SOLVENCIA DE LOS LICITADORES Cláusulas de Ejemplo

SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 7.1.- Los licitadores deberán acreditar, el estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica a través de los medios de justificación que se reseñan a continuación:
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional NO PROCEDE.
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 2.3.1. Los licitadores acreditarán estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional determinadas por el órgano de contratación en el apartado 13 del Cuadro de Características.
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. SI: Solvencia económica, financiera y técnica o profesional NO PROCEDE.
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Además de los medios que con carácter mínimo, se exigen en la documentación a incluir en el SOBRE Nº 2 de la proposición de los licitadores, deberán adscribirse al contrato lo medios personales y materiales exigidos por el Pliego de Prescripciones Técnicas.
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 10.1.- Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera, profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación, a través de los medios de justificación siguientes:
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. Los licitadores acreditarán estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional determinadas por el órgano de contratación en el Anexo nº 3 del presente pliego. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. Consejería de la Presidencia No se exige.
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 13.1 La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la aportación de los documentos siguientes: - Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser, al menos, una vez del valor anual medio del contrato. La Solvencia económica se acreditará de forma individualizada para cada uno de los lotes a los que se licite y si se licita a más de un lote, la suma de los importes requeridos para los lotes a los que se licita, siendo dichos importes individualizados equivalentes a: Lote 1 171.943,68 Lote 2 135.624,80 Lote 3 97.408,32 Lote 4 65.112,42 Lote 5 64.114,45 Lote 6 101.912,13 Lote 7 18.159,45 Lote 8 52.998,90 Lote 9 89.325,05 Lote 10 91.645,55 Lote 11 126.138,30 Lote 12 158.538,21 Lote 13 35.736,75 Lote 14 46.794,23 Lote 15 22.134,45 El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 13.1 La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos: - Declaración anual sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto de esta licitación, de los tres últimos ejercicios, que anualmente deberá ser superior en, al menos, el importe anual de la licitación. En el supuesto de que las empresas licitadoras se hayan constituido dentro de los tres años anteriores a la fecha de publicación de la presente licitación, el importe fijado para acreditar la solvencia económica y financiera se calculará en función del período de tiempo transcurrido desde el inicio de actividad. - Copia del seguro de responsabilidad civil que cubra la responsabilidad que sea imputable al licitador y a los profesionales que presten servicios para el mismo, acompañada de la copia del último recibo justificando el último pago realizado. En el supuesto de personas jurídicas pertenecientes a un grupo de sociedades y a efectos de la valoración de su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando la persona jurídica en cuestión acredite que tendrá efectivamente a su disposición, durante el plazo a que se refiere el artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 13.1 La solvencia económica y financiera se acreditarán mediante la aportación de los documentos siguientes: - Seguro de indemnización por responsabilidad civil, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe no inferior a 600.000,00 €.  Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro. - Compromiso de suscribir, si resulta adjudicatario y en el plazo fijado en el apartado 23 de este pliego, la renovación o prórroga de la póliza. En el supuesto de personas jurídicas pertenecientes a un grupo de sociedades y a efectos de la valoración de su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando la persona jurídica en cuestión acredite que tendrá efectivamente a su disposición, durante el plazo a que se refiere el artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.