ANTECEDENTES DEL PROGRAMA Cláusulas de Ejemplo

ANTECEDENTES DEL PROGRAMA. El día 09/04/2016, el Directorio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aprobó el Programa de Becas Contrato xx Xxxxxxxx N° 3491/OC-PR, con el objetivo general de contribuir a aumentar los niveles de generación y aplicación de conocimientos en las áreas de Ciencia y Tecnología (CyT) y otras áreas del conocimiento relevantes para el desarrollo del país, y mejorar los resultados de aprendizaje en la educación. Los objetivos específicos del Programa son: (i) aumentar la cantidad de investigadores con doctorado y maestría en áreas de CyT; (ii) aumentar la cantidad de profesionales con maestría en áreas de CyT y en otras áreas del conocimiento relevantes para el desarrollo del país; y (iii) aumentar la cantidad de educadores con maestría en educación y con entrenamiento en ciencias, matemáticas, comunicación e idiomas. Para lograr estos objetivos se contemplan los siguientes: (i) Becas para el fortalecimiento de la investigación; (ii) Becas para el fortalecimiento de la innovación; (iii) Becas para el fortalecimiento de la educación y (iv) Desarrollo institucional y administración. El costo total del programa se estima en US$ 73.000.000 (Dólares setenta y tres millones), de los cuales US$ 20.000.000 (Dólares veinte millones) serán financiados por préstamo otorgado por el Banco y US$ 53.000.000 (Dólares cincuenta y tres millones) por un financiamiento paralelo con cargo a los recursos que provendrán del Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FEEI) en el marco de la Ley N° 4758/2012. La ejecución del Programa está a cargo del Ministerio de Hacienda (MH) a través de una Unidad Ejecutora del Programa (UEP) que cuenta con capacidades para las siguientes funciones: gestión operativa, relaciones internacionales, gestión del programa de nivelación de idiomas, difusión, seguimiento y evaluación, adquisiciones y administración financiera, entre otras. Esta UEP cuenta además con una red externa de evaluadores expertos y el apoyo de agencias internacionales especializadas en gestión de becas para llevar adelante los procesos de selección, colocación y seguimiento de postulantes. Por otra parte, se estableció un Consejo de Coordinación Estratégica, el cual es presidido por el MH e integrado por las máximas autoridades del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), de la Secretaría Técnica de Planificación (STP), y por cuatro personas con reconocida experiencia en temas de formación de capital ...
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA. Objetivo General
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA. A nivel mundial el turismo se encuentra como actividad en la búsqueda permanente de nuevas propuestas, ofertas y destinos. En lo particular, el sector ha tenido una consolidación trascendental como industria exportadora y de generación de empleos directos e indirectos. Desde la puesta en marcha de la Ley de Turismo, el año 2010, se han ido generando las condiciones para un fortalecimiento del sector, en particular en la búsqueda de su nueva institucionalidad, modelos de asociatividad público-privada y la implementación de políticas y estrategias vinculantes al sector. La Estrategia Nacional de Turismo 2012-2020 plantea en su visión que “al 2020, Chile será reconocido como un destino turístico de clase mundial, siendo admirado y conocido por poseer una oferta atractiva, variada, sustentable y de alta calidad”. El planteamiento de un turismo sustentable para el país incorpora en la Estrategia Nacional de Turismo, una señal clara para la integración de las culturas, comunidades y pueblos originarios para que en el turismo se vea una “vía de desarrollo que respeta y valora la conservación de la identidad, cultura y tradiciones”. Por esto se establece a nivel país distintos objetivos entre los cuales se hace indispensable “integrar a los pueblos originarios y hacerlos partícipes del diseño, gestión, implementación y fiscalización de las políticas y planes que regulan y afectan la actividad turística”. Para poder lograrlo, la integración público-privada, con especial preocupación de inclusión de la comunidad y el empresariado, es de máxima importancia. En especial, las comunidades originarias, como comunidades anfitrionas del turismo, son de altísima fragilidad y la preocupación sobre cómo garantizar la sustentabilidad del destino desde la perspectiva cultural, ambiental y económica, se hace aún más preponderante. A la fecha, los destinos étnico-culturales en Chile no cuentan con un modelo de planificación integrador que permita su desarrollo con el potencial necesario para preservar la cultura, tradiciones y valores locales, transformarlo en productos, experiencias, emprendimientos empresariales, aunque sí existen actividades orientadas al resguardo y promoción de la cultura en ámbito de la industria turística. Dado esto, se considera esencial poder contar con el modelo de planificación replicable en lo particular para los destinos de alta afluencia e importancia turística. A la par, es necesaria la puesta en marcha del modelo en un territorio piloto, como apre...
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA. Según la Asociación Internacional de Comisiones Fílmicas (AFCI) el objetivo principal de cualquier comisión fílmica es atraer la producción cinematográfica, TV y publicidad a un territorio con el fin de obtener beneficios a nivel local, realizados a partir de la contratación de técnicos y talentos locales, el alquiler de equipo local, con habitaciones de hotel, alquiler de transporte, servicios de catering o cualquier número de bienes y servicios suministrados en el lugar. En otras palabras, las oficinas fílmicas atraen producciones de cine y televisión para sus locaciones y luego se asegura de que la locación rentabiliza en beneficio económico de los residentes locales. Implementar una Oficina Fílmica que permita incrementar la competitividad del territorio y su sector audiovisual como locación cinematográfica, buscando estimular la innovación en la Industria del Cine regional.
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA. Según la Asociación Internacional de Comisiones Fílmicas (AFCI) el objetivo principal de cualquier comisión fílmica es atraer la producción cinematográfica, TV y publicidad a un territorio con el fin de obtener beneficios a nivel local, realizados a partir de la contratación de técnicos y talentos locales, el alquiler de equipo local, con habitaciones de hotel, alquiler de coches, servicios de catering, o cualquier número de bienes y servicios suministrados en el lugar. En otras palabras, las oficinas fílmicas atraen producciones de cine y televisión para sus locaciones, y luego se asegura de que la locación rentabiliza en beneficio económico de los residentes locales.
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA. El PROGRAMA está adscrito a la Secretaría de Economía y opera por medio de dos fideicomisos: Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) y el Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (FINAFIM).
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA. Desde 2016, ACDI/VOCA es el socio implementador del programa Familias en Su Tierra, el cual funge como una estrategia liderada por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, en coordinación con la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), orientada a implementar medidas de asistencia y acompañamiento a la población víctima del desplazamiento forzado que se encuentra en proceso de retorno o reubicación en zonas rurales del país. El Programa contribuye a la estabilización socio-económica de los hogares víctimas a través de una intervención integral que incluye el fortalecimiento del capital humano y social, la seguridad alimentaria, el hábitat y la habitabilidad y la generación o fortalecimiento de proyectos productivos por medio de esquemas especiales de acompañamiento familiar, los cuales se orientan a realizar acciones de manera concertada con los hogares. Familias En Su Tierra se constituye en uno de los pilares principales de la era actual de post conflicto en Colombia, al ser un modelo rural que promueve el arraigo de las víctimas a los territorios antiguamente golpeados por el conflicto armado. Los participantes reciben incentivos económicos y en especie, a través de 4 componentes: • Seguridad Alimentaria: promueve el acceso de alimentos para autoconsumo, a través de la implementación xx xxxxxxx caseras. • Hábitat y Habitabilidad: busca implementar acciones que promuevan el mejoramiento de las condiciones básicas de vivienda digna, el contexto social y la comprensión del entorno. • Fortalecimiento del Capital Humano y Social: busca reforzar las habilidades sociales y personales en los participantes, de tal forma que éstas contribuyan a la estabilización socioeconómica y a su empoderamiento. • Proyecto Productivo: promueve la generación de ingresos a partir del fortalecimiento de capacidades empresariales, el acceso a activos y el acompañamiento técnico. En la actual intervención, en la cual ACDI/VOCA es el socio implementador, se atienden 9.360 familias en 16 municipios, de 4 departamentos del país (Antioquia, Meta, Putumayo y Chocó).

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.