ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS Cláusulas de Ejemplo

ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. La fecha prevista para el comienzo del periodo de arrendamiento de los 9 vehículos es el 13 xx xxxxx de 2018, independientemente de que la empresa adjudicataria pueda poner a disposición de METRO los vehículos solicitados con anterioridad a la fecha indicada. Se considerará un periodo de carencia de máximo tres meses y medio [3,5] desde la fecha de formalización del contrato para la fabricación y suministro de los vehículos. Si el periodo entre la fecha de formalización del contrato y el 13 xx xxxxx de 2018 fuera inferior a los tres meses y medio establecidos como periodo de carencia, y los nuevos vehículos objeto de este concurso no estuvieran disponibles para su entrega en la fecha establecida de comienzo del arrendamiento efectivo (13 xx xxxxx de 2018), se admitirá, en su lugar, la entrega temporal de vehículos de sustitución de similares características a los ofertados, principalmente en lo que se refiere al número de plazas y tamaño de espacio de carga. La empresa adjudicataria deberá tener en cuenta que el plazo de entrega de los nuevos vehículos ofertados nunca será superior al periodo de carencia previsto, esto es tres meses y medio desde la fecha de formalización del contrato. El incumplimiento de esta condición supondrá una penalización en la facturación mensual de un 5% de la cuota/día por cada día que se retrase la entrega de los nuevos vehículos una vez finalizado el periodo de carencia. El incumplimiento de la condición de fabricación y entrega de los nuevos vehículos ofertados por el CONTRATISTA en un plazo máximo de seis meses desde la fecha de formalización del contrato, será motivo de resolución del contrato. Será, igualmente, motivo de resolución del contrato, si llegado el 13 xx xxxxx de 2018 la empresa adjudicataria no hubiera hecho entrega de los nuevos vehículos, ni pusiera a disposición de METRO, de forma temporal, vehículos de sustitución de similares características. La entrega de los vehículos al comienzo del Contrato será realizada por el CONTRATISTA en las dependencias de METRO en Canillejas, c/ Néctar, 44, 28022, Madrid. El depósito de los vehículos deberá ir lo suficientemente lleno como para realizar un trayecto de al menos cincuenta [50] km antes del primer repostaje. Todos los vehículos se suministrarán con tres llaves con idéntica funcionalidad (en el caso de apertura a distancia) y la documentación por duplicado, conteniendo ésta, la tarjeta técnica, permiso de circulación, copia del certificado/recibo del seguro así com...
ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. Los vehículos objetos del contrato deberán ser entregados por el adjudicatario de acuerdo con las instrucciones establecidas por la Jefatura de Servicio de la Policía Local, en el lugar que se le indique, en un plazo máximo de 60 días naturales, desde la formalización del contrato. La entrega se formalizará por escrito, siendo a coste y riesgo del adjudicatario el transporte de los vehículos a destino. Los vehículos se entregarán con el equipamiento exigido en al Artículo 3 de este Pliego y aquel que se hubiese ofertado como mejora por el adjudicatario, una vez aceptado por la Jefatura de la Policía Local. Además llevarán la tarjeta de características técnicas selladas por la ITV, la documentación original o fotocopia compulsada de la misma, la póliza de seguro y recibo en vigor y el libro de garantía. A la finalización del contrato o devolución de los vehículos, serán recogidos con cargo al adjudicatario.
ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. A. La entrega de cada vehículo por parte de “EL LICITANTE” adjudicado, se realizará en los lugares y plazos establecidos en el contrato específico que se formalice, no debiendo ser mayor a 20 días hábiles a partir de la notificación del fallo correspondiente.
ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. 6.1.1. K-PARTNERS S.A.P.I. DE C.V. proporcionará en medio magnético a el “MUNICIPIO” a la entrega de los vehículos, los siguientes datos:
ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. Los vehículos tanto de los pedidos No. 1 y No.2, como los demás deben ser entregados en un plazo de XX (XX) meses desde la entrega de la solicitud formal de vehículos (Contenida en la Proforma X del presente contrato) por parte de TRANSCARIBE al CONTRATISTA, según el siguiente cronograma: XXXXXXX
ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. Los vehículos se entregarán en perfectas condiciones técnicas y legales para uso de SERVICIO DE POLICÍA LOCAL.
ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. La entrega de los vehículos deberá efectuarse en el plazo máximo de seis semanas desde el día siguiente al de la formalización del contrato. El lugar de entrega y recepción será el Ayuntamiento de Xxxxx de Huerva, sito en Xxxxx Xxxxxx, 0 xx Xxxxx xx Xxxxxx. Para constancia de la entrega se levantará la correspondiente acta de recepción, que será firmada por la empresa adjudicataria del contrato, el Interventor del Ayuntamiento y el Alcalde Presidente del mismo. Cuando alguno de los vehículos no se hallen en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el acta y se darán instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución, la Administración antes de extinguirse el contrato los dejará de cuenta del contratista quedando exenta de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El incumplimiento en los plazos de entrega, será penalizado con el alquiler de un vehículo de las características especificadas, hasta la entrega de los automóviles objeto de este contrato. Como condición especial de ejecución, en el acto de entrega del vehículo, el adjudicatario deberá aportar la siguiente documentación:
ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. Las solicitudes iniciales por parte de cada ADMINISTRADOR DEL CONTRATO podrán efectuarse a partir de la fecha de inicio de vigencia del contrato y hasta 10 días naturales posteriores, cuyo plazo de entrega no podrá exceder al 15 de septiembre de 2022. La entrega de cada vehículo por parte del OFERENTE se realizará en los lugares establecidos en el Anexo V. Para las partidas 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18, el plazo de entrega de las solicitudes iniciales podrá ampliarse hasta 30 (treinta) días naturales posteriores al 15 de septiembre de 2022. Posterior al 15 de septiembre de 2022, cada ADMINISTRADOR DEL CONTRATO podrá realizar solicitudes adicionales, cuyo plazo de entrega será de un máximo de 60 (sesenta) días naturales posteriores a la fecha de solicitud. Los vehículos entregados deberán ser modelos 2022 o en su caso 2023, y encontrarse disponibles en el mercado, conforme a lo solicitado en el Anexo I “Características de los vehículos” de las presentes ETAs. Como referencia, en el Anexo V que se integra a las presentes ETAs, se encuentran los domicilios donde podrían ser entregadas cada una de las unidades ante el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de cada uno de los contratos abiertos. Por lo que se refiere a los vehículos adicionales que se podrán solicitar dentro de la vigencia del contrato, y que se encuentren dentro de los montos autorizados o formen parte de los convenios modificatorios, deberán sujetarse a los siguientes modelos:
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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.