Common use of Fondo de Reserva Clause in Contracts

Fondo de Reserva. El Municipio, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, deberá constituir y mantener un Fondo de Reserva, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá tener fondeada la cantidad necesaria para alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituir, y reintegrar al Fondo de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del Fideicomiso. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo a los recursos de la Disposición de Crédito a fin de alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse con cargo al Porcentaje de Participaciones, en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del Fideicomiso, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable al inicio del Periodo de Intereses de la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Intereses, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso).

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple, Modelo De Contrato De Crédito, Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fondo de Reserva. Todos los pagos de prima que se reciban, incluidos los de las coberturas adicionales que se contraten, menos el costo del seguro, se aplicarán para constituir e incrementar una reserva única que se denominará fondo de reserva. Así mismo, este fondo de reserva se incrementará con los intereses acreditables que correspondan. El Municipiofondo de reserva opera de la siguiente forma: se tomará la reserva anterior acreditando los intereses más el monto xx xxxxxx pagadas menos los costos del seguro y en su caso los retiros parciales efectuados por el Asegurado. MetLife acreditará intereses al fondo de reserva que resulte, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, deberá constituir y mantener un Fondo de Reservabasándose en valores autorizados, que tendrá carácter permitan obtener el mayor rendimiento posible, dentro de revolventela máxima seguridad, pero también con la liquidez necesaria. El fondo de reserva constituido, incluyendo el interés acreditado generado por este plan, se aplicará: Como importe adicional a la Suma Asegurada estipulada en la carátula de la póliza. La indemnización que se pague a los beneficiarios será el importe de la Suma Asegurada que se indique en la carátula de la póliza más el importe del fondo de reserva. Con anterioridad a la terminación de vigencia de la póliza, el cual deberá tener fondeada la cantidad necesaria para alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación Asegurado podrá solicitar: • El retiro total de las cantidades adeudas por su fondo de reserva, dejando de estar en vigor el Municipio en términos del Contrato. El Fondo de Reserva se utilizará en el caso quepresente contrato, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituir, y reintegrar al Fondo de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del Fideicomiso. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo a los recursos de la Disposición de Crédito a fin de alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse con cargo al Porcentaje de Participaciones, en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha de retiro de dicho fondo • El retiro parcial de su fondo de reserva, considerando que la vigencia del contrato depende de la suficiencia de dicho fondo En cualquier caso, MetLife deducirá de la liquidación que corresponda el importe de los gastos en que haya sido utilizadohubiere incurrido. Para mantener y reconstituir el Fondo El importe máximo de Reservaretiro parcial del fondo de reserva está determinado por las políticas operativas de MetLife. En cada aniversario de la póliza, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario Asegurado podrá solicitar un detalle de movimientos del Fideicomisofondo de reserva a MetLife, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, donde se le indicarán todos los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable al inicio del Periodo de Intereses de la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Intereses, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito movimientos operados en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos año precedente, así como el saldo de su fondo de reserva. El Asegurado dispone de treinta días naturales después de recibir el detalle de movimientos, para solicitar cualquier rectificación en dicho documento. Transcurrido tal plazo se definen en el Fideicomiso)considerará aceptada la información.

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Samples: www.metlife.com.mx, metagentes.com

Fondo de Reserva. El Municipio, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, Estado deberá constituir y mantener un Fondo de ReservaReserva en el Fideicomiso, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá tener fondeada existir durante la cantidad necesaria para alcanzar el vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituirLo anterior, y reintegrar al salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del FideicomisoCrédito. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido se constituirá dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a la primera Disposición del Crédito, con recursos propios del Estado y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con cargo a los recursos de la Disposición de Crédito a fin de alcanzar el propios del Estado. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo Reserva deberá reconstituirse con cargo al Porcentaje de Participaciones, en un plazo máximo de 30 60 (treintasesenta) días naturales Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del FideicomisoFiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable vigente al inicio del Periodo de Intereses de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de InteresesPago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)Acreditante.

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Samples: Modelo De Crédito Con Garantía, Modelo De Crédito Con Garantía

Fondo de Reserva. El Municipio, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, deberá constituir constituirá y mantener mantendrá un Fondo de Reserva, que tendrá carácter de revolvente, Reserva (el cual deberá tener fondeada la cantidad necesaria para alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituir, y reintegrar al Fondo de Reserva cualquier cantidad ”) que se hubiere utilizado conformará con los fondos derivados del mismo, ya sea haciendo uso producido de la colocación de cada clase o serie de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta Valores Fiduciarios de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del FideicomisoDeuda. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo a ser integrado dentro de los recursos tres (3) Días Hábiles contados desde la obtención de fondos líquidos derivados de la Disposición colocación de Crédito los Valores Fiduciarios de Deuda que correspondan. Dicha integración no podrá ocurrir más allá de los treinta (30) días corridos de anticipación a fin la fecha del primer pago que deba realizarse bajo los respectivos Valores Fiduciarios de alcanzar Deuda. El Fondo de Reserva deberá mantenerse fondeado durante toda la vigencia del Fideicomiso, de manera que las sumas allí depositadas sean equivalentes a un (1) pago que deba realizarse bajo los Valores Fiduciarios de Deuda emitidos. En el Saldo Objetivo caso de que los próximos pagos contengan servicios de intereses con bases de cálculo variables, se realizará una estimación de acuerdo con los parámetros establecidos por el Comité Ejecutivo que formen parte del Manual Operativo. En la medida de lo permitido por las autorizaciones otorgadas al Fiduciario a tales fines y/o la Legislación Aplicable en cada momento, el Fondo de Reserva podrá ser constituido en Pesos o en moneda extranjera, y depositado en la Cuenta del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse El Fiduciario podrá realizar Inversiones Permitidas con cargo al Porcentaje de Participaciones, los fondos existentes en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del Fideicomiso, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable al inicio del Periodo de Intereses de la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco no actualice el Saldo Objetivo del El Fondo de Reserva sólo podrá ser utilizado para un determinado Periodo hacer frente al pago de Interesesservicios de interés y amortizaciones de capital de los VFD, en la medida en que los fondos ingresados a las Cuentas Recaudadoras resulten insuficientes. Ante cualquier disminución en el Fondo de Reserva por debajo del límite establecido, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo notificará al Fiduciante y al Comité de Ejecución, a fin de que éstos evalúen la necesidad de gestionar nuevos aportes por parte del Fiduciante o instruir al Fiduciario a tomar las medidas que se estimen convenientes. El Fiduciario podrá generar sub-cuentas de Fondo de Reserva que hubiere sido notificado destinadas específicamente para la emisión de cada clase o serie de VFD emitidos por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso).

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Samples: Contrato De Fideicomiso Financiero Y De Administración

Fondo de Reserva. El Municipio, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, Estado deberá constituir y mantener un Fondo de ReservaReserva en el Fideicomiso, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá tener fondeada existir durante la cantidad necesaria para alcanzar el vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituirLo anterior, y reintegrar al salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del FideicomisoCrédito. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido se constituirá con cargo a los recursos de la Disposición de las disposiciones del Crédito a fin de alcanzar por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse Reserva y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de ParticipacionesParticipaciones y, en su defecto, con cargo a recursos propios del Estado. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizadoutilizado [y, a más tardar, antes de la siguiente Fecha de Pago a aquella en que se hubiera utilizado el Fondo de Reserva, lo que ocurra primero]29. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del FideicomisoFiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable vigente al inicio del Periodo de Intereses de que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Intereses, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)Acreditante.

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Samples: Modelo De Contrato De Crédito

Fondo de Reserva. El Municipio, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, Estado deberá constituir y mantener un Fondo de ReservaReserva en el Fideicomiso, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá tener fondeada existir durante la cantidad necesaria para alcanzar el vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituirLo anterior en el entendido que cuando el saldo del Crédito, y reintegrar al incluyendo el pago de intereses del Periodo de Pago correspondiente, sea igual a la cantidad del Fondo de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado existente en el Fideicomiso, dichos recursos deberán aplicarse a la liquidación total del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del FideicomisoCrédito. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido se constituirá [dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes]/[dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes] a cada Disposición del Crédito]18 por la cantidad proporcional del Monto Inicial del Fondo de Reserva que resulte aplicable en atención al monto de la Disposición, [con recursos propios del Estado, los cuales podrán provenir de los fondos de reserva que se liberen de los Créditos a Refinanciar]/[con cargo a la Disposición del Crédito] y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones en los términos y con la prelación prevista para tales efectos en el Fideicomiso y, en su defecto, con cargo a los recursos de la Disposición de Crédito a fin de alcanzar el propios del Estado. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo Reserva deberá reconstituirse con cargo al Porcentaje de Participaciones, en un plazo máximo de 30 60 (treintasesenta) días naturales Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del FideicomisoFiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable vigente al inicio del Periodo de Intereses de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de InteresesPago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)Acreditante.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fondo de Reserva. El MunicipioFiduciario separara mensualmente de las cantidades depositadas en las Cuentas de Ingresos (y, por conducto en su caso, de las demas cuentas a las que se refiere el segundo parrafo del Fiduciario del Fideicomisoinciso A anterior), deberá segun sea el caso, las cantidades que sean necesarias hasta llegar al monto requerido para constituir y mantener un fondo (el "Fondo de Reserva, ") en el que tendrá carácter se mantendran en Dolares las cantidades que sean necesarias para (i) hacer los pagos de revolventelos impuestos que de conformidad con la legislacion aplicable y los demas Documentos de la Operacion, el cual deberá tener fondeada la cantidad necesaria para alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de ReservaFiduciario deba retener y enterar sobre las cantidades pagaderas a los Tenedores Preferentes, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total en su caso, asi como los pagos de las cantidades adeudas de intereses y principal que correspondan a los Tenedores de los Valores Preferentes en la siguiente Fecha de Pago, y (ii) hacer los pagos de los impuestos que de conformidad con la legislacion aplicable y los demas Documentos de la Operacion, el Fiduciario deba retener y enterar sobre todas las cantidades pagaderas a los Tenedores Subordinados, en su caso, asi como los pagos de las cantidades de intereses y principal que correspondan a los Tenedores de los Valores Subordinados en la siguiente Fecha de Pago. A partir de la Fecha de la Emision de Valores Preferentes, y en adelante dentro de los 3 (tres) Dias Habiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Administrador Maestro determinara el monto que se requerira mantener en el Fondo de Reserva para cubrir el pago de los impuestos que de conformidad con la legislacion aplicable el Fiduciario deba retener y enterar sobre las cantidades pagaderas a los Tenedores, en su caso, asi como los pagos de intereses ordinarios y moratorios vencidos y no pagados en Fechas de Pago anteriores, en su caso, y los intereses y principal que deban hacerse en la siguiente Fecha de Pago. De acuerdo con lo que se establezca en el Contrato de Administracion, el Administrador Maestro notificara dichos montos al Fiduciario, 3 (tres) Dias Habiles despues de la Emision y colocacion de los Valores Preferentes por lo que se refiere al primer periodo de intereses, y en adelante a mas tardar 3 (tres) Dias Habiles despues de cada Fecha de Pago. Las cantidades en el Municipio en términos del Contrato. El Fondo de Reserva se utilizará en utilizaran primero para pagar las cantidades que correspondan a los Valores Preferentes. Una vez que se hayan hecho los pagos que correspondan a los Valores Preferentes el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta saldo del Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituir, y reintegrar al Fondo de Reserva cualquier cantidad podra aplicarse al pago de las cantidades que correspondan a los Valores Subordinados, de conformidad con lo que se hubiere utilizado del mismoestablece en la Clausula 8. En caso de que, ya sea haciendo uso inmediatamente despues de efectuados los pagos respectivos en cada Fecha de Pago existan recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del Fideicomiso. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo a los recursos de la Disposición de Crédito a fin de alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse con cargo al Porcentaje de Participaciones, remanentes en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente Fiduciario debera transferir dicho excedente al Fiduciario del Fideicomiso, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable al inicio del Periodo de Intereses de la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Intereses, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)General.

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Samples: Contrato De Fideicomiso Irrevocable De Emision, Administracion Y Pago (Vitro Sa De Cv)

Fondo de Reserva. El MunicipioEs la cuenta contable o de inversión asociada a la Cuenta Individual que el Fiduciario deberá abrir, por conducto del Fiduciario del Fideicomisoen su caso, deberá constituir y mantener un Fondo de Reserva, en la misma fecha que tendrá carácter de revolventela Cuenta Individual, el cual deberá tener fondeada la cantidad necesaria constituirá en términos del Sumario y se reconstituirá, para alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde con cargo a (i) la disposición del Crédito y hasta Cuenta Receptora de FAFEF, de conformidad con la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prelación prevista en la Cláusula Décima Sexta del Contrato resulteDécima, sección 10.3 de este Contrato, y/o (ii) las aportaciones adicionales que realice el Fideicomitente en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituir, y reintegrar al Fondo términos de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere lo previsto en la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio Quinta del Fideicomiso. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo se aplicará en los siguientes términos: Si dentro de los 2 (dos) Días Hábiles previos a la Fecha de Pago, los recursos disponibles de la Disposición Cuenta Individual fueran insuficientes para cubrir el Servicio del Financiamiento, el Fiduciario transferirá recursos del Fondo de Crédito Reserva a fin la Cuenta Individual para cubrir, hasta donde baste o alcance, los pagos correspondientes. En caso de ser utilizado, el Fondo de Reserva se reconstituirá hasta alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse , en forma previa a la siguiente Fecha de Pago, con cargo al Porcentaje a la Cuenta Receptora de ParticipacionesFAFEF y, en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha su defecto, con cargo las aportaciones adicionales que realice el Fideicomitente. Los rendimientos que, en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir su caso, se generen mensualmente en el Fondo de Reserva, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del FideicomisoReserva deberán aplicarse, en cada Solicitud de Pagosu caso, a fondear el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable al inicio del Periodo de Intereses de la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto caso que el Banco no actualice los rendimientos generados excedan el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva Reserva, las cantidades en exceso deberán abonarse, dentro de los primeros 3 (tres) Días Hábiles de cada mes, a la Cuenta Individual, para un determinado Periodo su aplicación en términos del numeral 10.3 del presente Contrato. En la o las últimas Fechas de InteresesPagos, o en el caso de una Amortización Anticipada Voluntaria o de Vencimiento Anticipado del Financiamiento según los Documentos del Financiamiento, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago odeberá destinarse a cubrir, en su defectocaso, el sumario adjunto cualquier faltante para la amortización del Financiamiento, y los recursos remanentes, en caso de existir, deberán abonarse a la Solicitud de Inscripción Cuenta del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)Estado.

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Samples: Contrato De Fideicomiso Irrevocable De Administración Y Fuente De Pago

Fondo de Reserva. El Municipio, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, Municipio deberá constituir y mantener un Fondo de ReservaReserva en el Fideicomiso, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá tener fondeada existir durante la cantidad necesaria para alcanzar el vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituirLo anterior, y reintegrar al salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del FideicomisoCrédito. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo se constituirá dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a los recursos de la cada Disposición de del Crédito a fin de alcanzar hasta por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse Reserva considerando el saldo insoluto del Crédito, con recursos de cada Disposición del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de ParticipacionesParticipaciones y, en su defecto, con cargo a recursos propios del Municipio. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del FideicomisoFiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable vigente al inicio del Periodo de Intereses de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de InteresesPago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)Acreditante.

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Samples: Modelo De Crédito

Fondo de Reserva. El MunicipioComo mecanismo de garantía y con la finalidad de permitir los pagos a realizar por el Fondo de acuerdo con el régimen de prelación de pagos descrito en el apartado 3.4.6.2. del Módulo Adicional, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, deberá constituir y mantener se constituirá un fondo de reserva denominado “Fondo de Reserva, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá tener fondeada la cantidad necesaria para alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Fondo de Reserva se utilizará constituirá inicialmente en el caso quela Fecha de Desembolso, con cargo al desembolso por la suscripción de los Bonos de la Serie D, por alguna causaun importe de 8.200.000,00 euros. En cada Fecha de Pago, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituir, y reintegrar se dotará al Fondo de Reserva cualquier cantidad hasta alcanzar el Nivel Requerido del Fondo de Reserva, con los Recursos Disponibles que se hubiere utilizado en cada Fecha de Pago estén disponibles para tal fin, de acuerdo con el Orden de Prelación de Pagos descrito en el apartado 3.4.6.2. del mismoMódulo Adicional. El Nivel Requerido del Fondo de Reserva será la menor de las siguientes cantidades: - 8.200.000,00 euros. - El 4,32% del Saldo Nominal Pendiente de Cobro de la emisión de Bonos de las Series A, ya B y C. No obstante, no podrá reducirse el Nivel Requerido del Fondo de Reserva en el caso de que en una Fecha de Pago, concurra alguna de las siguientes circunstancias: -Que el Fondo de Reserva no hubiera sido dotado por su Nivel Requerido en la Fecha de Pago anterior. -Que el Saldo Nominal Pendiente de Cobro de las Participaciones y los Certificados No Fallidos con impago superior a 90 días sea haciendo uso mayor al 1% del Saldo Nominal Pendiente de Cobro de las Participaciones y los recursos Certificados No Fallidos. -Que no hubieran transcurrido tres años desde la Fecha de Constitución del Fondo. El Nivel Requerido del Fondo de Reserva no podrá ser inferior a 4.100.000,00 euros. Las cantidades que integren el Fondo de Reserva estarán depositadas en la Cuenta de Reinversión con las garantías a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio el apartado 3.4.4.1. del Fideicomiso. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo a los recursos de la Disposición de Crédito a fin de alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse con cargo al Porcentaje de Participaciones, en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del Fideicomiso, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable al inicio del Periodo de Intereses de la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Intereses, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)Módulo Adicional.

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Samples: www.bmerf.es

Fondo de Reserva. (a) El Municipio, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, deberá constituir y mantener constituirá un fondo de reserva (el “Fondo de Reserva”) detrayendo un monto equivalente a $900.000 (Pesos novecientos mil) del producido de la colocación de los Valores Fiduciarios. Dicha suma será reembolsada al Fiduciante una vez cancelados los VRDC, de conformidad con el Artículo Décimo Quinto inciso (a) del Contrato Suplementario de Fideicomiso. Los importes que tendrá integren el Fondo de Reserva serán registrados en la Cuenta Fiduciaria Recaudadora como una subcuenta y colocados en fondos comunes de inversión bajo la titularidad del Fideicomiso Financiero y a la orden del Fiduciario, en su carácter de revolvente, el cual deberá tener fondeada la cantidad necesaria para alcanzar el Saldo Objetivo Fiduciario del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del ContratoFideicomiso Financiero. El (b) Del Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente utilizarán $300.000 (Pesos trescientos mil) para realizar el pago que correspondade amortizaciones bajo los VRDA en las primeras 3 (tres) Fechas de Pago, utilizando a tal fin $100.000 (Pesos cien mil) en cada una de dichas Fechas de Pago. El Municipio deberá constituirA partir de la cuarta Fecha de Pago, y reintegrar al el Fondo de Reserva cualquier cantidad será equivalente a la sumatoria del próximo servicio de intereses bajo los VRDA y los próximos dos servicios de intereses bajo los VRDB, ambos calculados a la tasa de interés mínima que se hubiere utilizado del mismodevenguen los VRDA y VRDB, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del Fideicomisorespectivamente. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo a los recursos (c) A partir de la Disposición cuarta Fecha de Crédito Pago, con una antelación no menor a fin 5 (cinco) Días Hábiles a cada Fecha de alcanzar Pago, el Saldo Objetivo Fiduciario procederá a recalcular el monto del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse con cargo al Porcentaje de Participaciones, en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir De existir deficiencias el Fondo de ReservaReserva será integrado de conformidad con el Artículo Décimo Quinto inciso (a) del Contrato Suplementario de Fideicomiso. En caso de existir sumas excedentes, estas serán utilizadas para el pago de amortizaciones bajo los VRDA y, una vez cancelados estos en su totalidad, para su aplicación al pago de amortizaciones bajo los VRDB. (d) El Fondo de Reserva será utilizado exclusivamente para el pago de amortizaciones bajo los VRDA de conformidad con el inciso (a) precedente y, en caso de insuficiencia de fondos en la Cuenta Fiduciaria Recaudadora, para hacer frente al pago de servicios de conformidad con el cronograma estimado de pago de servicios de los Valores Fiduciarios que se detalla en el Anexo B del Contrato Suplementario de Fideicomiso y en la sección “Términos Particulares de los Valores Fiduciarios” del presente. En tal caso, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del Fideicomiso, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable Reserva será utilizado para hacer frente al inicio del Periodo pago de Intereses de la Solicitud los VRDA, Intereses de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Intereses, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Bancolos VRDB o amortizaciones bajo los VRDA o VRDB, en una Solicitud todos los casos de Pago o, en su defecto, conformidad con el sumario adjunto a la Solicitud orden de Inscripción del Crédito prelación y subordinación establecido en el Registro Artículo Décimo Quinto inciso (a) del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Contrato Suplementario de Fideicomiso).

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Samples: www.bcr.com.ar

Fondo de Reserva. El Municipio, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, Estado deberá constituir y mantener un Fondo de ReservaReserva en el Fideicomiso, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá tener fondeada existir durante la cantidad necesaria para alcanzar el vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición del Crédito y hasta la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituirLo anterior, y reintegrar al salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio del FideicomisoCrédito. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo se constituirá dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a los recursos de la cada Disposición de del Crédito a fin de alcanzar hasta por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse Reserva considerando el saldo insoluto del Crédito, con recursos propios del Estado y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de ParticipacionesParticipaciones y, en su defecto, con cargo a recursos propios del Estado. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo de 30 60 (treintasesenta) días naturales Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del FideicomisoFiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable vigente al inicio del Periodo de Intereses de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Banco Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de InteresesPago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)Acreditante.

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Samples: Modelo De Crédito Con Garantía

Fondo de Reserva. El MunicipioEstado, por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, deberá constituir y mantener un Fondo de Reserva hasta el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, que tendrá carácter de revolvente, el cual durante la vigencia del Crédito. El Banco deberá tener fondeada notificar al Fiduciario, a través de la cantidad necesaria para alcanzar Solicitud de Pago de cada mes el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde la disposición Reserva del Crédito y hasta la liquidación total mes de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contratoque se trate. El Estado deberá aportar recursos al Fideicomiso para la constitución del Saldo Objetivo del Fondo de Reserva dentro de los 25 (veinticinco) días siguientes a que termine el Periodo de Disposición del Crédito. Este fondo se utilizará en el caso que, por alguna cualquier causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula cláusula Décima Sexta Séptima del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio Estado deberá constituir, y reintegrar al reconstituir el Fondo de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado del mismoen términos de la cláusula Décima Séptima o, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere la propia Cláusula Décima Sexta de referenciaen su defecto, o aportando recursos adicionales al patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso a fin de que el Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo a los recursos de la Disposición de Crédito a fin de alcanzar alcance el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse con cargo al Porcentaje , dentro de Participaciones, en un plazo máximo de 30 los 25 (treintaveinticinco) días naturales contados siguientes a partir que se haya utilizado el Fondo de Reserva o de manera previa a la fecha en siguiente Fecha de Pago, lo que haya sido utilizadosuceda primero. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del Fideicomiso, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable vigente al inicio del Periodo momento de Intereses de enviar la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto de que el Banco no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de InteresesPago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago o, en su defecto, el sumario adjunto a la Solicitud de Inscripción del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso).

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fondo de Reserva. El MunicipioEs la cuenta contable o de inversión asociada a la Cuenta Individual que el Fiduciario deberá abrir, por conducto del Fiduciario del Fideicomisoen su caso, deberá constituir y mantener un Fondo de Reserva, en la misma fecha que tendrá carácter de revolventela Cuenta Individual, el cual deberá tener fondeada la cantidad necesaria constituirá en términos del Sumario y se reconstituirá, para alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva, desde con cargo a (i) la disposición del Crédito y hasta Cuenta Individual, de conformidad con la liquidación total de las cantidades adeudas por el Municipio en términos del Contrato. El Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prelación prevista en la Cláusula Décima Sexta del Contrato resulteDécima, sección 10.3 de este Contrato, y/o (ii) las aportaciones adicionales que realice el Fideicomitente en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. El Municipio deberá constituir, y reintegrar al Fondo términos de Reserva cualquier cantidad que se hubiere utilizado del mismo, ya sea haciendo uso de los recursos a que se refiere lo previsto en la propia Cláusula Décima Sexta de referencia, o aportando recursos adicionales al patrimonio Quinta del Fideicomiso. El Fondo de Reserva deberá quedar constituido con cargo se aplicará en los siguientes términos: Si dentro de los 2 (dos) Días Hábiles previos a la Fecha de Pago, los recursos disponibles de la Disposición Cuenta Individual fueran insuficientes para cubrir el Servicio del Financiamiento, el Fiduciario transferirá recursos del Fondo de Crédito Reserva a fin la Cuenta Individual para cubrir, hasta donde baste o alcance, los pagos correspondientes. En caso de ser utilizado, el Fondo de Reserva se reconstituirá hasta alcanzar el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo deberá reconstituirse , en forma previa a la siguiente Fecha de Pago, con cargo al Porcentaje de Participacionesa la Cuenta Individual y, en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha su defecto, con cargo las aportaciones adicionales que realice el Fideicomitente. Los rendimientos que, en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir su caso, se generen mensualmente en el Fondo de Reserva, el Banco deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario del FideicomisoReserva deberán aplicarse, en cada Solicitud de Pagosu caso, a fondear el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria aplicable al inicio del Periodo de Intereses de la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto caso que el Banco no actualice los rendimientos generados excedan el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva Reserva, las cantidades en exceso deberán abonarse, dentro de los primeros 3 (tres) Días Hábiles de cada mes, a la Cuenta Individual, para un determinado Periodo su aplicación en términos del numeral 10.3 del presente Contrato. En la o las últimas Fechas de InteresesPagos, o en el caso de una Amortización Anticipada Voluntaria o de Vencimiento Anticipado del Financiamiento según los Documentos del Financiamiento, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Banco, en una Solicitud de Pago odeberá destinarse a cubrir, en su defectocaso, el sumario adjunto cualquier faltante para la amortización del Financiamiento, y los recursos remanentes, en caso de existir, deberán abonarse a la Solicitud de Inscripción Cuenta del Crédito en el Registro del Fideicomiso (según dichos términos se definen en el Fideicomiso)Estado.

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Samples: Contrato De Fideicomiso Irrevocable De Administración Y Fuente De Pago