 1 Cuando se acuda a realizar el servicio o iniciados los trabajos necesarios para el traslado del vehículo a los precios unitarios ofertados depósitos municipales, no se pueda consumar ésta por la presencia del propietario. Motocicletas, velocípedos y triciclos = 30 € Vehículos = 50 € Tarifa 2 Cuando se realiza el adjudicatarioservicio completo trasladando el vehículo infractor hasta los depósitos municipales. Se fija como valor estimado del contrato Motocicletas, velocípedos y triciclos = 60 € Vehículos = 100 € Tarifa 3 Por cada día o fracción de custodia Motocicletas, velocípedos y triciclos = 10 € Vehículos = 15 € Tarifa 4 Cuando las características de los vehículos a retirar hagan insuficientes los medios municipales disponibles, siendo necesario recurrir a terceras personas para efectuar el servicio, la tasa a cobrar será el importe total calculado para la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida Ayuntamiento tenga que satisfacer a la condición suspensiva empresa que haga el trabajo de la existencia retirada de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismovehículos, debiendo incluirse aumentado con el 15% de su importe necesario en los presupuestos por gastos generales de gastos de las distintas anualidadesAdministración.

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Importe del Contrato. El presupuesto máximo del contrato ( DOS AÑOS) asciende a la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL EUROS CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (7.000,00 59.567,82 €), que se desglosa en la cantidad de SEIS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES DOSCIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 49.229'60 €) más SEISCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS OCHO EUROS CON TREINTA Y SEIS VEINTIDOS CENTIMOS (636,36 10.338'22 €), correspondiente al IVA (1021%). Conforme figura en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el contrato se distribuye en diferentes conceptos de suministros a efectuar, para los que los licitadores deberán ofertas los correspondientes precios unitarios anuales, sin que, en ningún caso puedan los mismos superar los establecidos como máximos en el Pliegos de Prescripciones Técnicas. Según lo dispuesto en el artículo 9.3.a) del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la administración, el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista. Por lo tanto, el número de unidades señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas es meramente estimativo, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señaladoseñalado en el Pliego. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máxima. El precio final del contrato vendrá determinado por los suministros reales a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. Se fija como valor estimado del contrato el importe total calculado para la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será de DOCE SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTISIETE OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS CON VEINTIOCHO CUARENTA CENTIMOS (12.727,28 73.844,40 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo, ya que su ejecución se iniciará en el ejercicio 2017 debiendo incluirse el importe necesario en los presupuestos el presupuesto de gastos de las distintas anualidadesgastos.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Para La Contratacion Del Suministro De Productos

Importe del Contrato. El presupuesto máximo anual de licitación del contrato será de 42.747,16 euros( DOS AÑOS) asciende IVA excluido). La partida correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 8.976,90 euros. Siendo el presupuesto anual estimado de licitación del contrato IVA incluido de 51.724,06 euros. El importe se abonará con cargo a la cantidad de SIETE MIL EUROS (7.000,00 €), que se desglosa en la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €), correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto en aplicación presupuestaria 163-22700 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el artículo 9.3.a) del TRLCSP, importe aprobado por tratarse de suministros sucesivos y por precios unitarios, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la administración, el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máximaquedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato. Se entenderán comprendidos en el precio ofertado por el licitador, cualesquiera conceptos inherentes a la prestación del servicio y todos los gastos relativos al: .- Personal de limpieza, a saber: salarios y seguridad social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, ropa de trabajo, seguro de accidentes, etc.. BB9C15179A90DFE5B263 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El precio final del contrato vendrá determinado original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxx Registro: Firmado por La Alcaldesa. XXXXXX XXXXX XXXXXX el 25/5/2017 Documento registrado pie_firma_corto_dipu_01 pie_registro_dipu_02 .- los suministros reales a los precios unitarios ofertados por tributos que ocasione el adjudicatarioservicio: costes de transporte, licencias, autorizaciones y cualesquiera otros gastos generales, anuncios de licitación, etc. Se fija como valor estimado del contrato el importe total calculado Expediente: 19/2017 N/Referencia: CSL 01/2017 Xxxxx Xxxxx.: 23-01-2017 13:31 .- cualesquiera medios necesarios como: vehículos, equipos, maquinaria, y útiles y para la duración íntegra adecuada prestación del servicio. .- los productos de limpieza a utilizar Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxx De España, 11 14880 Xxxxx Córdoba NIF P1403900B. Tel 000000000. xxx.xxxxx.xx .- la limpieza de los ventanales, cristales y vidrieras que existen en los edificios e instalaciones objeto del contrato, prórrogas incluidas, que será de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo, debiendo incluirse el importe necesario en los presupuestos de gastos de las distintas anualidades.

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Samples: www.luque.es

Importe del Contrato. El presupuesto máximo valor estimado del contrato ( DOS AÑOS) asciende a la cantidad efectos de SIETE MIL EUROS (7.000,00 €), que se desglosa en la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €), correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto en el artículo 9.3.a) art. 88 del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos atendiendo a la duración máxima del contrato (cuatro años) y por precios unitarioslas posibles prórrogas (dos años), sin que asciende a la cuantía total se defina de 867.684,90 € (ochocientos sesenta y siete mil seiscientos ochenta y cuatro euros con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la administración, noventa céntimos). Siendo el presupuesto indicado base de licitación anual 144.614,15 € al que corresponde un 21% de IVA por importe de 30.368,97 €. Lo que hace una cantidad total de presupuesto máximo de licitación anual de 174.983,12 €/anuales. El importe se determina abonará con carácter de máximo cargo a la partida 163.0 227.09 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según adecuado para atender las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes obligaciones económicas derivadas del contrato para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máximaejercicio 2017 en la aplicación presupuestaria indicada. El precio final Respecto del contrato vendrá determinado por los suministros reales gasto correspondiente a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. Se fija como valor estimado del contrato el importe total calculado para ejercicios 2018 y siguientes, estará condicionado a la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será existencia de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €)crédito adecuado y suficiente en los respectivos presupuestos. De conformidad acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.2 art. 174 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de fecha 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y en el art. 79.2 pie_firma_corto_dipu_01 Toledo, 2 • Teléfono 000 000 000 • Fax 000 000 000 • 14960 RUTE (Córdoba) CFF5A1D13A0803386AA4 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxx (Validación de documentos) Firmado por el Sr. Alcalde X. XXXX XXXX XXXXXXX el 6/9/2017 del Real Decreto 500/1990 de 20 xx xxxxx, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, la autorización y compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos Presupuestos. Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de contratos Contratos del Sector Público Público, el contratista tendrá obligación de presentar la adjudicación definitiva factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, los siguientes extremos previstos en el apartado segundo de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismocitada Disposición Adicional Trigésimo Tercera, debiendo incluirse el importe necesario así como en los presupuestos de gastos de las distintas anualidades.la normativa sobre facturación electrónica:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir El Contrato

Importe del Contrato. El presupuesto máximo del contrato ( DOS AÑOS) importe de este Contrato asciende a la cantidad de SIETE $ 1´229,000.00 MN (SON UN MILLON DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL EUROS PESOS CON 00/100 Moneda Nacional) más el Moneda Nacional) lo que arroja un gran total de $ 1´425,640.00 MN (7.000,00 €)SON UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS CON 00/100 Moneda Las partes acuerdan que los bienes objeto del presente Contrato de Compraventa deberán entregarse en su totalidad, dentro de un plazo correspondiente a los 25 días (veinticinco) días naturales contados a partir de la fecha de notificación de fallo, misma que se desglosa establece el día 25 xx xxxxx de 2019, por lo tanto queda comprometido a entregar dichos bienes en el Almacén General de la “COMISION” ubicado en Xxxxx Xxxxxx X/X Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx, o en cualquier lugar que la Comisión le indique con oportunidad al “PROVEEDOR” sin que por ello pueda exigir pago alguno, de tal forma que éste deberá de absorber cualquier costo directo o indirecto que implique la entrega física del bien objeto del presente contrato en el domicilio antes señalado, el cual tendrá un horario de recepción de las 8:00 a las 15:00 horas de Lunes a Viernes. Además, deberá identificar el empaque individual de los materiales que entregue, mediante etiqueta, sello o impresión, con su nombre o razón social. La “COMISION” a través del jefe de almacenes realizará una inspección para la recepción de los bienes, quien podrá rechazar en el acto cuando no satisfagan los requisitos solicitados o aquellos que a simple vista se aprecien maltratados o en mal estado al momento de su recepción. Independientemente de lo previsto en el párrafo que antecede y de acuerdo a la naturaleza del producto o artículo de que se trate, si con posterioridad a la recepción la “COMISION” se percata del mal estado de los bienes entregados, deficiencias, lotes incompletos, no sean de la calidad o características requeridas, será obligación del “PROVEEDOR” reponerlos en un plazo no mayor de 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación por parte del departamento de suministros; las notificaciones podrán hacerse mediante comunicados vía telefónica, vía fax o por escrito. El acuse de recibo, en términos de la cláusula novena del presente instrumento, será suficiente para acreditar el momento a partir del cual corre el plazo de entrega. Hasta en tanto no se repongan los bienes respectivos, el “PROVEEDOR” no podrá iniciar el trámite para el pago de la factura correspondiente hasta que el pedido detallado en la cantidad propuesta quede totalmente surtido, de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (6.363,64 €) más SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (636,36 €)acuerdo a las especificaciones solicitadas; en caso de haberse iniciado, correspondiente al IVA (10%). Según lo dispuesto este se suspenderá y en caso de que el artículo 9.3.a) del TRLCSP, por tratarse de suministros sucesivos pedido ya se hubiera pagado la “COMISIÓN” procederá a realizar y por precios unitariosdeterminar los ajustes ó retenciones que procedan, sin detrimento del derecho que la cuantía total se defina con exactitud le asista al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades proveedor conforme al último párrafo de la administracióncláusula sexta. Los gastos que se generen por motivo de la devolución o del canje, el presupuesto indicado se determina con carácter de máximo correrán por cuenta y se corresponde con la estimación de consumos prevista, reservándose el Ayuntamiento la facultad de solicitar su suministro según las necesidades reales, inferiores o superiores, hasta agotar el Presupuesto máximo señalado. En ningún caso pueden considerarse los datos de los suministros indicados vinculantes para el Ayuntamiento, ni como cantidad mínima ni como cantidad máximaa cargo del “PROVEEDOR”. El precio final del contrato vendrá determinado “PROVEEDOR” al entregar los bienes correspondientes recabará en su factura el sello de recibido por parte xxx xxxxxxx, dicha documentación se presentará al Jefe xx Xxxxxxx, de no ser así no se recibirán los suministros reales a los precios unitarios ofertados por el adjudicatario. Se fija como valor estimado del contrato el importe total calculado artículos; la factura original será presentada para su trámite de pago en la duración íntegra del contrato, prórrogas incluidas, que será área de DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (12.727,28 €). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del Texto Refundido recepción de pagos de facturas de la Ley Subdirección Administrativa y Financiera ubicado en Misión de contratos del Sector Público la adjudicación definitiva en el presente expediente queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismoSan Xxxxxxxxx S/N Fraccionamiento El Descanso Tecate, debiendo incluirse el importe necesario en los presupuestos de gastos de las distintas anualidadesBaja California.

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Samples: Contrato De Compra Venta De Suministro De Materiales Metalicos, Materiales Plasticos Y Material Hidraulico Para Entidades Paraestatales De Baja California Por Licitacion Pública Regional No