Dirección del trabajo Cláusulas de Ejemplo

Dirección del trabajo. Corresponderá al CDTI la dirección de los trabajos pudiendo hacer las indicacio- nes oportunas al adjudicatario para el mejor cumplimiento de los objetivos perse- xxxxxx. Si se observase algún motivo de disconformidad, el CDTI dará las instrucciones precisas y detalladas al objeto de remediar las faltas o defectos observados, a efecto de que sean subsanados.
Dirección del trabajo. La dirección e inspección de los trabajos contratados, así como el control del cumplimiento de los mismos, corresponderá al Técnico responsable del contrato y a la Concejalía de Régimen Interior, quién podrá dirigir instrucciones al adjudicatario, siempre que no supongan modificaciones del objeto del contrato ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las derivadas del presente pliego y demás documentos contractuales.
Dirección del trabajo. La dirección del trabajo es facultad y responsabilidad de la dirección de la empresa, a la que corresponde, en su caso, determinar la persona o personas en quienes delega el ejercicio de dicha facultad, que deberá ajustarse a lo establecido en la Ley, a lo previsto en el presente Convenio Colectivo y a cuantas normas y pactos que sean de aplicación. cve: BOE-A-2011-1784 En el ejercicio de sus facultades de organización del trabajo corresponde a la Dirección de la empresa con respeto a las competencias que en esta materia tienen atribuidas los órganos de representación de los trabajadores en la empresa, implantar, determinar, modificar o suprimir los trabajos, adjudicar las tareas, adoptar nuevos métodos de ejecución de las mismas, crear o amortizar puestos de trabajo y ordenarlos en función de las necesidades de la empresa en cada momento, determinando la forma de prestación del trabajo en todos sus aspectos.
Dirección del trabajo. La dirección e inspección de los trabajos contratados, así como el control del cumplimiento de los mismos, corresponderá al responsable del contrato y a la Concejalía de Cultura y Festejos, quién podrá dirigir instrucciones al adjudicatario, siempre que no supongan modificaciones del objeto del contrato ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las derivadas del presente pliego y demás documentos contractuales. Fdo.: Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx - Clasificación del contratista Procede: NO - Acreditación de la solvencia económica y financiera: Cualquiera de los medios indicados en el artículo 64 de la LCSP. - Acreditación de la solvencia técnica: Cualquiera de los medios indicados en los artículos 67 y 68 de la LCSP: - A los efectos de lo previsto en el apartado 3.2.a) de la Cláusula 6ª, cuando el licitador ya haya realizado servicios o trabajos para esta Administración, sólo será admitido si los ha realizado con resultado satisfactorio, para lo que la Mesa solicitará la emisión de informe del Servicio Municipal correspondiente, sobre este extremo.
Dirección del trabajo. La dirección e inspección de los trabajos contratados, así como el control del cumplimiento de los mismos, corresponderá al Técnico de Deportes y la Concejalía competente, quién podrá dirigir instrucciones al adjudicatario, siempre que no supongan modificaciones del objeto del contrato ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las derivadas del presente pliego y demás documentos contractuales. En Boadilla del Monte, a 20 de septiembre de 2012 EL CUARTO TTE. XX XXXXXXX- DELEGADO DEL ÁREA DE JUVENTUD, DEPORTES, SANIDAD Y EMPLEO Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx ANEXO I SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL - Clasificación del contratista Procede: NO - Acreditación de la solvencia económica y financiera: Cualquier de los medios indicados en el artículo 75 del TRLCSP: Trascrito en el apartado 3.1 de la Cláusula Séptima del presente Pliego. - Acreditación de la solvencia técnica: Los licitadores deberán acreditar que cuenta la solvencia técnica conforme al artículo 3 xxx Xxxxxx de condiciones técnicas: Deberá acreditarse mediante la presentación de: Una relación de los principales servicios o trabajos relacionados con el objeto del presente contrato, realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente, y deben serlo con resultado satisfactorio. Se requiere en este sentido: Experiencia en gestión y explotación de al menos dos instalaciones deportivas municipales de municipios diferentes en los últimos cinco años. Experiencia en mantenimiento de centros e instalaciones deportivas, de al menos, dos actuaciones de desarrollo de mantenimiento integral en los últimos tres años. * Si los contratos presentados para acreditar experiencia en gestión y explotación conllevaran también el desarrollo de mantenimiento integral, bastarían para acreditar ambas situaciones. Personal Técnico Cualificado en la empresa El licitador incluirá una declaración responsable sobre cumplimiento del perfil previsto en los Pliegos de Condiciones Técnicas, en cuanto a los medios personales destinados a la ejecución del contrato (conforme a Anexo 2 Solvencia Técnica). Dicha documentación ...
Dirección del trabajo. La dirección e inspección de los trabajos contratados, así como el control del cumplimiento de los mismos, corresponderá a la Asistente Técnico del Centro de Servicios Sociales, quién podrá dirigir instrucciones al adjudicatario, siempre que no supongan modificaciones del objeto del contrato ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las derivadas del presente pliego y demás documentos contractuales. Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL - Clasificación del contratista Procede: NO - Acreditación de la solvencia económica y financiera: Cualquier de los medios indicados en el artículo 64 de la LCSP. - Acreditación de la solvencia técnica: Artículo 68 de la LCSP: Se deberá presentara currículo vitae del coordinador de servicio, al que se acompañará copia compulsada de la titulación académica de Diplomado en Trabajo Social o Terapia Ocupacional y la experiencia acreditada de coordinación de un servicio de ayuda a domicilio en el ámbito local de al menos 1 año, debiendo incluirse en el sobre “A” (Documentación Administrativa), así como una declaración responsable de contar como mínimo con los medios personales establecidos en el artículo 9 xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas. - A los efectos de lo previsto en el apartado 3.2.a) de la Cláusula 6ª, cuando el licitador ya haya realizado servicios o trabajos para esta Administración, sólo será admitido si los ha realizado con resultado satisfactorio, para lo que la Mesa solicitará la emisión de informe del Servicio Municipal correspondiente, sobre este extremo.
Dirección del trabajo. La Dirección e Inspección de los trabajos contratados, así como el control de cumplimiento de los mismos, corresponderá a la Alcaldía- Presidencia a través del Área Municipal de Bienestar Social, quien podrá dirigir instrucciones al adjudicatario, siempre que no supongan modificaciones del objeto del contrato ni se opongan a las disposiciones en vigor o las derivadas del presente pliego y demás documentos contractuales. Para ello se designará un representante, en este caso la Trabajadora Social Dña. Xxxxx Xxxxxxxxx que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador municipal, salvo casos excepcionales.
Dirección del trabajo. La dirección de los trabajos será realizada por el personal designado de Cesefor. El adjudicatario que deberá cumplir las condiciones de su oferta, las contenidas en estas bases, las del contrato y las instrucciones que le marque el responsable de Fundación Cesefor. Se establecerán reuniones periódicas entre el adjudicatario y el director de los trabajos de Cesefor para la evaluación y seguimiento de los trabajos. Este responsable podrá solicitar la presentación de informes en dichas reuniones sobre el desarrollo de los trabajos, en los que se refleje el grado de avance de cada una de las fases, resultados preliminares y problemática asociada a su ejecución.
Dirección del trabajo. Si el Proveedor incurriera en infracciones a la normativa legal vigente, las que derivasen en multas cursadas por la Dirección del Trabajo u otro organismo facultado para los mismos efectos, será responsabilidad del Proveedor apelar y subsanar las deficiencias detectadas a fin de revocar o rebajar las multas, que en caso de ser cursadas directamente al Proveedor deberán ser pagadas por el mismo, y en caso que sean cursadas a FESUR serán pagadas por esta última y descontadas del estado de pago correspondiente al mes en curso.
Dirección del trabajo. La dirección e inspección de los trabajos contratados, así como el control del cumplimiento de los mismos, corresponderá al Director de la Escuela de Música y a la Concejalía de Cultura, quién podrá dirigir instrucciones al adjudicatario, siempre que no supongan modificaciones del objeto del contrato ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las derivadas del presente pliego y demás documentos contractuales.