CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES Cláusulas de Ejemplo

CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES. Auditoría AEPOA/113/09 ANTECEDENTES El 24 xx xxxxx de 2001 se publicó en la Gaceta Oficial de Distrito Federal la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, y el 9 de enero de 2006 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la reforma a dicha ley. El artículo 2o. de la ley reformada señala que el objeto general de la Procuraduría es la defensa de los derechos de los habitantes del Distrito Federal a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, mediante la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial. Durante 2009, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal (PAOT) ejerció en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un monto de 23,371.4 miles de pesos, cantidad que representó el 31.0% del presupuesto total erogado por la entidad, el cual ascendió a 75,493.2 miles de pesos. El presupuesto ejercido en dicho capítulo fue inferior en 3,231.7 miles de pesos (12.1%) con relación al programado originalmente (26,603.1 miles de pesos); y fue superior en 3,644.7 miles de pesos (18.5%) respecto al erogado en 2008, que totalizó 19,726.7 miles de pesos. OBJETIVO El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal en el capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

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  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • Características generales El Proponente, deberá prestar los siguientes servicios, sin limitarse a las actividades y suministros descritos a continuación, en las condiciones solicitadas y autorizadas previamente por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, confirmando y legalizando la orden del servicio, con oficio firmado por el Ordenador del gasto o por quien el designe para tal fin. Cada servicio debe cubrir los costos de prestaciones sociales, impuestos, tasas y demás contribuciones decretados por el Gobierno Nacional, Departamental o Municipal y todos los demás gastos inherentes al cumplimento del Contrato. Cada solicitud requerida, tendrá características específicas dependiendo de su naturaleza, número de participantes, ubicación geográfica, entre otras particularidades. La cobertura de los servicios se atenderá a los lugares del territorio nacional en los que se requieran. El proponente deberá garantizar la ejecución del servicio de acuerdo a las características, condiciones y calidad óptima, evitando demoras en los tiempos de respuesta favorable a los requerimientos: Tiempo máximo que tiene el Contratista para responder al requerimiento: hasta máximo 12 horas. En los casos excepcionales que la Entidad requiera del desarrollo de servicios inmediatos, los tiempos serán reducidos de conformidad con el requerimiento enviado. La Entidad contratante podrá adicionar o cancelar el servicio previamente aprobado, con un mínimo de 12 horas, enviando vía email la justificación y solicitud respectiva; por lo que en todo caso no se cobrará por parte del Contratista ningún valor por concepto de dicha cancelación. De igual forma, a la terminación de cada solicitud atendida, el Proponente estará en la obligación de certificar el servicio, diligenciando el FORMATO F-BS-33 (Versión 09)- CERTIFICACION DE EJECUCION DE CONTRATO PARA PROVEEDORES expedida por EL DAPRE. Los servicios que se encuentren en la propuesta económica, se deberán suministrar a los precios establecidos en la misma y a los cuales únicamente se les reconocerá el IVA, sin aplicar EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA porcentaje de intermediación. (Exceptuando los servicios que oscilen por la dinámica xxx xxxxxxx). El Contratista deberá solicitar autorización por escrito, cuando se requiera realizar alguna modificación al servicio aprobado. El contratista deberá disponer de una persona 24/7, que atienda el servicio de comunicación, bien sea telefónico, vía emails, WhatsApp o mensajería instantánea, o cualquier otro medio de comunicación, de tal manera que permita coordinar y ejecutar las actividades a fin de que se lleguen a buen término.

  • Reglas generales 1.- Deberán presentarse conjunta y simultáneamente los tres sobres, firmados por el licitador o persona que lo represente.

  • Aplicación de las Normas Generales Estas Normas Generales se aplican a los Contratos xx Xxxxxxxx que el Banco Interamericano de Desarrollo acuerde con sus Prestatarios y, por lo tanto, sus disposiciones constituyen parte integrante de este Contrato.

  • Cláusulas Generales El término “contrato” abarca una orden de compra, un contrato, o cualesquiera modificaciones o enmiendas al mismo, incluidos todos los documentos, apéndices y anexos a que se haga referencia en el mismo, a los que son de aplicación las presentes Cláusulas generales. Por “Contratista” se entiende la parte con la que la FAO contrata el suministro de bienes o servicios y que responderá en exclusiva y plenamente del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente contrato. Por “FAO” se entiende la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. El término “bienes” incluye los bienes de equipo, repuestos, productos básicos, plantas y animales vivos, semillas, materias primas, componentes, productos intermedios o productos especificados en el contrato. Por “servicios” se entiende el tiempo, el esfuerzo o la pericia del Contratista especificados en el contrato.

  • OBJETO DEL SERVICIO El servicio objeto de contratación es la planificación, contratación y gestión de espacios publicitarios y feriales para la difusión de campañas, acciones y contenidos de la marca turística Islas Canarias. La contratación se divide, en función de la adjudicación por lotes, en los siguientes servicios: El servicio objeto de contrato correspondiente al Lote 1 es el servicio de planificación, contratación y gestión de espacios publicitarios para la difusión de campañas, acciones y contenidos b2c en medios off-line y on-line, excepto en redes sociales. Dicho objeto de divide en: Comprende el objeto del contrato la planificación y contratación de espacios publicitarios para la difusión de campañas y acciones en medios off-line y on-line (excepto en redes sociales, buscadores especializados). Para cada campaña y acción y, a partir de la información proporcionada por PROMOTUR, el contratista presentará un plan de medios específico con información detallada de los canales, medios, soportes y/o modelos de contratación incluidos, además de su presupuesto y calendario de ejecución, que deberá ser aceptado expresamente por PROMOTUR, que podrá ordenar la inclusión de cualquier modificación que considere o solicitar al contratista la re- elaboración, parcial o total, del mismo. La planificación podrá incluir, a solicitud de PROMOTUR y/o a iniciativa del contratista, cualquier tipo de medio: televisión, radio, prensa on y off-line, otros soportes on-line, exterior, soportes especiales, derechos de patrocinio, etc., incluyendo la especificación de soportes. En función de los objetivos determinados por PROMOTUR para cada campaña, o acción publicitaria, el contratista propondrá, en cada caso, los modelos de contratación y retribución más eficaces. PROMOTUR podrá solicitar cuantas correcciones entienda pertinentes hasta que los planes de medios se adapten a los requerimientos de PROMOTUR. En el caso de que PROMOTUR asumiese la negociación de manera directa con un soporte o titular de derechos de patrocinio y obtuviese una oferta más ventajosa que la ofertada por la agencia adjudicataria, se aplicará la oferta obtenida por PROMOTUR. PROMOTUR no estará obligado a ejecutar todos los planes de medios elaborados por la agencia adjudicataria, ni siquiera aquellos que esta haya generado a petición de PROMOTUR. Comprende el objeto del contrato la ejecución de los servicios necesarios para la idónea realización de las distintas campañas y acciones programadas, excepto la realización de las piezas, contenidos, creatividades y artes finales que las conformen en cada caso. Para ello, el contratista remitirá información detallada para su elaboración ajustada a los formatos requeridos y atenderá cuántas solicitudes aclaratorias se estimen convenientes. Asimismo, el contratista será responsable del control de calidad técnico, no creativo, de las piezas, contenidos, creatividades y artes finales al fin de garantizar una idónea ejecución de la campaña o acción publicitaria. Será obligación del contratista la revisión y conformación de la parametrización de la url de destino de las piezas que vayan a emplearse en medios digitales cuando ello sea de interés. Excepcionalmente, PROMOTUR podrá solicitar al contratista la realización de las piezas que formen parte de la campaña o acción, especialmente cuando se trate de campañas o acciones propuestas por este. Se incluyen en este servicio todas las prestaciones necesarias para la ejecución integral de cada campaña o acción en concreto, incluyendo todas las prestaciones accesorias que se deriven de misma. Comprende el objeto del contrato la realización de proyectos específicos de marketing y comunicación que, no hallándose comprendidos en los servicios anteriores, resulten de interés para PROMOTUR, incluidos todos los servicios accesorios y necesarios y cualquier servicio de agencia anexo. Comprende el objeto del contrato el asesoramiento experto para la mejora de la estrategia de planificación de medios b2c de PROMOTUR. También incluye la coordinación de todos los servicios comprendidos en el objeto del contrato, conforme a la cláusula 15 y todos aquellos servicios accesorios y necesarios y cualquier servicio de agencia anexo. El contratista estará obligado a aportar un asesoramiento experto y continuado, en su ámbito de actividad, a los responsables de PROMOTUR orientado a la optimización de la promoción turística de las Islas Canarias. El servicio objeto de contrato correspondiente al Lote 2 es el Servicio de planificación, contratación y gestión de espacios publicitarios para la difusión de campañas, acciones y contenidos en redes sociales y medios especiales on line como on-line travel agencies, buscadores especializados o análogos. Dicho objeto de divide en: Comprende el objeto de contrato la planificación, contratación y gestión de espacios publicitarios para la difusión de campañas, acciones y contenidos en redes sociales y medios especiales on line como on-line travel agencies, buscadores especializados o análogos. Para cada campaña y acción y a partir de la información proporcionada por PROMOTUR, el contratista presentará un plan específico con información detallada de los soportes y/o modelos de contratación incluidos, además de su presupuesto y calendario de ejecución, que deberá ser aceptado expresamente por PROMOTUR, quién podrá ordenar la inclusión de cualquier modificación que considere o solicitar al contratista la re-elaboración, parcial o total, del mismo. La planificación podrá incluir, a solicitud de PROMOTUR y/o a iniciativa del contratista, cualquier tipo de red social, buscador u online travel agency. En función de los objetivos determinados por PROMOTUR para cada campaña o acción publicitaria, el contratista propondrá, en cada caso, los modelos de planificación, contratación y retribución más eficaces. PROMOTUR podrá solicitar cuantas correcciones entienda pertinentes hasta que los planes se adapten a los requerimientos de PROMOTUR. En el caso de que PROMOTUR asumiese la negociación de manera directa con una red social, buscador u online travel agency y obtuviese una oferta más ventajosa que la ofertada por la agencia adjudicataria, se aplicará la oferta obtenida por PROMOTUR. PROMOTUR no estará obligado a ejecutar todos los planes elaborados por la agencia adjudicataria, ni siquiera en aquellos que este haya generado a petición de PROMOTUR. Comprende el objeto de contrato la ejecución de los servicios necesarios para la idónea realización de las distintas campañas y acciones programadas, excepto la realización de las piezas, contenidos, creatividades y artes finales que conformen la campaña, promoción o acción publicitaria en cada caso. El contratista remitirá información detallada para su elaboración ajustada a los formatos requeridos y atenderá cuántas solicitudes aclaratorias se estimen convenientes. Asimismo, el contratista será responsable del control de calidad técnico, no creativo, de las piezas, contenidos, creatividades y artes finales al fin de garantizar una idónea ejecución de la campaña o acción publicitaria. Será obligación del contratista la revisión y conformación de la parametrización de la url de destino de las piezas que vayan a emplearse en medios digitales cuando ello sea de interés. Excepcionalmente, PROMOTUR podrá solicitar al contratista la realización de las piezas que formen parte de la campaña o acción, especialmente cuando se trate de campañas o acciones propuestas por este. Se incluyen en este servicio todas las prestaciones necesarias para la ejecución integral de cada campaña o acción en concreto, incluyendo todas las prestaciones accesorias que se deriven de misma. Comprende el objeto del contrato la realización de proyectos específicos de marketing y comunicación que, no hallándose comprendidos en los servicios anteriores, resulten de interés para PROMOTUR, incluidos todos los servicios accesorios y necesarios y cualquier servicio de agencia anexo. Comprende el objeto del contrato el asesoramiento experto para la mejora de la estrategia de social media paid de PROMOTUR. También incluye la coordinación de todos los servicios comprendidos en el objeto del contrato, conforme a la cláusula 15 y todos aquellos servicios accesorios y necesarios y cualquier servicio de agencia anexo. El contratista estará obligado a aportar un asesoramiento experto y continuado, en su ámbito de actividad, a los responsables de PROMOTUR orientado a la optimización de la promoción turística de las Islas Canarias.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO  El Contratista será el responsable del montaje, desmontaje, vigilancia y conexión xx xxxxxxx, líneas de alimentación y elementos luminosos y de su mantenimiento durante el período de iluminación objeto de este pliego, así como de la comprobación de los dispositivos de seguridad, obtención y entrega a los Servicios Técnicos Municipales de los boletines de instalación eléctrica y de la legalización de la completa instalación.  El Contratista deberá contar con la posibilidad de disponer del mismo motivo luminoso para cada una de las calles que están definidas en las diferentes fiestas del municipio. El Ayuntamiento podrá exigir al Contratista que todos los arcos a colocar en las diferentes calles sean del mismo tipo, forma y color (todos los motivos luminosos iguales). El Contratista deberá contar con un muestrario variado de elementos luminosos con el fin de que el Ayuntamiento tenga capacidad de elección.  El Contratista se comprometerá a aceptar las modificaciones de lugar que circunstancialmente determine el Ayuntamiento de Ciempozuelos y estará obligado a prestar su servicio a estas nuevas instalaciones con arreglo a lo exigido.  Los equipos de la instalación estarán construidos de forma que garanticen su resistencia contra los agentes climatológicos y habrán de cumplir la normativa vigente para este tipo de materiales. No se permitirá la incandescencia, en general.  Tanto los motivos luminosos como las líneas de conexión y cuadros de protección deberán cumplir con el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en vigor, y otra normativa técnica de aplicación.  El Contratista deberá legalizar todas las instalaciones objeto del presente contrato conforme a lo dispuesto en el REBT. El Contratista procederá a la desconexión inmediata de las instalaciones que incumplan lo establecido y/o supongan un peligro para las personas y/o bienes, elementos.  El Contratista deberá cumplir con el reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias.  El Ayuntamiento elegirá los elementos y motivos luminosos que se instalen en cada punto de entre los comprendidos en la Oferta presentada por el Contratista.  El Contratista será responsable de los desperfectos que se puedan ocasionar como consecuencia tanto del montaje como del desmontaje de la instalación debiendo reparar los mismos a la mayor brevedad posible y siguiendo en todo caso las indicaciones de los servicios técnicos municipales. En caso contrario, el Ayuntamiento podrá encargar dicha reparación a otra empresa x xxxxx de los pagos pendientes o de la garantía del contrato.  El sistema de encendido y apagado diario deberá ser automático.  Durante los días de duración de la instalación provisional, el Contratista será el responsable de su servicio y su mantenimiento con las obligaciones establecidas, a las que afectarán las correspondientes exigencias y disposiciones de este Pliego, quien deberá designar un teléfono directo de contacto permanente (24 horas) para cualquier aviso o anomalía por avería, accidente, etc. es decir para cualquier incidencia que pudiera producirse desde el inicio del montaje y hasta la finalización del desmontaje. El plazo máximo de reparación o reposición, durante las fiestas u actos, será inferior a 4 horas.  El montaje de las instalaciones que se indican, necesarias para satisfacer los suministros de energía eléctrica que dichos festejos demandan, se realizaran inexcusablemente con una antelación mínima de dos semanas al inicio de los festejos, o en el caso establecido en cada caso.  Los cuadros generales de protección se situarán en el origen de la instalación o lo más cerca posible de la misma. Serán estancos, con llave y fuera del alcance del público.  En todas las instalaciones conectadas por el Contratista, será responsabilidad del mismo definir los puntos de conexión y la intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la infraestructura existente, evitando en todo momento sobrecargar ninguna línea o circuito.  En el caso en que las instalaciones conectadas a centros de mando sean realizadas por terceros, será también responsabilidad del Contratista definir los puntos de conexión y la intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la infraestructura existente.  Una vez realizada la instalación receptora se medirán las cargas en las tomas y en las salidas de los centros de mando remitiendo un informe al AYUNTAMIENTO.  El Contratista procederá a la desconexión de las instalaciones que incumplan injustificadamente lo establecido y supongan un peligro para las personas o cosas.  Los arcos y guirnaldas se instalarán de forma perpendicular al sentido de la calle y arriostradas en las fachadas de edificios, postes y farolas.  Los motivos luminosos se instalarán a una altura no inferior a cinco metros. Sólo se excepcionarán de este supuesto los motivos instalados en farolas cuya altura no permita librar 5 metros en su parte inferior, en cuyo caso la altura mínima permitida se rebajará a 3,75 m previa comprobación por parte de los Servicios Técnicos Municipales, de forma que no interfieran el tráfico de vehículos ni la seguridad de vehículos y/o personas. En todo momento, se cuidará especialmente la correcta colocación de las cadenetas, debiendo el Contratista rehacer la instalación si aquella fuera inadecuada o produjera un mal efecto estético.  La estructura de las guirnaldas o alegorías de los diferentes arcos serán metálicas y auto sustentantes de las instalaciones eléctricas, portalámparas y cableado eléctrico de las mismas.  Las lámparas de las alegorías y demás elementos decorativos serán todas de leds o microleds.  Toda intervención del Contratista en la vía pública destinada a la prestación del servicio objeto de este Pliego, así como los vehículos destacados para ello, serán señalizados y balizados de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes en la materia. En todo caso, el personal que trabaje en la vía pública tendrá en cuenta el RD 485/1997, de 14 xx xxxxx, Disposiciones mínimas en materia de señalización de Seguridad y Salud en el trabajo y ley de prevención de riesgos laborales, y demás legislación vigente de Seguridad y Salud.  Dentro del ámbito técnico le será de aplicación los reglamentos técnicos y de seguridad del Ministerio de Industria y energía que correspondan, así como, cuantas disposiciones de carácter general y particular, y de aquellos otros que en la vigencia del contrato le sean de aplicación, que se relacionan a continuación: Reglamento electrotécnico para baja Tensión e instrucciones Técnicas complementarias. Acta de seguimiento para la aplicación del REBT. Normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de EMPRESA DISTRIBUIDORA. Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. Estudio y Plan de seguridad en los centros y locales de trabajo.  Los vientos, tensores y aisladores que sean necesarios, los cuales se retirarán cuando se realice el desmontaje de las infraestructuras, estarán situados fuera del alcance de los viandantes. Los vientos estarán constituidos por alambres de 4 mm. de diámetro para vanos de menos de 10 mts, y con cable trenzado de 6 mm. de diámetro para vanos de más de 10 mts. de ancho. Tanto los alambres como los cables trenzados serán xx xxxxx galvanizado en caliente, según normas UNE  En la medida de lo posible, se procurará no arriostrar ningún elemento de la instalación a balcones y/o fachadas, utilizándose al efecto postes metálicos embutidos con un anclaje al suelo, al objeto de evitar desplazamientos. Posteriormente y finalizado el servicio se reparará el pavimento deteriorado. En caso de que por necesidad hubiera que arriostrar x xxxxxxxx o balcones, se solicitará el permiso del propietario afectado.

  • NORMAS GENERALES CAPÍTULO I

  • Términos Generales a. Usted acepta que cualquier disputa o reclamación que surja de estos Términos ("Reclamación") o se relacione con estos se regirá por la xxx xx Xxxxxxxx del Norte sin dar efecto a ninguna disposición o norma de conflicto xx xxx o disposición. Cualquier demanda, acción o procedimiento legal que surja de un Reclamo o se relacione con el mismo se instituirá exclusivamente en los tribunales federales de los Estados Unidos o los tribunales de Carolina del Norte, en cada caso ubicado en el Condado de Wake. Usted acepta renunciar a todas y cada una de las objeciones al ejercicio de la jurisdicción sobre usted por dichos tribunales y el lugar donde se celebre el juicio en dichos tribunales.