AUDITORÍA FINANCIERA Cláusulas de Ejemplo

AUDITORÍA FINANCIERA. 1. Objetivos de auditoría:
AUDITORÍA FINANCIERA. 1. La Comisión o cualquier representante autorizado de ésta podrá iniciar una auditoría en cualquier momento durante el período de vigencia del contrato y hasta cinco años después de cada pago de la contribución comunitaria, tal como se define en el párrafo primero del apartado 1 del artículo 3 del presente anexo. Se considerará que el procedimiento de auditoría se inicia en la fecha de recepción de la carta certificada con acuse de recibo que la Comisión envíe al respecto. La auditoría se llevará a cabo respetando la confidencialidad.
AUDITORÍA FINANCIERA. 1. Además de la auditoría contratada por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, la Comisión Europea, o cualquier repre- sentante autorizado por ésta, podrá auditar a todos los Beneficiarios, en relación al Proyecto, en cualquier momento durante el período de ejecución del mismo y hasta cinco años después del último pago de la contribución comunitaria a que se refiere el artículo II.27 de las Condiciones Generales.
AUDITORÍA FINANCIERA. Realizar la evaluación de los resultados de la gestión financiera para verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas, administrativas y reglamentarias aplicables al ejercicio del presupuesto en materia de registro, contabilidad gubernamental, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación, baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos y recursos materiales. El alcance de la auditoría deberá estar basado en la correcta evaluación del CONTROL INTERNO con un alcance mínimo obligatorio del 60%; si durante el transcurso de la revisión llegaran a detectar irregularidades, el (la) Auditor (a) Externo (a) deberá ampliar el porcentaje del alcance de revisión hasta constatar que la prueba realizada cumple con las expectativas legales, administrativas y financieras.
AUDITORÍA FINANCIERA. 1. La auditoría financiera se llevará a cabo de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría así como los requerimientos y políticas del Banco. Esas normas requieren que el AUDITOR planifique y realice la auditoría para obtener una seguridad razonable, sobre si los estados financieros están exentos de errores significativos. Una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, la evidencia que respalda las cifras y revelaciones en los estados financieros. Una auditoría también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Dirección, así como la evaluación de la presentación general de los estados financieros.
AUDITORÍA FINANCIERA. La fecha límite para la entrega del informe de auditoría financiera, por parte del auditor al Organismo Ejecutor, se determinará de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VII de las Normas Generales del Contrato xx Xxxxxxxx (Tres ejemplares de los estados financieros serán presentados al Banco, dentro de los ciento veinte (120) días siguientes al cierre de cada ejercicio económico del Organismo Ejecutor o de la fecha de último desembolso, si se trata del informe final). Los plazos serán acordados entre las partes. Los resultados obtenidos en los informes serán dados a conocer al organismo ejecutor en la calidad de “Informe de Auditoría Borrador con propósitos de discusión”, otorgando un plazo prudencial no debería ser superar los diez días hábiles, y determinado por el AUDITOR, el que no admitirá prórroga, para efectuar comentarios a las observaciones antes de emitir su informe final. Si los Ejecutores no se manifiestan en el plazo prudencial otorgado, el AUDITOR deberá emitir y entregará el informe definitivo, situación que será advertida por las partes de este acuerdo oportunamente al Ejecutor.
AUDITORÍA FINANCIERA. IV.10.2.1. CAPÍTULOS 3000 “SERVICIOS GENERALES”, 4000 “AYUDAS, SUBSIDIOS, APORTACIONES Y TRANSFERENCIAS” Y 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” Auditoría AEPOAprof/102/09 ANTECEDENTES De acuerdo con el apartado “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta Xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx (FICENTRO) reportó un presupuesto ejercido de 198,883.0 miles de pesos, de los cuales el capítulo 3000 “Servicios Generales” absorbió el 38.7%; (76,956.4 miles de pesos). El presupuesto original para dicho capítulo fue de 36,659.8 miles de pesos, el modificado ascendió a 82,518.9 miles de pesos. En la Cuenta Pública de 2009 se reportó para el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, un presupuesto ejercido de 32,456.5 miles de pesos, equivalente al 16.3% del total ejercido por la entidad. El presupuesto original para dicho capítulo fue de 21,553.5 miles de pesos, el modificado ascendió a 34,641.7 miles de pesos. Referente al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, el presupuesto ejercido representó el 15.7% del total ejercido en 2009; es decir, 31,241.5 miles de pesos. En ese período, el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se reportó sin asignación presupuestal original, mientras que el presupuesto modificado ascendió a 31,304.3 miles de pesos. OBJETIVO El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por el Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México en los capítulos 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
AUDITORÍA FINANCIERA. Las Partes podrán efectuar una auditoría financiera de las cuen- tas separadas que lleva la agencia de ejecución de Japón para los fines de las actividades del planteamiento más amplio en cual- quier momento durante la vigencia del Acuerdo y hasta cinco años después de su expiración o terminación, a partir de docu- mentos e in situ. Todos los libros, registros y cualquier otra documentación que lleven las agencias de ejecución y los jefes de proyecto relativa a las actividades del planteamiento más amplio serán accesibles, según sea necesario y conveniente, a los fines de la auditoría.
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  • Solvencia económica, financiera y técnica La justificación de la solvencia económica, financiera y técnica del empresario o persona física se acreditará de acuerdo con lo establecido en el apartado 9 del cuadro de características. Declaración responsable de suscribir la póliza del seguro de responsabilidad civil en la forma y en el plazo indicado por la cláusula 45.9 del presente PCAP, y de contratar una póliza de seguro de todo riesgo en la construcción por razón de la obra objeto del presente contrato, en el caso de ser el adjudicatario del contrato. Declaración responsable, de acuerdo con el Anexo 4 bis de este PCAP, firmada de forma manuscrita por el representante de la empresa o la persona física, conforme no se está incurso en prohibición para contratar con la administración, no se ha estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o a resolución de contrato público por causa culpable, y de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. Declaración responsable firmada por el representante de la persona jurídica, o en su caso, por la persona física, de sumisión a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias que, de manera directa o indirecta, puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo con lo establecido en el artículo 146.1, apartado e) del TRLCSP y el Anexo 5 de este PCAP. Cuando así se indique en el apartado 20 del cuadro de características, los licitadores deberán incluir, en el sobre A, los Anexos 17 y 18 de este PCAP relativos a la prevención de riesgos laborales, debidamente cumplimentados. Tanto las personas jurídicas como las personas físicas, deberán presentar el Anexo 3 de este PCAP debidamente completado y firmado por quien en cada caso corresponda.

  • SITUACIÓN FINANCIERA La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI. El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro: Solvencia* Endeudamiento* Otro índice resuelto por la entidad contratante *

  • CAPACIDAD FINANCIERA El oferente deberá presentar junto con la propuesta, los siguientes documentos en forma legible, en español y las cifras deben estar representadas en Pesos Colombianos: Balance General y Estado de Resultados con corte de ejercicio al 30 de septiembre de 2016, los estados financieros requeridos deben estar firmados por el Representante Legal y Contador. Adicional deben estar avalados por el Revisor Fiscal cuando la ley lo exija. Se debe anexar la copia de la tarjeta profesional del Contador y Revisor Fiscal, la certificación sobre su vigencia expedida por la Junta Central de Contadores, no debe tener fecha de expedición anterior a un (1) mes a la fecha de presentación de la oferta. Los interesados en participar en este proceso, deberán demostrar que cumplen con los indicadores financieros de acuerdo a la información establecida en la documentación solicitada. La verificación del cumplimiento de la capacidad financiera mínima exigida por Fiduagraria S.A. es un requisito habilitante para la participación de la propuesta en el proceso de selección. La Fiduciaria realizará la verificación de los requisitos habilitantes financieros de los proponentes o los integrantes de consorcios o uniones temporales con la información financiera actualizada a 30 de septiembre de 2016. La verificación de la capacidad financiera señalada en el numeral 38.1 no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con los indicadores. Las cuentas definidas para obtener el Activo Corriente, Activo Fijo, Otros Activos, Activo Total, Pasivo Corriente, Pasivo Mediano y Largo Plazo, Pasivo Total, Total Patrimonio, Utilidad Operacional y Gastos de Intereses deberán ser tomadas de los Estados Financieros. La omisión del ANEXO pertinente, y los errores en él contenido serán subsanables. En ningún caso se podrán acreditar circunstancias o hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de cierre de la presente invitación. No cumplir con todos y cada uno de los requisitos de carácter financiero establecidos dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO CUMPLE. NOTA 1: La verificación de los indicadores financieros y de capacidad organizacional se realizará tomando como referencia dos decimales, prescindiendo de cualquier fórmula de redondeo o aproximación.

  • Estados Financieros Los proponentes deberán anexar los siguientes documentos legibles, para el desarrollo de la evaluación financiera: - Estados Financieros del año 2016. - Notas a los Estados Financieros del año 2016. - Dictamen del revisor Fiscal año 2016 (Si aplica). - Declaración xx Xxxxx año 2016 y conciliación fiscal (documento requerido para verificación de cifras contables vs cifras fiscales). - Estados Financieros del año 2017. - Notas a los Estados Financieros del año 2017. - Dictamen del revisor Fiscal año 2017 (Si aplica). - Declaración xx Xxxxx año 2017 y conciliación fiscal (documento requerido para verificación de cifras contables vs cifras fiscales). - Estados Financieros provisionales con corte al mes xx xxxxx de 2018 - Certificación de variación y/o hechos ocurridos en el ejercicio 2018 que puedan afectar la situación financiera del oferente con corte al mes xx xxxxx de 2018, según el anexo G. - Copia de la Tarjeta Profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal. - Copia del Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del Contador Público y del Revisor Fiscal (Vigencia de 3 meses). El análisis financiero se realizará en función de los dos últimos años cerrados, es decir 2016 y 2017. En caso de requerir subsanación de requerimientos financieros, el proponente tendrá hasta 3 días hábiles para entregar la documentación solicitada, de lo contrario la propuesta será inhabilitada. La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombianos, completa, detallada , discriminando el IVA, según lo establecido en el estatuto tributario vigente y debe coincidir con el valor colocado en la carta de presentación de la propuesta (la carta de presentación debe venir foliada y dentro de la propuesta). En caso de presentarse diferencia entre estos dos valores se tomará como válido el estipulado en la propuesta económica detallada. La propuesta económica deberá incluir valores (IVA incluido) unitarios, cantidades y totales y al final un narrativo explicando por qué cuesta eso cada producto o actividad presentada No. Requerimiento Precio Unitario ciudades principales Precio Unitario ciudades capitales Precio Unitario ciudades o municipios no capitales 1 Salón con ayudas audiovisuales (incluye computador, video beam, sonido, papelógrafo con papel periódico, tablero acrílico con sus marcadores borrables) ($ por día) 2 Alimentación en sitio por persona (incluye refrigerio AM, almuerzo, Refrigerio PM, estación de café).* ($)

  • SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 21.2 de condiciones específicas del contrato. Solvencia económica y financiera Respuesta

  • Solvencia económica, financiera y técnica o profesional El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 12 del Anexo I al presente pliego. Igualmente podrá acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.

  • CONSULTAS Y ACLARACIONES Los interesados que se hubiesen registrado conforme se indica en la cláusula prece- dente, podrán formular consultas relativas al pliego de licitación hasta siete (7) días antes del vencimiento de plazo fijado para la presentación de las Ofertas sino se indi- cara otra fecha en el PCP. Las consultas deberán efectuarse por correo electrónico a la dirección que se le co- municará oportunamente, adjuntando el archivo de la nota en formato compatible con el programa Word de Microsoft, requisito sin el cual se la dará por no presentada; ello sin perjuicio de que quienes lo consideraran conveniente lo hicieran paralelamente por nota en la Mesa de Entradas de SBASE. Será responsabilidad de los Licitantes ase- gurarse la recepción por parte de SBASE de los correos electrónicos que envíen. Las consultas efectuadas por los Licitantes serán contestadas por SBASE como “Cir- culares con Consulta”, en lo posible, dentro de los cinco (5) días de recibidas. No obs- tante lo señalado, SBASE podrá a su solo criterio, extender el plazo indicado para responderlas, cuando por su naturaleza u otras razones lo hicieren aconsejable. Las Circulares se publicarán en el sitio oficial de SBASE: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx y su emisión le será comunicada a los Licitantes por correo electrónico a la dirección denunciada al solicitar la documen- tación licitatoria. SBASE si lo juzga necesario, formulará aclaraciones o modificaciones de oficio en la documentación de la licitación, emitiendo “Circulares sin Consulta” hasta dos (2) días antes de la fecha de presentación de las Ofertas cuyo objeto será corregir y subsanar errores materiales, aclarar conceptos, enmiendas o suplir cualquier omisión, siempre que las mismas no impliquen una alteración sustancial ni desnaturalicen el objeto principal de la Licitación. Las Circulares que se emitan llevarán numeración corrida y pasarán a formar parte xxx Xxxxxx de la Licitación. Los Licitantes y los Oferentes no podrán alegar reclamos basados en el desconoci- miento del contenido de dichas Circulares, las cuales podrán verificar y compulsar en las oficinas de SBASE antes de la fecha fijada para la presentación de las Ofertas. Tanto el pliego como las circulares y demás documentación que se publique en el sitio oficial de SBASE, en relación a la licitación, deberá ser agregada a la oferta en un ejemplar firmado. Los planos podrán imprimirse en tamaño A3.

  • SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL 7.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:

  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Este contrato, tiene naturaleza privada, de acuerdo con el artículo 20.1 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), y se regirá por lo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante también, el PCAP o el Pliego) y todos sus anexos, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en los demás documentos contractuales, en los términos establecidos en la cláusula 8. En cuanto a la preparación, adjudicación, efectos y extinción, el contrato se regirá, como se ha señalado, por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por las Instrucciones Internas de Contratación de GHK, y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado. Adicionalmente, el TRLCSP y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP) serán de aplicación en todo en cuanto este Pliego se remita expresamente a dichos textos normativos. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los otros documentos contractuales de toda índole que puedan tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplirlos.

  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.