SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA Cláusulas de Ejemplo

SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará como supervisor a la Ingeniera XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX Jefe del Departamento de Supervisión y Control de la UPTC o quien haga sus veces, quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del contrato y no podrá delegar ésta función; el SUPERVISOR, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. De igual manera el SUPERVISOR ejercerá las funciones aquí señaladas respecto de los subcontratistas que previamente autorizados por escrito por LA UNIVERSIDAD empleare EL CONTRATISTA en desarrollo de este contrato. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes y responsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto, el supervisor tampoco podrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos de este contrato. Las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA serán resueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las acciones xx Xxx. CLÁUSULA OCTAVA.
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará un supervisor quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del servicio contratado de conformidad con la Resolución Rectoral No. 063 de 2012, 3641 de 2014 y 5278 de 2015. El supervisor será el profesor XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX Coordinador Contrato Interadministrativo No. 434 de 2020, de la Facultad seccional Sogamoso de la Universidad, quien, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes y responsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto, el supervisor tampoco podrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos de este contrato. Las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA serán resueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuicios de las acciones xx Xxx. DÉCIMA.
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. El Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. ejercerá la supervisión y vigilancia por intermedio del Subgerente Científico del Hospital, quien será responsable de la supervisión y debida ejecución del presente contrato quien tendrá entre otras las siguientes funciones: 1). Verificar que el contrato se encuentre legalizado, perfeccionado y listo para su ejecución. 2). Suscribir junto con el Contratista el acta de inicio del contrato. 3). Verificar el cumplimiento de los términos de ejecución del contrato y las fechas de cumplimiento contractual. 4). Verificar el pleno cumplimiento por parte del Contratista del objeto y las obligaciones contenidas en el contrato. 5). Impartir los cumplidos a satisfacción o cumplimiento de las reciprocidades del contrato. 6). Supervisar técnica y administrativamente el desarrollo y ejecución del presente contrato. 7). Exigir al contratista la información que considere necesaria para verificar la correcta ejecución del contrato y para ejercer de manera general el control del mismo. 8). Verificar directamente que el contratista cumpla con las condiciones de calidad del contrato según los términos pactados, y tendrá la facultad de requerir al contratista para que subsane los incumplimientos en los que incurra o pueda incurrir. 9). Realizar las pruebas y requerimientos que considere necesarios para verificar que el objeto contratado cumpla con las características técnicas exigidas en el contrato y reportar los incumplimientos y deficiencias observadas. 10). Formular al Contratista las observaciones del caso en desarrollo del objeto del contrato con el fin de analizarlas conjuntamente con el Contratista, para que éste realice las modificaciones o correcciones a que hubiere lugar para el adecuado desarrollo del objeto contractual. 11). Informar a la oficina jurídica cualquier situación o irregularidad, que altere el equilibrio económico o financiero del contrato a fin de que se estudie la situación y se adopten los mecanismos tendientes a regular el desarrollo del objeto. 12). Informar a la Oficina Jurídica cualquier situación o irregularidad, deficiente cumplimiento o incumplimiento con la debida fundamentación a fin de que se impongan los correctivos o sanciones a que haya lugar. 13). Exigir que la calidad de los servicios contratados se ajusten a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias y a las características y especificaciones estipuladas en el contrato. 14). Emitir concepto y recomendación a la administ...
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La Supervisión y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión de este contrato, estará a cargo de la TESORERA GENERAL de la EMPRESA, a quien le corresponde supervisar y vigilar la debida ejecución del presente contrato por EL CONTRATISTA. Para tal efecto, tendrá las siguientes atribuciones: 1) Elaborar y suscribir Acta de Inicio; 2) Verificar que EL CONTRATISTA cumpla con las obligaciones contempladas en el presente contrato y suscribir cuando corresponda, las certificaciones de recibido a satisfacción del servicio; 3) Dejar por escrito las constancias respecto al incumplimiento de las obligaciones por EL CONTRATISTA, tan pronto como tenga conocimiento del hecho constitutivo de incumplimiento; 4) Formular por escrito a EL CONTRATISTA todas las observaciones que sean pertinentes con relación a la correcta ejecución del contrato; 5) Sugerir a LA EMPRESA, en caso de ser necesario, la suspensión temporal del contrato; 6) Suscribir Acta e Informe Final donde se registre el desarrollo del objeto contractual, los cuales harán parte integral del contrato. DÈCIMA SEPTIMA.-
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA será ejercida por los Coordinadores de Recursos Humanos y Almacén, Bienes e Inventarios de la Dirección Nacional de Derecho de Autor o por el servidor público que esté encargado de una de estas funciones, quien será responsable de certificar el cumplimiento. CLÁUSULA DÉCIMA –
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. El “IPN” podrá en todo tiempo, dar seguimiento al presente instrumento a fin de supervisar y vigilar que los servicios objeto de ésta Orden se estén brindando en los términos convenidos a través del (ASENTAR NOMBRE Y CARGO DEL FUNCIONARIO PUBLICO RESPONSABLE DE LA SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA DE LOS SERVICIOS). Asimismo, podrá dar las instrucciones que estime convenientes para una mejor ejecución, sin que esto implique modificaciones a las obligaciones a cargo del “IPN”.
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La UNIVERSIDAD por intermedio de XXXX XXXXXXXX XXX XXXX – SUPERVISOR DEL PROYECTO SGI
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará como supervisor a la Ingeniera XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX Jefe del Departamento de Supervisión y Control de la UPTC o quien haga sus veces, quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del contrato y no podrá delegar ésta función; el SUPERVISOR, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. De igual manera el SUPERVISOR ejercerá las funciones aquí señaladas respecto de los subcontratistas que previamente autorizados por escrito por LA UNIVERSIDAD empleare EL CONTRATISTA en desarrollo de este contrato. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La UNIVERSIDAD por intermedio de XXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX – Directora de Extensión Universitaria, supervisara la ejecución del presente contrato y vigilará el cabal cumplimiento de las obligaciones a que se compromete el CONTRATISTA, de ello depende los respectivos pagos. PARÁGRAFO: El SUPERVISOR podrá formular las observaciones de caso con el fin de ser analizadas conjuntamente con el CONTRATISTA y efectuar por parte de éste las modificaciones o correcciones a que hubiere lugar. CLÁUSULA OCTAVA. -
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La supervisión del presente contrato será ejercida por el CONCEJO; por el 2° Vicepresidente de la Mesa Directiva - quien controlará su correcta ejecución y cumplimiento. CLÁUSULA DECIMA TERCERA: