Abono de la subvención Cláusulas de Ejemplo

Abono de la subvención. Con carácter general, el reconocimiento de obligación a favor de la beneficiaria y el pago de la aportación se realizarán tras la presentación y aprobación de la justificación en los términos establecidos en este convenio. Se dictará resolución declaratoria de la pérdida de derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la LGS. También podrán realizarse pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. En este caso, deberá ser solicitado expresamente por la entidad beneficiaria y deberá constituirse una garantía del 10% del importe total de la subvención, que se realizará mediante la retención del pago por el Ayuntamiento, ya sea sobre el primer pago anticipado o sobre varios hasta alcanzar esta cuantía. Una vez efectuada la debida justificación y no existiendo responsabilidad por parte de la entidad beneficiaria, se procederá a la devolución de la cantidad retenida en concepto de garantía. No podrá realizarse el pago de la subvención a la beneficiaria en tanto no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y la Agencia Tributaria y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
Abono de la subvención. En la subvención se diferencian dos conceptos en función del sujeto de gasto:
Abono de la subvención. La subvención se refiere a los gastos relativos a la contratación del personal, generados por la empresa contratante, estableciéndose las siguientes modalidades de pago a elección del beneficiario:
Abono de la subvención. Con carácter general, el reconocimiento de la obligación a favor de la entidad beneficiaria y el pago de la aportación se realizará tras la presentación y aprobación de la justificación en los términos establecidos en este Convenio. Se producirá la pérdida de derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el art. 37 de la LGS. En caso de que la documentación justificativa fuera incorrecta o insuficiente, se dará un plazo xx xxxx días para su enmienda. Pasado dicho plazo sin que se presentara la documentación requerida, se archivará la solicitud y se entenderá desistida de su petición. También se podrán realizar pagos anticipados de la subvención, que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. En este caso, deberá ser solicitado expresamente por la entidad beneficiaria y deberá constituirse una garantía de hasta un 30% del importe total de la subvención, que se realizará mediante la retención de pago por el Ayuntamiento, ya sea sobre un primer pago anticipado o sobre varios hasta alcanzar esta cuantía. Una vez efectuada la debida justificación y no existiendo responsabilidad por parte de la entidad beneficiaria, se procederá a la devolución de la cantidad retenida en concepto de garantía. No podrá realizarse el pago de la subvención a la entidad beneficiaria en tanto no se esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y la Agencia Tributaria y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de origen de reintegro. En este sentido señalar que de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Ayuntamiento de A Coruña solicitará las certificaciones que deban emitir la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria de Galicia y el propio Ayuntamiento de A Coruña, para verificar el cumplimento de este apartado. Con todo, la persona solicitante o su representante podrán oponerse expresamente a la consulta u obtención de la documentación señalada, debiendo en este caso, presentar la documentación acreditativa en los términos previstos reglamentariamente, aportando las certificaciones acreditativas. Esta es una copia impresa del documen...
Abono de la subvención. Con el fin de facilitar la realización del objeto de la subvención por parte de los beneficiarios, se podrán realizar abonos o pagos anticipados de hasta el 60% del importe concedido para cada acción formativa, que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, cuando la financiación sea necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, observando las siguientes limitaciones: Serán requisitos imprescindibles para proceder al abono anticipado la previa presentación por parte del beneficiario, de garantías en la forma prevista en la Orden TAS/1622/2002, de 13 xx xxxxx (BOE de 29 xx xxxxx), salvo que en aplicación de la legislación vigente se le exonere de tales obligaciones, y que no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en los puntos 4 y 5 del articulo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando sea exigible la prestación de garantías para el abono anticipado, se deberá aportar Mandamiento de Constitución de Depósitos-Valores de la garantía depositada en la Tesorería de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, a favor del SCE, para responder a la correcta aplicación de la subvención, y por la cantidad subvencionada incrementada en un 2%. Estarán exentos de presentar garantía para el abono anticipado:
Abono de la subvención. El abono de la subvención se efectuará mediante transferencia bancaria y en un solo plazo, de forma anticipada, sin necesidad de constituir garantía por el beneficiario, conforme al artículo 42 del Real Decreto 887/2006 y Base 10ª de la Ordenanza General de Subvenciones xxx Xxxxxxx. No podrá realizarse el pago de la subvención en el caso de que la entidad beneficiaria sea deudora por procedencia de reintegro o no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. El pago de las ayudas se efectuará mediante transferencia en la cuenta bancaria indicada por las personas beneficiarias en el modelo de “Alta de datos a Terceros” presentado con anterioridad, debiendo ser el titular de la cuenta bancaria el beneficiario de la subvención.
Abono de la subvención. El pago del importe total de la subvención, se realizará a favor del AYUNTAMIENTO, con carácter de anticipado a justificar, mediante transferencia a la cuenta bancaria que figure en el preceptivo documento de Alta a Terceros de esta Corporación una vez formalizado el Convenio. Si así se solicita por el Ayuntamiento, se podrán realizar pagos parciales en función de los expedientes tramitados.
Abono de la subvención. El pago del importe total de la subvención se realizará a favor de la Federación xx Xxxx Latina Canaria xx Xxxxx por la totalidad de la subvención para el ejercicio 2021, 15.000 euros (quince mil euros), una vez se ejecute y justifique la misma de la forma aquí requerida. Conforme las bases de ejecución presupuestaria municipal, no se efectuará el pago de ninguna subvención a aquellos que habiendo transcurrido los plazos otorgados tengan pendientes de justificar pagos de subvenciones anteriores, o de parte de la misma subvención otorgada previamente.
Abono de la subvención. 10.8 Otras consideraciones 10.8.a) Precios xx xxxxxxx
Abono de la subvención. Dado que el modelo Anexo I –Solicitud de participación en la programación de las acciones de formación de oferta para trabajadores desempleados FPE- conlleva , de acuerdo con lo establecido en el art.23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que su presentación supone la AUTORIZACIÓN al Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx para recabar los certificados a emitir por la Hacienda Pública Estatal, la Administración Tributaria Autonómica y la Tesorería General de la Seguridad Social, salvo que exista DECLARACIÓN EXPRESA en contrario formulada por el solicitante, no será necesario aportar los mencionados certificados