REQUISITOS DE LOS LICITADORES Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS DE LOS LICITADORES. VIII.2.1 Podrán concurrir a la licitación de este contrato, por sí o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 54 a 59 del TRLCSP, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones ni tampoco cuando se proceda a la adjudicación del contrato y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, cuando así proceda, se encuentren debidamente clasificadas ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado.
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. 9.1. Capacidad y solvencia: Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuya actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, su actividad tenga directa relación con el objeto del Contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, no estén incursas en alguna de las prohibiciones para contratar que señala el art. 60 del TRLCSP, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional por los medios que se especifican en este pliego. Será causa de nulidad del contrato la apreciación en el contratista del incumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, solvencia o prohibiciones para contratar previstas en el art. 60 del TRLCSP.
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. 1.-Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, que estén al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y que acrediten la solvencia económica, financiera (art. 75 TRLCSP) y técnica o profesional (artículo 78 TRLCSP) de conformidad con lo establecido en el artículo 43 y siguientes del TRLCSP. Para concurrir a la licitación deberán constar declaraciones al respecto, pudiendo utilizarse los modelos que constan como anexo. Para acreditar su cumplimiento, quien resulta adjudicatario podrá efectuarlo mediante la aportaciónde póliza o seguro de responsabilidad profesional a su nombre. 2.-Los licitadores (personas naturales o jurídicas) deberán contar asimismo, con la habilitación empresarial o profesional, según artículo 54.2 TRLCSP. Además, caso de tratarse de personas jurídicas, las prestaciones del servicio objeto de este contrato han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que conforme a sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios, y de estar configurada como entidad con fines profesionales o por su composición con personas físicas caracterizadas por su cualificación profesional vinculada a los fines societarios, habrá de estar adaptada a lo establecido por la Ley 2/2007, de 15 xx xxxxx, de Sociedades Profesionales. 3.-Las personas físicas y/o jurídicas en sus ofertas deberán presentar la documentación acreditativa de la habilitación profesional mediante la aportación: de la siguiente documentación: A Original o copia cotejada del título oficial, pudiendo disponer de alguno de los siguientes: Licenciado en Filología Hispánica, especialidad Filología valenciana o equivalente o estar en posesión del Diploma de maestro xx Xxxxxxxxxx, para los cursos de los niveles Básico 1, Básico 2 y Perfeccionamiento I o para los cursos de nivel Perfeccionamiento 2, además estar en posesión del Diploma de Maestro xx Xxxxxxxxxx con la certificación de Grado Superior de Coneixements del Valencià, expedido por la Junta.Qualificadora.
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. 9.1. Capacidad: Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del Texto
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. Podrán concurrir a este procedimiento las personas jurídicas o naturales que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el artículo 60 RDLeg. 3/2011 TRLCSP. Cuando en representación de alguna Sociedad civil o mercantil, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad se acompañarán a la proposición, bastanteados previamente por la Secretaría General del Ayuntamiento. Los concurrentes deberán justificar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional demostrando que cuentan con los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad suficiente para desarrollar el objeto del contrato, lo que se acreditará a través de uno o varios de los medios establecidos en los artículos 75 a 79 de RDLeg. 3/2011 TRLCSP.
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. Podrá participar en la licitación toda persona física o jurídica que, reuniendo los requisitos establecidos en el presente pliego, no esté incurso en alguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad previstas en el artículo 60 del TRLCSP. Asimismo, podrán presentar proposiciones las uniones temporales de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el articulo 59 del TRLCAP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en un documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El mencionado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. La presentación de las proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas. Los certificados de clasificación o documentos similares expedidos por los Estados miembros de la Comunidad Europea, a favor de sus empresarios, constituyen una presunción de capacidad ante los diferentes órganos de contratación, en relación con los artículos 72.2, 75 y 79 del TRLCSP. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica y profesional, o de la correspondiente clasificación en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta acredite que tiene a su disposición los medios de dichas sociedades necesarias para la ejecución del contrato. La solvencia económica y técnica se acreditará conforme la Cláusula F.5
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. 9.1. Capacidad y solvencia: Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuya actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Asimismo, las empresas licitadoras deberán contar con experiencia en la ejecución de contratos análogos, disponer de medios personales y materiales adecuados y suficientes para la ejecución del contrato, y acreditar la calidad en la gestión y el respeto al Medio Ambiente, en los términos descritos en el apartado e) de la Cláusula 12.2 de este Pliego.
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. Podrán optar a la realización del contrato las personas físicas o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, acrediten su solvencia económica y financiera y profesional o técnica en la forma que determina este pliego y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 49 LCSP. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato.
REQUISITOS DE LOS LICITADORES. SÉPTIMA.‐ APTITUD PARA CONTRATAR. OCTAVA.‐ ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR.