CONTROL DE LOS SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

CONTROL DE LOS SERVICIOS. El Ayuntamiento destinará para el control e inspección del servicio, el personal de inspección municipal necesario. Dichos inspectores, provistos de la credencial correspondiente, tendrán la misión de comprobar que el servicio se ha efectuado adecuadamente. En caso contrario, los inspectores podrán hacer las oportunas y estrictas observaciones al encargado de la contrata, o a quien le sustituya en su lugar de trabajo. Tales observaciones irán encaminadas al mejor cumplimiento del presente contrato, al ser los inspectores los continuos intérpretes de la inspección facultativa, por lo que el adjudicatario viene obligado a cumplirlas. Las discrepancias surgidas entre los inspectores y encargado de las contrata, así como cualquier anomalía observada, serán puestas por el inspector en conocimiento del Jefe de Sección del Ayuntamiento y comunicada al adjudicatario. La inspección facultativa podrá comunicar órdenes verbales urgentes a los operarios de la contrata, a través de los inspectores, las cuales, podrán ser confirmadas posteriormente por escrito. De igual manera se procederá para las órdenes que los inspectores facultativos tengan que comunicar a los encargados de los servicios de la contrata. Las órdenes dadas por la inspección en el trabajo, deben cumplirse inmediatamente o en un plazo que se determine en la orden de trabajo expedida por el Servicio de Educación, y en el caso de disconformidad del adjudicatario, éste deberá comunicarlo por escrito al Servicio de Educación, dentro de las 24 horas siguientes, siendo ésta la que resolverá sobre la incidencia.
CONTROL DE LOS SERVICIOS. El Ayuntamiento xx Xxxxxx destinará para el control e inspección del servicio, los vigilantes de obras municipales necesarios. Dichos vigilantes tendrán la misión de comprobar que el servicio se ha efectuado adecuadamente, según las instrucciones dadas por la Dirección Facultativa. En el caso contrario, los vigilantes podrán hacer las oportunas y estrictas observaciones al encargado de la contrata, o a quien le sustituya en su lugar de trabajo. Tales observaciones irán encaminadas al mejor cumplimiento del presente contrato, al ser los vigilantes los intérpretes de la Dirección Facultativa, por lo que el adjudicatario viene obligado a cumplirlas. Las discrepancias surgidas entre los vigilantes de obras y encargado de la contrata, serán puestas en conocimiento de la Dirección Facultativa, quien será la encargada de resolver. La Dirección Facultativa podrá comunicar órdenes verbales urgentes a los operarios de la contrata, teniendo que ser posteriormente confirmadas por escrito.
CONTROL DE LOS SERVICIOS. SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJO
CONTROL DE LOS SERVICIOS. El concesionario designará a un encargado para la coordinación e inspección de los servicios de limpieza. A efectos de agilizar la respuesta ante la solicitud de servicios, datos, resolución de incidencias y mejora de la calidad del servicio dicha persona estará en contacto directo con la persona que designe el Ayuntamiento como responsable de la inspección y control del servicio y dispondrá de los medios técnicos necesarios para una rápida localización y comunicación de incidencias, permitiendo una actuación eficaz e inmediata. Será valorable que dicha persona tenga domicilio en la localidad.
CONTROL DE LOS SERVICIOS. EL CONDUCTOR, acuerda conducir el VEHÍCULO de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Tránsito. En caso de que EL VEHÍCULO no cumpla con las condiciones y nivel de servicio, independientemente de la situación y que ésta sea imputable a EL CONDUCTOR se entenderá como un incumplimiento de contrato, por lo que se procederá conforme a lo establecido en el presente documento.
CONTROL DE LOS SERVICIOS a) La Intendencia realizará todos los controles correspondientes a efectos de velar por el cumplimiento de los servicios licitados, conservación de la zona y cumplimiento del cronograma previamente acordado, notificando a la Empresa en caso de constatar alguna falta, incumplimiento o inobservancia.
CONTROL DE LOS SERVICIOS. COMUNICACIONES ENTRE EL ADJUDICATARIO Y AYUNTAMIENTO El contratista deberá facilitar un número de fax, correo electrónico y un número de teléfono que permita contactar, en caso de necesidad, con el Responsable del Servicio, o en su ausencia con algún técnico con capacidad de decisión, durante todo el día, todos los días del año. La comunicación entre el contratista y el Ayuntamiento se realizará preferentemente por medio del programa informático que facilitará el Adjudicatario, corriendo por cuenta de éste los costes de instalación y mantenimiento. Mediante dicho programa informático, se darán las órdenes para ser cumplidas de forma inmediata o, en su caso, en el plazo que oportunamente se fije. La empresa deberá comunicar mediante el mismo procedimiento, la confirmación de la ejecución de los trabajos. El trabajo no se considerará ejecutado mientras que no se reciba confirmación por este canal. Las incidencias del servicio comunicadas al Adjudicatario, cualquiera que sea su procedencia o vía de comunicación, deberán ser introducidas en el programa informático. El responsable del servicio deberá presentarse siempre que sea requerido a tal efecto, en las dependencias del Ayuntamiento, para recibir las instrucciones pertinentes o las observaciones necesarias para la mejor prestación del servicio.
CONTROL DE LOS SERVICIOS. Los Responsables Municipales designados inspeccionarán la ejecución de los distintos servicios adjudicados en relación con las especificaciones del presente Pliego. Los Responsables Municipales designados que vayan a desempeñar las actuaciones de inspección tendrán acceso a los locales y dependencias del Adjudicatario para este Servicio, y le serán facilitados cuantos datos se precisen con respecto a su funcionamiento. Sus funciones serán las siguientes:  Comprobar que las labores se efectúen oportunamente, en la forma correcta y con la seguridad adecuada.  Comprobar si se cumple tanto lo estipulado en el Pliego, como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario (oferta, contrato, etc), en cuanto al número y cualificación del personal.  Verificar la correcta ejecución de los servicios.  Determinar si los equipos, medios materiales y utensilios de que dispongan para la realización de las labores, satisfacen las condiciones exigidas en el Pliego y son conforme a la oferta. Vigilar que el aseo, vestuario y competencia del personal afecto a la plantilla del adjudicatario, reúne las condiciones exigidas a su rango, lugar de actuación e importancia de la misión que tenga encomendada. A la vista del resultado de estas inspecciones, se determinarán las correcciones ó modificaciones que se estimen oportunas en la organización de los trabajos. Las decisiones se comunicarán directamente mediante el procedimiento informático que se establezca y serán cumplidas de forma inmediata o, en su caso, en el plazo que oportunamente se fije.

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  • PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 1 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública 2 Titulo sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 xx xxxxx de 2015 La prestación real y efectiva de los servicios públicos objeto del presente contrato, se iniciará una vez el suscriptor haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos técnicos y legales exigidos por la empresa, y se haya efectuado el pago de los aportes de conexión autorizados por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 y definidos en el artículo 1.2.1.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 - modificado por el artículo 1º de la Resolución CRA 271 de 2003. Con el propósito de incentivar la masificación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la empresa otorgará plazos para amortizar los aportes de conexión, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuéstales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la empresa, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario Los costos directos de conexión, los cuales hacen parte de los aportes de conexión, son los costos en que incurre la empresa por concepto de medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás gastos necesarios para conectar un inmueble a los sistemas o redes de distribución de acueducto y alcantarillado existentes. También se consideran costos directos de conexión los de diseño, interventoría, restauración de vías y del espacio público deteriorado por las obras de conexión, así como los estudios particularmente complejos, en caso de presentarse3. La iniciación en la prestación de los servicios solicitados no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha en que se verifica y aprueba el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes de conexión, conforme a lo previsto en la presente cláusula.

  • Origen de los Servicios El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.

  • Pago de los Servicios Los Servicios serán pagados por el Fiduciario el día quince (15) de cada mes y si este fuera inhábil, el siguiente Día Hábil o en las fechas que surjan del Cuadro de Pago de Servicios Teórico contenido en el Suplemento de Prospecto (la “Fecha de Pago de Servicios”), mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores S.A., para su acreditación en las respectivas cuentas de los titulares de Valores Fiduciarios con derecho al cobro. Con anticipación suficiente a cada Fecha de Pago de Servicios, el Fiduciario publicará en la AIF y en los sistemas de información donde se listen y/o negocien los Valores Fiduciarios el monto a pagar por tal concepto a cada Clase de Valores Fiduciarios que en esa oportunidad tenga derecho al cobro, discriminando los conceptos.

  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • ALCANCE DE LOS SERVICIOS El alcance del servicio a ser proporcionado por el consultor está enmarcado en la Promoción del Programa de Inserción Laboral que incluye al Proyecto “Mejora de la Empleabilidad y los Ingresos Laborales de los Jóvenes” (PMEIL) hasta la selección de jóvenes para ocupar vacancias en empresas, en cumplimiento a los lineamientos dictados por el Supervisor Técnico Operativo de la Unidad de Coordinación General del Plan Nacional de Empleo (UCGPE) y el Manual Operativo del Proyecto. Sin ser limitativas, las tareas y actividades más importantes que debe cumplir el Oficial Operativo de Empresas son las siguientes: Implementar las estrategias operativas del Programa de Inserción Laboral. Visitar empresas para promocionar el Programa de Inserción Laboral ofreciendo los paquetes de incentivos existentes siguiendo los lineamientos y distribución de empresas a cargo del Supervisor Técnico Operativo de la UCGPE. Coordinación de actividades con Oficiales Operativos de Jóvenes. Participar de eventos, ferias y otros para difundir los beneficios del Programa de Inserción Laboral de acuerdo a programación preparada por el Supervisor Técnico Operativo de la UCGPE. Coadyuvar en los procesos de búsqueda de alianzas estratégicas que sirvan al éxito del Programa de Inserción Laboral. Apoyar a empresas en el registro de información en el Sistema con acceso Web creado para el efecto. Verificar que las empresas adjunten al Sistema de Registro en digital, los documentos escaneados necesarios para su registro. Gestionar la firma de Convenios Interinstitucionales entre el MPD y las empresas. Verificar que las empresas realicen correctamente el registro de vacancias en Sistema. Verificar las listas cortas de jóvenes para el proceso de selección de jóvenes previo a su entrega a las empresas. Enviar a las empresas la lista corta de jóvenes y formato de carta compromiso para que la empresa pueda seguir el proceso de selección respectivo e informar sobre el tiempo límite para hacerlo. Realizar el seguimiento de actividades desde el registro de empresas hasta la selección de jóvenes para ocupar vacancias, velando por su concreción. Realizar el seguimiento a los resultados de selección de jóvenes. Habilitar nuevamente a los jóvenes que no fueron seleccionados para que puedan participar de otros procesos de selección y registrar el estado del o los jóvenes seleccionados por las empresas. Revisar las Cartas Compromiso y gestionar la aprobación de las mismas por parte del Coordinador Nacional previo visto bueno del Encargado Jurídico. Escanear la documentación relativa a las gestiones realizadas (Convenio Interinstitucional, Carta Compromiso) y resguardar la documentación hasta su entrega al Oficial Operativo de Jóvenes asignado. Entregar los convenios de Pasantía al Oficial Operativo de Jóvenes para continuar el trámite de firma. Gestionar con el Encargado Jurídico la firma en el MPD del Convenio de Pasantía con el joven seleccionado. Registrar en el sistema SIG información de vacancias atendidas. Escanear toda la documentación firmada y final una vez concluida la gestión e incorporarla al Sistema SIG. Registrar información de seguimiento en el Sistema de Información Gerencial (SIG) de acuerdo a roles asignados. Informar el/la Responsable Técnico Administrativo continuamente sobre las actividades fuera de oficina realizadas para efectos de control. Presentar los descargos solicitados para la reposición de gastos de transporte con fondos de caja chica ante el Responsable Técnico Administrativo de su oficina departamental. Otras actividades encomendadas por el/la Responsable Técnico Administrativo de acuerdo a la planificación de las estrategias del Programa de Inserción Laboral de la UCGPE. Se esperan los siguientes resultados finales de la consultoría, los mismos que deberán ser recibidos a satisfacción por el/la Responsable Técnico Administrativo: Promoción del Programa de Inserción Laboral realizada con éxito en diversos espacios, eventos y a través de visitas a empresas. Procesos de búsqueda de alianzas estratégicas apoyados. Registro de empresas completo en el sistema de registro web que incluye la documentación digital requerida. Seguimiento a todo el proceso, desde el registro de empresas hasta la selección de jóvenes realizado. Cartas compromiso, convenios interinstitucionales debidamente firmados. Convenios de pasantía de jóvenes firmados en el MPD. El consultor contratado deberá presentar los siguientes informes, que deberán ser recibidos a satisfacción por el/la Responsable Técnico Administrativo. Informes mensuales sobre las actividades y resultados alcanzados en el período. Informe Final a la conclusión de la consultoría, que dé cuenta de los resultados en relación a los objetivos y alcances de su trabajo e Informe Final del Proyecto reportando avances hasta la conclusión de su contrato. Aprobación de informes: Los informes mensuales e informe final serán aprobados por el/la Responsable Técnico Administrativo, el plazo de aprobación de informes será de 10 días a partir de la presentación, si transcurrido este tiempo el Inmediato superior no emite ninguna observación, el informe se considerará aprobado.

  • GARANTÍA DE LOS SERVICIOS Los “LICITANTES” deberán manifestar en su propuesta técnica, que “LOS SERVICIOS” que ofrecen a “LA CONVOCANTE” se llevaran a cabo cumpliendo estrictamente con los requisitos, características, especificaciones y requerimientos técnicos que se establecen en esta convocatoria y sus anexos. “El LICITANTE” que resulte adjudicado del contrato deberá manifestar en su propuesta técnica, que la entrega de “LOS SERVICIOS” que ofrecen a “LICONSA” cumplen estrictamente con las condiciones, características, especificaciones técnicas, que se establecen en esta convocatoria y sus anexos y que cuentan con garantía contra defectos de fabricación, vicios ocultos y materiales, la cual tendrá una vigencia mínima de un año (1), a partir de la fecha de realización, obligándose “El LICITANTE” a sustituir, en el lugar en que se hubiesen aplicado los “LOS SERVICIOS” que resulten con defectos de fabricación, vicios ocultos y /o mala calidad en un periodo que no excederá de 3 (tres ) días hábiles, posteriores a la notificación correspondiente por parte del área usuaria. “El LICITANTE” deberán presentar escrito firmado por el representante legal en la que manifieste que garantiza que “LOS SERVICIOS” se llevarán a cabo con personal capacitado y el equipo necesario requerido, en condiciones de funcionamiento óptimo y se hará de acuerdo a lo señalado en las condiciones, características, especificaciones técnicas, planes de trabajo, horarios, días preestablecidos y domicilios establecidas en las bases de la convocatoria de invitación. Se deberá manifestar que la garantía de “LOS SERVICIOS” serán las de conformidad a la jornada de trabajo solicitada por la convocante de lunes x xxxxxxx durante el tiempo que dure el contrato, por lo que en caso de que algún elemento falte a su servicio este será remplazado por otro elemento con la misma capacidad y equipo necesario requerido. 3.4.- ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. Para dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “LICITANTE” adjudicado, deberá previamente a la firma del contrato respectivo, cuyo monto exceda de los $300,000.00 M.N. (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberá presentar en el Departamento de Adquisiciones, de “LA CONVOCANTE” la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” en sentido positivo, en la forma y términos previstos en la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2016, publicada el veintitrés (23) de diciembre de dos mil quince (2015) en el Diario Oficial de la Federación o aquella que en el futuro la sustituya, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo.

  • SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS Cuando en la entrega del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, el BANCO DEL BIENESTAR podrá suspender la prestación del mismo en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos importes que hubiesen sido efectivamente proporcionados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al BANCO DEL BIENESTAR, previa petición y justificación del proveedor se rembolsarán los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure la suspensión, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la prestación de los servicios, los cuales serán pagados dentro de un término no mayor a cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada de proveedor. Además, se pactará por las partes el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato. Lo anterior, de conformidad con el artículo 55 Bis de la Ley. El BANCO DEL BIENESTAR rembolsará al proveedor, los gastos no recuperables en que haya incurrido; siempre y cuando, éstos correspondan a los servicios solicitados por el BANCO DEL BIENESTAR y se comprueben mediante sus respectivos comprobantes fiscales, los cuales serán evaluados y aprobados por el BANCO DEL BIENESTAR contando previamente con la justificación técnica y/o normativa del área requirente.

  • DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS 4.1 Describa el alcance para los servicios asociados a los bienes que pretenda suministrar y confirme por escrito que tiene la capacidad para proveerlos (sólo cuando la licitación incluya servicios). 4.1 Comprobar documentalmente que la empresa confirma que tiene la capacidad para proporcionar los servicios solicitados en la licitación.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS “EL PROVEEDOR”, se obliga a prestar los

  • OTROS SERVICIOS 2.1.3.1. El contratista deberá ofrecer todos los demás servicios de Telecomunicaciones dentro del área de cobertura del proyecto, que su solución tecnológica permita brindar de manera convergente. Los ingresos por estos servicios deben ser incluidos e identificados en la contabilidad separada del proyecto.